Solicitar la inscripción en el Registro Municipal de Entidades a fin de permitir al Ayuntamiento conocer el número de entidades existentes en el municipio, sus fines y su representatividad, a los efectos de posibilitar una correcta política municipal de fomento del asociacionismo vecinal y posibilitar a su vez, a las asociaciones inscritas, el uso de medios municipales y la participación en las subvenciones destinadas a éstas.
Se ha de realizar en línea con firma digital (art. 14.2a Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Podrán obtener la inscripción todas aquellas entidades cuyo objeto sea la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales de la vecindad del municipio y, en particular, las asociaciones vecinales de un barrio o distrito, las de padres y madres de alumnos/as, las entidades culturales, deportivas, recreativas, juveniles, empresariales, profesionales y cualesquiera otras similares.
- Que no tengan ánimo de lucro.
- Que sus Estatutos contemplen un funcionamiento democrático
- Que su domicilio social se encuentre en la Ciudad de Valencia.
- Estar inscritas en el Registro General de Asociaciones de la Comunitat Valenciana u otros registros públicos.
En cualquier momento, siempre después de obtener la inscripción en el registro autonómico y antes de solicitar cualquier subvención municipal o uso de bienes municipales.
La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica, se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.
Documentación para todos los casos:- Certificado de inscripción en el Registro General de Asociaciones de la Comunidad Valenciana u otros registros públicos
- Certificado de la Secretaria de la Entidad en el que conste la relación nominal de las personas que constituyen la Junta Directiva
- Certificado de la Secretaria de la Entidad donde conste el domicilio social de la Asociación (no de la sede) en la ciudad de València o copia del CIF
- Estatutos de la asociación
La inscripción de las entidades en el Registro obliga a las mismas a notificar toda modificación de los datos dentro del mes siguiente al que se produzca.
El Presupuesto y el programa anual de actividades se comunicará entre el mes de octubre y enero de cada ejercicio, aportando al propio tiempo certificación actualizada del número de personas asociadas.
El incumplimiento de estas obligaciones así como la disolución de la Entidad podrá dar lugar a la baja en el Registro.
En caso de disolución de la entidad se tiene que solicitar la baja al Registro.
- Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Realizar la solicitud en línea con firma digital
Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
- Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
- Rellene el formulario
- Adjunte, en su caso, la documentación indicada
- Presente y firme la solicitud
Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.
- Ley 14/2008, 18 de noviembre, de la Generalitat, de Asociaciones de la Comunitat Valencia
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Oficinas donde obtener información o realizar consultas:
SERVICIO DE DESCENTRALIZACIÓN
C/ Amadeo de Saboia, 11 Patio B, Primera planta.
Tlf. Servicio: 962082555 / 962082602
secdescentralizacion@valencia.es