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Subsanación solicitud pruebas selectivas, Subgrupo A1 por estabilización
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
PE.AF.320
Descripción

Subsanación de la solicitud de participación en la convocatoria de estabilización por CONCURSO OPOSICIÓN, SUBGRUPO A1, por defectos de los y de las aspirantes excluidos/as. Según los casos, proceder al abono del 50% o 100% de la tasa no ingresada en su solicitud, o en su caso, aportar documentación justificativa de la bonificación indicada en esta. Así mismo, podrá sugerir o reclamar cualquier otra circunstancia pertinente que estime oportuna, aportando la documentación acreditativa, en relación con la solicitud de admisión relacionada en las bases de la convocatoria.

Listas provisionales de personal admitido y excluido: Anuncio BOP / Tablón de edictos 16/04/2024 (elegir la categoría profesional correspondiente del subgrupo A1).

Las Bases de las convocatorias y toda la información relativa al proceso de selección (listas de personal admitido, tribunales, etc.) pueden consultarse en la página web municipal / trámites / oposiciones / estabilización por concurso-oposición: elegir la categoría profesional correspondiente del subgrupo A1


Categorías profesionales: AGENTE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL; ARQUEÓLOGO/A; ARQUITECTO/A; BIÓLOGO/A; ECONOMISTA; INFORMÁTICO/A; INGENIERO/A TELECOMUNICACIONES; LETRADO/ADA; MÉDICO/A ANALISTA; PERIODISTA, PROFESOR/A BANDA CLARINETE; PROFESOR/A MÚSICA TROMPA; PSICÓLOGO/A; TÉCNICO/A ADMINISTRACIÓN GENERAL; y VETERINARIO/A.


SE OMITE DE ESTE TRAMITE LAS SIGUIENTES INCIDENCIAS:

OMISIONES: Aquellas personas que iniciaron la tramitación sin finalizarla, y no aparecen en la relación de admitidas y excluidas, habiendo rellenado el formulario, aportando el anexo y la documentación justificativa, así como el pago de la tasa por derechos de examen, dentro del plazo de presentación de instancias para la participación en los citados procesos.

CAIDA DEL SERVICIO DE PAGO ELECTRONICO DE LA TASA: Las personas que hayan manifestado verse perjudicadas por la caída del servicio en la plataforma de pago electrónico, durante las últimas horas del plazo de la convocatoria día 28 de junio de 2023, y que tienen pendiente el pago y de finalizar su solicitud de participación en los citados procesos.


Las citadas incidencias no se subsanaran por este trámite electrónico, por tanto se darán las oportunas instrucciones mediante anuncio al objeto de finalizar su tramitación por la Sede Electrónica, ubicado en la página web municipal / trámites / oposiciones / estabilización por concurso-oposición / seguidamente elegir la categoría profesional correspondiente.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas excluidas en la publicación de las listas provisionales.

Requisitos

Las personas participantes en la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerlos hasta la incorporación efectiva o toma de posesión, tal como indican las bases específicas del proceso selectivo:

a) Poseer la nacionalidad española o, tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o la de cualquiera de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras en los términos en que ésta se halla definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea; ser cónyuge de españoles/as y de nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho, o ser sus descendientes o los/las de su cónyuge menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.

b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las funciones de los puestos de trabajo convocados vinculados a las plazas objeto de la convocatoria.

d) No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión de la titulación requerida para cada una de las plazas, relacionada en el Anexo I (Bases específicas), de conformidad con la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de València o su equivalencia, o en condiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

En todo caso, la equivalencia de titulaciones deberá ser aportada por quien participe mediante certificación expedida a este efecto por la Administración educativa competente en cada caso, así como las titulaciones actuales a las que hayan resultado homologadas. En el caso de títulos expedidos en el extranjero, se requerirá acreditar la homologación del mismo.

Asimismo, estar en posesión de los permisos de conducir señalados en la Relación de Puestos de Trabajo o en condiciones de obtenerlos en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

En todo caso, el desempeñar o haber desempeñado previamente la plaza convocada no exime de este requisito.

f) Las personas aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad, además de reunir los requisitos generales exigidos, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera, debiendo acreditar esta circunstancia una vez superado el proceso selectivo.

g) En el supuesto de acceso a las categorías que impliquen contacto habitual con menores y para el ejercicio de las mismas (Auxiliar de Servicios, Educador/a Infantil, Maestro/a Educación Infantil, Maestro/a Educación Primaria, Oficial Servicios, Profesor/a Música Trompa, Psicólogo/a, Subalterno/a, Técnico/a Auxiliar Servicios Sociales, Técnico/a Educador/a Social, Técnico/a Gestión Patrimonio Histórico y Cultura, Técnico/a Medio Servicios Sociales, Técnico/a Medio trabajo Social), se requerirá la aportación de certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, de no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por la trata de seres humanos.

h) Abonar los derechos de examen correspondientes según el grupo de clasificación profesional, de conformidad con la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación de servicios administrativos en pruebas y expedientes de selección de personal del Ayuntamiento de València.

Salvo que se esté ocupando de forma temporal en esta Corporación la plaza a la que se aspira, no podrán concurrir al presente proceso selectivo aquellas personas que ostenten la condición de personal funcionario de carrera o personal laboral fijo en la categoría objeto de la convocatoria en el Ayuntamiento de València.

Cuándo solicitarlo

El plazo será de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las listas provisionales de personas admitidas y excluidas en el BOP.

Publicación BOP: Martes 16 de abril de 2024 - Boletín Nº 73


Plazo de solicitud: del día 17/04/2024 hasta el 30/04/2024 ambos inclusive.
Documentación a presentar

La solicitud se presenta en esta sede Electrónica. Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “iniciar trámite” y se adjuntarà, en su caso, la documentación correspondiente.

En caso de aportar mediante sede varios documentos como archivos separados se tendrá que continuar aportando mediante “Documentación adicional”, una vez iniciado el trámite.

Documentación para todos los casos:
  • En su caso, documentación justificativa de bonificación de la tasa
  • En su caso, cualquier otra documentación que subsane el motivo de la exclusión o le sea requerida
Tasas
Derechos de examen

Tarifa para el acceso al Grupo A1:

  • El 100% es de 46,87.- Tarifa/Euros.
  • El 50% es de 23,44.- Tarifa/Euros.

Derecho a bonificaciones según se contempla al Art. 6 de la Ordenanza.


Tasas por prestación de servicios administrativos en pruebas y expedientes de selección de personal


Información Complementaria

No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no obtenidos, ni justificados ni presentados correctamente durante el plazo de presentación de instancias. Los méritos se valorarán según el apartado septimo de las bases específicas.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
De conformidad con el art. 24.1 y 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud de subsanación en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, durante un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de las bases en el BOP de València. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

La presentación electrónica de la instancia requerirá el cumplimiento sucesivo de los siguientes pasos:

  • La cumplimentación del formulario en línea.
  • En su caso, documentación que subsane la justificación de la bonificación, o en su caso, cualquier otra documentación que subsane el motivo de la exclusión o le sea requerida.
  • En su caso, el pago electrónico de la tasa correspondiente.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud. La firma de la instancia conlleva la declaración responsable del cumplimiento de todos los requisitos exigidos en la convocatoria, así como, de mantenerlos hasta la incorporación efectiva.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

010

96 352 54 78 Ext. 4814, 4844, 4851, 4853, 5708, 5730, 4810, 4821 y 4854

Legislación

- Bases específicas que han de regir la convocatoria del concurso-oposición para la cobertura de 548 plazas en el marco de estabilización del empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Modificación de las bases específicas, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de sesión de 3 de marzo de 2023. Modificación mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión de 2 de febrero de 2024 (Publicación BOP nº 37, de 21 de febrero de 2024)

- Bases generales que regirán los procesos selectivos para el acceso a la función pública en el Ayuntamiento de València. Modificación mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión de 03/03/2023 de las bases generales (Publicación BOP nº 52, de 15 de marzo de 2023). Modificación mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesiones de 21 de abril y de 12 de mayo de 2023 (Publicación BOP nº 113, de 13 de junio de 2023). Modificación mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión de 2 de feberero de 2024 (Publicación BOP nº 37, de 21 de febrero de 2024).

El presente proceso selectivo se regirá, en lo no previsto por las Bases específicas que han de regir la convocatoria de concurso-oposición para la cobertura de 548 plazas en el marco de estabilización del empleo temporal, por las Bases Generales que rigen los procesos selectivos para el acceso a la función pública en el Ayuntamiento de València, por la normativa básica estatal sobre la Función Pública contenida en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 30/84, de 2 de agosto, en lo que resulte vigente; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, en lo que resulte vigente; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, así como por la normativa autonómica valenciana sobre Función Pública: y demás normas reglamentarias.

Dónde dirigirse

Tlf.: 010

Tlf.: 96 352 54 78

Web municipal y Tablón de edictos

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