Procedimiento conjunto para la obtención de licencia ambiental con obras para actividades de alojamiento turístico, de acuerdo con la Ley 6/2014, de 25 de julio, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades de la Comunitat Valenciana (LPCCAA), y con los artículos 38 y siguientes de la Ordenanza de Licencias Urbanísticas y de Actividades y otros títulos habilitantes del Ayuntamiento de València.
Este procedimiento será aplicable a las actividades de alojamiento turístico sujetas al régimen de licencia ambiental, así como a las obras necesarias para la implantación o adecuación de la actividad.
⚠️ Importante:
La presentación de la solicitud de licencia ambiental con obras no habilita para iniciar las obras ni para ejercer la actividad hasta que el Ayuntamiento dicte resolución expresa favorable.
🔗 Con carácter previo deberá solicitarse el informe de compatibilidad urbanística previsto en el artículo 22 de la LPCCAA.
Uso de alojamiento turístico (THO)
Comprende las actividades destinadas a proporcionar alojamiento temporal, con o sin servicios complementarios, sujetas a la normativa turística y desarrolladas en establecimientos abiertos al público.
Se distinguen los siguientes usos:
- THO1. Establecimientos hoteleros: hoteles, hoteles-apartamento, hoteles-balneario, hostales y pensiones.
- THO2. Campings y áreas de pernocta: campings, campamentos de turismo de uso colectivo y áreas de pernocta para autocaravanas.
- THO3. Viviendas y apartamentos turísticos:
- THO3a. Viviendas de uso turístico.
- THO3b. Bloques y conjuntos de apartamentos turísticos.
- THO4. Alojamientos turísticos rurales y albergues:
- THO4a. Albergues turísticos.
- THO4b. Alojamientos turísticos rurales.
Antes de presentar la declaración responsable de obras deberá:
- Solicitar y obtener un certificado de compatibilidad urbanística favorable; o bien
- Acreditar que solicitó dicho certificado hace más de un mes.
Este requisito no será necesario cuando la verificación del cumplimiento de la normativa se realice mediante un organismo de certificación administrativa (OCA) o una entidad colaboradora inscrita en el Registro de entidades colaboradoras de verificación y control de actuaciones urbanísticas de la Generalitat Valenciana.
Antes de implantar la actividad y antes de iniciar las obras.
El procedimiento se inicia mediante la presentación de la solicitud de licencia ambiental con obras en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de València.
⚠️ Importante:
La presentación de la solicitud no autoriza el inicio de las obras ni el ejercicio de la actividad hasta la obtención de resolución municipal expresa favorable.
PRESENTACIÓN PRESENCIAL: Se deberá completar el modelo de licencia ambiental con obras para alojamientos turísticos, puede descargarse los modelos en el apartado impresos y se debe presentar la documentación indicada.
PRESENTACIÓN POR SEDE ELECTRÓNICA: Se debe completar el formulario después de pulsar el botón iniciar trámite y se debe adjuntar la documentación indicada.
A) DOCUMENTACIÓN COMÚN
a) Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de que el modelo normalizado se presente por persona física sin utilizar medios electrónicos.
b) Documento acreditativo de la representación de persona física y DNI del representante, en el caso de que se actúe mediante representante y éste no opte por la presentación mediante medios electrónicos.
c) Título constitutivo de la persona jurídica y documento acreditativo de su representación, cuando el modelo normalizado se presente por persona jurídica.
d) Autoliquidación y justificante de pago de la tasa correspondiente, cuando el procedimiento esté sujeto a la misma.
e) Informes o autorizaciones preceptivas exigidas por la normativa sectorial.
B) DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LA LICENCIA AMBIENTAL CON OBRAS
a) Modelo normalizado de solicitud de licencia Ambiental para ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS
b) Autoliquidación y justificante de pago de la tasa correspondiente, cuando el procedimiento esté sujeto a la misma.
c) Informes o autorizaciones preceptivas exigidas por la normativa sectorial.
d) Certificado emitido por los colegios profesionales u otras corporaciones de derecho público con las que la Conselleria competente en medio ambiente suscriba el correspondiente convenio, acreditativa de la verificación de la documentación regulado en al artículo 23 de la Ley 6/2014, en su caso.
e) Resumen no técnico de la documentación presentada para facilitar su comprensión a los efectos del trámite de información pública.
f) Documento comprensivo de los datos que, a juicio del solicitante, gocen de confidencialidad de acuerdo con las disposiciones vigentes.
g) Estudio de impacto ambiental cuando el proyecto esté sometido a evaluación de impacto ambiental de conformidad con la normativa vigente en la materia, salvo que ya haya sido efectuada dicha evaluación en el seno de otro procedimiento autorizatorio, en cuyo caso deberá aportarse copia del pronunciamiento recaído.
h) En su caso, propuesta de dictamen ambiental emitido por un OCA, que incluirá todos los aspectos y condicionamientos de carácter ambiental que deban cumplirse en el desarrollo de la actividad objeto de la licencia solicitada, así como aquellas determinaciones que se consideren necesarias para garantizar una protección ambiental de carácter integrado teniendo en cuenta el emplazamiento del proyecto, el impacto medioambiental en el entorno y los efectos aditivos que pueda producir, regulado en el artículo 57 bis de la Ley 6/2014, en su caso.
i) Proyecto técnico de obra y actividad, redactado y firmado por técnico competente, y visado, en su caso, por el Colegio Oficial correspondiente. El proyecto incluirá los documentos que se especifican en el anexo III. De acuerdo con el tipo de obras, incluirá la siguiente documentación:
En todos los casos:
Estudio de Gestión de Residuos de construcción y demolición, según el artículo 4.2 del Real Decreto 105/2008 de 1 de febrero sobre la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, suscrito por persona técnica competente y firmado por la persona promotora.
Cuestionario estadístico del Ministerio de Fomento (Orden de 29-5-89) sobre estadísticas de edificación y vivienda (B.O.E. núm. 129 del 31-5-89).
Si el emplazamiento se encuentra incluido en los ámbitos y entornos de un Bien de Interés Cultural (BIC), autorización preceptiva de la Consellería competente.
Si el emplazamiento se encuentra en un Área de Vigilancia Arqueológica (AVA), autorización preceptiva emitida por la Conselleria competente).
Si es necesario el rebaje del nivel freático para la ejecución de cimentaciones, permiso del Servicio municipal de Ciclo Integral del Agua.
En su caso, certificado de cumplimiento normativo emitido por ECUV.
Caso 1: Obras de Nueva Planta:
Certificado de fijación de alineaciones emitido por el Servicio municipal de Planeamiento.
Proyecto de Instalación para captación de energía solar para agua caliente sanitaria, conforme a la Ordenanza Municipal de Captación Solar para agua caliente sanitaria y el CTE BD-HE4, salvo que forme parte del Proyecto Básico.
Pre-solicitud de la autorización de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), en su caso.
Si se trata de edificios residenciales en régimen de propiedad horizontal, Proyecto de Telecomunicaciones visado o con declaración responsable de persona técnica competente, salvo que forme parte del Proyecto Básico.
Si se trata de viviendas sujetas a régimen de protección pública, calificación provisional, o copia de su solicitud.
Si se trata de actuaciones aisladas en suelo urbano no incluidas en ámbitos o instrumentos de gestión, escrituras originales de cesión gratuita, libre de cargas y gravámenes, del ámbito vial de servicio que corresponda en las que figure que las parcelas que se transmiten están inscritas en el Registro de la propiedad, así como planos acotados de las mismas, sobre base cartográfica municipal.
Si el ámbito no se encuentra totalmente urbanizado, compromiso de cumplimiento del deber de urbanización simultáneo a la edificación.
Caso 2: En obras de intervención:
La referida en el apartado 1.1 que sea de aplicación a la actuación propuesta.
Caso 3: En obras y usos provisionales:
Documento público de compromiso expreso de renuncia a cualquier tipo de Indemnización
Caso 4: En obras artículo 233.2 sin certificado ECUV:
Resto de documentación, atendiendo al tipo de actuación urbanística descrita en el apartado A1 de la Ordenanza
Caso 5: Obras previstas en el art. 233.2 del TRLOTUP acompañadas con certificados emitidos por organismo de certificación administrativa:
Certificados emitidos por entidad colaboradora en materia urbanística (ECUV).
Resto de documentación, atendiendo al tipo de actuación urbanística, descrita en apartado A1).
Caso 6 : Obras previstas en el art. 233.1 del TRLOTUP:
Proyecto básico y de ejecución suscrito por facultativo competente, cuando se trate de actuaciones indicadas en el artículo 233.1 a), b) y d). En caso de no aportarse visado por el Colegio Oficial correspondiente, deberá cumplimentarse la Declaración responsable de técnicos competentes.
Memoria Técnica, suscrita por técnico competente, cuando se trate de actuaciones relativas a obras de reforma del 233.1.c) y e).
Esquema Técnico Justificativo descriptivo de las principales características del proyecto, de acuerdo con modelo normalizado municipal.
Resto de documentación, atendiendo al tipo de actuación urbanística, descrita en apartado A1).
Si se trata de actuaciones sin trascendencia patrimonial en edificios protegidos, Anexo patrimonial del edificio objeto de la actuación.
Documentación relativa a medios auxiliares a utilizar en el ámbito de la obra.
C) DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LA PUESTA EN FUNCIONAMIENTO
- Modelo normalizado de Comunicación de Puesta en Funcionamiento PARA ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS
- Certificado que acredite la debida ejecución del proyecto respectivo, conforme a la licencia ambiental concedida, expedido por personal técnico competente y visado, en su caso, por el correspondiente colegio oficial.
- Certificados técnicos exigidos por las normativas sectoriales aplicables según el tipo de actividad
- Certificado suscrito por personal técnico competente y visado, en su caso, por el correspondiente colegio oficial, acreditativo de la eficacia de las medidas de prevención de ruidos y vibraciones, con indicación de los resultados de las mediciones efectuadas por Laboratorios acreditados o ECMCA, de acuerdo con lo dispuesto en la vigente Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica. 74 .C
- Certificado de la persona técnica redactora de la ejecución del proyecto, visado, en su caso, por su correspondiente colegio oficial, en el que se especifique la conformidad de las obras e instalaciones al proyecto presentado.
- Resto de documentación especificada en su caso en la resolución por la que se concedió la licencia ambiental.
1.- Tasa de actuaciones urbanísticas (por las obras a realizar):
Plazo de ingreso: Previamente a la presentación de la declaración responsable.
Cuantía: La detallada a continuación, que se calculará en función del presupuesto de ejecución material de la obra :
Tasas:
|
Hasta 6.010,12 € |
140,90 €. |
|
Mayor de 6.010,12 y hasta 30.050,61€
|
253,54€. |
|
Mayor de 30.050,61 y hasta 60.101,21€ |
751,31 €. |
|
Mayor de 60.101,21 y hasta 150.253,03€ |
1.638,97 € |
|
Mayor de 150.253,03 y hasta 300.506,05€ |
3.756,28 €
|
|
Mayor de 300.506,05 y hasta 601.012,10€
|
7.982,11 €
|
|
Mayor de 601.012,10€
|
Se abonará 10.048,02 euros, más el importe resultante de multiplicar por 9,66 el exceso sobre 601.012,10 €, considerando fracciones de 6.010,12 €.
|
2.- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:
Cuantía: 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.
Plazo de ingreso: Con caracter previo a la presentación de la declaración responsable.
Para exenciones, reducciones o bonificaciones sobre las cuantías señaladas: Estar a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal relativa a las Tasas por prestación de los servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas y a la Ordenanza-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, del Ayuntamiento de Valencia, en el apartado de Ordenanzas.
El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.
1. Fase previa: solicitud de certificado de compatibilidad urbanística
Antes de presentar la solicitud de licencia ambiental con obras, deberá solicitar 👉el informe de compatibilidad urbanística previsto en el artículo 22 de la LPCCAA.
Este informe acredita la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico y, en su caso, con las ordenanzas municipales.
Esta obligación no será exigible cuando la comprobación normativa se realice mediante certificado emitido por una OCA o entidad colaboradora habilitada.
2. Fase de tramitación:1- FASE DE TRAMITACIÓN CONJUNTA DE LICENCIA AMBIENTAL CON OBRAS
La solicitud deberá presentarse mediante modelo normalizado en el registro electrónico del Ayuntamiento de València, acompañada de la documentación exigida por la normativa ambiental, urbanística y sectorial aplicable, así como por la Ordenanza municipal (Anexo I).
El Ayuntamiento comprobará:
- que la actividad no se ubica en una zona saturada; y
- que el alojamiento turístico no produce una situación de saturación, salvo en los supuestos excepcionales previstos en la normativa urbanística y en el PGOU.
Si la actividad es compatible, se realizará la inscripción provisional en el Censo de Alojamientos Turísticos del Ayuntamiento de València (CATAV).
En caso de que la actividad se ubique en una zona saturada, podrá dictarse resolución denegatoria de la licencia ambiental, previa audiencia de la persona interesada.
El Ayuntamiento revisará la documentación presentada en el plazo de veinte días, salvo que se aporte certificación emitida por entidad colaboradora habilitada.
Si la solicitud estuviera incompleta o faltase documentación obligatoria, se requerirá su subsanación en el plazo de quince días. En caso de no atender el requerimiento, se le tendrá por desistido de su solicitud.
Posteriormente:
- se realizará trámite de información pública por plazo de veinte días;
- si la actividad está sometida a evaluación de impacto ambiental, el plazo será de treinta días;
- y se solicitarán los informes sectoriales preceptivos.
Si los informes técnicos detectan deficiencias subsanables que no supongan modificación sustancial del proyecto, se concederá un plazo de diez días para su corrección.
Si las deficiencias implican una modificación sustancial de la actividad o de las obras, se concederá trámite de audiencia antes de dictar resolución.
Finalizada la instrucción, el expediente se remitirá a la Ponencia Técnica Municipal para la emisión del Dictamen Ambiental, conforme a la legislación ambiental aplicable.
Emitido el Dictamen Ambiental o el informe técnico equivalente, se concederá trámite de audiencia de diez días antes de la resolución definitiva.
A continuación, se redactará el informe jurídico y propuesta de resolución, elevándose al órgano competente para resolver.
2- FASE DE PUESTA EN FUNCIONAMIENTO
Finalizada la construcción de las instalaciones y obras, se sujeta a la previa presentación de la comunicación de puesta en funcionamiento PARA ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS y la obtención de la conformidad municipal en relación con la licencia obtenida.
Se presentará por el titular de la licencia ambiental el modelo normalizado de comunicación de puesta en funcionamiento en el registro electrónico del Ayuntamiento, acompañada de la documentación exigible por la legislación ambiental y sectorial y el Anexo I de la Ordenanza y, en caso de haber ejecutado obras, por la legislación y ordenación urbanística, sectorial y el Anexo I de la Ordenanza.
El Ayuntamiento emitirá el informe de conformidad o disconformidad en plazo máximo de un mes, a contar desde la presentación de la comunicación, en los términos descritos en el párrafo anterior y, en su caso procederá a la inscripción definitiva de la actividad en el CATAV.
En caso de emisión de informe de disconformidad con la licencia obtenida, se requerirá al titular para la subsanación de la actividad efectivamente implantada, otorgando plazo al efecto en función de las deficiencias a subsanar, no pudiéndose iniciar la actividad hasta que exista pronunciamiento expreso de conformidad por parte del Ayuntamiento.
Si el informe municipal es de conformidad o no se emite en el plazo máximo de un mes, podrá iniciarse el ejercicio de la actividad.
El promotor podrá presentar certificado expedido por entidad colaboradora en materia de calidad ambiental que acredite la adecuación de la instalación a las condiciones fijadas en la licencia ambiental, en cuyo caso el mismo sustituirá la visita de comprobación, pudiéndose iniciar el ejercicio de la actividad
- Las actividades sujetas a normativa ambiental es preceptivo solicitar informe de compatibilidad urbanística, acreditativo de la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico y, en su caso, con las ordenanzas municipal.
- Para determinar el instrumento de intervención al que está sujeta la actividad (declaración responsable ambiental o licencia ambiental) se tendrán que consultar los anexos II y III de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades de la Comunitat Valenciana:
Licencia ambiental: se tramitarán las actividades que incluidas en el Anexo II de la LPCCAA
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
- Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Realizar la solicitud en línea con firma digital
Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
- Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
- Rellene el formulario
- Adjunte, en su caso, la documentación indicada
- Presente y firme la solicitud
Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.
- Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consejo d’aprobación del texto refundido de la Ley d’ordenación del territorio, urbanismo y paisaje.
- Ley 39/2015, de 1r d’octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Ley 6/2014, de 25 de julio, de prevención, calidad y control ambiental de actividades en la Comunidad Valenciana
- SERVICIO DE ACTIVIDADESAmadeo de Saboya, 11. Patio B, planta bajaTel.: 963525478. Cuestiones administrativas exts. 1773 - 1862 y 3123 - 3138. Transmisiones de Licencia y Cambios de Titularidad ext. 3125 y 3121. Oficina Urbanística y Técnica ext. 3230 y 3235. Jefatura de Servicio 3122 y 3130.Con Cita previa sactivid@valencia.es
- REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
- OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet. Calle del Campament 64 (Benimàmet)Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdeloest@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo en el teléfono 963 013 023jmpoblesdelsud@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
- ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
- ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
- ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.hornodealcedo@valencia.es
- ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
- ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.latorre@valencia.es
- ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
- Y POR EL RESTO DE VÍAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 16.4 DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS--