Trámite para realizar obras y abrir una actividad de alojamiento turístico mediante declaración responsable de obras con certificación ECUV, en edificios protegidos, cuando la actividad esté sujeta al régimen de comunicación de actividad inocua.
Antes de presentar la declaración responsable de obras, deberá solicitar y obtener el certificado de compatibilidad urbanística favorable o, en su defecto, haberlo solicitado con una antelación mínima de un mes, salvo en los casos previstos legalmente.
Este procedimiento se regula, entre otra normativa, por la Ley 6/2014, de 25 de julio, de prevención, calidad y control ambiental de actividades en la Comunitat Valenciana.
Uso de Alojamiento Turístico (THO): Incluye las actividades de alojamiento temporal sujetas a la normativa turística, desarrolladas en establecimientos abiertos al público, con o sin servicios complementarios.
Se distinguen los siguientes tipos de uso:
- THO1. Establecimientos hoteleros: hoteles, hoteles-apartamento, hoteles-balneario, hostales y pensiones.
- THO2. Campings y áreas de pernocta: campings, campamentos de turismo de uso colectivo y áreas de pernocta para autocaravanas.
- THO3. Viviendas y apartamentos turísticos:
- THO3a. Viviendas de uso turístico.
- THO3b. Bloques y conjuntos de apartamentos turísticos.
- THO4. Alojamientos turísticos rurales y albergues:
- THO4a. Albergues turísticos.
- THO4b. Alojamientos turísticos rurales.
⚠️ La tramitación de este procedimiento requiere disponer previamente de informe de compatibilidad urbanística, que deberá obtenerse mediante el procedimiento específico habilitado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de València: 🔗 Compatibilidad urbanística
No se debe aportar documentación en este procedimiento, al tramitarse de forma independiente.
Puede solicitar este trámite cualquier persona física o jurídica que desee implantar una actividad de alojamiento turístico en el municipio de Valencia.
Antes de presentar la declaración responsable de obras deberá:
- Solicitar y obtener un certificado de compatibilidad urbanística favorable; o bien
- Acreditar que solicitó dicho certificado hace más de un mes.
Este requisito no será necesario cuando la verificación del cumplimiento de la normativa se realice mediante un organismo de certificación administrativa (OCA) o una entidad colaboradora inscrita en el Registro de entidades colaboradoras de verificación y control de actuaciones urbanísticas de la Generalitat Valenciana.
Antes de iniciar las obras y antes de implantar la actividad.
La solicitud deberá presentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de València.
Deberá aportar el modelo normalizado de solicitud de licencia, declaración responsable o comunicación, debidamente cumplimentado por la persona interesada o su representante, junto con la siguiente documentación:
- Documento Nacional de Identidad (DNI), en el supuesto de que el modelo normalizado se presente por persona física sin utilizar medios electrónicos.
- Documento acreditativo de la representación de persona física y DNI del representante, en el supuesto de que se actúe mediante representante y este no opto por la presentación mediante medios electrónicos.
- Título constitutivo de la persona jurídica y documento acreditativo de su representación.:
cuando el modelo normalizado se presente por persona jurídica.
- Autoliquidación y justificante de pago de la tasa de actuaciones urbanísticas:
quan el procediment estiga subjecte a esta.cuando el procedimiento esté sujeto a esta.
- Autoliquidación y justificante de pago del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO):
cuando la actuación esté sujeta a este.
- Informes o autorizaciones preceptivas exigidas por la normativa sectorial:
en caso de no acompañar visado colegial, se tendrá que acompañar modelo de declaración responsable de personal técnico.
- Si el emplazamiento se encuentra incluido en los ámbitos y entornos de un Bien de Interés Cultural (BIC):
autorización preceptiva de la Consellería competente.
- Si el emplazamiento se encuentra en una Área de Vigilancia Arqueológica (AVA), autorización preceptiva emitida por la Consellería competente.
- Proyecto básico, de ejecución de las obras y de la actividad subscrito por técnico competente:
cuando se trate de actuaciones indicadas en el artículo 233.2 a) y c). En caso de no aportarse visado por el Colegio Oficial correspondiente, tendrá que rellenarse la Declaración responsable de técnicos competentes.
El proyecto tendrá que tener el contenido previsto en el Anexo III. A) de la vigente ordenanza de Licencias Urbanísticas y de Actividades y otros títulos Habilitando y reflejar la edificación existente y la reforma que se presente. En todo caso tiene que figurar como Anexo y Anexo respectivamente:
- Estudio de Gestión de Residuos de construcción y demolición, según el artículo 4.2 del Real Decreto 105/2008 de 1 de febrero sobre la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, subscrito por persona técnica competente y firmado por la persona promotora.
- Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud, según proceda , subscrito por técnico competente. En el supuesto de no aportarse visado por el Colegio Oficial correspondiente, tendrá que rellenarse la Declaración responsable de técnicos competentes.
- Cuestionario estadístico del Ministerio de Fomento:
Orden de 29-5-89) sobre estadísticas de edificación y vivienda (BOE n.º 129 del 31-5-89).
- Esquema Técnico Justificativo:
descriptivo de las principales características del proyecto, de acuerdo con modelo normalizado municipal.
- Anexo patrimonial del edificio:
objeto de la actuación, que incluya el contenido especificado en el documento “Contenido del Anexo Patrimonial”.
- En su caso, documentación que justifico los elementos auxiliares a utilizar en el ámbito de la obra, subscrita por técnico competente
- En general, toda la documentación tendrá que ser subscrita por técnico competente
- Certificados de conformidad ECUV
1.- Tasa de actuaciones urbanísticas (por las obras a realizar):
Plazo de ingreso: Previamente a la presentación de la declaración responsable.
Cuantía: La detallada a continuación, que se calculará en función del presupuesto de ejecución material de la obra :
Tasas:
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Hasta 6.010,12 € |
140,90 €. |
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Mayor de 6.010,12 y hasta 30.050,61€
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253,54€. |
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Mayor de 30.050,61 y hasta 60.101,21€ |
751,31 €. |
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Mayor de 60.101,21 y hasta 150.253,03€ |
1.638,97 € |
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Mayor de 150.253,03 y hasta 300.506,05€ |
3.756,28 €
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Mayor de 300.506,05 y hasta 601.012,10€
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7.982,11 €
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Mayor de 601.012,10€
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Se abonará 10.048,02 euros, más el importe resultante de multiplicar por 9,66 el exceso sobre 601.012,10 €, considerando fracciones de 6.010,12 €.
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2.- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:
Cuantía: 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.
Plazo de ingreso: Con caracter previo a la presentación de la declaración responsable.
Para exenciones, reducciones o bonificaciones sobre las cuantías señaladas: Estar a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal relativa a las Tasas por prestación de los servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas y a la Ordenanza-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, del Ayuntamiento de Valencia, en el apartado de Ordenanzas.
El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.
La tramitación consta de tres fases:
- Fase prevía: solicitud de certificado de compatibilidad urbanística.
Resulta preceptivo solicitar la expedición de un informe y certificado municipal acreditativo de la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico y, si procede , con las ordenanzas municipales relativas a este, en los términos regulados en el artículo 22 de la LPCCAA.
Mientras no se obtenga el certificado de compatibilidad favorable o, en defecto de esto, haya transcurrido un mes de la fecha de solicitud en el registro municipal, no se podrá presentar la declaración responsable d’abres.
Esta obligación no será aplicable cuando el solicitante de título habilitante ambiental opto por la verificación del cumplimiento de los requisitos normativos (certificado B1) realizada por un organismo de certificación administrativa (OCA De ahora en adelante) o entidad colaboradora de l’administración inscritas en lo registre d’entidades colaboradoras de verificación y control d’actuaciones urbanísticas de la Generalitat.
- Fase de obras:
- El solicitante presentará el modelo normalizado de declaración responsable en el registro electrónico del Ayuntamiento de València, acompañado de la documentación mínima exigible de acuerdo con la legislación y ordenación urbanística y sectorial y el anexo de esta ordenanza.
Se comprobará que la actividad solicitada no se encuentra en una zona saturada o que el propio alojamiento determina su saturación, salvo que se encuentre incurso en algunos de los supuestos d’excepción previstos en la regulación d’alojamientos turísticos del PGOU y se procederá a la inscripción provisional en el CATAV. Si se encuentra en una zona saturada se dictará una resolución de imposibilidad de iniciar o continuar con las obras o actuaciones objeto de la declaración para implantar la actividad de alojamiento turístico.
-El promotor, una vez presentada en el registro electrónico la declaración responsable en los términos del artículo anterior, estará habilitado para el inicio inmediato de la actuación, sin perjuicio de las potestades municipales de comprobación, control e inspección de los requisitos habilitantes para el ejercicio del derecho y de la adecuación de lo ejecutado al contenido de la declaración.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore en la declaración responsable, o la no presentación ante la administración competente de esta, así como la sujeción de la actuación a licencia urbanística u otro título habilitante, determinará que, del momento en que se tenga constancia de tales hechos, se dicte resolución administrativa acordando la imposibilitado de iniciar o continuar las obras o actuaciones objeto de la declaración, sin perjuicio de las responsabilidades al hecho que correspondiera.
- Fase de apertura:
Una vez finalizadas las obras, l’interesado presentará el modelo normalizado de comunicación de actividad inocua en el registro electrónico de l’Ayuntamiento, acompañado de la documentación mínima exigible por la legislación ambiental, sectorial, urbanística y anexo y de esta ordenanza.
- Para determinar si la obra se tramita como declaración responsable o está sujeta a licencia, habrá que tener en cuenta los artículos 232 y 233 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consejo d’aprobación del texto refundido de la Ley d’ordenación del territorio, urbanismo y paisaje.
- Las actividades sujetas a normativa ambiental es preceptivo solicitar informe de compatibilidad urbanística, acreditativo de la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico y, si procede , con las ordenanzas municipales.
- Para determinar el instrumento de intervención al cual está sujeta la actividad se tendrán que consultar los anexos II e iII de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de prevención, calidad y control ambiental de actividades de la Comunidad Valenciana:
Comunicación de actividad inocua: se tramitarán las actividades que incluidas, atendiendo su escasa incidencia ambiental, en el anexo III de la mencionada Ley.
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
- Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Realizar la solicitud en línea con firma digital
Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
- Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
- Rellene el formulario
- Adjunte, en su caso, la documentación indicada
- Presente y firme la solicitud
Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.
- Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consejo d’aprobación del texto refundido de la Ley d’ordenación del territorio, urbanismo y paisaje.
- Ley 39/2015, de 1r d’octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Ley 6/2014, de 25 de julio, de prevención, calidad y control ambiental de actividades en la Comunidad Valenciana
- SERVICIO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS OBRAS DE EDIFICACIÓN.Amadeo de Saboya, 11. Patio B, segunda plantaNo se dispone de atención presencial. Para cualquier cuestión se deberá dirigir al correo electrónico:consultaslicencias@valencia.es
- REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
- OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet. Calle del Campament 64 (Benimàmet)Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdeloest@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo en el teléfono 963 013 023jmpoblesdelsud@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
- JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
- ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
- ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
- ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.hornodealcedo@valencia.es
- ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
- ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.latorre@valencia.es
- ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
- ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
- Y POR EL RESTO DE VÍAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 16.4 DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS--