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Justificación subvenciones nominativas a entidades deportivas
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
DE.AY.40
Descripción

Presentación de la justificación de la subvención concedida de forma directa o mediante convenio de colaboración.

¿Quién lo puede solicitar?

Entidades, federaciones y/o empresas que hayan suscrito el correspondiente convenio de colaboración o les haya sido concedida una subvención directa.

Requisitos

Ser beneficiarias de subvención nominativa a través de convenio de colaboración o por subvencion directa.

Cuándo solicitarlo

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del evento, o la fecha indicada en el convenio de colaboración o acuerdo o resolución de concesión.

Plazo de solicitud: En el plazo indicado en el convenio de colaboración, acuerdo o resolución de concesión.

Documentación a presentar

La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica. Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.

Documentación para todos los casos:
  • Facturas acreditativas del gasto realizado
  • Justificantes de pago
  • Acreditación de la difusión del carácter público de la financiación de las actividades objeto de subvención
  • Acreditación del cumplimiento de las obligaciones en materia de subcontratación
Actuaciones a realizar por la persona solicitante

Para el periodo de justificación se deberá presentar la documentación requerida en el plazo que establezca su convenio.

Información Complementaria

- La justificación deberá presentarse con los modelos normalizados, que se encuentran disponibles en el apartado “impresos” del trámite, no aceptándose formatos ni soportes distintos.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
De conformidad con lo establecido en el artículo 25.1.a) de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y la base 9 de la convocatoria.
Plazo máximo de resolución: 3 meses
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.
  • En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.
Atención telefónica

Servicio de Deportes 96 352 54 78 EXT. 2952-2959-2956

Email: serdeportes@valencia.es

Legislación

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la anterior Ley.

- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

- Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y sus Organismos Públicos (OGSAV) aprobada por el Pleno de 28.07.2016 (BOP de 02.11.16).

- Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de València para 2023.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica y se establece el procedimiento para su concesión.

- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

- Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de transparencia, buen gobierno y participación ciudadana de la comunitat valenciana.

- Reglamento de transparencia y participación ciudadana del Ayuntamiento de València aprobado por acuerdo plenario de 28.09.2012.

Dónde dirigirse

Servicio de Deportes mediante vía telefónica o correo electrónico.

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