Este trámite permite a entidades sin ánimo de lucro solicitar subvenciones para desarrollar proyectos de intervención social y comunitaria en la ciudad de València.
Los proyectos deben tener como objetivo mejorar la calidad de vida de personas en situación de vulnerabilidad social y fomentar la inclusión, la igualdad y la participación ciudadana.
Para más información, se puede consultar la Convocatoria completa e Impresos en el apartado Información complementaria.
- (14/11/2025) PUBLICADO EN EL TABLÓN DE EDICTOS RESOLUCIÓN POR LA QUE SE RESUELVE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LA CONVOCATORIA DE ACCIÓN SOCIAL 2025
Entidades sin ánimo de lucro que:
- Estén legalmente constituidas y formalmente inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones o de Fundaciones, Registro Autonómico de Asociaciones o de Fundaciones de la Comunidad Valenciana o Registro General de titulares de actividades, de Servicios y Centros de Acción Social de la Comunidad Valenciana, con anterioridad, al menos de un año, a la fecha de publicación en el BOP del extracto de la convocatoria.
- Tengan su sede o delegación permanente en València.
- Reflejen en sus estatutos que su finalidad prioritaria sea la realización de actividades y programas orientados a la atención social de personas y grupos vulnerables y desfavorecidos y cuenten con experiencia en acción social y organización suficiente para ejecutar el proyecto.
- Estén al corriente de obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
- Estén al corriente de las obligaciones derivadas de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de València.
El plazo para presentar la solicitud será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del anuncio del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de València. Cuando el último día del plazo de presentación sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
PUBLICACIÓN BOP: Miércoles 14 de mayo de 2025 Boletín Nº 90
Plazo de solicitud: del día 15/05/2025 hasta el 11/06/2025 ambos inclusive.La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica, se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.
Todos los Anexos estarán disponibles en el apartado "Impresos" de esta misma página, para descargar y adjuntar en éste trámite.
- Anexo 1. Declaración responsable
- Anexo 2. Descripción técnica del proyecto
- Anexo 3. Descripción económica del proyecto
- Estatutos:
En su defecto, si se hubiesen presentado en las últimas 3 convocatorias y no hayan sufrido ninguna modificación podrán ser sustituidos por un escrito donde se especifique esta circunstancia, el año y procedimiento de su presentación.
- Organigrama:
Se incluirá el domicilio de la sede, nombres y apellidos de aquellas personas que ocupan un cargo dentro de la organización.
- Registro de asociaciones:
Registro Nacional de Asociaciones o de Fundaciones, Registro Autonómico de Asociaciones o de Fundaciones de la Comunidad Valenciana o Registro General de los titulares de actividades, de Servicios y Centros de Acción Social de la Comunidad Valenciana.
- Registro municipal de entidades:
En su defecto, justificante de solicitud de dicha inscripción.
- En caso de no autorizar, Certificado acreditativo de estar al corriente con la Agencia Tributaria (AEAT):
Se presentará en caso de no haber autorizado expresamente la consulta por parte del Ayuntamiento.
- En caso de no autorizar, Certificado acreditativo de estar al corriente con la Seguridad Social (TGSS):
Se presentará en caso de no haber autorizado expresamente la consulta por parte del Ayuntamiento.
FASE DE COMUNICACIÓN DE INICIO:
Las entidades beneficiarias de la subvención quedan obligadas a comunicar la fecha de inicio de las actividades mediante la COMUNICACIÓN DE INICIO DE PROYECTO (ANEXO 4), en un plazo máximo de 1 mes desde la fecha de cobro de la subvención a través del Registro Electrónico General del Ayuntamiento de València, según indica el artículo 14 LPAC.
FASE DE REFORMULACIÓN:
En el caso de que la entidad realice una modificación del proyecto que supere dicho límite, deberá presentar la reformulación como máximo hasta el 31 de mayo de 2026, mediante los impresos de REFORMULACIÓN TÈCNICA Y ECONÓMICA (ANEXOS 5 y 6), a través del Registro Electrónico General (Sede Electrónica Municipal) del Ayuntamiento de València, según indica el artículo 14 LPAC.
El coste total del proyecto subvencionado no podrá sufrir una reducción superior al 25% en relación al coste total presentado en la solicitud y que fue objeto de concesión. El incumplimiento de este límite supondrá la no aceptación de la reformulación presentada.
FASE DE JUSTIFICACIÓN FINAL:
Las entidades beneficiarias de las subvenciones deberán presentar la justificación del proyecto en un plazo máximo de 2 meses a partir de la finalización del mismo, en todo caso hasta el 31 de enero de 2027, mediante el correspondiente impreso de JUSTIFICACIÓN TÉCNICA. MEMORIA (ANEXO 7) y el impreso de JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA FINAL (ANEXO 8). Las justificaciones deberán presentarse por medios telemáticos a través del Registro Electrónico General del Ayuntamiento de València (Sede Electrónica) según lo previsto en el artículo 14 LPAC.
IMPRESOS
ANEXO 4. COMUNICACIÓN INICIO PROYECTO
ANEXO 5. REFORMULACIÓN TÉCNICA DEL PROYECTO
ANEXO 6. REFORMULACIÓN ECONÓMICA PROYECTO
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Realizar la solicitud en línea con firma digital
Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.
Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)
- Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
- Rellene el formulario
- Adjunte la documentación requerida
- Presente y firme la solicitud
Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.
962082407 / 962082364
- Acuerdo JGL Convocatoria de Subvenciones para la realización de Proyectos de Intervención en el Ámbito de la Acción Social, para el año 2025.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2016, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 28/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
Oficinas donde obtener información y realizar consultas:
SERVICIO DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA
SECCIÓN DE PROGRAMAS DE INCLUSIÓN SOCIAL Y ACCIÓN COMUNITARIA
C/ Amadeo de Savoya,11 València 46010
Oficinas de presentación: Sede electrónica municipal