Ayudas económicas a entidades sin ánimo de lucro para apoyar proyectos que fomenten la convivencia intercultural y la prevención del racismo y la xenofobia en la ciudad de València.
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Las entidades pueden presentar un único proyecto por modalidad, eligiendo entre:
a) Intervención comunitaria a favor de la convivencia intercultural en barrios de Valencia.
b) Acciones socioeducativas para la promoción de la convivencia intercultural y la prevención del racismo y la xenofobia.
c) Capacitación lingüística de personas extranjeras en los barrios de Aiora y/o Benicalap.
- Financiación total: 235.000 €, con ayudas que van desde los 9.000 € hasta los 170.000 €, según modalidad.
- Duración del proyecto: hasta 11 meses, entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de julio de 2026.
Para más información, consultar la convocatoria completa en el apartado Información complementaria.
- Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas.
- Agrupaciones de hasta seis entidades, todas ellas también sin ánimo de lucro.
- Encontrarse inscrita en el registro administrativo correspondiente a su tipo de actividad durante el año inmediatamente previo a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, acreditando que entre sus finalidades se encuentra expresamente la promoción de la convivencia intercultural y/o la prevención del racismo y la xenofobia.
- Disponer estatutariamente de una sede o delegación permanente en el término municipal de valencia con una antigüedad de al menos el año inmediatamente previo a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y acreditar en el proyecto de actividad (ANEXO 1) que dispone de los medios económicos y de una estructura organizativa (medios personales y materiales) suficientes para garantizar la ejecución del proyecto para el que la ayuda se solicita.
- Acreditar una experiencia de trabajo mínima de un año en el desarrollo de una o varias de las siguientes acciones:
- Campañas y otras actividades de sensibilización en temáticas de: inmigración, promoción de la convivencia intercultural y/o prevención del racismo y la xenofobia; incluidas las destinadas a centros educativos, asociaciones vecinales y otras entidades sociales.
- Desarrollo de exposiciones, actividades investigadoras, elaboración/publicación de guías didácticas, artículos, reportajes, estudios…en las temáticas que son objeto de la convocatoria.
- No tener pendientes de justificación ni ser deudora de reintegro en procedimientos de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de València o sus organismos públicos.
- No hallarse incursa en alguna de las causas de prohibición del art. 13.2 y .3 de la Ley General de Subvenciones, ni figurar en la base de datos nacional de subvenciones como inhabilitada para acceder a la condición de beneficiaria.
- Encontrarse al corriente en el pago de sus obligaciones con el Ayuntamiento de València, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
- Disponer representante legal formalmente designado/a, que en el caso de agrupación de entidades se tratará de una persona representante o apoderada única con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, correspondan a la agrupación, la cual no podrá disolverse hasta transcurrido el plazo previsto en los artículos 39 y 65 de la LGS.
El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el boletín oficial de la provincia (BOP) de València.
Publicación del extracto en el BOP: Viernes 4 de julio de 2025 - Boletín Nº 126
Plazo de solicitud: del día 05/07/2025 hasta el 04/08/2025 ambos inclusive.
Presentación en esta Sede Electrónica: Se completará el formulario después de pulsar el botón Iniciar trámite y se adjuntará la documentación que se indica. La presentación finalizará con la firma electrónica de la solicitud.
En el caso de que no se autorizase en el apartado correspondiente del formulario la comprobación telemática de encontrarse al corriente de las obligaciones con la AEAT y la TGSS, los certificados deberán ser presentados por la solicitante (validez de seis meses desde su emisión), debiendo aportarse de nuevo si su vigencia expirase con anterioridad al momento de la concesión, o al del reconocimiento de la obligación y pago.
- Estatutos actualizados
- Acreditación de encontrarse inscrita y de alta en el registro administrativo de su fin social
- Memoria de ejecución de actividades y memoria de ejecución económica:
aprobadas por el órgano rector, correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior a la publicación de la convocatoria.
- Anexo 1. Proyecto técnico:
del apartado Impresos.
- Anexo 2. Presupuesto desglosado:
del apartado Impresos. Según se trate de entidad individual o agrupación de entidades:
Anexo 2.1. Modelo de presupuesto de proyecto (solicitud individual).
Anexo 2.2. Modelo de presupuesto de proyecto (solicitud en agrupación de entidades). - En caso de ser agrupación, Acuerdo según artículos 9.3 y 10.3 de la OGSAV
- Anexo 3, en caso de agrupación de entidades:
documento del apartado Impresos. Ha de ser individualmente cumplimentado y firmado electrónicamente por cada una de las entidades que integran la agrupación.
CONVOCATORIA 2025 👉Enlace
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
- Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Realizar la solicitud en línea con firma digital
Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.
Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)
- Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
- Confirme los datos, firme y presente la solicitud.
En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.
962087492-962087430
- Acuerdo de Junta de Gobierno de 20/06/2025, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a proyectos de promoción de la convivencia intercultural y prevención del racismo y la xenofobia en la ciudad de Valencia. 👉Enlace
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Para obtener información y hacer consultas:
Sección de Inmigración e Interculturalidad
C/ Del pozo s/n 46003- València
Teléfono: 962087492-962087430
Correo electrónico: convivenciaintercultural@valencia.es