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Ayudas municipales al alquiler
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
VI.AY.25
Descripción

CONVOCATORIA 2024 (enlace)

Subvención destinada a facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda o habitación en régimen de alquiler.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas arrendatarias de contratos de alquiler de vivienda o habitación, situada en el término municipal de València y destinada a residencia habitual y permanente.

Requisitos
  • Ser personas físicas mayores de edad o emancipadas residentes en la ciudad de Valencia y poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza, o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación. En el caso de los extranjeros no comunitarios, tener residencia legal en España.
  • Estar empadronada en el municipio de València, con una antelación mínima de 6 meses a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
  • Ser titular, en concepto de arrendataria, del contrato de arrendamiento de la vivienda o de un contrato de arrendamiento de habitación objeto de la subvención y destinarla a residencia habitual y permanente de la persona arrendataria y de la unidad de convivencia, ocupándola efectivamente durante el período subvencionable, y estar empadronado a la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de todos ellos en la vivienda objeto del contrato y de la persona arrendataria en el caso de la habitación arrendada.
  • Que los ingresos de la unidad de convivencia no superen el número de veces I.P.R.EM. indicado en la convocatoria.
  • No pagar un alquiler mensual de la vivienda superior al señalado en la convocatoria, en concreto 750 € mensuales en el caso de alquiler de vivienda y 375 € mensuales en el caso de alquiler de habitación. Se concederá a las personas beneficiarias una ayuda del 40% de las mensualidades de diciembre de 2023 a noviembre de 2024 que hayan satisfecho.
  • No estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y las obligaciones con la Seguridad Social establecidas en la legislación vigente.
  • No tener deuda tributaria alguna pendiente con el Ayuntamiento de València.
  • No ser deudores por resolución de procedencia de reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento València.
  • Que las personas que tengan su domicilio habitual o permanente en la vivienda y habitación tengan una fuente regular de ingresos para poder pagar el alquiler y acrediten unos ingresos mínimos, en conjunto, equivalentes a 0,5 veces el IPREM.
  • Presentar certificado de titularidad de la cuenta bancaria con un año de antigüedad como máximo, en la que se hará el ingreso de las ayudas, salvo que haya resultado beneficiaria en la convocatoria del 2023 y no desee cambiar el número de cuenta corriente.
  • Presentar certificado de percepción de renta valenciana de inserción, ingreso mínimo vital así como las demás ayudas establecidas para atender a colectivos en riesgo de exclusión social, o situaciones de emergencia social, exentas de tributación en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o Resolución del organismo correspondiente de concesión de la ayuda.

Causas de exclusión:

Además del incumplimiento de cualquiera de los requisitos u obligaciones establecidos en las normas de la convocatoria, las siguientes:

  • Tener la persona arrendataria o cualquier otro miembro de la unidad de convivencia parentesco, vínculo de matrimonio, u otra relación análoga, por consanguinidad, adopción o afinidad hasta el segundo grado, con las personas arrendadoras.
  • Disponer la persona arrendataria o cualquier otro miembro de la unidad de convivencia de otra vivienda en propiedad, u otro derecho real sobre la misma.
  • Que la Base imponible del ahorro que consta en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sea superior al límite fijado en la convocatoria.
  • Tener pendiente de justificación subvenciones destinadas a ayuda al alquiler otorgadas por el Ayuntamiento de Valencia o sus organismos públicos.
  • Constar como inhabilitadas percibir la ayuda en la Base de Datos Nacional de Subvenciones durante el periodo de inhabilitación.
  • Haberse agotado el crédito presupuestario destinado a la concesión de la ayuda.
  • Ser persona deudora, como consecuencia de haberse dictado resolución de procedencia de reintegro, de otras ayudas concedidas por el Ayuntamiento de València.
  • No acreditar la identidad de las personas integrantes de la unidad de convivencia.
  • No justificar el pago de ninguna mensualidad del importe del alquiler de la vivienda o habitación, por no presentar recibo alguno o por no reunir los presentados los requisitos establecidos en la presente Convocatoria.

Cuándo solicitarlo

Un mes desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP

Publicación BOP: 16/05/2024

SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES HASTA EL DÍA 18 DE JUNIO INCLUSIVE.


Plazo de solicitud: del día 17/05/2024 hasta el 18/06/2024 ambos inclusive.
Documentación a presentar

  • Impreso de solicitud que puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página, si la solicitud se realiza presencialmente, acompañado de la documentación que se indica.
  • Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica (Ver hacer en web).

Solicitud según modelo oficial normalizado, acompañada de la documentación indicada en las Bases.


  • Solo para el caso de actuar mediante representante (Documento de apoderamiento):

- ANEXO 2. REPRESENTACIÓN (para autorizar a otra persona, en su caso). Documento disponible en el apartado "Impresos" para descargar, rellenar y adjuntar en este mismo trámite.


Documentación para todos los casos:
  • DNI o NIE, este último acompañado en su caso de la tarjeta de residencia, de las personas integrantes de la unidad de convivencia, excepcionalmente, del pasaporte (cláusula 8.A)
  • Contrato de alquiler de la vivienda/habitación:

    en el que figure como arrendatario la persona solicitante, con mención expresa del importe de alquiler (cláusula 8 E. 1. 8. E.2).

  • Recibos de alquiler:

    correspondientes a los meses de diciembre de 2023 a noviembre de 2024 pagados a través de entidad financiera hasta la fecha de presentación de la solicitud, debe constar nombre del arrendador y mes al que corresponde el pago (cláusula 8.E.3).

  • Certificado de titularidad bancaria:

    emitido en que conste quién es el titular de la cuenta bancaria, así como los 24 dígitos del IBAN. Este certificado será como máximo de 1 año de antigüedad, salvo que haya sido beneficiaria en el año 2023 y no desee cambiar de cuenta corriente (cláusula 8. J.).

  • Certificado percepción de renta valenciana de inserción, ingreso mínimo vital o demás ayudas establecidas para atender colectivos en riesgo de exclusión social, o situaciones de emergencia social:

    exentas de tributación en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o Resolución del organismo correspondiente de concesión de la ayuda.

  • Anexo I. Autorizaciones:

    Documento disponible en el apartado "Impresos" para descargar, rellenar y adjuntar en este mismo trámite. OBLIGATORIO.


Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Ayudas municipales al alquiler:
    • En el caso de no presentar Anexo I debidamente firmado, Certificado de la AEAT, Certificado de Imputaciones u otros documentos que acrediten ingresos de la unidad de convivencia:

      Certificado de la AEAT relativa a los datos de la Declaración del IRPF, Certificado de Imputaciones relativos al último período impositivo con plazo de presentación vencido u otros documentos que acrediten ingresos de la unidad de convivencia: Certificado emitido por el INSS acreditativo de pensiones recibidas, Certificado de percepción de renta valenciana de inclusión, rentas recibidas por situaciones de emergencia… (cláusula 8.D).

    • En el caso de no presentar Anexo I debidamente firmado, Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (cláusula 8.F)
    • En el caso de no presentar Anexo I debidamente firmado, Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social (cláusula 8.F)
    • En el caso de no presentar Anexo I debidamente firmado, Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de València (cláusula 8.F)
    • En caso de no presentar Anexo I debidamente firmado, Certificado del que se desprenda la no titularidad en pleno dominio o en usufructo de vivienda, en todo el territorio español:

      emitido por la Dirección General del Catastro.

    • En el caso de no presentar Anexo I debidamente firmado, Certificado oficial de discapacidad o declaración de la situación de dependencia de quienes tengan esta situación en la unidad de convivencia:

      expedido por la Administración correspondiente (cláusula 8.I.d).

    • En el caso de no presentar Anexo I debidamente firmado, Título de familia numerosa vigente, expedido por la Administración competente. (cláusula 8.I.h)
    • En el caso de no presentar Anexo I debidamente firmado, Autorización para que se cedan sus datos a la Generalitat Valenciana
    • En el caso de no presentar Anexo I debidamente firmado, Autorización para que se obtenga informe de las prestaciones percibidas del Servicio de Bienestar Social e Integración
    • En caso de personas víctimas de violencia de género o doméstica, Acreditación administrativa emitida por entidad u organismo habilitado para su emisión:

      de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género (cláusula 8.I.f).

    • En caso de personas víctimas de terrorismo, acreditación mediante resolución del Ministerio del Interior o sentencia judicial firme (cláusula 8.I.i)
    • En caso de familias monoparentales, Certificado expedido según lo establecido en el Decreto 19/2018, de 9 de marzo, del Consell (cláusula 8.I.g)
    • En caso de personas que han perdido la vivienda a consecuencia de un desahucio en los últimos 12 meses, documentación acreditativa del proceso de desahucio o de ejecución hipotecaria de la vivienda
Información Complementaria

Presentación de la solicitud aportando la documentación exigida en las normas de convocatoria y, en su caso, subsanar las deficiencias que presente aquella.

- Anexo para autorizar el acceso a datos personales.

- Anexo de representación para autorizar a otra persona, en su caso.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Art. 20.8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento y sus Organismos Públicos, 25 y 26 de la Ley 38/2003 y Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
Hasta 6 meses
Apartado 4º del artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de otra persona, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

Teléfono de información: 900 929 010

96 208 1621, 96 208 3229 y 96 208 3233

Legislación
  • Acuerdo Junta de Gobierno Local de 03/05/2024, por el que se aprueba la convocatoria de ayudas municipales al alquiler 2024.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
Dónde dirigirse

SERVICIO DE VIVIENDA
C/ Amadeu de Savoia, 11, patio B, planta 1

Oficinas de información
  • Oficina por el Derecho a la ViviendaC/ Bèlgica 18 DTel.: 96 099 23 97Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 y de 16:30 a 19:30
Oficinas para presentar
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
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