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Subvenciones para programaciones y proyectos culturales
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CU.AY.67
Descripción

CONVOCATORIA 2024

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a entidades culturales sin ánimo de lucro para proyectos de actividades culturales realizados en el municipio de València desde el día 16 de octubre de 2023 al 15 de octubre de 2024

IMPORTANTE: El pago de las ayudas que se concedan en virtud de esta convocatoria se realizará con posterioridad a su realización y correcta justificación de los gastos en el plazo establecido -31 de octubre de 2024- por parte de la entidad beneficiaria (Ver apartados 6 y 9 de la convocatoria 2024).

¿Quién lo puede solicitar?

Entidades, instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, cuya finalidad sea la promoción y difusión de la cultura.

Requisitos

a) Ser una entidad, institución o asociación sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, cuya finalidad prioritaria reflejada en sus estatutos sea la promoción y difusión de alguna manifestación cultural y/o artística coincidente con el objeto y finalidad de la convocatoria, que desarrolle un proyecto cultural singular cuyo presupuesto de gasto sea igual o superior a 5.000 €. Quedan expresamente excluidas comisiones festeras y agrupaciones de interés económico (AIE).

b) Estar legalmente constituida y formalmente inscrita en el Registro de Asociaciones Autonómico o Estatal en fecha de la publicación de la convocatoria en el BOP.

c) No estar incursa en ninguna de las prohibiciones previstas a los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones para ser beneficiaria de la subvención. La acreditación se realizará mediante declaración responsable.

d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, si procede, del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

e) No tener pendiente de justificar subvenciones anteriores concedidas por el Ayuntamiento de Valencia el plazo de justificación del cual hubiera finalizado. La apreciación de esta prohibición se realizará de forma automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.

Cuándo solicitarlo

Veinte días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Publicación extracto de la convocatoria en el BOP: Miércoles 21 de febrero de 2024 - Boletín Nº 37




Plazo de solicitud: del día 22/02/2024 hasta el 21/03/2024 ambos inclusive.
Documentación a presentar

La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica. Se cumplimentará, firmará el formulario después de pulsar el botón “iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.

Si la solicitud la realiza una persona que NO disponga de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y adjuntar como tal: Certificado acreditativo de su representación para solicitar la ayuda emitido por la persona que ostente la secretaría de la entidad.

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • EN CASO DE QUE LA ENTIDAD SÍ HAYA PARTICIPADO EN LA CONVOCATORIA ANTERIOR:
    • Anexo I. Declaración responsable:

      de no encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiaria de subvenciones públicas, conforme establecen los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones.

      Documento disponible en el apartado "Impresos" de esta misma página para descargar, rellenar y adjuntar en este trámite.

    • Proyecto de la actividad a desarrollar en la convocatoria para la cual se solicita subvención:

      en el que se especificará, como mínimo los aspectos siguientes:

      - Nombre del proyecto.

      - Justificación de la necesidad.

      - Objetivos e impacto esperado del proyecto en relación al público (número de personas y diversidad de públicos).

      - Descripción de la actividad o actividades.

      - Temporalización (fechas de ejecución del proyecto).

      - Presupuesto total y desglosado de ingresos y gastos por conceptos de la actividad o actividades a subvencionar y forma de financiación. Se hará constar de forma expresa la cuantía económica de la ayuda que se solicita.

    • Comunicación de la obtención o no de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financian las actividades subvencionadas:

      esta comunicación tendrá que efectuarse tan pronto como se conozcan y siempre con anterioridad a la justificación de la subvención.

    • Si no se autoriza, certificado al corriente con Ayto. València
    • Si no se autoriza, certificado al corriente con S. Social
    • Si no se autoriza, certificado al corriente con Hacienda
  • EN CASO DE QUE LA ENTIDAD NO HAYA PARTICIPADO EN LA CONVOCATORIA ANTERIOR:
    • Anexo I. Declaración responsable:

      de no encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiaria de subvenciones públicas, conforme establecen los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones.

      Documento disponible en el apartado "Impresos" de esta misma página para descargar, rellenar y adjuntar en este trámite.

    • Proyecto de la actividad a desarrollar en la convocatoria para la cual se solicita subvención:

      en el que se especificará, como mínimo los aspectos siguientes:

      - Nombre del proyecto.

      - Justificación de la necesidad.

      - Objetivos e impacto esperado del proyecto en relación al público (número de personas y diversidad de públicos).

      - Descripción de la actividad o actividades.

      - Temporalización (fechas de ejecución del proyecto).

      - Presupuesto total y desglosado de ingresos y gastos por conceptos de la actividad o actividades a subvencionar y forma de financiación. Se hará constar de forma expresa la cuantía económica de la ayuda que se solicita.

    • Comunicación de la obtención o no de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financian las actividades subvencionadas:

      esta comunicación tendrá que efectuarse tan pronto como se conozcan y siempre con anterioridad a la justificación de la subvención.

    • Declaración responsable firmada por la persona que ostente la presidencia de la entidad haciendo constar el presupuesto ejecutado en el ejercicio anterior
    • Si no se autoriza, certificado al corriente con Hacienda
    • Si no se autoriza, certificado al corriente con S. Social
    • Si no se autoriza, certificado al corriente con Ayto. València
    • Memoria descriptiva:

      de la actividad o actividades ejercidas en el ejercicio anterior (o convocatoria anterior en caso de actividades con otra periodicidad), acreditando la experiencia y trayectoria de la entidad promotora así como la estructura y medios disponibles (recursos humanos, técnicos y materiales) para llevar a cabo el proyecto.

    • Estatutos:

      sellados por el Registro de Entidades correspondientes.

    • Acta de constitución:

      sellada por el Registro de Entidades correspondiente.

    • Documento normalizado de Alta y Mantenimiento de Terceros:

      (disponible en el apartado "Impresos" de este trámite) en caso de no haber sido nunca beneficiaria de ayudas porparte del Ayuntamiento de València o haber modificado recientemente los datos bancarios.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
-
Artículo 21.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Legislación

- Bases convocatoria de subvenciones para la realización de programaciones y proyectos culturales en el municipio de València 2024

- Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio.

- Bases de ejecución del presupuesto municipal 2024

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