Este trámite permite solicitar subvenciones para el desarrollo de programas de prevención de adicciones en la ciudad de València a través del proyecto 'Intervención en Barrios' (INBAS) 2026. Estas ayudas están dirigidas a entidades que promuevan actividades preventivas durante el tiempo de ocio, con el objetivo de fomentar un estilo de vida saludable en la infancia y la juventud.
El programa busca ofrecer alternativas de ocio saludables y accesibles, sensibilizar a la población sobre las adicciones y reforzar la igualdad de género y la diversidad cultural. La dotación presupuestaria total para esta convocatoria es de 84.990 euros, con un máximo de 6.000 euros por entidad beneficiaria.
Para más información, se puede consultar la convocatoria completa en el apartado Información complementaria.
Entidades, instituciones u asociaciones sin ánimo de lucro dotadas de personalidad jurídica.
- Ser una entidad, institución o asociación sin ánimo de lucro y personalidad jurídica propia, cuya finalidad prioritaria, reflejada en sus estatutos, sea la atención a la infancia y juventud mediante actividades coincidentes con los objetivos y finalidades de esta convocatoria.
- Estar legalmente constituidas y formalmente inscritas en el Registro de Asociaciones del Estado o de la Generalitat Valenciana en la fecha de publicación de esta convocatoria y opcionalmente en el Registro Municipal de entidades ciudadanas con anterioridad, al menos de un año, a la fecha de publicación en el BOP del extracto de la convocatoria.
- Reflejar en sus estatutos que entre sus finalidades se encuentra la realización de actividades y programas orientados a la prevención de las adicciones.
- Acreditar documentalmente la figura de representante legal y la disposición de una sede o delegación permanente, en el municipio de Valencia con estructura organizativa suficiente para garantizar el desarrollo del programa para el que se solicita la subvención.
- No estar incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS. La acreditación se realizará mediante declaración responsable.
- Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de València, la Hacienda autonómica, y la Agencia Estatal de Administración Tributaria; como también con la Seguridad Social y con las obligaciones por reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento, en su caso.
- No tener pendiente de justificar otras subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de València cuyo plazo de justificación hubiera finalizado. La apreciación de éste prohibición se realizará de forma automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.
- Estar dada de alta en el registro de proveedores con los datos de la entidad debidamente actualizados.
El plazo para presentar la solicitud será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
Publicación BOP: 19 de febrero de 2026. Boletín Nº 34
Plazo de solicitud: del día 20/02/2026 hasta el 11/03/2026 ambos inclusive.La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica. Se cumplimentará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.
Si la solicitud la realiza una persona que NO disponga de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y adjuntar como tal: Certificado del Secretario de la entidad que acredite la representación legal de la persona que suscribe la solicitud de la ayuda.
Todos los anexos estarán disponibles en el apartado “impresos” de esta página para descargar y adjuntar en este trámite
- Anexo 1 Descripción Proyecto técnico
- Anexo 2. Descripción económica del proyecto
- Anexo 3. Declaración responsable
- Si procede, comunicación de la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financian las actividades subvencionadas:
esta comunicación tendrá que efectuarse tan pronto como se conozca y siempre con anterioridad a la justificación de la subvención.
- En caso de no autorizar expresamente, certificado al corriente con Hacienda (AEAT)
- En caso de no autorizar expresamente, certificado al corriente con S. Social (TGSS)
- Subvenciones para la prevención de las adicciones denominada intervención en barrios:
- Estatutos
- Inscripción en el Registro de asociaciones correspondiente.
- Organigrama
- Memoria que acredite la estructura y medios disponibles, humanos, técnicos y materiales:
para llevar a cabo el proyecto, así como la trayectoria y experiencia de la entidad promotora en dicho ámbito.
FASE de Comunicación de inicio:
- Se deberá comunicar al Ayuntamiento de Valencia el inicio del proyecto.
FASE de Reformulación
- En caso de realizarse reformulación del proyecto se presentará un documento de reformulación técnica y económica acompañado de los justificantes oportunos.
FASE de Justificación Final:
La justificación podrá presentarse una vez haya finalizado el proyecto, y en todo caso hasta el día 5 de diciembre de 2026, mediante el correspondiente impreso de justificación técnica (anexo 4), el impreso de justificación económica (anexo 5) y el impreso de declaración responsable (anexo 3).
- Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Realizar la solicitud en línea con firma digital
Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.
Si la solicitud se realiza en nombre de una persona física o, realizándose en nombre de una persona jurídica, NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)
- Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
- Confirme los datos, firme y presente la solicitud.
- En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.
👉 Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 6/2/2026, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones del programa 'Intervención en barrios (INBAS)' 2026.
- SERVICIO DE ADICCIONES - PMD-UPCCA C/ Amadeo de Saboya, 11 - 46010 ValènciaTel.: 962082029 (Información General) -962082033( Unidad de Alternativas de Ocio y Tiempo Libre) -962082038 (Unidad Administrativa)9:00 a 14:00 horas