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Programa actuación integrada de gestión por las personas propietarias sin documentos de planeamiento
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
UR.AU.100
Descripción

Promover y desarrollar una o varias Unidades de Ejecución no incluidas en el Centro Histórico, de conformidad con el planeamiento vigente planificando su urbanización y gestión y asegurando la correcta integración de la actuación en su entorno por las personas propietarias de los terrenos.

¿Quién lo puede solicitar?

Sujetos definidos en el art. 120 del Texto refundido de la ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje aprobado por Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell.

a) A la persona propietaria única o a las personas propietarias de la totalidad de los terrenos de titularidad privada del ámbito del programa de actuación integrada.

b) A las personas propietarias de terrenos, a la agrupación de interés urbanístico o a las entidades mercantiles u otras personas jurídicas siempre que formulen y asuman la ejecución del programa de actuación integrada que dispongan de más del 60 por cien de la superficie de los terrenos del ámbito de la actuación descontados los suelos que ya sean de uso y dominio público.

c) A las personas propietarias de terrenos, a la agrupación de interés urbanístico o a las entidades mercantiles u otras personas jurídicas siempre que dispongan del 50 por cien de la superficie de los terrenos de la actuación descontados los suelos que ya sean de uso y dominio público y, además, obtengan la aceptación de los titulares de más del 40 por cien de las parcelas registrales privadas de dicho ámbito.

d) En el caso de actuaciones en el medio urbano, podrán actuar en régimen de gestión urbanística por personas propietarias los sujetos obligados a los que se refiere el artículo 17.5 del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre.

Requisitos

Los requisitos señalados en el art. 120 del Texto refundido de la ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje aprobado por Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell.

Cuándo solicitarlo

En cualquier momento, siempre que el ámbito a programar disponga de ordenación pormenorizada.

Documentación a presentar

En todos los casos:

  • Impreso de solicitud que puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página, si la solicitud se realiza presencialmente, acompañado de la documentación que se indica
  • Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Programa actuación integrada de gestión por los propietarios sin documentos de planeamiento:
    • Solicitud de inicio:

      Se tendrá que presentar la documentación requerida en los procedimientos de gestión por las personas propietarias sin planeamiento señalados en la Guía de Procedimiento para la aprobación de los PAIS del Ayuntamiento de València.

       

Actuaciones a realizar por la persona solicitante

Cita previa opcional.

Presentación de la solicitud acompañada de la documentación correspondiente

Información Complementaria

La documentación necesaria para la continuación del procedimiento una vez se ha admitido a trámite viene definida en la Guía de Procedimiento para la Aprobación de los Programas de Actuación Integrada en el Ayuntamiento de Valencia

***

Plazo Máximo Resolución: De acuerdo con el que establece el artículo 124 de la TRLOTUP, en relación al que prevé el capítulo III, del Título III del Libro Y de la mencionada ley siguiendo las determinaciones del artículo 61, pero sin necesidad de realizar las actuaciones previstas en los artículos 52 y 53 relativas a la fase previa de evaluación ambiental territorial y estratégica

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Artículo 127 del Texto refundido de la ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje aprobado por Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell.
Plazo máximo de resolución: Más de 6 meses
El Alcalde resolverá sobre la admisión a trámite en el plazo de 1 mes El Pleno resolverá sobre la adjudicación del PAI en un procedimiento que dura más de 6 meses
* Ver información complementaria.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

  • Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
  • Rellene el formulario
  • Adjunte la documentación requerida
  • Presente y firme la solicitud

Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.

Atención telefónica

010

963525478

Legislación
  • Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, que aprueba el Texto Refundido de la ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.
  • Texto refundido de la ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje aprobado por Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público.
  • Guía de Procedimientos para la aprobación de los PAIS en el Ayuntamiento de Valencia.
Oficinas de información
  • SERVICIO DE ASESORAMIENTO URBANÍSTICO Y PROGRAMACIÓNAmadeo de Saboya, 11. Primera plantaTel.: 96.352.54.78 Ext. 3442/3446Fax: 96.353.99.36De 8:30 a 14:00 horas de lunes a viernes
Oficinas para presentar
  • SERVICIO DE ASESORAMIENTO URBANÍSTICO Y PROGRAMACIÓNAmadeo de Saboya, 11. Primera plantaTel.: 96.352.54.78 Ext. 3442/3446Fax: 96.353.99.36De 8:30 a 14:00 horas de lunes a viernes
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