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Participación en pruebas selectivas - Oposiciones y Concursos (Sargento/a de Bombero/a)
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
PE.AF.160
Descripción

Proceso selectivo cobertura de 28 plazas de Sargento/a de Bombero/a, vacantes en la plantilla del Departamento de Bomberos, Prevención, Intervención en Emergencias y Protección Civil del Ayuntamiento de València, siendo provistas 19 de ellas por promoción interna y 9 por movilidad.

¿Quién lo puede solicitar?

Todas aquellas personas que cumplan los requisitos señalados en las bases de la convocatoria y que desean participar en el procedimiento selectivo.

Requisitos

Los que participan en la presente convocatoria deberán poseer los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerlos hasta la incorporación efectiva:

Para el turno de promoción interna

a) Ser personal funcionario de carrera, integrado en la Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios y Categoría Cabo de Bombero/a.

b) Hallarse en servicio activo o servicios especiales en la categoría de Cabo de Bombero/a como funcionario/a del Ayuntamiento de València, habiendo completado dos años de servicio efectivo.

c) No encontrarse en situación de segunda actividad, excepto por gestación o lactancia.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico que le impida el normal ejercicio de las funciones propias de la categoría a que aspira, Sargento de Bombero/a, de acuerdo con los criterios establecidos por los servicios médicos del SPEIS del Ayuntamiento de València para la citada categoría. Se entenderá que no sufre enfermedad ni defecto psíquico o físico que impida el ejercicio de las correspondientes tareas cuando esté en condiciones de superar los baremos psicotécnicos y médicos que se prevén en esta convocatoria.

e) No hallarse suspendida ni inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas. No haber sido sancionada por la comisión de falta grave o muy grave salvo que se hubiera obtenido la cancelación de la sanción impuesta.

f) Disponer de la titulación de Técnico Superior o equivalente o titulación superior. De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 7/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana, en relación con el artículo 11 de la 21/2017, de 28 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat, se admitirán para participar en esta convocatoria las titulaciones aportadas por los aspirantes que correspondan a niveles de titulación superiores al exigido, tales como: diplomaturas, ingenierías técnicas, arquitecturas técnicas, licenciaturas, arquitecturas, ingenierías superiores o grados. En todo caso, la equivalencia de titulaciones deberá ser aportada por la persona aspirante mediante certificación expedida a este efecto por la Administración competente en cada caso. En el caso de títulos expeditos en el extranjero, se requerirá acreditar la homologación del mismo

g) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase C.

h) Abonar los derechos de examen.

Para el turno de movilidad

a) Ser funcionario de carrera de la categoría que se convoca (Sargento de Bombero/a) de cualquiera de los SPEIS de la Comunidad Valenciana, integrado en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Servicio de Extinción de Incendios y Categoría de Sargento de Bombero/a, correspondiendo a la Escala de mando y al Grupo de Titulación B según lo dispuesto en la Ley 7/2011 de los SPEIS.

b) Haber ocupado durante 5 años como personal funcionario de carrera en un SPEIS de la Comunidad Valenciana la misma plaza a la que se aspira y con la misma clasificación jurídica señalada en la anterior letra a).

c) Faltarle más de 5 años para la jubilación, contados desde la convocatoria. Y no encontrarse en la situación de «segunda actividad» a excepción del caso de gestación o lactancia.

d) No encontrarse en situación de suspensión para el ejercicio de funciones públicas.

e) No padecer enfermedad ni defecto físico que le impida el normal ejercicio de las funciones propias de la categoría a que aspira, Sargento de Bombero/a, de acuerdo con los criterios establecidos por los servicios médicos del SPEIS del Ayuntamiento de València para la citada categoría. Se entenderá que no sufre enfermedad ni defecto psíquico o físico que impida el ejercicio de las correspondientes tareas cuando esté en condiciones de superar los baremos psicotécnicos y médicos que se prevén en esta convocatoria y concretamente no hallarse incluido en el cuadro de exclusiones médicas que se recogen en el Anexo VIII del Decreto 163/2019, de 19 de julio, del Consell.

Cuándo solicitarlo

20 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Publicación BOE: 22/11/2022


Plazo de solicitud: del día 23/11/2022 hasta el 22/12/2022 ambos inclusive.
Documentación a presentar

La solicitud se presenta en la Sede Electrónica. Se cumplimentará y firmará después de pulsar el botón “iniciar trámite” y se adjuntarà, en su caso, la documentación que se indica en las bases.

En cuanto a los méritos, no serán tenidos en cuenta aquellos no justificados ni presentados correctamente dentro del plazo de presentación de instancias. Las personas aspirantes se responsabilizan expresamente de la documentación aportada. No siendo necesaria su compulsa en estos momentos, los méritos deberán presentarse ordenados cronológicamente por apartados. Dicha documentación presentada se comprobará con el original con anterioridad a la propuesta de nombramiento. Podrá continuar aportando mediante "Documentación adicional", una vez iniciado el trámite.

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • No solicita bonificación de la tasa:
    • En caso de turno de movilidad, curriculum vitae
    • En caso de turno de movilidad, documentación acreditativa de los méritos alegados e índice de la documentación aportada
  • Solicita el 50% de bonificación de la tasa (familia numerosa general o diversidad funcional):
    • En caso de turno de movilidad, curriculum vitae
    • En caso de turno de movilidad, documentación acreditativa de los méritos alegados e índice de la documentación aportada
  • Solicita el 100% de bonificación de la tasa (familia numerosa especial, familia numerosa general y div.funcional):
    • En caso de turno de movilidad, curriculum vitae
    • En caso de turno de movilidad, documentación acreditativa de los méritos alegados e índice de la documentación aportada
Tasas
Derechos de examen

Tarifa para el acceso al Grupo B, se de 41,41.- Tarifa/Euros
Derecho a bonificaciones según se contempla al arte. 6 de la Ordenanza


Tasas por prestación de servicios administrativos en pruebas y expedientes de selección de personal


Actuaciones a realizar por la persona solicitante

Se dirigirán a la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de València y se presentarán por registro electrónico (www.valencia.es/sede electrónica), a tal efecto es necesario estar registrado/a para el uso del sistema de identificación y firma electrónica de Cl@ve Firma, o poseer un certificado digital de firma electrónica, o DNIe, durante un plazo de 20 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

En la instancia se tendrá que señalar el turno por el cual se opta, promoción interna o por movilidad.

La presentación electrónica de la instancia requerirá el cumplimiento sucesivo de los siguientes pasos:

- La cumplimentación e inscripción en línea

- El pago electrónico de la tasa correspondiente, que asciende a 41,41 €.

- El registro electrónico de la solicitud

La firma de la instancia comporta la declaración responsable del cumplimiento de todos los requisitos exigidos en la convocatoria, dentro del plazo de presentación de esta. Así como, de mantenerlos hasta la incorporación efectiva.

Información Complementaria

Los méritos se valorarán según las bases.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
De conformidad con el Art. 24.1 y 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

  • Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
  • Rellene el formulario
  • Adjunte la documentación requerida
  • Presente y firme la solicitud

Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.

Atención telefónica

010

96352 54 78

Legislación

La convocatoria se regirá, en lo no previsto por estas Bases, por la normativa básica estatal sobre la Función Pública contenida en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/84, de 2 de agosto, en lo que resulte vigente, el Texto Refundido aprobado por Real Decreto legislativo 781/86, de 18 de abril, en lo que resulte vigente; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; así como por la normativa autonómica valenciana sobre Función Pública: Ley 4/2021, de 16 de abril de la Función Pública Valenciana; Ley 7/2011, de 1 de abril, de la Generalitat Valenciana de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana; Decreto 163/2019, de 19 de julio, del Consell, de establecimiento de las bases y los criterios generales para la selección, la promoción y la movilidad del personal de las escales y las categorías de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana y demás normas reglamentarias.

- Bases generales y específicas de la convocatòria.

Dónde dirigirse

Web municipal: www.valencia.es i tauler d'edictes.

  • Las Bases de las convocatorias y toda la información relativa al proceso de selección (listas de admitidos, tribunales, etc.) pueden consultarse en la página web de Oposiciones.
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