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Justificación subvención para la celebración de actos conmemorativos de su veinticinco aniversario o sus múltiplos
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
CU.FC.62
Descripción

Presentación de la cuenta justificativa de la subvención recibida por comisiones falleras, cofradías, hermandades, corporaciones de Semana Santa y altares de San Vicente para la celebración de actos relativos al veinticinco aniversario y sus múltiplos, ejercicio festivo 2022-2023

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INSTRUCCIONES PARA RELLENAR EL IMPRESO NORMALIZADO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA CUENTA JUSTIFICATIVA SUBVENCIONES FALLAS – SERVICIO DE CULTURA FESTIVA

INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS CUENTA JUSTIFICATIVA


¿Quién lo puede solicitar?

Entidades solicitantes de la mencionada subvención.

Requisitos

Haber solicitado subvención dentro de la convocatoria de subvenciones para la celebración de actos conmemorativos del veinticinco aniversario o sus múltiplos a las comisiones falleras, cofradías, hermandades, corporaciones de Semana Santa y altares de San Vicente de la ciudad de València, ejercicio festivo 2022/2023

Cuándo solicitarlo

30 días naturales a contar desde el siguiente al de la finalización de cada una de las festividades en 2023, a excepción de las que hayan realizado todas las actividades a fecha de la publicación de esta convocatoria, que deberán presentarla junto con la solicitud.


Plazo de solicitud: del día 20/03/2023 hasta el 19/04/2023 ambos inclusive.
Documentación a presentar

La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica. Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.

  • DOCUMENTO DE APODERAMIENTO (AUTORIZACIÓN DE LA PRESIDENCIA) para presentar la solicitud (si es el caso): En caso de que la persona que ocupa la presidencia delegue en otra para la presentación de las instancias ante la Sede Electrónica del Ayuntamiento de València. (Documento disponible en el apartado "Impresos" de esta misma página y en la web municipal).

Documentación para todos los casos:
  • Facturas acreditativas
  • Justificantes de pago
  • Impreso normalizado de cuenta justificativa (incluye memoria de actuación):

    el ÚNICO impreso normalizado de cuenta justificativa que sirve para la justificación de esta subvención es el que encuentra en el apartado "Impresos" del trámite, ya que en función del tipo de subvención el impreso es diferente.

Actuaciones a realizar por la persona solicitante

- Realización del trámite telemático en la Sede electrónica: cumplimentar instancia y adjuntar los documentos que a continuación se detallan:

  • Impreso normalizado de cuenta justificativa que incluye memoria de actuación facilitado por el Servicio de Cultura Festiva en el apartado Impresos del trámite.
  • Facturas que acrediten la justificación del gasto
  • Justificantes del pago de las mismas.

Para el caso de que se autorice a realizar el trámite a persona distinta de la autorizada para la realización del trámite de solicitud de la subvención, ha de aportarse nuevo documento de apoderamiento.

Información Complementaria

El ÚNICO impreso normalizado de cuenta justificativa que sirve para la justificación de esta subvención es el que encuentra en el apartado "Impresos" del trámite, ya que en función del tipo de subvención el impreso es diferente.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
De conformidad con el apartado 5º del artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
6 meses.
Artículo 20.5 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de València y sus organismos públicos.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.
  • En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.
Atención telefónica

963 525 478: extensiones 5148 / 1282 / 1215

Legislación
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 23/12/2022, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a las comisiones falleras, cofradías, hermandades o corporaciones de Semana Santa y altares de San Vicente para la celebración de actos conmemorativos de su veinticinco aniversario o sus múltiplos.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Oficinas de información
  • SERVICIO DE FIESTAS Y TRADICIONESPlaza del Ayuntamiento, 1 - 2ª planta. Tel.: 96 208 51 71, 96 208 12 79Fax: 96.352.86.70.secfiestas@valencia.es
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