ePrivacy and GPDR Cookie Consent by Cookie Consent
Solicitud de autorización para la tenencia de animales potencialmente peligrosos
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
SA.SV.20
Descripción

Solicitar la autorización para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Son potencialmente peligrosos los siguientes animales:

a) Perros (con más de 3 meses de edad) de las siguientes razas:

  • AMERICAN PIT BULL TERRIER
  • AMERICAN STAFFORDSHIRE TERRIER
  • AKITA INU
  • BULLMASTIF
  • BULL TERRIER
  • DOBERMAN
  • DOGO ARGENTINO
  • DOGO DE BURDEOS
  • FILA BRASILEñO
  • MASTíN NAPOLITANO
  • PERRO DE PRESA CANARIO
  • PERRO DE PRESA MALLORQUIN
  • ROTTWEILER
  • STAFFORDSHIRE BULL TERRIER
  • TOSA INU

b) Perros que sean cruce de las anteriores razas entre sí, o con otras razas, obteniendo una tipología similar a alguna de estas razas, asi como aquellos cuyas características se correspondan con todas o la mayoría de las que figuran en el Anexo II del Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo, que desarrolla la Ley 50/99, del Régimen Jurídico de Animales Potencialmente Peligrosos, salvo las excepciones referentes a perros guía o de asistencia, conforme condiciones establecidas en el citado RD.


c) Perros que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales. La potencial peligrosidad habrá de ser apreciada por la autoridad competente, previo informe de un veterinario, oficial o colegiado, designado o habilitado por la autoridad competente autonómica o municipal.


d) Animales de la fauna salvaje:


- Clase de los reptiles: todos los cocodrilos, caimanes y ofidios venenosos, y del resto todos los que superen los 2 kilogramos de peso actual o adulto.
- Artrópodos y peces: aquellos cuya inoculación de veneno precise de hospitalización del agredido, siendo el agredido una persona no alérgica al tóxico.
- Mamíferos: aquellos que superen los 10 kilogramos en estado adulto.

¿Quién lo puede solicitar?

Las personas residentes en València que deseen ser titulares de animales potencialmente peligrosos.

Requisitos
  • Ser mayor de edad y no estar incapacitada para proporcionar los cuidados necesarios al animal.
  • No haber sido condenada por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, de asociación con banda armada o de narcotráfico, así como ausencia de sanciones por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Cuándo solicitarlo
  • En el caso de perros: antes de que cumplan tres meses de vida o un mes desde la adquisición.
  • En los demás casos: antes de poseer el animal.
Documentación a presentar

  • Presentación presencial: Se deberá completar el modelo normalizado de solicitud, que se puede descargar en el apartado Impresos de esta página, y presentar junto al justificante de pago de la tasa (ver apartado Tasas) y la documentación que se detalla a continuación.
  • Presentación en esta Sede Electrónica: Se completará el formulario después de pulsar el botón Iniciar trámite y se adjuntará la documentación que se indica. La presentación finalizará con la firma electrónica de la solicitud.

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Solicitud de licencia inicial:
    • DNI o tarjeta de extranjero de la persona que vaya a ser titular del animal (siempre mayor de edad)
    • Declaración firmada de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las previstas en el artículo 13.3 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre
    • Documento completo de condiciones generales, particulares, especiales, y cualesquiera otras que le entregue la compañía aseguradora respecto al aseguramiento del riesgo de tenencia de estos animales:

      en que conste una cobertura mínima de 120.000 euros (sea cual sea el número de siniestros/año que se puedan producir). Respecto al seguro de responsabilidad civil.

      El seguro, sea cual sea su modalidad, debe cubrir la responsabilidad civil por los daños a terceros que pueda causar el animal (sin que pueda excluirse de la condición de terceros a cualquier persona que no sea parte en el contrato (propietario del animal y tomador por un lado, y compañía aseguradora por otro).

      La póliza cubrirá los daños causados a terceros en los términos establecidos en el articulo 3º del Decreto 145/2000, por el que se desarrolla en la Comunidad Valenciana la Ley 50/1999 de 23 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, y en el articulo 1.905 del Código Civil.

      Se presentará este documento por cada animal para el que se solicite la licencia.

    • Certificado de aptitud psicológica y aptitud física:

      similar a los que se expiden para la posesión de armas de fuego.
      Los certificados se solicitan y obtienen en los Centros de Reconocimiento acreditados según Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores. El certificado debe ser expedido por la persona directora del centro.

    • Recibo de pago en el que conste el número de póliza, la compañía aseguradora y el período de vigencia del seguro
    • Inscripción del animal en el RIVIA (ver trámite correspondiente):

      se presentará este documento por cada animal para el que se solicite la licencia.

    • Cartilla sanitaria o pasaporte del animal, actualizados:

      se presentará este documento por cada animal para el que se solicite la licencia.

    • Solicitud firmada de antecedentes penales, que gestionará el Ayuntamiento:

      documento disponible en el apartado "Impresos" para descargar, rellenar y adjuntar en este mismo trámite.

    • Resguardo acreditativo del pago de la tasa, excepto en el caso de presentación a través de la Sede Electrónica:

      Si la presentación se efectúa a través de la Sede Electrónica, se liquidará la tasa al cumplimentar el formulario de trámite.

  • Solicitudes anuales. Para mantener la vigencia de las licencias durante los 5 años siguientes a su concesión:
    • Actualización de la cartilla sanitaria del animal, o de su pasaporte
    • Recibo del pago anual del seguro, en que conste claramente el número de póliza y la compañía aseguradora:

      el cambio de ésta, o de las condiciones puede determinar pérdida de vigencia de la licencia

    • Carné de licencia expedido
  • Solicitudes de renovación cada 5 años. Con antelación de 3 meses a la fecha de terminación de la vigencia de la licencia concedida:
    • DNI o tarjeta de extranjero de la persona que solicita la renovación
    • Carné de licencia expedido
    • Declaración firmada de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las previstas en el artículo 13.3 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre
    • Cartilla sanitaria o pasaporte del animal
    • Nuevo documento completo de condiciones generales, particulares, especiales, y cualesquiera otras que le entregue la compañía aseguradora del aseguramiento del riesgo de tenencia de estos animales:

      en que conste una cobertura mínima de 120.000 euros (sea cual sea el número de siniestros/año que se puedan producir).

      Se aportará solo si ha cambiado de compañía o tipo de póliza, respecto al seguro de responsabilidad civil.

    • Certificado de aptitud psicológica y aptitud física:

      similar a los que se expiden para la posesión de armas de fuego.
      Los certificados se solicitan y obtienen en los Centros de Reconocimiento acreditados según Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores. El certificado debe ser expedido por la persona directora del centro.

    • Recibo de pago en el que conste que el seguro está en vigor
    • Solicitud de antecedentes penales para la licencia de tenencia de animales potencialmente peligrosos (solicitud que será gestionada en su totalidad, por la Sección Administrativa):

      documento disponible en el apartado "Impresos" para descargar, rellenar y adjuntar en este mismo trámite.

    • Resguardo que acredite el pago de la tasa
Tasas
Tasa por prestación de servicios de sanidad

Tramitación telemática

Si presenta su solicitud desde esta Sede electrónica, tendrá la posibilidad de:

  • Pagar la tasa en el mismo trámite, mediante tarjeta bancaria o bizum.
  • Si ya ha pagado la tasa con anterioridad, indicar el localizador de la tasa y, en su caso, adjuntar el justificante de pago.

Tramitación presencial

Si tramita su solicitud de forma presencial, previamente tendrá que autoliquidar la tasa desde aquí.

El justificante de pago deberá adjuntarse, en el momento de la presentación, con el resto de la documentación necesaria para el trámite.


Tasas por prestación de servicios de sanidad

El modelo de autoliquidación asociado a esta tasa es el A202 - Concesión y renovación de licencia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Puede simular la autoliquidación aquí.

Actuaciones a realizar por la persona solicitante

1. Solicitar y obtener la licencia antes de poseer el animal.

2. Una vez concedida la licencia, anualmente se deberá presentar una solicitud adjuntando la documentación señalada, al objeto de mantener la vigencia de la misma.

3. Cada cinco años, se deberá renovar la licencia otorgada.

En el caso de los perros deberá, simultáneamente, solicitarse la inscripción en el Censo Canino Municipal.

Información Complementaria

Las licencias tienen vigencia por 5 años, pero cada año deberá presentarse por Registro de entrada la documentación indicada arriba, para mantener la vigencia de la misma.

Las renovaciones de la licencia deben solicitarse con 3 meses de antelación a la fecha de fin de la vigencia quinquenal.

Los perros potencialmente peligrosos deben circular siempre por vías y espacios públicos sujetos con correa corta (menos de 2 metros y no extensible), con el bozal puesto y en ningún caso conducidos por menores de edad.

La posesión de un animal sin la tenencia de la correspondiente Licencia dará lugar al inicio de expediente sancionador y al decomiso del mismo por el Ayuntamiento de Valencia, hasta su legalización.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: No procede
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de otra persona, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite).

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.
  • En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.
Legislación
  • Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
  • Ley 2/2023, de 13 de marzo, de Protección, Bienestar y Tenencia de animales de compañía y otras medidas de bienestar animal.
  • Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
  • Decreto 145/2000, de 26 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula, en la Comunidad Valenciana, la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Oficinas de información
  • SERVICIO DE SANIDAD. SECCIÓN ADMINISTRATIVA.Amadeo de Saboya, 11. Patio A, planta bajaTel.: 96.352.54.78, Ext.: 2330 2329, 2331, 2341, 2347, 2351,.
Oficinas para presentar
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
Ir a inicio de página