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Declaración Responsable para realizar obras de demolición
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
UR.DU.80
Descripción

Declaración responsable para realizar obras de demolición de cualquier tipo de construcciones (excepto las catalogadas, inmuebles Bienes de Interés Cultural - BIC y Bienes de Relevancia Local - BRL), con una vigencia de 6 meses; cuando no se opte por solicitar la concesión de licencia de obras de demolición (procedimiento en Sede Electrónica: Licencias de demolición)

¿Quién lo puede solicitar?

Toda persona física o jurídica que precise demoler una construcción.

Requisitos
  1. Con carácter general:
    Adjuntar certificado de conformidad por Organismo de Certificación Administrativa (OCA) debidamente acreditada conforme al que se establece en el Decreto 62/2020, de 15 de mayo, del Consejo, de regulación de las entidades colaboradoras de la Administración municipal en la verificación de las actuaciones urbanísticas y de creación de su registro.


  2. Cuando el edificio se encuentre ubicado en entorno de protección de un “Bien de Interés Cultural” (BIC) o en Núcleo Histórico Tradicional con consideració de Bien de Relevancia Local (NHT-BRL) y en entornos de los Bienes inmuebles de Relevancia Local (BRL) no podrá presentarse Declaraciò Responsable para realizar las obras de demolición, en este caso tendrá que solicitarse licencia de demolición (procedimiento en Sede Electrónica UR.DU.25), y presentar, respectivamente, un proyecto de edificación que garantice la edificación sustitutoria, en el caso de inmuebles en entorno BIC, en atención al que dispone el artículo 39.2 f) de la Ley 4/1998 de 11 de Junio de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano (y sus posteriores modificaciones), así como, en el caso de inmuebles en NHT-BRL y en entornos BRL, un documento que recoja las características de edificación sustitutoria, basándose en el que dispone el Decreto 62/2011, de 20 de mayo, del Consejo por el cual se regula el procedimiento de declaración y el régimen de protección de los bienes de relevancia local (DOCV núm 6529 de 26/05/2011), en su artículo 13.7, en relación con los artículos 8 y 12 del mismo texto legal.
Cuándo solicitarlo

Se debe presentar la documentación en sede electrónica o presencialmente en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento, con anterioridad al inicio de las obras de demolición.

Documentación a presentar

Es recomendable formular consulta previa escrita a través de correo electrónico: secruinas@valencia.es para recabar el asesoramiento de los técnicos municipales en cuanto a la elaboración de la documentación técnica, y el asesoramiento administrativo en cuanto a la tramitación.


Se recuerda la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, conforme al que se dispone en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas a los sujetos citados en este artículo.


Si el trámite se realiza presencialmente:

Instancia general de solicitud firmada por la persona interesada en la cual tendrá que constar un número de teléfono de contacto y su dirección de correo electrónico, así como la referencia catastral del inmueble a demoler.


Si el trámite se realiza electrónicamente en esta Sede:

Se rellenará el formulario de solicitud, después de realizar la identificación electrónica, se firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite”.

En este formulario tendrá que constar un número de teléfono de contacto y su dirección de correo electrónico, así como la referencia catastral del inmueble a demoler.

En ambas opciones si el declarante es una sociedad, tendrá que aportar copia de la escritura de constitución y de los poderes de representación de quien firma la solicitud.


- Si la declaración se formula en nombre de otro particular o de comunidad de bienes, se tendrá que aportar copia del documento que acredite la representación (escritura de poder, contrato constitutivo de la comunidad de bienes, certificación de la comunidad de propietarios…).

Documentación para todos los casos:
  • Justificante del pago de la tasa
  • Proyecto Técnico de la demolición y vallado de la parcela:

    Ajustado a la Normativa Vigente en el cual se incluya el Estudio de Seguridad y Salud, y el Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición, subscrito por facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial, así como la ficha de cumplimiento de la normativa urbanística de aplicación, según el modelo del colegio profesional correspondiente.

    Todo esto de acuerdo con el arte. 18 de la Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana; el arte. 17.1 del RD 1627/97, de 24 de Octubre (BOE n.º 256, de 25.10.97) y el RD 105/2008, de fecha 1 de febrero de 2008, del Ministerio de Presidencia (BOE 13.2.2008).

    Incluirá asimismo, reportaje fotográfico en formato digital en archivos independientes, comprendiendo cada una de las fachadas y estado interior, así como detalles arquitectónicos o constructivos que el autor del proyecto considero conveniente dejar constancia en el archivo del edificio a demoler, teniendo que aportar al menos una fotografía de cada una de las fachadas del edificio.

  • Impreso de Estadística de edificación y Vivienda del Ministerio de Fomento:

    Se puede descargar en: Ministerio de Fomento. ENLACE.

Tasas
Tasa por prestación de los servicios relativos a las actuaciones urbanísticas

1.- Tasa de actuaciones urbanísticas (por las obras a realizar):
Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia de obras.
Cuantía: La detallada a continuación, que se calculará en función del presupuesto de ejecución material de la obra :

Base imponible Tarifa euros


Hasta 6.010,12 € 140,90 €
Mayor de 6.010,12 y hasta 30.050,61 € 253,54€
Mayor de 30.050,61 y hasta 60.101,21 € 751,31 €
Mayor de 60.101,21 y hasta 150.253,03 € 1.638,97 €
Mayor de 150.253,03 y hasta 300.506,05 € 3.756,28 €
Mayor de 300.506,05 y hasta 601.012,10 € 7.982,11 €
A partir de 601.012,10 €

Se abonará una cuota fja de 10.048,02 euros, a la que se sumará una cuota variable resultante de dividir la parte de la base imponible que exceda de 601.012,10 euros en tramos de 6.010,12 euros y, aplicando al resultado el coeficiente 9,66; de manera que:

Cuota total = 10.048,02 € + [(B.I - 601.012,10 € ) x 9,66]

6.010,12 €

Siendo B.I. = Base lmponible.


2. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (I.C.I.O.)

Cuantía: 3 % del presupuesto de ejecución material de la obra o supost d’execució material de l’obra o según la aplicación de los módulos del formulario.

La Tasa por actuaciones urbanísticas y el ICIO se gestionarán conjuntamente con un formulario de autoliquidación WEB , pudiendo abonar su cuantía independientemente.

Gestor de autoliquidaciones: ENLACE




Tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial de bienes de dominio público municipal

Tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial de bienes de dominio público municipal con mercancías, materiales de construcción, puestos, barracones, espectáculos y otras instalaciones análogas.

Gestor de autoliquidaciones: ENLACE




Actuaciones a realizar por la persona solicitante

Ingreso de la tasa por actuaciones urbanísticas, con carácter previo a la presentació de la declaración responsable, gestionado conjuntamente con impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO), conforme al indicado enl’apartado “tasas”.

Presentación de la declaración responsable acompañada de la documentación señalada en la apartado “documentación a presentar”.

Toda la documentación técnica presentada tendrá que contar con el certificado de conformidad del cumplimiento de la legislación urbanística y el planeamiento aplicable, emitido por entidad colaboradora de la Administración (ECUV), debidamente registada en el Registro de entidades Colaboradoras de verificación y control de actuaciones urbanísticas (RECUV), conforme a lo dispuesto en el Decreto 62/2020, de 15 de mayo del Consell.

Observaciones:

•Si se estima necesaria la ocupación de la vía pública para la colocación de elementos auxiliares (vallado de protección, plataforma elevadora de pequeño tamaño, tijera, operaciones de carga y descarga …) deberá hacerse constar en la declaración responsable, describiendo los elementos a utilizar, delimitando la superficie a ocupar así como el tiempo de permanencia previsto.

La habilitación para la ocupación de la vía pública se entenderá incluida en la propia declaración responsable, salvo que afecte a la calzada, en cuyo caso previamente a su ocupación, se deberá emitir informe previo favorable por el Servicio de Movilidad Sostenible, a petición de este Servicio de Disciplina Urbanística, conteniendo las condiciones para proceder a dicha ocupación.

Cuando en la calzada se necesiten delimitar zonas de reserva para carga y descarga, vados provisionales o corte de tráfico rodado, con carácter previo al inicio de las obras de demolición, la persona/mercantil interesada deberá solicitar la pertinente autorización ante el Servicio de Movilidad Sostenible, mediante el procedimiento administrativo de “Zonas de reserva para carga y descarga en vía pública de materiales de obras y/o vados provisionales por obra/derribo” con abono de la tasa correspondiente.

La ocupación de la vía pública, derivada de la declaración responsable, conllevará el pago de la correspondiente tasa, incluirá vallado de protección y deberá ajustarse a los siguientes requisitos:

  • El espacio máximo que podrá ocuparse con la valla de protección estará en proporción con la anchura de la acera de la calle, sin que en ningún caso pueda abarcar más de 3 metros contados desde la línea de la fachada, ni rebasar los dos tercios de la acera, ni dejar espacio libre de obstáculos inferior a 1,20 metros.
  • En aquellos casos en que la anchura de la acera no permita dejar espacio libre de 1,20 metros, podrá excepcionalmente autorizarse la instalación de valla bajo las condiciones de garantía que determinen los Servicios Técnicos Municipales.
  • En ningún caso se permitirá que las vías públicas se vean afectadas por la instalación de elementos auxiliares para la ejecución de las obras de demolición que no se encuentren en el perímetro del vallado de protección de la misma.
  • En cualquiera de los vallados de protección de obras deberá garantizarse un sistema de fijación que permita asegurar la estabilidad y seguridad del mismo. En el caso de ocupar calzada deberán quedar perfectamente señalizados, con el conocimiento del Servicio de Circulación y Transportes.
  • En ningún caso, la instalación del vallado dificultará la visibilidad de la señalización de tráfico en general, tales como los semáforos, placas y señales informativas, ni impedirá el acceso a elementos de control del propio tráfico, tales como armarios, reguladores, detectores o a los mismos semáforos.
  • Una vez retirado el vallado de obra se repondrá el pavimento afectado en la vía pública en análogas condiciones a las que se encontraba antes de la instalación del mismo.

La propiedad comunicará por escrito a este Servicio con una antelación de 15 días, la fecha de inicio y el plazo para la ejecución de las obras.

Contenido mínimo del proyecto de demolición y vallado:

El Proyecto de Demolición y Vallado contendrá al menos la documentación siguiente:

• Descripción del edificio:

a) Funcional:- Número de plantas.

- Número de viviendas.

- Otros usos.

- Ocupación

b) Constructiva:

- Sistema estructural (número de crujías) .

- Descripción resto de elementos constructivos.

• Descripción del vallado que se realizará en la parcela resultante:

Las características del vallado de las parcelas que resultan de la ejecución de obras de demolición de inmuebles serán básicamente de dos tipos:

a) De fábrica de bloques de hormigón 20/20/40, hasta 2,60 metros de altura, apilastrat el interior y enfoscado el exterior, con puerta metálica opaca.

b) Con base de bloque de hormigón 20/20/40 hasta 1metro de altura y completando
su altura total con malla metálica del tipo simple torsión y puerta normalizada de malla de 1x2 metros.

• Según la situación del entorno urbano se podrá discriminar la idoneidad de un tipo u otro de cierre de parcela. La posibilidad de no poner vallado será excepcional en suelos urbanos consolidados, y dependerá tanto de la seguridad ciudadana como del tratamiento superficial de la parcela, y en cualquier caso, con el visto bueno de los servicios técnicos competentes.

Información Complementaria

Si el edificio tuviera algún nivel de protección, no cabe presentar declaración responsable para obras de demolición, dado que la demolición de edificios sujetos a licencia de intervención sólo puede autorizarse mediante ésta.


Caso que en el entorno de las edificaciones a demoler y/o dentro de la parcela en la que se encuentran las mismas, existieran ejemplares arbóreos, tendrá que notificarse dicha circunstancia en el Servicio competente en materia de jardinería del Ayuntamiento de València, quedando prohibido la tala o trasplante de los mismos, hasta la obtención de la correspondiente licencia municipal, de acuerdo con las Normas Urbanísticas del PGOU, arts 3.81 y 3.82, las Ordenanzas Municipales de Parques y Jardines.


En caso de existir elementos de fibrocemento susceptibles de demolición, deberá tenerse en cuenta la normativa vigente en cuanto a la manipulación,transporte y vertido de las mismas (R.D. 396/06 de 31/03/06 sobretreballs con riesgo de amianto, BOE 11/04/06, en vigor desde 11/10/06).

También tendrá que cumplir al R.D. 105/2008, de 1 de febrero, por el cual se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

Asimismo, se recuerda la obligación de colocar los postes que resultan necesarios provisionalmente (en tanto se produce la reedificación), para la sujeción de cables eléctricos o de telecomunicacions, en el interior de su parcela y accesible para su mantenimiento desde la vía pública.

El plazo máximo para la conclusión de las obras de demolición será de seis meses, a contar desde el día de la notificación a la persona/mercantil interesada de la conformidad municipal con la declaración responsable presentada.

No se admitirá ningún tipo de prórroga en las actuaciones urbanísticas que se tramiten a través de una declaración responsable, salvo paralización por fuerza mayor o justa causa.

Las modificaciones de las obras de demolición objeto de declaración responsable que supongan una alteración de las condiciones o características de las mismas, requerirán la previa presentación de una declaración responsable complementaria, acompañada de la autoliquidación de la tasa correspondiente. Si dicha modificación supone un aumento de su presupuesto, deberá presentarse autoliquidación complementaria del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso Extraordinario de revisión
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: No procede
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

  • Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
  • Rellene el formulario
  • Adjunte, en su caso, la documentación indicada
  • Presente y firme la solicitud

Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.

Atención telefónica
  • 010
  • 962082256 y 962082262

Se recomienda enviar correo electrónico a: secruinas@valencia.es para cualquier consulta previa a la presentación de la Declaración Responsable.

Legislación
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 4/1998, de la Generalitat Valenciana, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, en sus distintas modificaciones.
  • Decreto 62/2011, de 20 de mayo, del Consejo, por el cual se regula la declaració y el régimen de protección de los bienes de relevancia local (DOCVnúm. 6529 de 26/05/2011).
  • Real decreto legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texo refundido de la Ley del suelo y Rehabilitación Urbana.
  • Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje.
  • Decreto 62/2020, de 15 de mayo, del Consell, de regulación de las entidades colaboradoras de la Administración municipal en la verificación de las actuaciones urbanísticas y de creación de su registro.
Dónde dirigirse

SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA. SECCIÓN RUINAS: C/ Amadeo de Saboya, 11. Patio B, primera planta.Tel.: 963 525 478. Ext. 2256 de lunes a viernes de 9.00 a 13.00 h.

Se recomienda formular una consulta previa por escrito a través del correo electrónico secruinas@valencia.es para solicitar el asesoramiento del personal técnico municipal por lo que respecta a la elaboración de la documentación técnica y el asesoramiento administrativo por lo que respecta a la tramitación.

Oficinas para presentar
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: de Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
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