Colocación de cadáveres, cenizas o restos cadavéricos en nichos ocupados.
- Titular de la Unidad de Enterramiento o su heredero/a, de conformidad con la normativa civil.
- Beneficiario/a designado por el/la Titular de la Unidad de Enterramiento.
Ser titular de la Unidad de Enterramiento o su heredero/a, de conformidad con la normativa civil.
En unidades de enterramiento SENCILLAS: Para inhumar un cadáver deben haber transcurrido 5 años de la última inhumación de otro cadáver
En unidades de enterramiendo DOBLES:
- Concesiones anteriores a la modificación de la Ordenanza Fiscal ejercicio 2007: Para la inhumación de un cadáver, si hay dos cadáveres el tercero no podrá ser inhumado hasta transcurrir 5 años de la última inhumación de otro cadáver. Completada su capacidad fiscal de tres cuerpos, el cuarto cadáver no podrá ser inhumado hasta transcurrir 5 años de la última inhumación de otro cadáver.
- Concesiones posteriores a la modificación de la Ordenanza Fiscal ejercicio 2007: Para la inhumación de un cadáver, si hay dos cadáveres, ya tiene completa su capacidad fiscal de dos cuerpos, y el tercer cadáver no podrá ser inhumado hasta transcurridos 5 años, de la última inhumación del último cadáver.
Cuando se dé el hecho de fallecimiento de una persona.
- Impreso de solicitud que puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página, si la solicitud se realiza presencialmente, acompañado de la documentación que se indica.
- Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.
En las instancias, es obligatorio además de la designación de domicilio a efecto de notificaciones, la aportación de bien Teléfono de Contacto, bien Dirección de Correo Electrónico personalizada, para facilitar posibilidad de contacto con las personas interesadas. Asimismo, se recuerda a las citadas personas interesadas, la obligación de mantener actualizados los datos de contacto telefónico o electrónico.
- Si la solicitud la realiza la persona física interesada, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios.
- Si la solicitud se realiza en nombre de una persona física, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con el poder de representación (anexo del apartado "Impresos") y los documentos necesarios.
- Copia del DNI
- Título original de la Unidad de Enterramiento
- Declaración responsable para solicitud de inhumación en nicho ocupado:
Disponible en el apartado "impresos", para descargar, rellenar y adjuntar en el trámite.
- Certificado médico de defunción
- Certificado de cremación en el caso que no se haya incinerado/a en el Crematorio Municipal de València
Tasas por la prestación del servicio de cementerios municipales, conducción de cadáveres y otros servicios funerarios de carácter municipal.
Reutilización de la Unidad de Enterramiento, pagando el 50%.
Nicho sencillo
Tasa Nicho | Tasa Inhumación | Título | T. Lápida | TOTAL | ||
5 años | 79,07 € | 101,11 € | 7,85 € | 7,85 € | 195,88 € | |
20 años | 303,59 € | 101,11 € | 7,85 € | 7,85 € | 420,40 € | |
50 años | 475,04 € | 101,11 € | 7,85 € | 7,85 € | 591,85 € |
Nicho doble
Tasa Nicho | Tasa Inhumación | Título | T. Lápida | TOTAL | ||
20 años | 607,17 € | 101,11 € | 7,85 € | 7,85 € | 723,98 € | |
50 años | 950,01 € | 101,11 € | 7,85 € | 7,85 € | 1066,82 € |
Nicho triple
Tasa Nicho | Tasa Inhumación | Título | T. Lápida | TOTAL | ||
50 años | 1.424,96 € | 101,11 € | 7,85 € | 7,85 € | 1.541,77 € |
Nicho de familia
Tasa NIiho | Tasa Inhumación | Título | T. Lápida | TOTAL | |
50 años | 2.711,31 € | 101,11 € | 7,85 € | 7,85 € | 2.828,12 € |
Panteón
Tasa Inhumación | Título | T. Lápida | TOTAL | ||
Panteón | 303,52 € | 7,85 € | 7,85 € | 319,22 € |
En los nichos dobles, triples o de familia sólo se pagará tasa de nicho cuando la capacidad del mismo haya sido agotada. En caso contrario sólo se devengarán tasas de inhumación, de título funerario y de lápida.
- FORMA DE PAGO TASAS. VER EL SIGUIENTE ENLACE.
- Presentación de la solicitud en el Servicio de Cementerios, oficina Administrativa, por parte interesada o empresa funeraria para la inhumación de cadáver.
- Solicitud de las tasas correspondientes, produciéndose la expedición de la correspondiente liquidación que se podrá abonar en cualquier oficina de las entidades colaboradoras que aparecen en el documento de pago.
- La persona solicitante o empresa funeraria a la hora de la inhumación debe aportar licencia de Sepultura (Registro Civil), certificado médico y las tasas abonadas.
- Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Realizar la solicitud en línea con firma digital
Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
- Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
- Rellene el formulario
- Adjunte la documentación requerida
- Presente y firme la solicitud
Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.
MANUAL TRAMITACIÓN POR SEDE ELECTRÓNICA PARA EMPRESAS FUNERARIAS.
- Decreto 39/2005, de 25 de Febrero, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se regulan las prácticas de policía sanitaria mortuoria en el ámbito de la Comunidad Valenciana. (D.O.G.V. de 8 de Marzo de 2.005).
- SERVICIO DE CEMENTERIOS. OFICINA ADMINISTRATIVACamino Viejo de Picassent, s/n (junto al Tanatorio)Tel.: 962082508Fax: 96.378.22.90Lunes a viernes laborables de 08:30 a 14:30 Sábado, domingo y festivos: de 8:30 a 12:30. Atención presencial con cita previa en 962082807 o sercementerios@valencia.es (A diario de 8:30 a 10:00 atención prioritaria a los profesionales funerarios)
- SERVICIO DE CEMENTERIOS. OFICINA ADMINISTRATIVACamino Viejo de Picassent, s/n (junto al Tanatorio)Tel.: 962082508Fax: 96.378.22.90Lunes a viernes laborables de 08:30 a 14:30 Sábado, domingo y festivos: de 8:30 a 12:30. Atención presencial con cita previa en 962082807 o sercementerios@valencia.es (A diario de 8:30 a 10:00 atención prioritaria a los profesionales funerarios)
- REGISTRO AUXILIAR DE CEMENTERIOSCamino Viejo de Picassent s/n (junto al Tanatorio)Tel.: 96.352.54.78 ext. 2502Fax: 96.378.22.90Lunes a viernes de 8:30 a 13:30 horas. Si desea solicitar cita previa, puede hacerlo en el teléfono 963773524 o en el correo electrónico sercementerios@valencia.es