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Apertura de actividad mediante declaración responsable ambiental con obras previas sujetas a declaración responsable.
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
LA.AC.10
Descripción

Procedimiento para la apertura de una actividad sujeta a declaración responsable ambiental, regulada en la Ley 6/2014, de 25 de julio, de Prevención, Calidad y Control ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana, (incluye las actividades reguladas en la Ley 12/2012, de 26 de octubre, de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio y de Determinados Servicios). cuyas obras previas se tramiten por declaración responsable de obras.

En este procedimiento la tramitación se divide en tres fases:

Fase previa: solicitud de informe de compatibilidad urbanística, es preceptivo en todas las actividades sujetas a normativa ambiental o de comercio.

ADVERTENCIA: Es preceptivo solicitar la expedición de un informe acreditativo de la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico y, en su caso, con las ordenanzas municipales (informe urbanístico de compatibilidad). La solicitud de este se podrá presentar junto a la declaración responsable de obras aunque será vinculante si el mencionado informe resulta incompatible.

Fase de obras: se presentará instancia normalizada de declaración responsable de obras acompañada de toda la documentación que se indica al reverso de la misma.

En caso de obras en edificios, inmuebles o ámbitos protegidos o catalogados carentes de trascendencia patrimonial, además se deberá presentar la documentación requerida en el punto 12 de la instancia normalizada, su no presentación completa será motivo de inadmisión.

  • Las obras podrán iniciarse el mismo día de la presentación de la declaración responsable (debiendo ajustarse al proyecto presentado).
  • Advertir que el plazo para la ejecución de las obras presentadas por declaración responsable es el indicado en el proyecto presentado por el promotor junto con la instancia normalizada.
  • La presentación incompleta o no presentación de la documentación indicada será motivo de inadmisión y consiguiente extinción de los efectos que hubiera podido producir la declaración responsable de obras.

Fase de apertura: una vez finalizadas las obras (dentro del plazo indicado en el proyecto aportado junto a la declaración responsable de obras), se deberá presentar instancia normalizada de declaración responsable ambiental, acompañada de toda la documentación indicada en el reverso de la misma (certificados finales de obra, auditoría acústica, certificaciones sectoriales si las hay, etc.

  • Reseñar que si transcurrido 1 MES desde la presentación de la declaración responsable ambiental no se ha efectuado visita de comprobación al establecimiento por los servicios técnicos municipales para acreditar la adecuación de éste y de la actividad al proyecto presentado, o bien efectuada ésta se ha levantado acta de conformidad, el titular, bajo su exclusiva responsabilidad, podrá abrir el establecimiento.
  • En el caso de establecimientos sujetos a normativa ambiental, si se presenta certificado de Entidad Colaboradora en Materia de Calidad Ambiental (ECMCA), por el que se acredite el cumplimiento de todos los requisitos técnicos y administrativos exigidos por la normativa en vigor, este deberá presentarse junto con la instancia normalizada de declaración responsable ambiental acompañada de todos los certificados mencionados anteriormente, En estos casos, la apertura del establecimiento podrá realizarse de forma inmediata.
  • Indicar que las actividades sujetas a la Ley 12/2012, de 26 de octubre, de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio y de Determinados Servicios, presentada la instancia normalizada de declaración responsable ambiental con toda la documentación indicada en el reverso podrán proceder a la apertura e inicio inmediato de la actividad.
¿Quién lo puede solicitar?
  • Personas físicas.
  • Sujetos relacionados con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales con colegiación obligatoria, aquellos que representan a un obligado a relacionarse electrónicamente.
Requisitos

Es preceptivo solicitar la expedición de un informe acreditativo de la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico y, en su caso, con las ordenanzas municipales (Informe Urbanístico de Compatibilidad) se podrá presentar junto a la declaración responsable de obra aunque será vinculante si el mencionado informe resulta incompatible.

Cuándo solicitarlo

Antes de la realización de las obras y de la implantación de la actividad:

  • En la Sede electronica del Ayuntamiento:
Documentación a presentar

  • Impreso de solicitud que puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página, si la solicitud se realiza presencialmente, acompañado de la documentación que se indica.
  • Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.

Documentación que deberá presentar una sola vez a lo largo del procedimiento:

Documentación para todos los casos:
  • Copia DNI nueva persona titular:

    de la persona declarante o de la persona firmante, si se trata de una sociedad.

  • Copia contrato constitutivo comunidad bienes nueva persona titular:

    En el caso de que las personas interesadas estuvieran constituidas en comunidad de bienes, copia del contrato constitutivo de dicha comunidad, suscribiendo la instancia la totalidad de la comunidad o quienes ostenten la representación de ésta, siempre que acredite dicha representación.

  • Copia escritura constitución sociedad nueva persona titular:

    En caso de ser la persona declarante una sociedad, fotocopia de la escritura de constitución de la misma y de los poderes de representación de quien firma la solicitud.

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Documentación a presentar junto a la Declaración Responsable de Obras::
    • Declaración Responsable de Obras:

      Declaración responsable de obras. Documento disponible en el apartado "Impresos" de esta misma página para descargar, rellenar y adjuntar en este trámite..

    • Solicitud del informe urbanístico de compatibilidad:

      Solicitud del informe urbanístico de compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico o, en su caso, indicación de la fecha en la que se solicitó el mismo y número de expediente.

    • Proyecto técnico de obras y actividad:

      1 copia en papel y 2 en soporte digital, que describa las medidas correctoras o de seguridad de las instalaciones, redactado y firmado por persona técnica competente y visado, en su caso, por el colegio oficial correspondiente y ajustado a lo dispuesto en la normativa ambiental y la Ordenanza Reguladora de Obras de Edificación y Actividades.

    • Declaración responsable personas técnicas:

      En caso de que el proyecto no se presente visado, declaración responsable normalizada de la identidad y habilitación profesional de la persona autora.

      Puede descargar el impreso en el apartado Impresos

    • Esquema técnico justificativo IV.1.:

      de la Ordenanza Reguladora de Obras de Edificación y Actividad.

      Puede descargar el modelo aquí

    • Carta de pago del ingreso previo de la tasa e ICIO:

      Carta de pago del ingreso previo de la tasa por actuaciones urbanísticas y autoliquidación del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras.

    • Estudio básico de seguridad y salud:

      (RD 1627/97 de 2410-97, BOE núm. 256, de 25-10-97), salvo que se presente una legalización de obras.

    • Entrada y salida de vehículos, aparcamiento o carga y descarga:

      En caso de que vaya a producirse entrada y salida de vehículos, aparcamiento o carga y descarga de mercancías, se deberá indicar en los planos, al objeto de solicitar, en su caso, y ante el servicio municipal competente, el correspondiente vado.

    • En caso de existir normativa específica:

      En caso de existir, se añadirá a la anterior documentación cuantos anexos sean necesarios para justificar el cumplimiento de la misma. Los anexos irán firmados por técnico competente y visados, en su caso, por el colegio profesional correspondiente.

    • Obras que se ajusten al artículo 214.1.d de la LOTUP:

      En caso de obras que se lleven a cabo en un edificio, inmueble y/o ámbitos patrimonialmente protegidos o catalogados carentes de trascendencia patrimonial según el artículo 214.1.d de la LOTUP, además deberán aportar la siguiente documentación:

      • Certificado de la persona técnica proyectista indicando que las obras CARECEN DE TRASCENDENCIA PATRIMONIAL.
      • Compromiso, firmado por la persona técnica proyectista y por la promotora, de ejecutar únicamente las obras que constan en el proyecto.
      • Fotografías a color del estado actual del local/inmueble objeto de la intervención (interior y fachada)
  • Documentación a presentar junto a la Declaración Responsable Ambiental:
    • Declaración responsable ambiental:

      Declaración responsable de ambiental: Document disponible en l'apartat "Impresos" d'aquesta mateixa pàgina per a descarregar, emplenar i adjuntar en aquest tràmit.

       

    • Certificado final de obras e instalaciones:

      Certificado de la persona técnica directora de la ejecución del proyecto visado, en su caso, y acreditativo de que las obras y las instalaciones son conformes al proyecto presentado. Este certificado general también acreditará el cumplimiento de los siguientes apartados:

      • Reacción al fuego de los elementos constructivos, decorativos y de mobiliario, según la sección SI-1, apartado 4, y sus anejos SI del CTE-06 (si en proyecto se justifican ignifugaciones, pinturas…, deberá incluir certificaciones expedidas por laboratorios acreditados sobres ensayos según las normas UNE)
      • Resistencia al fuego de la estructura, según la sección SI-06 u sus anejos SI (si en proyecto se justifican ignifugaciones, pinturas…, deberá incluir certificaciones expedidas por laboratorios acreditados sobres ensayos según las normas UNE)
    • Certificado condiciones técnicas y ambientales:

      Certificado suscrito por persona técnica competente, debidamente identificada con nombre, apellidos, titulación y DNI, acreditativo de que las instalaciones cumplen todas las condiciones técnicas y ambientales exigibles para poder iniciar el ejercicio de la actividad.

    • Esquema técnico justificativo IV.2.:

      de la Ordenanza Reguladora de Obras de Edificación y Actividad.

      Puede descargar el modelo aquí

    • Certificado acústico:

      Certificado ajustado a lo establecido en el artículo 42.2 de la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica, suscrito por técnico competente y visado por su correspondiente Colegio profesional, acreditativo de la eficacia de las medidas de prevención de ruidos y vibraciones, con indicación de los resultados de las mediciones in situ efectuadas. El certificado deberá ser realizado por Laboratorios acreditados de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el documento básico «DB-HR Protección frente al ruido» del Código Técnico de la Edificación y se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.

    • Declaración responsable personas técnicas:

      En caso de que el proyecto no se presente visado, declaración responsable normalizada de la identidad y habilitación profesional de la persona autora.

      Puede descargar el impreso en el apartado Impresos

    • Certificados o autorizaciones normativas sectoriales:

      Certificados técnicos o autorizaciones exigidos por las normativas sectoriales aplicables según el tipo de actividad.

    • Copia resguardo ingreso ICIO:

      Copia del resguardo del ingreso del Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras:

      • Cuando con carácter previo se haya obtenido la correspondiente licencia municipal de obras.
      • En caso de que el título habilitante fuera por declaración responsable de obras, el resguardo del ingreso debe haberse presentado con la citada declaración de obras.
    • Puesta en funcionamiento de la actividad.:

      Reseñar que si transcurrido 1 MES desde la presentación de la declaración responsable ambiental no se ha efectuado visita de comprobación al establecimiento por los servicios técnicos municipales para acreditar la adecuación de éste y de la actividad al proyecto presentado o bien, efectuada ésta, se ha levantado acta de conformidad, el titular, bajo su exclusiva responsabilidad, podrá poner en funcionamiento el establecimiento.

    • Puesta en funcionamiento mediante certificado (ECMCA):

      En el caso de establecimientos públicos, si se presenta certificado de una Entidad Colaboradora en Materia de Calidad Ambiental (ECMCA), por el que se acredite el cumplimiento de todos los requisitos técnicos y administrativos exigidos por la normativa en vigor, se presentará junto con la instancia normalizada de declaración responsable ambiental acompañado de todos los certificados mencionados anteriormente.
      En estos casos, la puesta en funcionamiento del establecimiento podrá realizarse de forma inmediata.

Tasas
Tasa

Tasa

1.-Tasa por prestación de servicios relativos a actuaciones urbanísticas :

Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de la declaración responsable de obras o de licencia de obras.

Cuantía: La detallada a continuación, que se calculará en función del presupuesto de ejecución material de la obra:

Tasas 2020:

Hasta 6.010,12 €

140,90 €.

Mayor de 6.010,12 y hasta 30.050,61 €

253,54€.

Mayor de 30.050,61 y hasta 60.101,21 €

751,31 €.

Mayor de 60.101,21 y hasta 150.253,03 €

1.638,97 €

Mayor de 150.253,03 y hasta 300.506,05 €

3.756,28 €

Mayor de 300.506,05 y hasta 601.012,10 €

7.982,11 €

Mayor de 601.012,10 €

Se abonará 10.048,02 euros, más el importe resultante de multiplicar por 9,66 el exceso sobre 601.012,10 €, considerando fracciones de 6.010,12 €.

ICIO:

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:

Cuantía: 3% del presupuesto de ejecución material de la obra.

Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la declaración responsable de obras correspondiente. En las licencias de obras se podrá efectuar el pago con caràcter previo a la presentación de la solicitud de la licencia de obras, o en el plazo de un mes desde la concesión de la mencionada licencia.

Para exenciones, reducciones o bonificaciones sobre las cuantías señaladas: Estar a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal relativa a las Tasas por prestación de los servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas y a la Ordenanza-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, del Ayuntamiento de Valencia, en el apartado de Ordenanzas.

El pagament d'esta taxa es realitza pel sistema d'autoliquidació: Gestor d'Autoliquidacions.


Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
Tasas por Prestación de los Servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas


Información Complementaria

Para determinar si la obra se tramita como Declaración Responsable o está sujeta a Licencia, habrá que tener en cuenta los artículos 213 y 214 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana, así como los artículos 9 y 10 de la Ordenanza Reguladora de Obras de Edificación y Actividades del Ayuntamiento de València.

En aquellas actividades que están sujetas a normativa ambiental o de comercio es preceptivo solicitar informe de compatibilidad urbanística, acreditativo de la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico y, en su caso, con las ordenanzas municipales. Se podrá presentar con carácter previo o junto a la declaración responsable de obras.

Para determinar el instrumento de intervención al que está sujeta la actividad (declaración responsable ambiental o licencia ambiental) se tendrán que consultar los anexos II y III de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades de la Comunitat Valenciana:

Declaración responsable ambiental, se tramitarán las actividades que no estén incluidas, atendiendo a su escasa incidencia ambiental, ni en el Anexo II ni en el Anexo III de la Ley 6/2014, y que incumplan alguna de las condiciones establecidas en el anexo III de la presente ley para tramitarse por comunicación ambiental previa.

Licencia ambiental *, se tramitarán las actividades incluídas en el Anexo II de la Llei 6/2014, por tener una incidencia ambiental.

NOTA: Para determinar si una actividad está sujeta a la normativa de comercio se deberá consultar el Anexo de la Ley 12/2012, de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio y de Determinados Servicios.

* IMPORTANTE: La licencia ambiental, cuando va acompañada de obras previas por declaración responsable, se trata de un procedimento conjunto (LA.AC.30) i por tanto se deberá tramitar la obra y la licencia ambiental al mismo tiempo.

Preguntas frecuentes sobre trámites y licencias en relación a su negocio hostelero y de ocio.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: No procede
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

  • Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
  • Rellene el formulario
  • Adjunte, en su caso, la documentación indicada
  • Presente y firme la solicitud

Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.

Atención telefónica

Teléfono del Ayuntamiento de València: 963525478

Cuestiones administrativas: 1773, 1862, 3123 y 3138.

Transmisiones de licencia y cambios de titularidad: 3125 y 3121.

Oficina Urbanística y Tècnica: 3230 y 3235.

Jefatura de Servicio: 3122 y 3130.

También se pueden hacer consultas por correo electrónico: sactivid@valencia.es

Legislación
  • Ley 6/2014, de 25 de julio, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades de la Comunitat Valenciana.
  • Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana.
  • Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de Medidas Urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
  • Ley 2/2012 de Medidas Urgentes de Apoyo a la iniciativa Empresarial y los Emprendedores, Microempresas y Pequeñas y Medianas Empresas de la Comunitat Valenciana.
Dónde dirigirse

Oficinas donde obtener información o realizar consultas:

  • SERVICIO DE ACTIVIDADES

Amadeu de Savoia, 11. Pati B, planta baixa

Oficinas de presentación:

  • SERVICIO DE ACTIVIDADES

Amadeu de Savoia, 11. Pati B, planta baixa

  • SEDE ELECTRÓNICA DEL AJUNTAMENT DE VALÈNCIA
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