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Subvenciones públicas a la innovación en la ciudad de Valencia
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
AE.IN.25
Descripción

La presente convocatoria de subvenciones se orienta apoyar el desarrollo y la realización de nuevas ideas y proyectos de innovación en la ciudad de València que, resuelvan retos existentes en la ciudad de València en cualquiera de las áreas estratégicas de innovación, aporten una solución novedosa para el mercado y para la sociedad o, en su caso, desarrollen innovaciones de valor sobre productos o servicios existentes, puedan ser probados en el Sandbox Urbano de València y evidencien su potencial impacto en la mejora de la vida de las personas y el desarrollo económico, digital e innovador de la ciudad de València.

Para más información, se puede consultar la convocatoria completa en el apartado Información complementaria.

¿Quién lo puede solicitar?

Las personas o entidades solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Podrán solicitar estas ayudas:

  • Las personas físicas (dadas de alta en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social, Mutuas o similares).
  • Las personas jurídicas que actúen como empresarios o profesionales, entidades sin ánimo de lucro, fundaciones, ONGs, etc.
  • Las universidades o academias, institutos tecnológicos y centros de investigación.
  • Las sociedades públicas y las entidades vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas.

b) No podrán beneficiarse de las ayudas reguladas en esta convocatoria:

  • Las administraciones públicas, aunque podrán participar como entidad tutora, colaboradora o como alianza de las personas físicas o jurídicas que se presenten.
  • Las entidades sin personalidad jurídica (Comunidad de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado).

c) Cada persona o entidad que concurra a esta convocatoria, podrá presentar tantos proyectos de innovación distintos como estime oportunos.

d) Los requisitos de las personas o entidades solicitantes deberán cumplirse a la fecha final de presentación de instancias.

Requisitos

Deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • RPI 01 – Orientado a estrategia: Los proyectos de innovación admisibles deben ajustarse al objeto y ámbito subvencionable de las Subvenciones Públicas a la Innovación de València. Serán descartados los que no demuestren dicha orientación a una o varias Áreas Estratégicas para la Innovación definidas.
  • RPI 02 – Carácter innovador: Los proyectos de innovación deben aportar un carácter claramente innovador, en el sentido de aportar una solución novedosa para el mercado y la sociedad, describiendo con detalle los resultados innovadores que se esperan conseguir.
  • RPI 03 – Sandbox Urbano: Los proyectos de innovación deben evidenciar que la innovación propuesta podrá ser probada en el Sandbox Urbano de València. Para ello, presentarán el “Anexo V. Protocolo de pruebas” y se basarán para su confección en la información y recomendaciones recogidas en la guía de participación en el Sandbox Urbano de València.
  • RPI 04 – Impacto en empleo: Los proyectos de innovación deben contemplar la creación o el mantenimiento de puestos de trabajo asociados al desarrollo de la innovación y la tecnología propuesta.
  • RPI 05 – Viabilidad: Los proyectos de innovación deben ser y demostrar su viabilidad desde el punto de vista técnico, organizativo y económico.
  • RPI 06 – Duración: Los proyectos de innovación deben proponer una duración no superior a los 18 meses. Esta duración del periodo de ejecución del proyecto de innovación será definitiva y no se podrá prorrogar bajo ninguna circunstancia.
  • RPI 07 – Alcance territorial: Los proyectos de innovación deben desarrollarse, con carácter general, en el ámbito territorial del municipio de València. Para el caso excepcional de que el proyecto de innovación exceda del ámbito del término municipal de València, deberá justificar y evidenciar cómo su desarrollo beneficia al interés municipal de València de forma directa o indirecta.
  • RPI 08 – Novedad: Los proyectos de innovación deben ser nuevos y no pueden haber sido beneficiarios en las convocatorias anteriores de estas subvenciones. Serán descartados aquellos proyectos de innovación que planteen simples variantes no significativas de innovaciones anteriores. Podrá ser excepción para este requisito aquellos proyectos de innovación que planteen innovación en el avance, el escalado y la transferencia de resultados innovadores de etapas anteriores dentro de su proceso innovador.
  • RPI 09 – Alianzas: Aquellos proyectos de innovación que incluyan alianzas o colaboración con otras entidades, deberán evidenciar y aportar el correspondiente acuerdo o declaración de entendimiento, en el que vengan recogidos los compromisos, las acciones y las inversiones que va a realizar cada una de las entidades colaboradoras en la alianza para alcanzar los objetivos del proyecto.
  • RPI 10 – Autorizaciones de terceros: La entidad solicitante que presente un proyecto de innovación que requiera para su desarrollo de autorización, licencia o permiso de una administración pública, incluido el Ayuntamiento de València, deberá hacerse cargo de dicha autorización y de la relación y entendimiento con dicha administración. En ningún caso, la Delegación de Innovación, Agenda Digital, Tecnología y Captación de Inversiones o cualquiera de sus servicios municipales adscritos hará de intermediario para la consecución de dichas autorizaciones, licencias o permisos.
  • RPI 11 – Lenguaje inclusivo: Los proyectos de innovación deberán usar un lenguaje inclusivo y no sexista.

Obligaciones de las entidades beneficiarias (OEB).

  • Cumplir todas las obligaciones como beneficiario: Cumplimiento de todas las obligaciones como beneficiario de subvención pública recogidas en el artículo 14 de la LGS.
  • Cumplir el objetivo y ejecutar el proyecto de innovación subvencionado en el plazo comprometido para hacerlo.
  • Justificar ante el Ayuntamiento de València y en plazo el cumplimiento de los requisitos y de las condiciones, así como la realización de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención y la aplicación de los fondos percibidos.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento del proyecto, así como cualquier otra actividad de comprobación y control financiero por parte del Ayuntamiento de València, aportando cuanta información le sea requerida.
  • Comunicar al Ayuntamiento de València la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que cofinancien las actividades subvencionadas, tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Hallarse al corriente del pago de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Seguridad Social y no tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de València.
  • Conservar al menos durante cuatro años, desde la fecha de presentación de la justificación, los libros contables exigidos por la legislación vigente sectorial, los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluido documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la LGS.
  • Haber justificado correctamente, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes,cualquier subvención anteriormente otorgada por el Ayuntamiento de València, excepto en aquellos casos enque no haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.
  • No encontrarse en procedimiento de reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento.
Cuándo solicitarlo

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP.

Publicación en el BOP: 15/4/2026 Boletín nº 71


Plazo de solicitud: del día 17/04/2026 hasta el 18/05/2026 ambos inclusive.
Documentación a presentar

  • La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica, se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica. Las personas físicas pueden presentar la solicitud del apartado “Impresos” de esta misma página, junto con la documentación requerida, además de por la Sede Electrónica, de manera presencial en los diferentes registros de entrada del Ayuntamiento.
  • El apartado “Impresos”, con los anexos de este trámite, está disponible a partir del día de apertura del plazo de presentación de solicitudes.

Documentación para todos los casos:
  • ANEXO I. MODELO MEMORIA DESCRIPTIVA DEL PROYECTO:

    La no presentación debidamente cumplimentado, será motivo de desestimación de la solicitud. Deberá estar presentado dentro del plazo de presentación de instancias.

  • ANEXO II. DOCUMENTO CANVAS
  • ANEXO III. DECLARACIONES RESPONSABLES
  • ANEXO IV. VÍDEO DEL PROYECTO
  • ANEXO V. PROTOCOLO DE PRUEBAS PARA EL SANDBOX URBANO DE VALÈNCIA. :

    Para consultar el listado de Recursos Urbanos del Sandbox👉aquí

  • ANEXO VI. CONSENTIMIENTO INFORMADO PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES CON INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN EL PROYECTO PILOTO DE EXPEDIENTE DE SUBVENCIÓN A LA INNOVACIÓN 2026
Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Personas físicas:
    • Modelo 036 o 037
    • Alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social, Mutuas o similares
    • El último recibo pagado del RETA, de la mútua o similares
  • Personas jurídicas, asociaciones, fundaciones, ONGs:
    • Modelo 036 o 037
    • Escritura de Constitución
    • Estatutos de la empresa u organización
    • Composición de la última junta directiva, en el caso de asociaciones, fundaciones y ONGs
  • Universidades, academias, institutos tenológicos y centros de investigación dependientes de estas:
    • Inscripción en el correspondiente registro público
    • Documentación relativa a su constitución, estatutos, composición de la última junta directiva:

      En caso de aportar varios documentos en archivos separados. podrá continuar aportando mediante "Documentación adicional", una vez iniciado el trámite.

  • Sociedades Públicas, las entidades vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas:
    • Inscripción en el correspondiente registro público
    • Documentación relativa a su constitución, estatutos, composición de la última junta directiva:

      En caso de aportar varios documentos en archivos separados. podrá continuar aportando mediante "Documentación adicional", una vez iniciado el trámite.

Actuaciones a realizar por la persona solicitante
  • Las personas o entidades solicitantes deberán presentar la solicitud y los Anexos I, II y II normalizados junto con la documentación requerida del apartado 7.2 de la convocatoria, de forma telemática, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de València, salvo las personas físicas que también la podrán presentar de forma presencial en los distintos registros de entrada del Ayuntamiento y deberán ser firmadas por el representante legal o persona autorizada.
  • Tras la comprobación y evaluación de las solicitudes se expondrán al público los listados de requerimientos, abriéndose un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Tablón Electrónico de Edictos y en la Web municipal, para que las personas o entidades interesadas subsanen la falta de documentación y puedan formular las alegaciones que estimen pertinentes, de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la LPACAP.
Información Complementaria

👉 CONVOCATORIA 2026

  • El importe de la ayuda a conceder no sobrepasará los 100.000,00 euros por proyecto.
  • Cada persona física o entidad que concurra a esta Convocatoria, podrá presentar tantos proyectos como estime oportunos.
  • Para garantizar a los proyectos seleccionados el desarrollo de sus objetivos y la puesta en marcha y funcionamiento de sus ideas de negocio, se realizará un pago anticipado por el 75% del importe de la concesión una vez aprobada la resolución de concesión y el pago del 25% restante se realizará una vez presentada y aprobada la justificación total del proyecto subvencionado.
  • El periodo de ejecución de los proyectos finalizará, como máximo, a los 18 meses, a contar desde la fecha de pago de la subvención. No se admitirá ninguna ampliación de plazos que superen los 18 meses de duración máxima del periodo de ejecución del proyecto de innovación.
  • A efectos de justificación económica, se considerarán gastos admisibles los realizados en el periodo comprendido entre el pago de la subvención y la finalización del periodo de ejecución. Este mismo periodo será el que se considerará a efectos de justificar la inversión propia y privada en el proyecto.
  • La cantidad económica a justificar será el importe global del proyecto (tanto la ayuda concedida por el Ayuntamiento como la comprometida como inversión privada adicional).
  • La fecha límite para la justificación final de los gastos realizados será de 2 meses, a contar desde la fecha de finalización de la ejecución del proyecto.
  • Las subvenciones deberán justificarse según lo establecido en los artículos 28 y 29 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y sus Organismos Públicos.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Artículo 25.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Punto 8.3. Plazo de resolución de la convocatoria.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
Hasta 6 meses
Artículo 20.5 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de València y sus Organismos Públicos.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona física o, realizándose en nombre de una persona jurídica, NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

Teléfono 963 525 478 (ext. 4860 – 4861)

Legislación

👉 Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 27 de marzo 2026, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones públicas a la innovación en la ciudad de València.

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Dónde dirigirse

La tramitación se tiene que realizar por medios electrónicos en aplicación de lo que dispone el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, utilizando los sistemas de identificación electrónica y firma electrónica expuestos en la sede.

Las personas físicas pueden presentar las solicitudes, junto con la documentación requerida, además de por la sede electrónica, de manera presencial en cualquiera de los diferentes registros de entrada municipales, sin perjuicio de poder presentarlas en los diferentes lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Oficinas de información
  • SERVICIO DE INNOVACIÓNEdificio Tabacalera, calle Amadeu de Savoia, 11 - 46010 ValènciaTel.: 96.208.4860 - 96.208.4861Horario: De lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horasser_innovacio@valencia.es
Oficinas para presentar
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo en el teléfono 963 013 023jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet. Calle del Campament 64 (Benimàmet)Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.latorre@valencia.es
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.hornodealcedo@valencia.es
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
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