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Programa de ayuda a entidades para la realización de proyectos dirigidos a la juventud de la ciudad de València
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
JU.AY.10
Descripción

CONVOCATORIA 2023
Solicitar la concesión de beneficiarse de las subvenciones y solicitar su participación en el Programa las entidades sin ánimo de lucro cuya finalidad sea la realización de programas, proyectos y acciones dirigidas a la juventud, y que se encuentren en algunas de las agrupaciones previstas en la convocatoria (base cuarta).

¿Quién lo puede solicitar?

a) Las Federaciones y Asociaciones Juveniles, que sean de ámbito local, con implantación en el municipio de Valencia y miembros de pleno derecho del Consell de la Joventut de València, cuya inscripción deberá haberse producido antes de la fecha de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
b) Las Entidades inscritas en el Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud del IVAJ con sede local en la ciudad de València, cuya inscripción deberá haberse producido antes de la fecha de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
c) Las agrupaciones inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas cuya inscripción deberá haberse producido antes de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Estas entidades deben reflejar en sus estatutos que entre sus finalidades está promocionar y empoderar a la juventud.

Requisitos

Los previstos en la convocatoria.

Cuándo solicitarlo

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, del extracto de la presente convocatoria.

Publicación en el BOP: Jueves 26 de octubre de 2023 - Boletín Nº 207


Plazo de solicitud: del día 27/10/2023 hasta el 15/11/2023 ambos inclusive.
Documentación a presentar

  • La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica: se rellenará, se adjuntará la documentación que se indica según el caso y se registrará.
  • Los Anexos estarán disponibles en el apartado "Impresos" de esta misma página, para descargar, rellenar y adjuntar en este trámite.

Documentación para todos los casos:
  • ANEXO 1. Proyecto
  • ANEXO 2. Resumen de actividades
  • ANEXO 3. Declaración responsable
  • ANEXO 4. Certificado de proyecto conjunto. (Proyectos conjuntos de varias entidades):

    Los proyectos presentados por más de una entidad o asociación habrán de aportarse según documentación del ANEXO 4 para proyectos mancomunados, que regula la responsabilidad de cada una de ellas en relación a la gestión del proyecto, además de los documentos: certificación de las personas que componen la Junta Directiva, estatutos de la entidad (salvo que no haya trascurrido más de 5 años de una anterior solicitud y así se haga constar mediante declaración responsable en la que se indique la convocatoria en la que fueron presentados) y declaración responsable (ANEXO 3) de quien ostenta la presidencia, o representante legal de la entidad.

  • Comunicación obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, que financien las actividades subvencionadas:

    Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, siempre, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

  • Estatutos de la entidad:

    Salvo que no hayan trascurrido más de 5 años de una anterior solicitud y así se haga constar mediante declaración responsable en la que se indique la convocatoria en la que fueron presentados.

  • Certificación de las personas que componen la Junta Directiva
Actuaciones a realizar por la persona solicitante

Presentación de solicitud y documentación requerida.

Información Complementaria

Consultar los criterios de valoración que se incluyen en la convocatoria y rellenar los anexos de la misma.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Art 25.5 de la ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
Hasta 6 meses.
Art. 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

Para más información: Tel. 96.352.54.78 ext 7128

Legislación
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 06/10/2023, por el cual se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a través del programa de apoyo a las entidades para la realización de proyectos dirigidos a la juventud de la ciudad de València 2023
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2003).
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • Ley 29/98 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
Oficinas de información
  • Espai Jove VLC - Edificio de JuventudC/Campoamor, 91 46022 ValènciaTel.: 96 352 54 78, ext. 7128Horario: 7:30 - 20:30h Horario de agosto: 8:00 - 15:00hinfojuventud@valencia.es
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