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Concurso para la convocatoria de estabilización de Agentes de Policía Local
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
PE.AF.245
Descripción

La provisión en propiedad de tres plazas de Agente de la Policía Local derivadas de la Oferta de Empleo Público de 2016, según modificación de las bases mediante consolidación de empleo temporal, derivadas de la Oferta de Empleo Público de 2016, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 26 de mayo de 2017, con la finalidad de adaptarlas al marco normativo actual de estabilización regulado en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en cuanto al sistema de selección por concurso y al Decreto 172/2022, de 14 de octubre, del Consell, que regula el sistema de selección en los procesos de estabilización de empleo temporal en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Valenciana.

Las plazas corresponden a la Escala de Administración Especial, Subescala: Servicios Especiales, Clase: Policía Local y sus auxiliares, Escala Básica, grupo C1 de titulación.

Las Bases de las convocatorias y toda la información relativa al proceso de selección (listas de admitidos, tribunales, etc.) pueden consultarse en la página web de Oposiciones / Seguimiento de oposiciones / AGENTE POLICÍA LOCAL (Proceso Estabilización).

¿Quién lo puede solicitar?

Todas aquellas personas que cumplan los requisitos señalados en las bases específicas de la convocatoria de concurso para proveer en propiedad 3 plazas de Agentes de Policía Local de València (estabilización de empleo temporal Disposiciones Sexta y Octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

Requisitos

El personal aspirante que participe en la presente convocatoria deberá poseer los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerlos hasta la incorporación efectiva:

a) Tener la nacionalidad española.

b) No tener una inhabilitación por sentencia firme para el ejercicio de la función pública, ni de separación del servicio de ninguna administración pública mediante expediente disciplinario.

c) Carecer de antecedentes penales.

d) Estar en posesión del título de Bachiller o técnico o, en su caso, de la titulación equivalente, de acuerdo con la legislación básica del Estado, o cumplidas las condiciones para obtenerlo, en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.

e) Tener al menos dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

f) Comprometerse, mediante declaración responsable, a portar armas de fuego, y si es preciso, utilizarlas.

g) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A2, regulados en el Reglamento general de Conductores (Real decreto 818/2009, de 8 de mayo).

h) No sufrir enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con las exclusiones médicas establecidas en el anexo II del Decreto 179/2021.

i) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,58 metros las mujeres.

Cuándo solicitarlo

20 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Publicación BOE: miércoles 22 de febrero de 2023, Núm. 45


Plazo de solicitud: del día 23/02/2023 hasta el 22/03/2023 ambos inclusive.
Documentación a presentar

La solicitud (en la que habrá que indicar expresamente la categoria a la que se aspira) se presenta en esta Sede Electrónica. Una vez se haya pulsado el botón “Iniciar trámite”, se cumplimentará el formulario, se adjuntarà la documentación que se indica, se formalizará el pago de la tasa correspondiente y, se procederà a la firma del formulario y su registro electrónico.

Documentación para todos los casos:
  • Curriculum vitae
  • Documentación acreditativa de los méritos alegados por la persona aspirante junto a un índice de los mismos (ambos ordenados cronológicamente):

    en caso de falsedad o manipulación en algún documento, podrán decaer en el derecho a participar en esta convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiere lugar.

    Para aquellos documentos que la persona aspirante conserve en soporte papel, deberá hacer la conversión a documento digital mediante el escaneado, evitando la resolución en alta calidad, de manera que no sobrepase el límite por archivo de 15 megas.

    En los supuestos de cursos realizados por el Plan de Formación municipal del Ayuntamiento de València, mediante el siguiente enlace de Portal-Forma, se podrá obtener un certificado en soporte electrónico del histórico de formación personal al objeto de incorporarlo a la solicitud, con la opción de filtrado según convenga por la persona usuaria. ENLACE PORTALFORMA.

    La aportación a la solicitud del referido certificado supone su validación en los términos de la bases de la convocatoria.

    En caso de no estar en situación activo/a en el Ayuntamiento y no disponer de número de usuario/a para acceder a las aplicaciones corporativas, se podrá acceder al "histórico de cursos" a través del trámite "Formación", en Sede Electrónica, materias: "Personal". Cualquier formación realizada en fecha 1999 o años anteriores no consta en el histórico, por lo que deberá aportarse en los mismos términos que si de una formación externa se tratase.

    En caso de haber indicado experiencia en esta Corporación, se acreditará por los servicios municipales correspondientes. Será responsabilidad del aspirante la veracidad de los datos indicados, en los casos que esta no se pueda acreditar.

    No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no obtenidos, ni justificados ni presentados correctamente dentro del plazo de presentación de instancias.

    Las personas aspirantes se responsabilizan expresamente de la documentación aportada. En caso de falsedad o manipulación en algún documento, podrán decaer en el derecho a participar en esta convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiere lugar.

    En los supuestos de presentar la documentación en más de un archivo (Máx. 15 megas/archivo), podrá adjuntar el resto en la opción "Documentación adicional", una vez iniciado el trámite.

Tasas
Derechos de examen

Tarifa para el acceso al Subgrup A1, es de 35,97.- Tarifa/Euros

Derecho a bonificaciones según se contempla al Arte. 6 de la Ordenanza.


Tasas por prestación de servicios administrativos en pruebas y expedientes de selección de personal


Actuaciones a realizar por la persona solicitante

En resumen, se rellenará el formulario, se adjuntará la documentación que se indica, se formalizará el pago de la tasa correspondiente y, se procederá a la firma del formulario y su registro electrónico.

Consiguientemente, se dirigirán a la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de València y se presentarán por registro electrónico, durante un plazo de 20 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. A este efecto es necesario estar registrado/a para el uso del sistema de identificación y firma electrónica de Cl@ve Firma, o poseer un certificado digital de firma electrónica, o DNIe.

A la instancia habrá que acompañar un documento índice de los méritos que se desean hacer valer para el acceso a la plaza, teniendo que aportarse debidamente ordenados cronológicamente.

Seguidamente, se adjuntará la documentación digitalizada y ordenada según el Índice, acreditativa del méritos. Y en su caso, de la documentación adicional por bonificación.

Formalizar el pago electrónico de la tasa correspondiente, que asciende a 35,97€.

Finalmente, la firma y registro electrónico de la solicitud.

La firma de la instancia comporta la declaración responsable del cumplimiento de todos los requisitos exigidos en la convocatoria, dentro del plazo de presentación de esta. Así como, de mantenerlos hasta la incorporación efectiva. Así como, se responsabilizan expresamente de la documentación aportada.

Información Complementaria

El concurso se valorará según lo indicado en la “Fase de Valoración de Méritos”, dentro de las NORMAS ESPECIFICAS de las bases de la convocatoria.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
De conformidad con el Art. 24.1 y 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web

La solicitud se realiza en línea con firma digital en esta Sede Electrónica. Puede iniciar la solicitud en línea polsant el botón “Iniciar trámite”, situado al inicio de esta página. Tendrá que identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica/Sistemas de firma.

  • Tenga preparada la documentación que necesito adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación general.
  • Llene el formulario.
  • Adjunte la documentación requerida. Puede hacer uso, del enlace “Documentación adicional”, en el caso de aportar más de un archivo.
  • Formalize el pago electrónico de la tasa correspondiente según el enlace que figura al trámite, rellenando la pasarela o plataforma de abono bancaria.
  • Presento y signo la solicitud.

Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtendré copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.

Atención telefónica

010; 96 352 54 78

Legislación

- Bases que regirán la convocatoria para proveer en propiedad 3 plazas de Agente de la Policía Local de València (estabilización de empleo temporal disposiciones sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre).

- Bases generales que regirán los processos selectives para el acceso a la función pública en el Ayuntamiento de València.

La convocatoria se regirá, en lo no previsto por estas Bases, por la normativa básica estatal sobre la Función Pública contenida en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/84, de 2 de agosto, en lo que resulte vigente, en el Texto Refundido aprobado por Real Decreto legislativo 781/86, de 18 de abril; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; así como por la normativa autonómica valenciana sobre Función Pública: Ley 4/2021 de 16 de abril de la Función Pública Valenciana; Ley 17/2017, de 23 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana; Decreto 179/2021, de 05 de noviembre, del Consell;, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana y demás normas reglamentarias; y el al Decreto 172/2022, de 14 de octubre, del Consell, que regula el sistema de selección en los procesos de estabilización de empleo temporal en los cuerpos de policía local de la Comunidad Valenciana.

Dónde dirigirse
Oficinas de información
  • SERVICIO DE ACCESO AL EMPLEO PÚBLICO Y CARRERA PROFESIONALC/ Sangre, 5Tel.: 4814, 4844, 4851, 4853, 5708, 4815, 5730, 4810, 4821 y 48548:30 a 14:00
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