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Altas y cambios de domicilio en el Padrón Municipal
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
PA.GP.11
Descripción

INFORMACIÓN ACTUALIZADA A 14/11/2025


Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que reside habitualmente. Quien viva en varios municipios, o en varios domicilios dentro del mismo municipio, deberá inscribirse únicamente en el que resida durante más tiempo al año.

ALTA en el padrón de la ciudad de VALÈNCIA:

  • Alta por cambio de residencia: personas que han fijado su residencia habitual en el municipio de València, procedentes de otro municipio o del extranjero.
  • Alta por omisión: personas que, residiendo habitualmente en el municipio de València, no figuran inscritas en el Padrón, o se desconoce el municipio de su anterior inscripción padronal.

CAMBIO DE DOMICILIO en el padrón de la ciudad de VALÈNCIA:

  • Cambio de domicilio: personas que estando empadronadas en el municipio de València cambian su residencia a otro domicilio del municipio.
¿Quién lo puede solicitar?

Toda persona que haya fijado su residencia habitual en el municipio de València o cambie su residencia a otro domicilio dentro del municipio València.

Toda persona que, residiendo habitualmente en el municipio de València, no figura inscrita en el Padrón o se desconoce el municipio de su anterior inscripción padronal.

Las personas menores de edad no emancipadas y mayores incapacitadas, tendrán la misma vecindad que los padres o madres que tengan su guarda y custodia o, en su defecto, la de su representante legal, salvo que les autoricen por escrito para residir en otro municipio.

Requisitos

Ser persona mayor de edad o menor con emancipación.

Documentación a presentar

REQUISITOS GENERALES DE LA DOCUMENTACIÓN

  • La documentación para la tramitación presencial será original o fotocopia compulsada.
  • Los documentos se aceptan en los idiomas oficiales: castellano y valenciano. En caso contrario se deberá aportar el original y la traducción realizada por traductor/a jurado/a o cualquier administración pública.
  • Archivos/Documentos firmados electrónicamente: Cualquier impresión y posterior escaneo o fotografía del documento no es válida, excepto si este documento incorpora un Código Seguro de Verificación (CSV) que permita contrastar la copia impresa y posteriormente escaneada.
  • No se consideran documentos válidos aquellos que figuren con tachaduras, borrones o típex.
  • Los documentos de identidad tienen que estar en vigor.
  • En el caso de ciudadanos/as de Estados de la Unión Europea en cuyo documento nacional de identidad no figure o contenga firma/rúbrica deberá presentar su pasaporte original o acudir presencialmente.
  • Todo documento público extranjero debe ser legalizado o apostillado para certificar su autenticidad y tener validez en España (excepto de Estados miembros de la Unión Europea). Solo se admite los documentos originales (o las copias auténticas emitidas por el mismo órgano que expidió el original) legalizados o apostillados. La legalización o apostilla no caduca, pero si el documento tiene una validez limitada, la legalización o apostilla también la tendrá. Para la legalización o apostilla de documentos extranjeros, se puede consultar en el siguiente enlace Legalización o apostilla: https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramites/legalizacion-unica-apostilla
  • La validez de las autorizaciones y/o delegaciones de representación es de un mes a partir de la fecha que conste en el documento.


NOTA IMPORTANTE: La falsedad en los documentos y datos aportados puede ser constitutiva de delito.


1. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA IDENTIDAD DE LAS PERSONAS INTERESADAS (Todos los documentos de identificación deben estar en vigor).

El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos de la identidad para comprobar la veracidad de los datos contenidos en el Padrón municipal.

Los datos obligatorios de identificación de la inscripción en el Padrón municipal son nombre y apellidos, sexo, nacionalidad, lugar y fecha de nacimiento, número del documento de identificación y certificado o título escolar o académico que se posea.

a) Documentación de identidad de todas las personas mayores de edad afectadas por el trámite, según sea el caso:

  • Ciudadanía española: DNI. Para la ciudadanía española procedente del extranjero que carezca de DNI, se admitirá el pasaporte hasta la obtención del DNI antes de 6 meses.
  • Ciudadanía de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza: Tarjeta de Residencia, pasaporte o documento de identidad del país de origen. En caso de aportar “Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión” deberá ir acompañado del pasaporte o del documento de identidad del país de origen.
  • Resto de ciudadanía: (No comunitarios y personas del Reino de Gran Bretaña): Tarjeta de residencia o pasaporte.
  • En caso de solicitantes de asilo y protección internacional, los siguientes documentos que se facilitan a las personas solicitantes de asilo:

a) Resguardo de presentación de solicitud de protección internacional: este documento se expide con dos fechas de validez y será válido para la identificación en el Padrón una vez transcurrida la primera de ellas, es decir, durante la prórroga de su período de validez hasta la segunda.

b) Documentos acreditativos de la condición de solicitante, en tramitación, de protección internacional: Doc. Ex148 (o tarjeta roja sin trabajo) y Doc. Ex148 bis (o tarjeta roja con autorización a trabajar).

b) Documentación de identificación personal de todas las personas menores de edad afectadas por el trámite, según sea el caso:

  • Ciudadanía española:

- Hasta los 14 años: Libro de familia o Certificado de nacimiento y si se dispone, además, DNI.

- Mayores de 14 años: los mismos documentos de identificación exigidos para las personas mayores de edad y si se dispone, además, Libro de familia o Certificado de nacimiento.

  • Ciudadanía de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza

- Hasta los 14 años: Libro de familia o Certificado de nacimiento y si se dispone, además, Tarjeta de Residencia, pasaporte o documento de identidad del país de origen. En caso de aportar “Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión” deberá ir acompañado del pasaporte o del documento de identidad del país de origen.

- Mayores de 14 años: los mismos documentos de identificación exigidos para las personas mayores de edad y además, Libro de familia o Certificado de nacimiento.

  • Resto de ciudadanía: (No comunitarias y personas del Reino de Gran Bretaña).

- Hasta los 14 años: Libro de familia o Certificado de nacimiento, y si se dispone, además, tarjeta de residencia o pasaporte.

- Mayores de 14 años: los mismos documentos de identificación exigidos para las personas mayores de edad y además, Libro de familia o Certificado de nacimiento.


2. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA RESIDENCIA EN LA VIVIENDA OBJETO DE EMPADRONAMIENTO

El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso de la vivienda para comprobar la veracidad de los datos contenidos en el Padrón municipal (Por ejemplo, en los casos de contratos de arrendamiento con cláusulas que impidan empadronar a personas distintas o adicionales a las que figuran como personas arrendatarias, contratos turísticos o de residencia no habitual).

El documento aportado deberá incluir el número de referencia catastral de la vivienda, dato obligatorio de la inscripción en el Padrón municipal, de acuerdo con la normativa vigente. En caso de no indicarlo, se aportará documento complementario en el que figure la referencia catastral (último recibo del IBI, informe reciente del catastro, nota simple actualizada del Registro de la Propiedad…).

2.1 Vivienda de su propiedad: Si en el recibo del Impuesto de bienes inmuebles (IBI) la persona interesada consta como titular no deberá aportar justificación, se comprobará de oficio por el Ayuntamiento. En caso contrario, la propiedad se acreditará por cualquiera de los siguientes documentos:

  • Escritura de propiedad o copia simple completa de la vivienda, donde la persona que se inscribe conste como propietaria. En caso de haber usufructo será necesaria la autorización expresa firmada de la persona titular del derecho y copia de su documento de identificación.
  • Escritura de aceptación de herencia en el supuesto de viviendas heredadas, con una antigüedad máxima de 1 año desde la fecha de su aceptación.
  • Nota simple del Registro de la Propiedad, con una validez de 3 meses.
  • Si la vivienda tiene varios propietarios/as, se deberá presentar autorización y copias del documento de identidad de al menos la mayoría de los/as propietarios/as (Impreso Autorización de inscripción en una vivienda ajena) o acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho (poder notarial, documento privado con firma notarial …).
  • Si la vivienda es propiedad de una empresa, se deberá aportar documentación que justifique la relación (vinculación jurídica) con dicha empresa.
  • En el caso de actuar como representante, la representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho (poder notarial, documento privado con firma notarial, …).

2.2 Vivienda alquilada en la que la persona interesada es la titular del contrato de arrendamiento: contrato de alquiler en vigor de vivienda o habitación que deberá estar firmado por todas las personas que figuran en el contrato, con una duración de más de seis meses, especificación del número de referencia catastral de acuerdo con la normativa vigente, acompañado de último recibo del alquiler (o transferencia bancaria) pagado en los últimos dos meses, donde figure la persona arrendadora (propietario/a), la arrendataria (inquilino/a), mes de alquiler y dirección de la vivienda.

No sirve para acreditar la duración de más de seis meses, los contratos con renovaciones de mes a mes.

  • Si la vivienda tiene varios propietarios/as, y estos no aparecen en el contrato de arrendamiento se deberá presentar autorización y copias del documento de identidad de al menos la mayoría de los/as propietarios/as (Impreso Autorización de inscripción en una vivienda ajena) o acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho (poder notarial, documento privado con firma notarial …).
  • Cuando el contrato de alquiler sea de habitación, deberá reflejarse en el contrato el nº total de habitaciones de la vivienda y especificarse el nº concreto de la habitación que se alquila.
  • Si la vivienda es propiedad de una empresa, se deberá aportar documentación que justifique la relación (vinculación jurídica) con la empresa de la persona o las personas que firman el contrato de arrendamiento, cuando no conste en el contrato.
  • En el caso de contratos firmados por representante, la representación deberá acreditarse por cualquier medio valido en derecho (poder notarial, documento privado con firma notarial …).

2.3 Si el empadronamiento se efectúa en vivienda ajena, con autorización:

2.3.1 Vivienda con título de propiedad

  • Autorización expresa por escrito y firmada, y documento de identificación de la persona propietaria de la vivienda (Impreso Autorización de inscripción en una vivienda ajena).
  • Documentación que acredite la titularidad (APARTADO 2.1).
  • Si la vivienda tiene varios propietarios/as, se deberá presentar autorización y copias del documento de identidad de al menos la mayoría de los/as propietarios/as (Impreso Autorización de inscripción en una vivienda ajena) o acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho (poder notarial, documento privado con firma notarial ...).

2.3.2 Vivienda con contrato de alquiler

  • Autorización expresa por escrito y firmada, y documento de identificación de la persona arrendataria, más autorización expresa por escrito y firmada, y documento de identificación de la persona propietaria de la vivienda (Impreso Autorización de inscripción en una vivienda ajena).
  • Documentación que acredite la titularidad (APARTADO 2.2).
  • Si la vivienda tiene varios propietarios/as y/o si en el contrato de alquiler aparecen varios/as arrendatarios/as, se deberá presentar autorización y copias del documento de identidad de al menos la mayoría de los/as propietarios/as y/o de los/as arrendatarios/as (Impreso Autorización de inscripción en una vivienda ajena) o acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho (poder notarial, documento privado con firma notarial …).

2.4. Otras situaciones: En caso de separación o divorcio se ha de aportar sentencia, donde se concede el uso y disfrute de la vivienda a uno de los cónyuges, acompañada de los documentos mencionados anteriormente para la acreditación del domicilio.

2.5 Si el empadronamiento se efectúa en establecimientos colectivos (de tipo hotelero, religioso, militar, residencial u otro), que consten como tales en el Padrón del Ayuntamiento de València:

  • Autorización suscrita por la persona que ostente la dirección o responsable del establecimiento junto con el sello de la institución.


3. DOCUMENTACIÓN ADICIONAL EN CASO DE MENORES

Debido a un cambio legislativo en el artículo 154 del Código Civil, el domicilio de las personas menores se determinará en base a la patria potestad y no por la guarda y custodia.

Por tanto, además del Libro de Familia o Certificado de nacimiento para acreditar la representación legal de los/las menores por parte de las personas progenitoras, la documentación a presentar varía según los siguientes casos:

3.1 Empadronamiento de menor con ambas personas progenitoras:

Si lo solicita o comparece una sola de ellas, será necesario:

  • Autorización de la otra persona progenitora (Modelo 1)

3.2 Empadronamiento de menor con una sola persona progenitora:

  • Personas progenitoras sin resolución judicial que se pronuncie sobre la guarda y custodia del menor (separaciones de hecho o en tramitación, ...):

La persona progenitora con la que se empadrona la menor de edad deberá aportar autorización de la otra persona progenitora (Modelo 1).

En caso de no poder obtener la autorización, deberá presentar Declaración Responsable (Modelo 3), indicando alguno de los siguientes supuestos:

- Ha interpuesto procedimiento judicial para obtener la autorización judicial pertinente para realizar el alta o el cambio de domicilio sin consentimiento de la otra persona progenitora. En este caso debe presentar documentación acreditativa, o

- Explica la razón por la que no puede aportar el consentimiento de la otra persona progenitora y detalla el perjuicio que la falta de empadronamiento o cambio de domicilio causa a la menor de edad.

  • Personas progenitoras con resolución judicial que determina la guardia y custodia exclusiva para una de ellas:

La persona progenitora con la que se empadrona la menor de edad deberá aportar autorización de la otra persona progenitora (Modelo 1).

En caso de no poder obtener la autorización, deberá presentar Declaración Responsable (Modelo 2), indicando alguno de los siguientes supuestos:

- Ha interpuesto procedimiento judicial para obtener la autorización judicial pertinente para realizar el alta o el cambio de domicilio sin consentimiento de la otra persona progenitora. En este caso debe presentar documentación acreditativa, o

- La resolución judicial sobre la guarda y custodia se ha dictado en rebeldía o la otra persona progenitora está en paradero desconocido y en ambos casos no cumple el régimen de visitas con sus hijos o hijas, o.

- Explica la razón por la que no puede aportar el consentimiento de la otra persona progenitora y detalla el perjuicio que la falta de empadronamiento o cambio de domicilio causa a la menor de edad.

  • Personas progenitoras con resolución judicial que determina la guarda y custodia compartida:

La persona progenitora con la que se empadrona la menor de edad deberá aportar autorización de la otra persona progenitora (Modelo 1).

En caso de no poder obtener la autorización, si la resolución judicial no se pronuncia sobre el lugar de empadronamiento deberá aportar nueva resolución judicial en la que se determine el domicilio de la persona menor junto con Declaración Responsable de que dicha sentencia es la última dictada. En este caso, no cabe Declaración Responsable (Modelo 2) y (Modelo 3).

  • Personas progenitoras con resolución judicial que determina la patria potestad única para una de ellas:

La persona progenitora con la que se empadrona la menor de edad deberá aportar la resolución judicial junto con la Declaración Responsable de que dicha sentencia es la última dictada. En este caso, no cabe Declaración Responsable (Modelo 2) y (Modelo 3).

3.3 Empadronamiento de persona menor de edad no emancipada con terceras personas distintas a las progenitoras o tutoras legales.

  • Autorización de las dos personas progenitoras (Modelo 1).

En caso de no poder obtener la autorización de una de ellas, se deberá aportar autorización de la otra persona progenitora (Modelo 1) junto con la documentación indicada en el apartado anterior (3.2), en función del supuesto de que se trate.

3.4 Menores tutelados/as (supuestos de tutela, acogida…):

  • Resolución judicial o administrativa correspondiente.


4. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA AUTORIZACIÓN O REPRESENTACIÓN PARA EFECTUAR EL EMPADRONAMIENTO DE OTRA PERSONA

4.1. TRAMITACIÓN PRESENCIAL

4.1.1 Delegación del trámite en terceras personas: Autorización para tramitar el empadronamiento de terceras personas junto con documento de identificación de la persona representante/autorizada y documento de identificación (original o copia compulsada) de la persona representada/autorizante (Impreso Delegación en terceras personas para trámites padronales).

4.1.2 SOLO PARA CAMBIOS DE DOMICILIO EN EL MUNICIPIO DE VALENCIA. Persona mayor de edad que solicita su cambio de domicilio y/o tramite el de su unidad familiar (pareja con hijos/as en común; las personas menores de edad se empadronan con ambas personas progenitoras): Autorización firmada por todas las personas mayores de edad de la unidad familiar (pareja e hijos/as) afectadas por el trámite (Impreso Autorización/Declaración de cambio de domicilio de la unidad familiar).

4.1.3 Personas con discapacidad que, excepcionalmente, cuenten con representante judicial: Autorización o resolución judicial.

4.2 TRAMITACIÓN TELEMÁTICA

4.2.1 Representación mediante apoderamiento: Acreditación de la Inscripción en el Registro electrónico de apoderamientos de la Comunidad Valenciana o del Estado, o poder notarial, debiendo constar en todos los casos representación específica para el trámite de empadronamiento.

4.2.2 Profesionales acreditados en virtud de Convenios suscritos con el Ayuntamiento de València: Personas gestoras administrativas, graduadas sociales y administradoras de fincas (deberán adherirse a los respectivos Convenios para obtener el certificado electrónico de representante).

4.2.3 SOLO PARA CAMBIOS DE DOMICILIO EN EL MUNICIPIO DE VALENCIA. Persona mayor de edad que solicita su cambio de domicilio y/o tramite el de su unidad familiar (pareja con hijos/as en común; las personas menores de edad se empadronan con ambas personas progenitoras): Autorización firmada por todas las personas mayores de edad de la unidad familiar (pareja e hijos/as) afectadas por el trámite (Impreso Autorización/Declaración de cambio de domicilio de la unidad familiar).

4.2.4. Personas con discapacidad que, excepcionalmente, cuenten con representante judicial: Autorización o resolución judicial.




A CONTINUACIÓN SE RELACIONAN LOS DOCUMENTOS A APORTAR TAL Y COMO APARECEN DESCRITOS AL REALIZAR EL TRÁMITE POR SEDE ELECTRÓNICA

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • ALTAS/CAMBIOS DE DOMICILIO EN EL PADRÓN MUNICIPAL SIN MENORES DE EDAD:
    • DOCUMENTACIÓN IDENTIDAD mayores de edad afectados por el trámite
    • DOCUMENTACIÓN VIVIENDA propiedad: Escritura de propiedad o copia simple completa/ Escritura aceptación herencia/ Nota simple Registro Propiedad
    • DOCUMENTACIÓN VIVIENDA alquiler: Contrato alquiler en vigor de vivienda o habitación
    • DOCUMENTACIÓN VIVIENDA alquiler: Último recibo pago alquiler:

      Último recibo del alquiler (o transferencia bancaria) pagado en los últimos dos meses, donde figure la persona arrendadora (propietario/a), la arrendataria (inquilino/a), mes de alquiler y dirección de la vivienda.

    • DOCUMENTACIÓN VIVIENDA AJENA: Impreso autorización de inscripción en una vivienda ajena
    • DOCUMENTACIÓN VIVIENDA AJENA: DNI de la persona que autoriza
    • DOCUMENTACIÓN VIVIENDA: Sentencia -concesión uso y disfrute de la vivienda-
    • DOCUMENTACIÓN VIVIENDA: Autorización de la persona directora del establecimiento
    • DOCUMENTACIÓN REPRESENTACIÓN: Autorización o resolución judicial (discapacidad)
    • DOCUMENTACIÓN CAMBIO DE DOMICILIO de unidad familiar: Impreso Autorización/Declaración de cambio de domicilio de la unidad familiar
  • ALTAS/CAMBIOS DE DOMICILIO EN EL PADRÓN MUNICIPAL CON/DE MENORES DE EDAD/TUTELA:
    • DOCUMENTACIÓN IDENTIDAD mayores de edad afectados por el trámite
    • DOCUMENTACIÓN IDENTIDAD menores de edad afectados por el trámite
    • DOCUMENTACIÓN MENORES: Libro de familia o Certificado de nacimiento
    • DOCUMENTACIÓN MENORES: Declaración/Autorización para el empadronamiento de menores (Modelo 1)
    • DOCUMENTACIÓN MENORES: Declaración responsable (Modelo 2)
    • DOCUMENTACIÓN MENORES: Declaración responsable (Modelo 3)
    • DOCUMENTACIÓN MENORES: Resolución judicial
    • DOCUMENTACIÓN MENORES: Acreditación familia monoparental
    • DOCUMENTACIÓN VIVIENDA propiedad: Escritura de propiedad o copia simple completa/ Escritura aceptación herencia/ Nota simple Registro Propiedad
    • DOCUMENTACIÓN VIVIENDA alquiler: Último recibo pago alquiler
    • DOCUMENTACIÓN VIVIENDA alquiler: Contrato alquiler en vigor de vivienda o habitación
    • DOCUMENTACIÓN VIVIENDA AJENA: Impreso autorización de inscripción en una vivienda ajena
    • DOCUMENTACIÓN VIVIENDA AJENA: DNI de la persona que autoriza
    • DOCUMENTACIÓN VIVIENDA: Sentencia -concesión uso y disfrute de la vivienda-
    • DOCUMENTACIÓN VIVIENDA: Autorización de la persona directora del establecimiento
    • DOCUMENTACIÓN REPRESENTACIÓN: Autorización o resolución judicial (discapacidad)
    • DOCUMENTACIÓN CAMBIO DE DOMICILIO de unidad familiar: Impreso Autorización/Declaración de cambio de domicilio de la unidad familiar
Actuaciones a realizar por la persona solicitante

PARA LA REALIZACIÓN DE ESTOS TRÁMITES

  • PRESENCIAL: Para la realización de este trámite en cualquiera de las oficinas de Gestión padronal podrá solicitar CITA PREVIA o llamando al teléfono de atención ciudadana 010/ 963100010/ 962081104 (1 cita por persona salvo que sean unidad familiar).
  • ELECTRONICAMENTE: Ir al apartado "hacer en web", de esta misma página (AVISO: Estos movimientos padronales no son automáticos, puesto que requieren de una revisión de la documentación aportada y en su caso, de los correspondientes requerimientos o actuaciones de trámite que sean necesarias para proceder a su realización. En relación a los mismos, no es necesario, salvo que usted advierta que le falta documentación, que presente de nuevo otra solicitud. Puede comprobar el estado de la tramitación de su solicitud a través del acceso a la carpeta ciudadana).
Información Complementaria

TODOS LOS TRÁMITES DE PADRÓN SON GRATUITOS

El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos de la identidad y/o uso del domicilio, para comprobar la veracidad de los datos contenidos en el Padrón municipal.

En la tramitación presencial se aportarán los originales de toda la documentación necesaria.

Determinados aspectos de los trámites padronales pueden cambiar de conformidad con lo que disponga la legislación vigente en el momento de realizar los mismos.

NOTA IMPORTANTE: La falsedad en los documentos y datos aportados puede ser constitutiva de delito.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Estimatorio
Será estimatorio si se cumplen los requisitos esenciales para su adquisición. Art. 24.1 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo máximo de resolución: 3 meses
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

  • Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
  • Rellene el formulario
  • Adjunte la documentación requerida
  • Presente y firme la solicitud

Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.

Legislación
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por el art. 128.2 del Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre.
  • R.D.1690/1986, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, modificado por el R.D. 141/2024, de 6 de febrero.
  • Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, que modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, a efectos de perfeccionar la información contenida en el Padrón municipal relativa a los extranjeros empadronados.
  • Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
  • Normas complementarias del Consejo de Empadronamiento.
Oficinas de información
  • OFICINA DEL PADRÓN MUNICIPALPlaza del Ayuntamiento (entrada por Periodista Azzati, 2)Tel.: 962081104 y en www.valencia.es y sede.valencia.esFax: 96.352.34.22De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010poblacion@valencia.es
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS (TRÁMITES PADRÓN)C/ Alberic, 18 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa, puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITS (TRÁMITES PADRÓN)C/ Comte de Lumiares, 5 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa, puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIM (TRÁMITES PADRÓN)C/ Barraca, 53Tel.: 963014163 / 963014227De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa, puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX (TRÁMITES PADRÓN)Calle Beato Nicolás Factor, 1De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓ (TRÁMITES PADRÓN)Calle Guàrdia Civil, 19De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFA (TRÁMITES PADRÓN)C/ Maties Perelló, 5De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORD (TRÁMITES PADRÓN)Plaça del Poble nº4 (Carpesa).Tel.: 96.301.30.55Lunes y Miércoles de 8:30 a 14:00 horas. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través del correo electrónico jmpoblesdelnord@valencia.es o en el 96.301.30.55jmpoblesdelnord@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUD (TRÁMITES PADRÓN)C/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: 963 013 023Martes y jueves de 8.30 a 14.00 horas. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo en el teléfono 963 013 023
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRI (TRÁMITES PADRÓN)C/ Senda de Secanet, 43 bj (Benimàmet)Tel.: 963 013 436De 8.30 a 14.00 horas, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo en el teléfono 963 013 436
Oficinas para presentar
  • OFICINA DEL PADRÓN MUNICIPALPlaza del Ayuntamiento (entrada por Periodista Azzati, 2)Tel.: 962081104 y en www.valencia.es y sede.valencia.esFax: 96.352.34.22De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010poblacion@valencia.es
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS (TRÁMITES PADRÓN)C/ Alberic, 18 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa, puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITS (TRÁMITES PADRÓN)C/ Comte de Lumiares, 5 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa, puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIM (TRÁMITES PADRÓN)C/ Barraca, 53Tel.: 963014163 / 963014227De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa, puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX (TRÁMITES PADRÓN)Calle Beato Nicolás Factor, 1De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓ (TRÁMITES PADRÓN)Calle Guàrdia Civil, 19De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFA (TRÁMITES PADRÓN)C/ Maties Perelló, 5De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORD (TRÁMITES PADRÓN)Plaça del Poble nº4 (Carpesa).Tel.: 96.301.30.55Lunes y Miércoles de 8:30 a 14:00 horas. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través del correo electrónico jmpoblesdelnord@valencia.es o en el 96.301.30.55jmpoblesdelnord@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUD (TRÁMITES PADRÓN)C/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: 963 013 023Martes y jueves de 8.30 a 14.00 horas. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo en el teléfono 963 013 023
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRI (TRÁMITES PADRÓN)C/ Senda de Secanet, 43 bj (Benimàmet)Tel.: 963 013 436De 8.30 a 14.00 horas, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo en el teléfono 963 013 436
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