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Concurso-Oposición y Concurso para la convocatoria de 69 plazas de Oficial/a de la Policía Local
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
PE.AF.158
Descripción

La provisión en propiedad de 69 plazas de Oficial/a de Policía Local de la Escala de Administración Especial, Subescala: Servicios Especiales, Clase: Policía Local y sus auxiliares, Escala Ejecutiva, subgrupo B de titulación. Derivadas de las siguientes Ofertas de Empleo Público:

- OPE 2022: 30 plazas: 21 por promoción interna, 5 por promoción interna interadministrativa y 4 por movilidad.

- OPE 2024: 39 plazas: 27 por promoción interna, 6 por promoción interna interadministrativa y 6 por movilidad.

Siendo provistas: 48 se reservan para el turno de promoción interna ordinaria, 11 por promoción interna interadministrativa con movilidad, mediante el procedimiento selectivo de Concurso-Oposición. Así como, 10 por movilidad, mediante el procedimiento selectivo de Concurso.


Las Bases de las convocatorias y toda la información relativa al proceso de selección (listas de admitidos, tribunales, etc.) pueden consultarse en la página web municipal / TRÁMITES / ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA / SEGUIMIENTO DE OPOSICIONES (categoría profesional: OFICIAL/A POLICÍA LOCAL).

¿Quién lo puede solicitar?

Para el turno de promoción interna, ser personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de València con categoría inmediatamente inferior (Oficial/a). Así como, para el turno de promoción interna interadministrativa por movilidad con categoría inmediatamente inferior (Oficial/a) y para el turno de movilidad, ser personal funcionario de carrera de administración especial de la categoría que se convoca, ambos turnos de cualquiera de los municipios de la Comunitat Valenciana. Todo ello con el cumplimiento de los requisitos señalados en las bases que rigen la convocatoria para proveer en propiedad 69 plazas de Oficial/a de Policía Local.

Requisitos
  • Para los turnos de promoción interna ordinaria y promoción interna interadministrativa por movilidad:

a) Ser personal funcionario de carrera, en la categoría inmediatamente inferior, integrado en la subescala de servicios especiales, clase policía local y sus auxiliares. En el caso de la promoción interna ordinaria, perteneciente al mismo cuerpo de policía local, y en el caso de la promoción interadministrativa por movilidad, de otro cuerpo de policía local de la Comunitat Valenciana.

b) Haber prestado servicios, al menos dos años, como personal funcionario en la categoría inmediatamente inferior.

c) Que no se le haya suspendido ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases B y A2, regulados en el Reglamento general de conductores (Real Decreto 818/2009).

e) Estar en posesión de la titulación de Técnico/a Superior. No obstante se tendrá en cuenta lo señalado en la Disposición Transitoria Undécima de la Ley 17/2017.

  • Para el turno de movilidad.

Para participar en los concursos de movilidad se deberán reunir los siguientes requisitos, referidos al día en que finalice el plazo de admisión de solicitudes:

a) Ser personal funcionario de carrera de administración especial de la categoría que se convoca, integrado en la subescala de servicios especiales, clase policía local y sus auxiliares, de cualquiera de los municipios de la Comunitat Valenciana.

b) Haber prestado servicios efectivos en puestos ocupados en propiedad durante al menos dos años, como personal funcionario de carrera con la categoría desde la que se concursa.

c) Que no haya sido suspendida en sus funciones ni inhabilitada por resolución firme para el ejercicio de funciones públicas. De producirse la suspensión o la inhabilitación con posterioridad a la resolución del concurso de movilidad, por un procedimiento iniciado con anterioridad a la fecha de convocatoria del concurso, se entenderán anuladas todas las actuaciones respecto de la persona aspirante.

d) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases B y A2, regulados en el Reglamento general de conductores establecido en el Real Decreto 818/2009.

e) Haber estado en situación de servicio activo, al menos, durante el periodo de un año inmediatamente anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Cuándo solicitarlo

20 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

BOE: miércoles 12 de junio de 2024, Núm. 142


Plazo de solicitud: del día 13/06/2024 hasta el 11/07/2024 ambos inclusive.
Documentación a presentar

La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica. Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.

Tanto la documentación como el índice deben aportarse debidamente ordenados cronológicamente.

No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no obtenidos, ni justificados ni presentados correctamente dentro del plazo de presentación de instancias.

Las personas aspirantes se responsabilizan expresamente de la documentación aportada. En caso de falsedad o manipulación en algún documento, podrán decaer en el derecho a participar en esta convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiere lugar.

En los supuestos de presentar la documentación en más de un archivo (Máx. 15 megas/archivo), podrá adjuntar el resto en la opción "Documentación adicional", una vez iniciado el trámite.


Documentación para todos los casos:
  • Curriculum vitae
  • Documentación acreditativa de los méritos alegados, que debe estar ordenada cronológicamente
  • Índice cronológico de la documentación aportada
Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Solicita el 50% de bonificación de la tasa (familia numerosa general):
    • Libro de familia numerosa
  • Solicita el 100% de bonificación de la tasa (familia numerosa especial):
    • Libro de familia numerosa
Tasas
Derechos de examen

Tarifa para el acceso al Grupo B, es de 41,41.- Tarifa/Euros

Derecho a bonificaciones según se contempla en el art. 6 de la Ordenanza.


Tasas por prestación de servicios administrativos en pruebas y expedientes de selección de personal

Actuaciones a realizar por la persona solicitante

Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se presentarán por registro electrónico, a tal efecto es necesario estar registrado/a para el uso del sistema de identificación y firma electrónica Cl@ve, o poseer un certificado digital de firma electrónica, o DNIe, durante un plazo de 20 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

La presentación electrónica de la instancia requerirá el cumplimiento sucesivo de los siguientes pasos:

- La cumplimentación e inscripción en línea, con indicación del turno por el que se opta: turno promoción interna ordinaria, turno promoción interna interadministrativa con movilidad o turno por movilidad.

- Adjuntar la documentación requerida.

- El pago electrónico de la tasa correspondiente, que asciende a 41,41.- €.

- La firma y registro electrónico de la solicitud.

El personal participante podrá sujetarse a las bonificaciones establecidas en el artículo 6 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación de servicios administrativos en pruebas y expedientes de selección de personal del Ayuntamiento de València.

No serán admitidas y, consecuentemente quedarán excluidas, aquellas personas que habiendo abonado la tasa no hayan registrado la solicitud electrónicamente.

Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
De conformidad con el Art. 24.1 y 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

Si la solicitud se realiza en nombre de otra persona, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

010

96 352 54 78 Ext. 4814,4815, 4844, 4851, 4853, 5708, 5730, 4810, 4821 y 4854.

Legislación

Bases que rigen la convocatoria para proveer en propiedad 69 plazas de Oficial/a de la Policía Local de València. Anuncio modificación bases convocatoria.

La convocatoria se regirá, en lo no previsto por estas Bases, por la normativa básica estatal sobre la Función Pública contenida en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/84, de 2 de agosto, en lo que resulte vigente, el Texto Refundido aprobado por Real Decreto legislativo 781/86, de 18 de abril, en lo que resulte vigente; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; así como por la normativa autonómica valenciana sobre Función Pública: Ley 4/2021 de 16 de abril; Ley 17/2017, de 23 de diciembre, Decreto 179/2021, de 5 de noviembre y demás normas reglamentarias.

Dónde dirigirse

010

963 52 54 78

Web municipal y tablón de edictos.

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