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Fraccionamientos de pago y aplazamientos de deudas tributarias
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
HA.GT.10
Descripción

Aplazar o fraccionar el pago de deudas tributarias y otros ingresos de derecho público.

Para el pago en tres plazos del IBI en voluntaria, consulte el trámite: Pago a plazos del impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana

¿Quién lo puede solicitar?

Las personas obligadas al pago de las deudas.

Requisitos
  • Importe mínimo aplazable: 100,00 euros. Número mínimo de fracciones: 3.


CUANTÍAS Y PLAZOS MÁXIMOS

Tramos de deuda

Plazo máximo

100,00 € < 1.350,00 €

Hasta 6 meses

1.350,00 € < 3.000,00 €

Hasta 9 meses

3.000,00 € < 6.000,00 € Hasta 12 meses

6.000,00 € < 18.000,00 €

Hasta 15 meses

18.000,00 € < 36.000,00 €

Hasta 18 meses

36.000,00 € < 80.000,00 €

Hasta 20 meses

80.000,00 € < 180.000,00 €

Hasta 24 meses

180.000,00 € <

Hasta 36 meses


Las cuotas resultantes se pagarán mediante su domiciliación bancaria en la cuenta corriente que se designe por la persona interesada.

No resulta de aplicación la ampliación del plazo de devoluciones prevista en el artículo 34 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago.

  • Cuenta abierta en la entidad financiera para domiciliar el pago.

- Si la cuenta no es titularidad de la persona obligada al pago, la autorización de la persona titular para domiciliar el pago en esa cuenta y documento de identidad de esa tercera persona.

  • Garantía, en el caso de deudas que, en su conjunto, sean igual o superiores a 18.000 euros, y en el caso de débitos de tasas por retirada de vehículos de la vía pública, sea cual sea su importe.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de València, salvo que al propio tiempo solicitase el aplazamiento o fraccionamiento de estas deudas, acreditase el pago de las mismas o su improcedencia. Esta condición debe mantenerse durante la vigencia del aplazamiento, procediéndose, en caso de incumplimiento, a dejar sin efecto el mismo y a aplicar los procedimientos reglamentarios previstos para los casos de falta de pago del plazo o plazos concedidos.

Cuándo solicitarlo

En cualquier momento anterior a la notificación del acuerdo de enajenación de los bienes embargados, en su caso.

En los casos de embargo de dinero en cuentas o embargo de derechos en el acto o a corto plazo, no surtirán efecto las solicitudes presentadas con posterioridad a la traba efectuada en el procedimiento de embargo.

Documentación a presentar
Documentación para todos los casos:
  • Documento de identidad de la persona obligada al pago, en caso de que lo solicite la misma, excepto en el caso de presentación a través de la Sede Electrónica
  • En caso de representante o persona autorizada, la escritura de poderes o autorización firmada por persona autorizante y autorizada:

    excepto en el caso de personas obligadas a relacionarse con la Administración de forma electrónica.

  • En caso de representante o persona autorizada, documento de identidad de la persona obligada al pago y el documento de identidad y domicilio de comunicación de la persona representante o autorizada:

    excepto en el caso de personas obligadas a relacionarse con la Administración de forma electrónica.

  • Datos de la cuenta de domiciliación (con los 20 dígitos):

    Si la cuenta no es titularidad de la persona solicitante o de la persona obligada al pago, la autorización de la persona titular para domiciliar el pago en esa cuenta y documento de identidad de esa tercera persona.

  • Garantía, en su caso:

    para deudas que, en su conjunto, sean iguales o superiores a 18.000€ y, en todo caso, para tasas por retirada de vehículos de la vía pública.

Actuaciones a realizar por la persona solicitante

Solicitud, adjuntando la documentación señalada en el apartado “documentación a presentar”, formulada por una de estas vías:

  • Presencialmente en la Oficina de Gestión Tributaria Integral (preferentemente con CITA PREVIA). Deberá firmar la correspondiente comparecencia y comunicación de las condiciones del aplazamiento/fraccionamiento de pago. En caso de que el aplazamiento/fraccionamiento no se apruebe en esos términos, la persona solicitante recibirá la correspondiente notificación.
  • Mediante instancia presentada en los Registros Municipales (preferentemente con CITA PREVIA).
  • A través de la Sede Electrónica. Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite”.

Información Complementaria

En los aplazamientos/fraccionamientos de deudas en periodo voluntario de pago, el primer vencimiento se producirá en el segundo mes siguiente al fin de voluntaria. En el supuesto de que el cargo coincidiera con día inhábil en la Administración, dicho cargo se efectuará el primer día hábil siguiente.

Incumplidas las condiciones de la concesión, se iniciará o continuará el procedimiento administrativo de apremio. Si existiera garantía se procederá a su ejecución.

Cuando no sea posible emitir una fracción en su correspondiente fecha, ésta se remitirá para su cargo en cuenta junto con la fracción siguiente, estando obligada la persona contribuyente a realizar su pago conjunto. Se entenderá producido el impago si se devuelven dos fracciones.

Cuando se produzca el impago de dos fracciones quedará sin efecto el fraccionamiento concedido sin necesidad de nueva resolución y se seguirá el procedimiento de cobro por la parte de deuda fraccionada pendiente de pago, lo que se advertirá en la propia resolución de concesión.

La renuncia de un aplazamiento/fraccionamiento ya concedido implicará la inadmisión de una segunda solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de la misma deuda, cuando se considere que tiene por finalidad dilatar, dificultar o impedir el normal desarrollo de la gestión recaudatoria.

No se admitirán sucesivas solicitudes de modificación de las condiciones de un aplazamiento o fraccionamiento concedido, cuando se considere que tienen por objeto dificultar el desarrollo de la gestión recaudatoria.

La garantía que, en su caso, debiera presentarse, cubrirá el importe de la deuda en período voluntario y de los intereses de demora que genere el aplazamiento/fraccionamiento, más un 25 por 100 de la suma de ambas partidas o, en caso de deudas en período ejecutivo el importe de la deuda, el recargo, los intereses de demora que genere el aplazamiento o fraccionamiento y un 5 por 100 de la suma de ambas partidas.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Reclamación Económico-Administrativa
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Artículo 52 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. Artículo 30 Ordenanza Fiscal General.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
Hasta 6 meses.
Artículo 52 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. Artículo 30 Ordenanza Fiscal General.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona física o, realizándose en nombre de una persona jurídica, NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.

Atención telefónica

Si desea más información, puede llamar al teléfono de Atención de Gestión Tributaria Integral, 96.389.50.79, o enviar un correo electrónico a la dirección ayuntamientovalencia_gti@valencia.es

Legislación
  • Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, Reglamento General de Recaudación.
  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Dónde dirigirse

Usted puede realizar la gestión directamente en la Oficina de Gestión Tributaria Integral del Ayuntamiento de Valencia, preferentemente con CITA PREVIA.

Si desea más información, puede llamar al teléfono de Atención de Gestión Tributaria Integral, 96.389.50.79, o enviar un correo electrónico a ayuntamientovalencia_gti@valencia.es

Oficinas de información
  • OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe MayoralTel.: 96.389.50.79 De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas, preferentemente con CITA. AVISO: DEL 1 AL 11 DE MARZO, LUNES A VIERNES DE 8:30 a 13:00; DEL 12 AL 15, DE 9:00 A 12:00; DÍA 18 CERRADA; DÍA 20, DE 9:00 A 13:00ayuntamientovalencia_gti@valencia.es
Oficinas para presentar
  • OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe MayoralTel.: 96.389.50.79 De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas, preferentemente con CITA. AVISO: DEL 1 AL 11 DE MARZO, LUNES A VIERNES DE 8:30 a 13:00; DEL 12 AL 15, DE 9:00 A 12:00; DÍA 18 CERRADA; DÍA 20, DE 9:00 A 13:00ayuntamientovalencia_gti@valencia.es
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: de Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
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