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Subvenciones Corresponsables “Escola Matinera”
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
IG.AY.45
Descripción

Este trámite permite a los colegios públicos y asociaciones de familias solicitar una subvención para la implantación del proyecto 'Escola Matinera' en el curso escolar 2024-2025. Este proyecto está diseñado para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, ofreciendo un servicio de acogida temprana para el alumnado antes del inicio de la jornada escolar. Además, promueve la igualdad de género y la sensibilización desde edades tempranas.
El programa se enmarca dentro del Plan Corresponsables 2024, con un presupuesto total de 60.000 euros.

Para mas informacion consultar el apartado "Información complementaria". En ese apartado están disponibles los anexos (impresos normalizados) hasta el día que se inicie el plazo de presentación de solicitudes, que se activará el apartado “Impresos”.

¿Quién lo puede solicitar?
  • Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria (CEIP) de la ciudad de València.
  • Asociaciones de madres y padres (AMPAS) y Asociaciones de familias (AFAS) del alumnado de estos colegios.
Requisitos

Para acceder a la subvención, la entidad solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Presentar un proyecto detallado de 'Escola Matinera', incluyendo objetivos, actividades y presupuesto.
  2. Garantizar que el servicio se dirige a niñas y niños escolarizados en centros públicos de Infantil y Primaria de València.
  3. Cumplir con las condiciones de acceso prioritario establecidas para familias en situación de vulnerabilidad, como:
    • Familias monoparentales.
    • Víctimas de violencia de género.
    • Familias con bajos ingresos.
    • Personas en riesgo de exclusión social.
  4. Disponer de personal cualificado para la atención y cuidado del alumnado.
  5. No encontrarse en alguna de las circunstancias prohibidas establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  6. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social y, en su caso, del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  7. No tener pendiente de justificar subvenciones anteriores concedidas por el Ayuntamiento de València cuyo plazo de justificación hubiere acabado. La apreciación de esta prohibición se hará de manera automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.
  8. Asumir el compromiso de mantener el cumplimiento de las obligaciones anteriores durante el plazo inherente al reconocimiento del derecho o facultad conforme al artículo 69.1 LPACA.
Cuándo solicitarlo

Publicación extracto de la convocatoria en el BOP: Jueves 6 de marzo de 2025 - Boletín Nº 45


Plazo de solicitud: del día 20/06/2025 hasta el 31/07/2025 ambos inclusive.
Documentación a presentar

La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica. Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.

Documentación para todos los casos:
  • Estatutos de la asociación (AMPAS y AMFAS) y su registro:

    Que acredite la capacidad jurídica de la misma, así como que la realización de la actividad subvencionada tiene cabida dentro del objeto o fines sociales de esta.

  • Anexo. Memoria descriptiva de las actividades desarrolladas
  • Anexo. Declaración responsable suscrita por la persona que ejerza la presidencia de la entidad dirección del Colegio
  • Anexo. Cuenta justificativa
  • Facturas
  • Justificantes de pago
  • Documentación acreditativa publicidad, en su caso
Información Complementaria

Periodo de ejecución
Podrán desarrollarse durante los días lectivos del curso escolar 2024-2025, comprendidos entre el 9 de septiembre de 2024 y el 18 de junio de 2025.
Ubicación y horario
Realizarse en las dependencias del centro escolar donde está matriculado el alumnado, con una duración de una hora o una hora y media, en el horario inmediatamente anterior al inicio de la jornada escolar.
Condiciones de admisión y asistencia
Favorecer su gratuidad.
Cada aula de “Escola Matinera” debe contar con un máximo de 25 alumnas y alumnos de entre 2 y 12 años, conforme a los criterios de admisión establecidos.
Condiciones del personal
Cada aula debe contar con un mínimo de dos profesionales, con las titulaciones o perfiles siguientes:

Técnico/a en Actividades Socioculturales (TASOC).
Monitor/a de ocio y tiempo libre.
Técnico/a Superior en Animación Sociodeportiva (TAFAD).
Educación Infantil y Primaria.
Auxiliar de Guardería y Jardín de Infancia.
O titulaciones análogas.

Contenido educativo
En la “Escola Matinera” han de desarrollarse actividades relacionadas con la igualdad entre mujeres y hombres, asegurando su integración en el aprendizaje del alumnado.


CONVOCATORIA (ENLACE)


IMPRESOS:

Anexo. Memoria subvención "Escola Matinera"
Anexo. Declaración responsable becas, premios y subvenciones (con autorizaciones)
Anexo. Cuenta justificativa subvenciones

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Apartado 5º del artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
6 meses.
Artículo 20.5 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de València ysus organismos públicos.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica, NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Legislación
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 21/02/2025, por el que se aprueba la convocatoria de Subvenciones Corresponsables “Escola Matinera”.
Oficinas de información
  • SERVICIO DE IGUALDADEdificio Tabacalera. Calle Amadeo de Saboya, 11 - 46010 ValènciaTel.: 96 208 26 39 – 96 208 26 28.jserigualtat@valencia.es
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