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Casos especiales de empadronamiento
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
PA.GP.65
Descripción

El objeto de este procedimiento consiste en darse de alta en el Padrón Municipal de Habitantes, para aquellos casos especiales que no cumplen con todos los requisitos exigidos para empadronarse en el municipio de Valencia en relación a su vivienda, y que presentan una situación de exclusión social de la cual tenga conocimiento Servicios Sociales del Ayuntamiento de València.

Todos los trámites de padrón son gratuitos.


Las preguntas más frecuentes relacionadas con los trámites del Padrón Municipal, se pueden consultar en los siguientes enlaces:


¿Quién lo puede solicitar?

Toda persona que cumpla los requisitos indicados en la descripción anterior.

Las personas menores de edad no emancipadas y mayores incapacitadas, tendrán la misma vecindad que las personas progenitoras que tengan su guarda y custodia o, en su defecto, la de sus representantes legales, salvo autorización por escrito para residir en otro municipio.

Requisitos

Las condiciones que deberían cumplirse para este tipo de empadronamiento son las siguientes:

  • Residir en el término municipal de València
  • Ser persona mayor de edad o menor emancipada
  • Disponer de documentación identificativa en vigor
  • Personas que carecen de techo o sin domicilio fijo
  • Personas que no puedan acreditar la disponibilidad de la vivienda que habitan
Cuándo solicitarlo

En cualquier momento.

Documentación a presentar

1. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA IDENTIDAD DE LAS PERSONAS INTERESADAS (Todos los documentos de identificación deben de estar en vigor)

a) Documentación de identidad de todas las personas mayores de edad afectadas por el trámite, según sea el caso:

  • Ciudadanía española: DNI o pasaporte.
  • Ciudadanía de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza: Tarjeta de Residencia, pasaporte o documento de identidad del país de origen. En caso de aportar “Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión” deberá ir acompañado del pasaporte o del documento de identidad del país de origen.
  • Resto de ciudadanía: (No comunitarios y personas del Reino de Gran Bretaña): Tarjeta de residencia o pasaporte.
  • En caso de solicitantes de asilo y protección internacional: Los siguientes documentos que se facilitan a los solicitantes de asilo:

a) Resguardo de presentación de solicitud de protección internacional: este documento se expide con dos fechas de validez y será válido para la identificación en el Padrón una vez transcurrida la primera de ellas, es decir, durante la prórroga de su período de validez hasta la segunda.

b) Documentos acreditativos de la condición de solicitante, en tramitación, de protección internacional: Doc. Ex148 (o tarjeta roja sin trabajo) y Doc. Ex148 bis (o tarjeta roja con autorización a trabajar)

NOTA: Podrá exigirse la declaración jurada oficial. Los documentos expedidos por autoridades extranjeras (excepto de Estados de la Unión Europea) deben estar apostillados (certificada la autenticidad del documento) para tener efecto en España.

b) Documentación de identificación personal de todas las personas menores de edad afectadas por el trámite, según sea el caso:

  • Ciudadanía española:

- Hasta los 14 años: Libro de familia o Certificado de nacimiento y si se dispone, además, DNI.

- Mayores de 14 años: los mismos documentos de identificación exigidos para las personas mayores de edad y si se dispone, además, Libro de familia o Certificado de nacimiento.

  • Ciudadanía de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza

- Hasta los 14 años: Libro de familia o Certificado de nacimiento y si se dispone, además, Tarjeta de Residencia, pasaporte o documento de identidad del país de origen. En caso de aportar “Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión” deberá ir acompañado del pasaporte o del documento de identidad del país de origen..

- Mayores de 14 años: los mismos documentos de identificación exigidos para las personas mayores de edad y además, Libro de familia o Certificado de nacimiento.

  • Resto de ciudadanía: (No comunitarios y personas del Reino de Gran Bretaña).

- Hasta los 14 años: Libro de familia o Certificado de nacimiento, y si se dispone, además, tarjeta de residencia o pasaporte.

- Mayores de 14 años: los mismos documentos de identificación exigidos para las personas mayores de edad y además, Libro de familia o Certificado de nacimiento.

3. DOCUMENTACIÓN ADICIONAL EN CASO DE MENORES O PERSONAS INCAPACITADAS

3.1 Empadronamiento de menor con un solo/a progenitor/a.

  • En caso separación judicial con guardia y custodia atribuida a un solo/a progenitor/a: Resolución judicial y Declaración responsable de estar en vigor y no existir otra posterior que modifique sus términos (Impreso modelo 2 Declaración responsable inscripción menores CON resolución judicial).
  • En caso de separación judicial con guardia y custodia compartida: Resolución judicial que se pronuncie sobre el lugar de empadronamiento. Si la Resolución judicial no se pronuncia al respecto, documento de que existe mutuo acuerdo entre las dos personas progenitoras sobre el domicilio del/la menor.
  • En caso de separación de hecho o separación en trámite: Autorización de la persona progenitora que no se empadrone con el/la menor, y cuando no se disponga de la misma, excepcionalmente, declaración responsable (Impreso modelo 3 Declaración responsable inscripción menores SIN resolución judicial).
  • En caso de familia monoparental (personas viudas u otras situaciones equiparables acreditadas): Acreditación de tal circunstancia mediante Libro de Familia o documento equivalente, o título o certificado de familia monoparental siempre y cuando se cuente con la guarda y custodia.
  • En el caso de no encontrarse en ninguna de las situaciones anteriores: Autorización de la persona progenitora que no se empadrona con el/la menor (Impreso modelo 1 Declaración/Autorización para tramitar el empadronamiento de menores)

3.2 Empadronamiento de menores en domicilio distinto al de las personas progenitoras que ostentan su guarda y custodia: Autorización por escrito de ambas (Impreso modelo 1 Declaración/Autorización para tramitar el empadronamiento de menores) o de una de ellas con la Declaración responsable que proceda (Modelo 2 ó 3) y documento de identificación de las personas progenitoras que suscriban la Autorización o Declaración responsable.

3.3 Representante legal de menores tutelados/as (supuestos de tutela, acogida…): Resolución judicial o administrativa correspondiente.

3.4 Representante legal de persona incapacitada: Resolución judicial que declare la incapacidad y acredite la representación legal.

4. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA AUTORIZACIÓN O REPRESENTACIÓN PARA EFECTUAR EL EMPADRONAMIENTO DE OTRA PERSONA

4.1. TRAMITACIÓN PRESENCIAL

Delegación del trámite en terceras personas: Autorización para tramitar el empadronamiento de terceras personas y documento de identificación de la persona representante (Impreso Delegación en terceras personas para trámites padronales).

4.2 TRAMITACIÓN TELEMÁTICA

4.2.1 Representación mediante apoderamiento: Acreditación de la Inscripción en el Registro electrónico de apoderamientos de la Comunidad Valenciana o del Estado, o poder notarial, debiendo constar en todos los casos representación específica para el trámite de empadronamiento.

4.2.2 Profesionales acreditados en virtud de Convenios suscritos con el Ayuntamiento de València: Gestores administrativos, Graduados sociales y Administradores de fincas (deberán adherirse a los respectivos Convenios para obtener el certificado electrónico de representante).

5.- INFORMACIÓN ADICIONAL

El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos de la identidad y/o uso del domicilio, para comprobar la veracidad de los datos contenidos en el Padrón municipal.

En la tramitación presencial se aportarán los originales de toda la documentación necesaria.

Determinados aspectos de los trámites padronales pueden cambiar de conformidad con lo que disponga la legislación vigente en el momento de realizar los mismos.

NOTA IMPORTANTE: La falsedad en los documentos y datos aportados puede ser constitutiva de delito.

A CONTINUACIÓN SE RELACIONAN LOS DOCUMENTOS A APORTAR TAL Y COMO APARECEN DESCRITOS AL REALIZAR EL TRÁMITE POR SEDE ELECTRÓNICA

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • EMPADRONAMIENTO ESPECIAL SIN MENORES DE EDAD:
    • DOCUMENTACIÓN IDENTIDAD mayores de edad afectados por el trámite
    • DOCUMENTACIÓN IDENTIDAD: Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión
    • DOCUMENTACIÓN IDENTIDAD solicitante de asilo
    • DOCUMENTACIÓN REPRESENTACIÓN: Autorización o resolución judicial (discapacidad)
    • DOCUMENTACIÓN REPRESENTACIÓN apoderamiento: Inscripción Registro Electrónico de apoderamientos de la Comunidad Valenciana o Estado, o poder notarial, con representación para trámite
  • EMPADRONAMIENTO ESPECIAL CON MENORES DE EDAD:
    • DOCUMENTACIÓN IDENTIDAD mayores de edad afectados por el trámite
    • DOCUMENTACIÓN IDENTIDAD: Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión
    • DOCUMENTACIÓN IDENTIDAD solicitante de asilo
    • DOCUMENTACIÓN MENORES: Libro de familia o Certificado de nacimiento
    • DOCUMENTACIÓN IDENTIDAD menores de edad afectados por el trámite
    • DOCUMENTACIÓN MENORES: Declaración responsable (Modelo 2):

      Documento disponible en el apartado impresos.

    • DOCUMENTACIÓN MENORES: Declaración/Autorización para el empadronamiento de menores (Modelo 1):

      Documento disponible en el apartado impresos.

    • DOCUMENTACIÓN MENORES: Declaración responsable (Modelo 3):

      Documento disponible en el apartado impresos.

    • DOCUMENTACIÓN MENORES: Resolución judicial
    • DOCUMENTACIÓN AUTORIZACIÓN menores de edad: Documento de mutuo acuerdo sobre domicilio de menor
    • DOCUMENTACIÓN AUTORIZACIÓN menores de edad: Autorización de la persona progenitora que no se empadrone con el/la menor
    • DOCUMENTACIÓN AUTORIZACIÓN menores de edad: DNI personas progenitoras
    • DOCUMENTACIÓN MENORES: Acreditación familia monoparental
    • DOCUMENTACIÓN REPRESENTACIÓN: Autorización o resolución judicial (discapacidad)
    • DOCUMENTACIÓN REPRESENTACIÓN apoderamiento: Inscripción Registro Electrónico de apoderamientos de la Comunidad Valenciana o Estado, o poder notarial, con representación para trámite
Actuaciones a realizar por la persona solicitante
  • La persona interesada deberá presentar instancia en el Registro de Entrada solicitando el empadronamiento.
  • En los supuestos en que no pueda acreditarse la disponibilidad de la vivienda, la Policía Local de València (policía de proximidad) podrá visitar el domicilio a los efectos de comprobar la residencia efectiva en el mismo.
  • En los casos en que exista oposición de la propiedad, el empadronamiento se realizará en el CMSS que le corresponda, en el CAI o CAST como domicilio ficticio, debiendo facilitar un domicilio a efectos de notificaciones.
  • Las personas que resulten empadronadas en un CMSS serán citadas en las Oficinas del Padrón Municipal a efectos de firmar la hoja padronal y aportar la documentación identificativa correspondiente. Se les informará de la dirección del empadronamiento que se propone, recabando su compromiso expreso, de notificar el cambio de lugar de residencia en el momento que proceda, así como de acudir a cualquier requerimiento que se efectúe desde instancias municipales
  • En cualquiera de los supuestos podrá ser entrevistado por otros servicios municipales.
Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Estimatorio
Será estimatorio si se cumplen los requisitos esenciales para su adquisición. Art. 24.1 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo máximo de resolución: 3 meses
Legislación
  • Ley 4/1996, que modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • R.D. 1690/1690/1986, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, modificado por el R.D. 2612/1996.
  • Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, que modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, a efectos de perfeccionar la información contenida en el Padrón municipal relativa a los extranjeros empadronados.
  • Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
Oficinas de información
  • OFICINA DEL PADRÓN MUNICIPALPlaza del Ayuntamiento (entrada por Periodista Azzati, 2)Tel.: 962081104 y en www.valencia.es y sede.valencia.esFax: 96.352.34.22De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010. AVISO: DEL 1 AL 11 DE MARZO, LUNES A VIERNES DE 8:30 a 13:00; DEL 12 AL 15, DE 9:00 A 12:00; DÍA 18 CERRADA; DÍA 20, DE 9:00 A 13:00poblacion@valencia.es
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
Oficinas para presentar
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: de Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
  • Y POR EL RESTO DE VÍAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 16.4 DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS--
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