Renovar la Concesión de Unidades de Enterramiento.
Particular titular del derecho funerario.
Durante el último año de concesión. (Artículo 41 Ordenanza de Cementerios).
- Impreso de solicitud que puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página, si la solicitud se realiza presencialmente, acompañado de la documentación que se indica.
- Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.
En las instancias, es obligatorio además de la designación de domicilio a efecto de notificaciones, la aportación de bien Teléfono de Contacto, bien Dirección de Correo Electrónico personalizada, para facilitar posibilidad de contacto con los interesados. Asimismo, se recuerda a los citados interesados, la obligación de mantener actualizados los datos de contacto telefónico o electrónico.
Tasa por renovación de la concesión de nichos:
Nichos sencillos:
- Plazo 5 años - 158, 14 €
- Título funerario - 7,85 €
- Plazo 20 años - 607,18 €
- Título funerario - 7,85 €
- Plazo 50 años - 950,07 €
- Título funerario - 7,85 €
Nichos dobles:
- Plazo 20 años - 1.214,34 €
- Título funerario - 7,85 €
- Plazo 50 años - 1900,02 €
- Título funerario - 7,85 €
FORMA DE PAGO TASAS. VER EL SIGUIENTE ENLACE.
- Personarse en las Oficinas del Servicio de Cementerios para realizar la solicitud.
- Se expide la correspondiente liquidación que se podrá abonar en cualquier oficina de las entidades colaboradoras que aparecen en el documento de pago.
La falta de renovación en tiempo implica la exhumación de los restos y su posterior traslado al Osario. (Artículo 41 Ordenanza de Cementerios).
- Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Realizar la solicitud en línea con firma digital
Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
- Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
- Rellene el formulario
- Adjunte la documentación requerida
- Presente y firme la solicitud
Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.
- Decreto 39/2005, de 25 de Febrero, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se regulan las prácticas de policía sanitaria mortuoria en el ámbito de la Comunidad Valenciana. (D.O.G.V. de 8 de Marzo de 2.005).
- SERVICIO DE CEMENTERIOS. OFICINA ADMINISTRATIVACamino Viejo de Picassent, s/n (junto al Tanatorio)Tel.: 962082508Fax: 96.378.22.90Lunes a viernes laborables de 08:30 a 14:30 Sábado, domingo y festivos: de 8:30 a 12:30. Atención presencial con cita previa en 962082807 o sercementerios@valencia.es (A diario de 8:30 a 10:00 atención prioritaria a los profesionales funerarios)
- SERVICIO DE CEMENTERIOS. OFICINA ADMINISTRATIVACamino Viejo de Picassent, s/n (junto al Tanatorio)Tel.: 962082508Fax: 96.378.22.90Lunes a viernes laborables de 08:30 a 14:30 Sábado, domingo y festivos: de 8:30 a 12:30. Atención presencial con cita previa en 962082807 o sercementerios@valencia.es (A diario de 8:30 a 10:00 atención prioritaria a los profesionales funerarios)