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Solicitud de reconocimiento del grado de dependencia y acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
BS.DP.10
Descripción

Es el procedimiento para el reconocimiento de la posible situación de dependencia de las personas, entendida como "aquel estado en que se encuentran las personas que, por razones ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, psíquica o intelectual, tienen necesidades de asistencia y/o ayudas importantes a fin de realizar los actos corrientes de la vida diaria".
El reconocimiento de esta situación garantiza el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas. En la solicitud puede seleccionar sus preferencias entre las siguientes: (tenga en cuenta que puede solicitar varias ya que hay compatibilidad entre algunas. Vea compatibilidades en el apartado Información Complementaria)
Servicios:

  • Prevención y promoción de la autonomía personal
  • Teleasistencia
  • Ayuda a domicilio
  • Centro de día
  • Centro de noche
  • Atención residencial

Prestaciones económicas:

  • De Asistente personal
  • Para cuidados en entorno familiar
  • Vinculada al servicio:

-PVS Residencial
-PVS Centro de Día
-PVS SAD
-PVS Prevención y Promoción

  • Prestación vinculada de garantía


* NOTA: Para presentar nueva documentación (cambio de banco para el cobro de la ayuda, de cuidador, que falta un papel en la solicitud etc., se puede hacer a través del procedimiento: Aportación de documentación a solicitudes/expedientes ya en trámite por el Ayuntamiento. El enlace es el siguiente:

https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/AD.AD.10

¿Quién lo puede solicitar?

El procedimiento para el reconocimiento inicial de la situación de dependencia se iniciará a instancia de la persona interesada. También podrá iniciarse por su representante legal o su guardador o guardadora de hecho.

Requisitos
  • Tener nacionalidad española.
  • Cualquier edad.
  • Encontrarse en situación de dependencia.
  • Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para las y los menores de cinco años el período de residencia se exigirá a quien ejerza la guarda y custodia.

Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, carezcan de nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, en los Tratados Internacionales y en los Convenios que se establezcan con el país de origen.
Para los menores que carezcan de la nacionalidad española se estará a lo dispuesto en las Leyes del Menor vigentes, tanto en el ámbito estatal como en el autonómico, así como en los Tratados Internacionales. ( Es decir ,personas con permiso de residencia y trabajo o aquellas con permiso de residencia por razones humanitarias)

Cuándo solicitarlo

Se puede solicitar a lo largo de todo el año.

Documentación a presentar

  • Impreso de solicitud que puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página, si la solicitud se realiza presencialmente, acompañado de la documentación que se indica.
  • Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica, se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.


A. DOCUMENTACIÓN GENERAL A PRESENTAR:

  • Impreso de solicitud "Solicitud inicial de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema" del apartado "Impresos" de este mismo trámite. (Leer "Instrucciones para cumplimentar esta solicitud" del mismo impreso y/o el apartado "CUMPLIMENTACIÓN DE SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE DEPENDENCIA" que se explica más abajo)
  • Ejemplar original del informe de salud. Las personas que en el reconocimiento, declaración y calificación de grado de discapacidad tengan reconocido el complemento de la necesidad del concurso de otra persona con una puntuación igual o superior a 45 puntos estarán exentas de aportar el informe de salud.
  • Fotocopia cotejada del DNI/NIE de la persona solicitante. Sólo en el caso de que la persona interesada no preste su consentimiento para que el órgano instructor consulte sus datos de identidad personal en el sistema de verificación de datos de identidad (SVDI). Cuando se carezca de la nacionalidad española, se aportará documentación acreditativa de su identidad y de su condición de residente en la que figure el número de identificación de extranjeros.
  • Certificado/s de empadronamiento histórico/s que acredite/n la residencia en territorio español durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. Si todo o parte del tiempo de residencia en territorio español se ha efectuado en el municipio de València, no será necesario aportar certificado de ese periodo porque se comprobará por el propio Ayuntamiento. Cuando se trate de una persona solicitante menor de cinco años, se presentará certificación o volante de empadronamiento histórico de la persona que ejerza su guarda y custodia.
  • Modelo de domiciliación bancaria. (Del apartado "Impresos" de este mismo trámite).
  • Autorización de acceso a datos suscrita por la persona solicitante, en modelo normalizado, en la que autoriza a la administración pública a obtener sus datos de identidad, residencia, económicos o sanitarios. (Del apartado "Impresos" de este mismo trámite).
  • En caso de no autorizar dicho acceso, deberá aportar la documentación acreditativa de los mismos:
    • Certificado de pensiones emitido por el INSS.
    • Fotocopia de la Declaración de la renta de las personas físicas del ejercicio fiscal vencido.



B. DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA SEGÚN CIRCUNSTANCIAS PERSONALES
1. SI LA PERSONA SOLICITANTE ES MENOR DE EDAD:

  • Fotocopia del DNI/NIE del menor de edad.
  • Fotocopia cotejada del libro de familia.
  • En caso de no disponer de DNI, se aportará fotocopia del DNI del padre, la madre o la persona que ejerza la tutoría legal.

2. EN EL CASO DE SER PERSONA EMIGRANTE ESPAÑOLA RETORNADA:

  • Acreditar esta condición mediante el certificado de baja en el libro de matrícula del registro consular del país de procedencia, en el que conste como causa de la baja, el traslado a España (baja consular), salvo que se encuentre residiendo en territorio español al menos 5 años, de los cuales 2 deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

3. SI LA PERSONA DISPONE DE CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD:

  • Certificado de discapacidad completo, sólo en el caso de haber sido emitido en otra comunidad autónoma.

4. SI LA PERSONA ES PENSIONISTA DE GRAN INVALIDEZ:

  • En el caso de que la persona solicitante disponga de reconocimiento de la pensión de gran invalidez, fotocopia compulsada de la resolución.

5. SI LA PERSONA SOLICITANTE ES PRESUNTO INCAPAZ. En caso de que la persona solicitante actúe a través de una persona representante legal, deberá aportar además:

  • Fotocopia cotejada del documento que acredite tal representación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • En el caso de PERSONAS ADULTAS TUTELADAS:
    • Acreditación de la representación legal mediante fotocopia compulsada de la resolución judicial de incapacitación.
    • Fotocopia del nombramiento de la persona que ejerza la tutoría legal.
  • En el caso de MENORES TUTELADOS POR LA ENTIDAD PÚBLICA:
    • Fotocopia compulsada de la resolución administrativa de declaración de desamparo y asunción de la tutela.
  • En el caso de MENORES SUJETOS A TUTELA ORDINARIA:
    • Fotocopia cotejada de la resolución judicial de tutela ordinaria.
    • Fotocopia del nombramiento de tutor.
  • Fotocopia cotejada del DNI/NIE de la persona representante legal, sólo en el caso de que la persona interesada no preste su consentimiento para que el órgano instructor consulte sus datos de identidad personal en el sistema de verificación de datos de identidad (SVDI).
  • Cuando se carezca de la nacionalidad española, se aportará documentación acreditativa de su identidad y de su condición de residente en la que figure el número de identificación de extranjeros.

6. EN CASO DE QUE LA PERSONA SOLICITANTE ACTÚE A TRAVÉS DE UNA PERSONA GUARDADORA DE HECHO, deberá aportar, además:

  • Declaración de la persona guardadora de hecho, en modelo normalizado. (Del apartado "Impresos" de este mismo trámite)
  • Autorización de acceso a datos suscrita por la persona solicitante, en modelo normalizado, en la que autoriza a la administración pública a obtener sus datos de identidad, residencia, económicos o sanitarios. (Del apartado "Impresos" de este mismo trámite)
  • En caso de no autorizar dicho acceso, deberá aportar la documentación acreditativa de los mismos:
    • Fotocopia del DNI/NIE.
    • Certificado o volante de empadronamiento.
    • Certificado de pensiones emitido por el INSS.
    • Fotocopia de la Declaración de la renta de las personas físicas del ejercicio fiscal vencido.



C. DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA SEGÚN EL RECURSO QUE SE SOLICITA

1. EN EL CASO DE QUE LA PERSONA BENEFICIARIA OPTE POR LA PRESTACIÓN DE PERSONA CUIDADORA NO PROFESIONAL:

  • Deberá adjuntar el modelo de Compromiso de permanencia y formación de la persona cuidadora no profesional. (Del apartado "Impresos" de este mismo trámite).
  • Fotocopia cotejada del DNI/NIE y certificado o volante de empadronamiento de la persona cuidadora no profesional.

* En caso de tener dos personas cuidadoras, se presentará la citada documentación para cada una de ellas.

2. EN EL CASO DE QUE LA PERSONA BENEFICIARIA OPTE POR EL SERVICIO DE TELEASISTENCIA

  • Modelo de Servicio de Teleasistencia. (Del apartado "Impresos" de este mismo trámite).

3. EN CASO DE QUE LA PERSONA BENEFICIARIA OPTE POR LA PRESTACIÓN DE ASISTENCIA PERSONAL:

  • Si la asistencia se presta por persona física:
    • Declaración responsable de la persona asistente personal. (Del apartado "Impresos" de este mismo trámite).
    • Proyecto de vida independiente.
    • Fotocopia cotejada del DNI/NIE y certificado o volante de empadronamiento de la persona asistente personal.
    • Si la asistencia se presta por persona física a una persona dependiente menor de 18 años, certificado negativo del registro de delincuentes sexuales (art. 13.5 de la Ley 1/1996 de protección jurídica del menor)
  • Si la asistencia se presta por persona jurídica:
    • Proyecto de vida independiente

4. EN CASO DE QUE LA PERSONA BENEFICIARIA OPTE POR LA PRESTACIÓN VINCULADA AL SERVICIO DE CENTRO RESIDENCIAL, CENTRO DE DÍA, SAD Y PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN:

  • En caso de que la persona beneficiaria se encuentre disfrutando de un servicio privado de atención residencial, atención diurna o promoción debidamente acreditado, y se pretenda su continuidad en el mismo, se deberá aportar informe social del/la trabajador/a social de dicho servicio, en base al artículo 5e del Decreto 62/2017 de 19 de mayo.
  • Cuando la persona beneficiaria se encuentre recibiendo de forma privada alguno de los servicios debidamente acreditados por la administración de la Generalitat, y opte por seguir recibiendo el mismo como prestación vinculada al servicio, deberá aportar:
    • Una fotocopia del contrato
    • Tres últimas facturas mensuales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

5. EN CASO DE QUE LA PERSONA BENEFICIARIA OPTE POR EL SERVICIO RESIDENCIAL:

  • Documentación general
  • En el caso de personas presuntamente incapaces, deberá aportar el auto de internamiento.



D. CUMPLIMENTACIÓN DE SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE DEPENDENCIA

1. DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE DEL RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA

1.- Datos personales. Si usted ostenta doble nacionalidad, indique las dos en el apartado correspondiente.

2.- Datos a efectos de notificación. En este apartado se consignarán los datos donde usted quiere recibir las notificaciones y posibles requerimientos.

2. REPRESENTANTE LEGAL

Cuando la persona solicitante del reconocimiento de la situación de dependencia tenga representante legal, será esta persona quien deberá firmar la solicitud.

3. DATOS DE LA CAPACIDAD ECONÓMICA DE LA UNIDAD FAMILIAR

Conforme a la normativa vigente, se considerará en términos generales la capacidad económica personal de la persona beneficiaria, si bien podrá solicitar la aplicación de la capacidad económica de la unidad familiar. Se aplicarán las siguientes reglas para valorar la capacidad económica de las personas beneficiarias:

a) Supuesto de persona beneficiaria con cónyuge o pareja de hecho: la renta personal será la mitad de la suma de los ingresos de ambos miembros que forman la pareja.

b) Supuesto de persona beneficiaria mayor de 18 años: se añadirá a su renta personal la prestación de hijo/hija a cargo que pudieran percibir sus progenitores, adoptante o acogedores.

c) Supuesto de persona beneficiaria integrada en una unidad familiar con hijos/hijas a cargo: podrá solicitar que se compute como renta personal el cociente de dividir la renta acumulada de las personas que integran la unidad familiar entre el número de miembros que la componen, incluida la persona beneficiaria.


OBSERVACIONES:

  • Se entiende por unidad familiar con hijos/hijas a cargo, aquella integrada por la persona beneficiaria y, en su caso, su cónyuge o pareja de hecho y los hijos/hijas, ya lo sean por naturaleza, adopción o acogimiento, siempre que, en este último caso, sean menores de 25 años o mayores de dicha edad con un grado de discapacidad igual o superior a 33 por ciento.
  • Nadie podrá formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo.
  • La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación a 31 de diciembre de cada año.
  • Los datos relativos a la renta personal de la persona solicitante y, si es el caso, de su unidad familiar se obtendrán de la información sobre el Impuesto de la Renta de las Persones Físicas que está en poder de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, referentes al ejercicio correspondiente, por medios informáticos o telemáticos.
  • En caso de no poder obtener la información telemática se requerirá a las personas interesadas para que presenten fotocopia de la declaración del IRPF del último ejercicio liquidado, así como certificado de la pensión o pensiones que reciben en el año de la solicitud. Todo ello sin perjuicio de recabar cualquier otra información complementaria durante el proceso.
  • En el caso de que la persona solicitante o cualquier miembro de la unidad familiar, que no realicen declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, deban satisfacer pensión compensatoria a favor del cónyuge o anualidades por alimentos deberán acompañar la correspondiente fotocopia de la sentencia judicial firme de la que se deriven.
  • En el caso de necesitar más filas en la tabla que hace referencia a los miembros de la unidad familiar, puede adjuntar, en una hoja aparte y con las mismas casillas a las que hace referencia la tabla, el número de familiares que quiera añadir.


Documentación para todos los casos:
  • Impreso de solicitud "Solicitud inicial de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema":

    Disponible en el apartado "Impresos" de este trámite para descargar, rellenar y adjuntar.

  • Ejemplar original del informe de salud
  • Fotocopia cotejada del DNI/NIE de la persona solicitante
  • Certificado/s de empadronamiento histórico/s o certificación/volante de empadronamiento histórico de la persona que ejerza guarda y custodia
  • Modelo de domiciliación bancaria:

    Disponible en el apartado "Impresos" de este trámite para descargar, rellenar y adjuntar.

  • Autorización de acceso a datos suscrita por la persona solicitante, en la que autoriza a la administración pública a obtener sus datos de identidad, residencia, económicos o sanitarios:

    Disponible en el apartado "Impresos" de este trámite para descargar, rellenar y adjuntar.

  • En caso de no autorizar acceso a datos, certificado de pensiones emitido por el INSS
  • En caso de no autorizar acceso a datos, fotocopia de la Declaración de la renta de las personas físicas del ejercicio fiscal vencido
Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Solicitud de reconocimiento del grado de dependencia y acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas:
    • Fotocopia del DNI/NIE de la persona menor de edad
    • Fotocopia cotejada del libro de familia
    • En caso de no disponer de DNI, fotocopia del DNI de padre, madre o persona que ejerza la tutoría legal
    • Certificado de baja en el libro de matrícula del registro consular del país de procedencia
    • Certificado de discapacidad completo, sólo en el caso de haber sido emitido en otra comunidad autónoma
    • Fotocopia compulsada de la resolución de reconocimiento de la pensión de gran invalidez
    • Fotocopia cotejada del documento que acredite la representación (artículo 5 de la Ley 29/2015, de 1 de octubre)
    • Fotocopia compulsada de la resolución judicial de incapacitación (acreditación de la representación legal)
    • Fotocopia del nombramiento de la persona que ejerza la tutoría legal
    • Fotocopia compulsada de la resolución administrativa de declaración de desamparo y asunción de la tutela
    • Fotocopia cotejada de la resolución judicial de tutela ordinaria
    • Fotocopia del nombramiento de tutor
    • Sólo en caso de no consentimiento, fotocopia cotejada del DNI/NIE de la persona representante legal
    • Cuando no tenga nacionalidad española, documentación acreditativa de su identidad y de su condición de residente en la que figure el número de identificación de extranjeros
    • Declaración de la persona guardadora de hecho, en modelo normalizado:

      Disponible en el apartado "Impresos" de este trámite para descargar, rellenar y adjuntar.

    • En caso de actuación a través de guardadora, autorización de acceso a datos en la que autoriza a la administración pública a obtener sus datos de identidad, residencia, económicos o sanitarios
    • En caso de no autorizar acceso a datos, fotocopia del DNI/NIE
    • En caso de no autorizar acceso a datos, certificado o volante de empadronamiento
    • En caso de no autorizar acceso a datos, certificado de pensiones emitido por el INSS
    • En caso de no autorizar acceso a datos, fotocopia de la Declaración de la renta de las personas físicas del ejercicio fiscal vencido
    • Compromiso de permanencia y formación de la persona cuidadora no profesional:

      Disponible en el apartado "Impresos" de este trámite para descargar, rellenar y adjuntar.

    • En caso de persona cuidadora no profesional, fotocopia cotejada del DNI/NIE
    • En caso de persona cuidadora no profesional, certificado o volante de empadronamiento
    • Modelo de Servicio de teleasistencia:

      Disponible en el apartado "Impresos" de este trámite para descargar, rellenar y adjuntar.

    • Declaración responsable de la persona asistente personal:

      Disponible en el apartado "Impresos" de este trámite para descargar, rellenar y adjuntar.

    • Proyecto de vida independiente
    • En caso de persona asistente personal, fotocopia cotejada del DNI/NIE
    • En caso de persona asistente personal, certificado o volante de empadronamiento
    • En su caso, certificado negativo del registro de delincuentes sexuales (art. 13.5 de la Ley 1/1996 de protección jurídica del menor)
    • En su caso, informe social del/la trabajador/a social del servicio en base al artículo 5e del Decreto 62/2017 de 19 de mayo
    • En su caso, una fotocopia del contrato
    • En su caso, tres últimas facturas mensuales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud
    • En caso de servicio residencial, documentación general
    • En caso de personas presuntamente incapaces, auto de internamento
    • En su caso, solicitud de traslado de expediente de dependencia desde la Comunitat Valenciana a otra comunidad autónoma:

      Disponible en el apartado "Impresos" de este trámite para descargar, rellenar y adjuntar.

Actuaciones a realizar por la persona solicitante

La persona interesada debe acudir al Centro de Servicios Sociales que le corresponda por domicilio donde será atendida por una profesional que le dará una información general, facilitándole los impresos e indicándole la documentación que debe aportar. Esta misma profesional le revisará su solicitud comprobando que esté correctamente cumplimentada y que la documentación es la correcta. Su solicitud puede ser registrada allí mismo.

Una vez efectuada la solicitud, los/las trabajadores/as sociales de los Centros Municipales de servicios sociales realizarán el informe de valoración y el informe social. Después, el personal técnico de la Dirección General de Servicios Sociales y Personas en situación de Dependencia (en adelante DGSSD) emitirá un dictamen técnico con indicación del grado de dependencia propuesto y especificación de los servicios o prestaciones a las que la persona pueda optar en virtud de su grado y circunstancias personales; dictamen que será elevado a la DGSSD, al objeto de resolver el mismo. Los grados de dependencia se obtendrán de acuerdo con la siguiente tabla:

  1. Grado 0. No dependiente. Puntuación de 0-24 puntos
  2. Grado I. Dependencia moderada. Puntuación de 25-49
  3. Grado II. Dependencia severa. Puntuación de 50-74
  4. Grado III. Gran dependencia Puntuación de 75-100

La persona titular de la DGSSD, dictará resolución expresa y por escrito sobre el reconocimiento de la situación de dependencia y el grado de la misma. En ella se determinará los servicios, prestaciones o cualquier otra condición que le correspondan a la persona solicitante en función del grado establecido, así como su compatibilidad o no, debidamente motivada, con las preferencias expresadas por la persona interesada. Dicha resolución se notificará a la persona interesada y será visible telemáticamente por los Servicios Sociales Generales. El plazo máximo para dictar y notificar dicha resolución de grado es de tres meses, computándose desde la fecha de registro de entrada de la solicitud en el registro de cualquier entidad competente para su tramitación.

En el caso de obrar toda la documentación preceptiva necesaria para resolver el PIA, y de haber compatibilidad de las preferencias expuestas por la persona interesada con el informe social de entorno y el reconocimiento del grado de dependencia, la DGSSD emitirá automáticamente la resolución aprobando el Programa Individual de Atención (en adelante PIA), según las preferencias expresadas por la persona interesada.

Información Complementaria

1.COMPATIBILIDADES ENTRE SERVICIOS Y PRESTACIONES

Servicios de prevención y promoción de la autonomía personal y/o Prestación económica vinculada al Servicio de prevención y promoción de la autonomía personal

Podrán ser compatibles entre sí y también podrán ser compatibles con otras prestaciones del catálogo tales como:

  • Servicio de Teleasistencia.
  • Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a personas cuidadoras no profesionales.
  • Servicio de Ayuda a Domicilio o con la Prestación económica vinculada al Servicio de Ayuda a Domicilio.
  • Prestación económica de asistencia personal.

Viviendas tuteladas

Podrá ser compatible con:

  • Servicios de prevención y promoción de la autonomía personal o con la Prestación económica vinculada al Servicio de prevención y promoción de la autonomía personal, cuando las viviendas no dispongan de actividades rehabilitadoras y/o terapéuticas.
  • Servicio de atención atención diurna, Centro Oucpacional o con la Prestación económica vinculada al servicio de atención diurna, cuando las viviendas no dispongan de actividades rehabilitadoras y/o terapéuticas.

Servicio de Teleasistencia

Este servicio podrá ser compatible con todos los servicios y prestaciones del catálogo a excepción del Servicio de atención residencial y la Prestación económica vinculada al Servicio de atención residencial.

Servicio de Ayuda a dimicilio y/o Prestación económica vinculada al Servicio de ayuda al domicilio

Podrá ser compatible con:

  • Servicios de prevención y promoción de la autonomía personal o con la Prestación económica vinculada al Servicio de prevención y promoción de la autonomía personal.
  • Servicio de Teleasistencia.
  • Servicio de atención diurna o con la Prestación económica vinculada al servicio de atención diurna (compatible para Grados III y II) y con el Centro Ocupacional (compatible para Grados III, II y I).

Servicio de atención diurna y/o Prestación económica vinculada al servicio de atención diurna

Podrá ser compatible con:

  • Servicio de Teleasistencia.
  • Servicio de Ayuda a Domicilio o con la Prestación económica vinculada al Servicio de Ayuda a Domicilio (en caso de Centro ocupacional es compatible para Grados III, II o I, y en caso Servicio de atención diurna de Centro de día es sólo compatible para Grados III y II).
  • Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a personas cuidadoras no profesionales.
  • Será compatible con la atención en centros de atención diurna cuando el servicio de atención residencial no disponga de actividades rehabilitadoras y/o terapéuticas.

Servicio de Atención Residencial y/o Prestación económica vinculada al Servicio de Atención residencial

  • Será compatible con la atención en centros de atención diurna cuando el servicio de atención residencial no disponga de actividades rehabilitadoras y/o terapéuticas.

Prestación económica de asistencia personal

Podrá ser compatible con:

  • Servicios de prevención y promoción de la autonomía personal y/o Prestación económica vinculada al Servicio de prevención y promoción de la autonomía personal.
  • Servicio de Teleasistencia.

Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a personas cuidadoras no profesionales

Podrá ser compatible con:

  • Servicios de prevención y promoción de la autonomía personal y/o Prestación económica vinculada al Servicio de prevención y promoción de la autonomía personal.
  • Servicio de Teleasistencia.
  • Servicio de atención diurna o con la Prestación económica vinculada al servicio de atención diurna y Centro Ocupacional.

2. TRASLADOS:

  1. Traslados de la Comunidad Valenciana a otra comunidad autónoma: deberá dirigirse a la comunidad autónoma de origen y solicitar el traslado de su expediente a la comunidad autónoma de destino.
  2. Traslado de otra comunidad autónoma a la Comunidad Valenciana, concretamente a la ciudad de València: los profesionales de los Centros municipales de servicios sociales se pondrán en contacto con la persona solicitante para realizar el informe social.

3. FALLECIMIENTO: Familiares o allegados de la persona solicitante aportarán fotocopia del certificado de defunción a su Centro Municipal correspondiente.

4. PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL: se solicitará por los herederos de personas solicitantes de dependencia que no hubiera obtenido una resolución del Programa individualizado de Atención (PIA). En el supuesto que la persona titular del expediente haya fallecido estando valorada y sin haber obtenido resolución que aprobase servicio o prestación alguna, sin perjuicio del inicio de oficio del correspondiente procedimiento de responsabilidad patrimonial, los herederos o herederas tienen derecho a reclamar la reparación del daño que pueda haberles causado el retraso en la resolución del expediente, siendo la vía adecuada para ello, la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración, regulada en Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para ello, dicha reclamación habrá de formularse ante la Subsecretaría de esta Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas en el plazo de un año desde el fallecimiento de la persona solicitante de la situación de dependencia, especificándose el daño producido, la presunta relación de causalidad entre éste y el funcionamiento del servicio público y la evaluación económica de la responsabilidad patrimonial, si fuera posible.

5.PROCEDIMIENTO PAGO DERECHOS ECONÓMICOS PENDIENTES DE PERSONAS FALLECIDAS: En el supuesto que la persona titular del expediente haya fallecido habiendo sido aprobado su programa individualizado de atención pero con algún periodo previo a la fecha de efectos del mismo que dé derecho al cobro de una prestación en materia de dependencia pendiente de reconocer o con un pago pendiente de abonar, los herederos o herederas tienen derecho a suceder a su causante en el procedimiento personándose en el mismo solicitando dicho abono. Para ello, dicha solicitud habrá de formularse ante la Dirección General de Atención Primaria y Autonomía Personal de esta Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

6.LISTADO CENTROS DE DIA PÚBLICOS O CONCERTADOS PARA PERSONAS MAYORES:

http://www.inclusio.gva.es/documents/610662/164946778/CD+P%C3%9ABLICS+I+CONCERTATS_PERSONES+MAJORS+DEPENDENTS+-+CD+P%C3%9ABLICOS+Y+CONCERTADOS_PERSONAS+MAYORES+DEPENDIENTES/a3c6ed62-8fcf-4776-853a-67bbae4e217f

7. LISTADO DE CENTROS CON LA OPCIÓN DE PRESTACIÓN ECONÓMICA VINCULADA A CENTRO DE DÍA DE PERSONAS MAYORES:

http://www.inclusio.gva.es/documents/610662/165323197/CD+ACREDITADOS_MAYORES+-+CD+ACREDITATS_MAJORS/55b6341d-c956-4387-9976-ddb31a48ac1b

8. LISTADO DE CENTROS RESIDENCIALES PÚBLICOS O PRIVADOS PARA PERSONAS MAYORES:

http://www.inclusio.gva.es/documents/610662/164946780/C.+RESIDENCIALS+P%C3%9ABLICS+I+CONCERTATS_PERSONES+MAJORS+DEPENDENTS+%E2%80%93%20C.+RESIDENCIALES+P%C3%9ABLICOS+Y+CONCERTADOS_PERSONAS+MAYORES+DEPENDIENTES/ba2c706b-df81-40ec-b5c1-965b9a781736

9. LISTADO DE CENTROS CON LA OPCIÓN DE PRESTACIÓN ECONÓMICA VINCULADA A RESIDENCIA DE PERSONAS MAYORES:

http://www.inclusio.gva.es/documents/610662/165322956/RESIDENCIAS+ACREDITADAS_MAYORES+-+RESID%C3%88NCIES+ACREDITADES_MAJORS/85abeffa-39f6-43a8-9e51-5e2fba14b1b7

10. EMPRESAS AUTORIZADAS PARA ASISTENTE PERSONAL:

http://www.inclusio.gva.es/documents/610662/164359384/LISTADO%20DE%20EMPRESAS%20ACREDITADAS%20PARA%20EL%20SERVICIO%20DE%20ASISTENCIA%20PERSONAL/66504fc2-9f24-4ded-a56b-be3f796974a3

11. INSTRUCCIÓN RELATIVA AL ASISTENTE PERSONAL:

http://www.inclusio.gva.es/documents/610662/167414862/INSTRUCCI%C3%93N%20PRESTACI%C3%93N%20ECON%C3%93MICA%20DE%20ASISTENTE%20PERSONAL/c2306537-e105-4ebf-9b18-84c0d4065cd5

12. PROYECTO DE VIDA INDEPENDIENTE DEL ASISTENTE PERSONAL:

http://www.inclusio.gva.es/documents/610662/167414862/PROYECTO%20DE%20VIDA%20INDEPENDIENTE/cc2bdbb0-736a-46cc-b4cf-75fd0b7def26

13. LISTADO DE EMPRESAS AUTORIZADAS PARA LA PRESTACIÓN ECONÓMICA VINCULADA A SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO:

http://www.inclusio.gva.es/documents/610662/164359017/EMPRESAS+SAD+AUTORIZADAS_EMPRESES+SAD+AUTORITZADES/1e7f11f4-8107-499d-9d88-5b8c0c82e247

14. LISTADO DE CENTROS DE SERVICIOS DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN PARA PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL:

http://www.inclusio.gva.es/documents/610662/166872542/SERVEIS+PREVENCI%C3%93%20PROMOCI%C3%93.+DIVERSITAT+FUNCIONAL/e5b86df0-674f-44b3-a740-5c35d96cbc1d

15. LISTADO DE CENTROS DE SERVICIOS DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN PARA PERSONAS MAYORES:

http://www.inclusio.gva.es/documents/610662/166872542/SERVEIS+PREVENCI%C3%93%20PROMOCI%C3%93.+PERSONES+MAJORS/235a6a95-6301-4a33-afc1-c6fda8ea18f2

16. LISTADO DE CENTROS DE DÍA Y RESIDENCIAS PARA PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL MODALIDAD DE ENFERMEDAD MENTAL:

http://www.inclusio.gva.es/documents/610662/165543343/SERVICIOS_RESIDENCIAS+y+CD_DIVERSIDAD+FUNCIONAL_ENFERMEDAD+MENTAL/1091b516-32a7-408a-89b6-13a4f1b8dc15

17. LISTADO DE CENTROS DE DÍA Y RESIDENCIAS PARA PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL FÍSICA E INTELECTUAL:

http://www.inclusio.gva.es/documents/610662/165543343/SERVICIOS_RESIDENCIAS+y+CD_DIVERSIDAD+FUNCIONAL_F%C3%8DSICA+E+INTELECTUAL/326f6ada-23fe-4412-ab05-bc583bcd80ef

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Estimatorio
Plazo máximo de resolución: 3 meses
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

Si la solicitud se realiza en nombre de otra persona, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

La información específica a personas solicitantes sólo estará disponible em los CMSS

Teléfonos 962082481, 962082142, 962082427 (información general del trámite de dependencia)

Legislación
  • Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia (BOE n.º 299 de 15/12/06).

https://www.boe.es/boe/dias/2006/12/15/pdfs/A44142-44156.pdf

  • Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (BOE n.º 42 de 18/02/11).

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-3174

  • Orden 9/2011, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social, de modificación de los anexos I, II y IV del Decreto 18/2011, de 25 de febrero, del Consell, por el que se establece el procedimiento para reconocer el derecho a las prestaciones del sistema valenciano para las personas en situación de dependencia (DOGV nº 6673, de 19/12/11).

http://www.dogv.gva.es/datos/2011/12/19/pdf/2011_12601.pdf

  • Decreto 62/2017, de 19 de mayo, del Consell, por el que se establece el procedimiento para reconocer el grado de dependencia a las personas y el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas (DOGV n.º 8061 de 13/06/17).

http://www.dogv.gva.es/datos/2017/06/13/pdf/2017_5227.pdf



Dónde dirigirse

Oficines on realitzar consultes:
En el Centro de Servicios Sociales que le corresponda por domicilio. En el Teléfono 010 le informarán cuál le corresponde, también puede consultarlo en el siguiente enlace:
http://www.valencia.es/ayuntamiento/bienestarsocial.nsf/fSolicitudConsulta?ReadForm&lang=1&nivel=16
Presencialmente:
En Registro General o , preferentemente, en el Centro de Servicios Sociales que le corresponda por domicilio. En el Teléfono 010 le informarán cuál le corresponde, también puede consultarlo en el siguiente enlace:
http://www.valencia.es/ayuntamiento/bienestarsocial.nsf/fSolicitudConsulta?ReadForm&lang=1&nivel=16
Telemáticamente:
Si dispone de certificado digital a través de la Sede electrónica en el enlace:
https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/BS.DP.10



Oficinas de información
  • CMSS BENIMACLETC/ Sant Esperit, 15 (entrada también por Pl. de Benimaclet, s/n)Tel.: 962 084380 - 962 084390 Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmssbenimaclet@valencia.es
  • CMSS CAMPANARC/ Gravador Enguídanos, s/nTel.: 962 082775 Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsscampanar@valencia.es
  • CMSS CIUTAT VELLAC/ Mesón de Morella, 2 Tel.: 962 084167Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmssciutatvella@valencia.es
  • CMSS MALVARROSAC/ Maria Carbonell (mestra), 1, 1º pisoTel.: 962 082570Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmssmalvarrosa@valencia.es
  • CMSS NAZARETC/ Parc Natzaret, 94, 1r pisTel.: 962 087400 Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmssnazaret@valencia.es
  • CMSS OLIVERETAC/ Burgos, 12, 2º pisoTel.: 962 084680 - 962 084681Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmssolivereta@valencia.es
  • CMSS PATRAIXC/ Salabert, 13 2º y 3º piso Tel.: 962 084670/71 Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmsspatraix@valencia.es
  • CMSS QUATRE CARRERESC/ Severiano Goig, 3Tel.: 962 084080 - 962 084090Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmssquatrecarreres@valencia.es
  • CMSS SALVADOR ALLENDEC/ Sant Joan de la Penya, 3-2º pisoTel.: 962 084650Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsssalvadorallende@valencia.es
  • CMSS SANT MARCEL.LÍC/ Salvador Perles, s/nTel.: 962 082865 - 962 082866Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmssanmarcelino@valencia.es
  • CMSS TRAFALGARC/ Trafalgar, 34 3ª pisoTel.: 962 082729Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsstrafalgar@valencia.es
  • CMSS LA SAÏDIAC/ Sarrión, 14Tel.: 963 127183Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsslasaidia@valencia.es
Oficinas para presentar
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • CMSS BENIMACLETC/ Sant Esperit, 15 (entrada también por Pl. de Benimaclet, s/n)Tel.: 962 084380 - 962 084390 Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmssbenimaclet@valencia.es
  • CMSS CAMPANARC/ Gravador Enguídanos, s/nTel.: 962 082775 Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsscampanar@valencia.es
  • CMSS CIUTAT VELLAC/ Mesón de Morella, 2 Tel.: 962 084167Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmssciutatvella@valencia.es
  • CMSS LA SAÏDIAC/ Sarrión, 14Tel.: 963 127183Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsslasaidia@valencia.es
  • CMSS MALVARROSAC/ Maria Carbonell (mestra), 1, 1º pisoTel.: 962 082570Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmssmalvarrosa@valencia.es
  • CMSS NAZARETC/ Parc Natzaret, 94, 1r pisTel.: 962 087400 Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmssnazaret@valencia.es
  • CMSS OLIVERETAC/ Burgos, 12, 2º pisoTel.: 962 084680 - 962 084681Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmssolivereta@valencia.es
  • CMSS PATRAIXC/ Salabert, 13 2º y 3º piso Tel.: 962 084670/71 Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmsspatraix@valencia.es
  • CMSS QUATRE CARRERESC/ Severiano Goig, 3Tel.: 962 084080 - 962 084090Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmssquatrecarreres@valencia.es
  • CMSS SALVADOR ALLENDEC/ Sant Joan de la Penya, 3-2º pisoTel.: 962 084650Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsssalvadorallende@valencia.es
  • CMSS SANT MARCEL.LÍC/ Salvador Perles, s/nTel.: 962 082865 - 962 082866Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en los teléfonos del propio CMSS cmssanmarcelino@valencia.es
  • CMSS TRAFALGARC/ Trafalgar, 34 3ª pisoTel.: 962 082729Horario de atención al público: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. Previa petición de cita previa de lunes a viernes de 08:30 a 14:00 horas en el teléfono del propio CMSS cmsstrafalgar@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: de Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
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