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Adopción de medidas precautorias de seguridad en edificios con deficiencias en la conservación
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
UR.DU.90
Descripción

Presentación de la comunicación previa a la adopción de medidas precautorias en un inmueble con deficiencias constructivas, tanto interiores como en fachadas recayentes a la vía pública, con el fin de mantenerlo en las debidas condiciones de seguridad y estabilidad hasta su reparación definitiva, ya sea a iniciativa de dirección facultativa competente o derivada de un requerimiento previo del Servicio de Disciplina Urbanística.


Dichas medidas precautorias consitirán en apuntalamientos, estructuras estabilizadoras no recayentes a la vía pública, instalación de lonas de malla o marquesinas de protección en fachadas,saneado de elementos con riesgo de caída inminente a la vía pública y otras análogas. En ningún caso habilitarán la ejecución de obras, y en especial las de reparación, conservación, demolición, o consolidación estructural (de llevarse a cabo las mismas, serían objeto de un procedimento de restauración de la legalidad urbanística y, en su caso, de un posterior procedimento sancionador).


- Recibida la comunicación previa, se dará traslado a Policía Local y Bomberos para que tengan conocimiento de las acciones a adoptar por la declarante y sus implicaciones en la vía pública.


- Una vez adoptadas las medidas precautorias, la comunicante presentará en un plazo máximo de 5 días un certificado técnico firmado por la dirección facultativa de las mismas, que acredite que tras su realización el inmueble reúne las debidas condiciones de estabilidad y seguridad, en tanto se lleve a cabo su posterior reparación en virtud de licencia, declaración responsable u orden de ejecución de obras

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes, comunidades de propietarios y demás entidades sin personalidad jurídica que, a través de dirección facultativa competente, pretendan ejecutar medidas precautorias para el aseguramiento de un inmueble con deficiencias.

Requisitos

a) La persona interesada deberá adjuntar un informe técnico, emitido por dirección facultativa titulada en arquitectura, arquitectura técnica o ingeniería de la edificación, detallando las medidas a adoptar y justificando su necesidad para el mantenimiento del edificio en las mínimas condiciones de seguridad y estabilidad, hasta en tanto se repare el mismo conforme a licencia o declaración responsable de obras.


b) Al tratarse de medidas puntuales que deben adoptarse a la mayor inmediatez, el plazo máximo para su realización no excederá de cinco días a contar desde la presentación en el Registro de entrada del Ayuntamiento de la comunicación previa, ampliables a petición motivada del interesado con informe técnico favorable del Servicio de Disciplina Urbanística.




c) Si se estima necesaria la ocupación de la vía pública para la colocación de elementos auxiliares (vallado de protección, plataforma elevadora de pequeño tamaño, tijera, operaciones de carga y descarga …) deberá hacerse constar en la comunicación, describiéndo los elementos a utilizar, delimitando la superficie a ocupar así como el tiempo de permanencia previsto (limitado en todo caso al plazo máximo de tres días anteriormente citado).



La habilitación para la ocupación de la vía pública se entenderá incluida en la propia comunicación de adopción de medidas precautorias, si bien en caso de afectar a la calzada la persona comunicante previamente deberá solicitar el señalamiento, remitiendo al Servicio de Movilidad Sostenible copia de la comunicación de medidas precautorias presentada en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento, junto con la documentación técnica que describa la superficie a ocupar y el tiempo de permanencia previsto, mediante correo electrónico dirigido a senyalaments@valencia.es



La necesidad de ocupación de la vía pública mediante elementos auxiliares, que se derive de la comunicación de adopción de medidas precautorias, incluirá un vallado de protección y conllevará el pago de la correspondiente tasa, debiéndose ajustar a los siguientes requisitos:



  • El espacio máximo que podrá ocuparse con la valla de protección estará en proporción con la anchura de la acera de la calle, sin que en ningún caso pueda abarcar más de 3 metros contados desde la línea de la fachada, ni rebasar los dos tercios de la acera, ni dejar espacio libre de obstáculos inferior a 1,20 metros.
  • En aquellos casos en que la anchura de la acera no permita dejar espacio libre de 1,20 metros, podrá excepcionalmente autorizarse la instalación de valla bajo las condiciones de garantía que determinen los Servicios Técnicos Municipales.
  • En ningún caso se permitirá que las vías públicas se vean afectadas por la instalación de elementos auxiliares para la ejecución de las medidas precautorias que no se encuentren en el perímetro del vallado de protección de la misma.
  • En cualquiera de los vallados de protección de obras deberá garantizarse un sistema de fijación que permita asegurar la estabilidad y seguridad del mismo.
  • En ningún caso, la instalación del vallado dificultará la visibilidad de la señalización de tráfico en general, tales como los semáforos, placas y señales informativas, ni impedirá el acceso a elementos de control del propio tráfico, tales como armarios, reguladores, detectores o a los mismos semáforos.
  • Una vez retirado el vallado de obra se repondrá el pavimento afectado en la vía pública en análogas condiciones a las que se encontraba antes de la instalación del mismo.

Cuándo solicitarlo

Se debe presentar la documentación, en sede electrónica o presencialmente en registro general de entrada de este Ayuntamiento, con anterioridad a la adopción de las medidas precautorias.

Documentación a presentar
Documentación para todos los casos:
  • Instancia general:

    Instancia general de solicitud firmada por la persona interesada, en la cual tendrá que constar un número de teléfono de contacto y dirección de correo electrónico, así como identificación del inmueble haciendo constar número de policía y referencia catastral.

    Si la comunicación se formula en nombre de una sociedad se tendrá que adjuntar copia de la escritura de constitución y poderes de representación a favor de quien firme la declaración. En caso de una comunidad de bienes, deberán suscribir la instancia todos los comuneros o quien ostente su representación legal.

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Sin ocupación de la vía pública:
    • Informe técnico:

      Suscrito por el arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero de la edificación que vaya a supervisar la adopción de las medidas precautorias, en el que se describan las mismas y se justifique su necesidad en orden a mantener la seguridad del inmueble.

  • Con ocupación de la vía pública:
    • Informe técnico:

      Suscrito por el arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero de la edificación que vaya a supervisar la adopción de las medidas precautorias, en el que se describan las mismas y se justifique su necesidad en orden a mantener la seguridad del inmueble.

    • Plano de planta con la superficie a ocupar:

      Acotando los anchos de calzada y aceras, grafiando el mobiliario urbano o cualquier elemento que provoque el estrechamiento del paso peatonal.

    • Informe de seguridad de la instalación :

      Firmado por el técnico competente, indicando los medios auxiliares a utilizar, superficie y tiempo de ocupación previsto (cinco días, ampliables excepcionalmente).

    • Justificante del abono de la tasa por ocupación de la vía pública mediante vallado y otros elementos auxiliares
Tasas
Tasa en caso de ocupación de la vía pública

En caso que en la declaración responsable de medidas precautorias se requiera la ocupación de la vía pública mediante vallado u otros elementos auxiliares, se abonará previamente la correspondiente tasa:

-Tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial de bienes de dominio público municipal con mercancías, materiales de construcción, puestos, barracones, espectáculos y otras instalaciones análogas.

Gestor de autoliquidaciones: ENLACE


Tasas por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial de Bienes de Dominio Público Municipal con Mercancías, Materiales de Construcción, Puestos, Barracones, Espectáculos e instalaciones análogas


Actuaciones a realizar por la persona solicitante
  • Presentación del impreso de solicitud general conteniendo la comunicación previa, acompañada de la documentación señalada en el apartado “Documentación a presentar”.

- Para las personas jurídicas, personas físicas que representan a personas jurídicas, y profesionales es obligatoria la presentación a través de la sede electrónica, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Para las personas físicas que quieran presentarlo de forma presencial, podrán presentarla presencialmente en cualquiera de los Registros Municipales de Entrada.



  • Tras la ejecución de las medidas precautorias, la comunicante presentará en un plazo máximo de 5 días, un certificado técnico firmado por la dirección facultativa de las mismas, que acredite que tras su adopción el inmueble reúne las debidas condiciones de estabilidad y seguridad, en tanto se lleve a cabo su posterior reparación en virtud de licencia, declaración responsable u orden de ejecución de obras. Si esta se demorara en el tiempo, la propiedad deberá remitir una actualización del certificado de seguridad, con una periodicidad máxima de 6 meses, en tanto no se acometa la reparación definitiva del inmueble.
Información Complementaria

Una vez adoptadas las medidas precautorias o transcurrido el plazo máximo para su adopción, deberá liberarse la vía pública de su ocupación por los elementos auxiliares utilizados, subsanando los posibles desperfectos que se hubieran ocasionado en la misma.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso Extraordinario de revisión
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: No procede
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web
  • Realizar la solicitud en línea con firma digital, pulsando el botón “Iniciar trámite” situado al principio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
    Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado “Documentación a presentar”.
  • Rellene el formulario.
  • Adjunte la documentación requerida.
  • Presente y firme la solicitud.

Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación.

Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas y aportar documentación adicional o que le sea requerida.

Atención telefónica
  • Telf. 010
  • Telf. 963 525 478. Extensiones: 2243 (Sección Órdenes Ejecución) - 2263 (Sección Ruinas)

De lunes a viernes, de 8.30 h a 14.00 h.

Legislación

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.

- Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje.

Dónde dirigirse

Para las personas jurídicas, personas físicas que representan a personas jurídicas, y profesionales es obligatoria la presentación a través de la sede electrónica, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Para las personas físicas que quieran presentarlo de forma presencial, podrán hacerlo en cualquiera de los Registros Municipales de Entrada.

Oficinas para presentar
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BENIMAMET-BENIFERRIPl. Dr. Ximeno, 1 Tel.: 96.348.67.47Registro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horasA partir de 24 de julio de 2018 y hasta una fecha que se indicará en cada Alcaldía, no se realizarán las funciones de Registro de entrada
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CARPESAPl. del poble, 4Tel.: 96.185.71.94Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas. A partir de 24 de julio de 2018 y hasta una fecha que se indicará en cada Alcaldía, no se realizarán las funciones de Registro de entrada
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-CASTELLAR-OLIVERALC/ Poetessa Leonor Perales s/nTel.: 96.344.76.47 Fax: 96.336.23.75 Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas. A partir de 24 de julio de 2018 y hasta una fecha que se indicará en cada Alcaldía, no se realizarán las funciones de Registro de entrada
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: de Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
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