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Constitución de bolsa de trabajo de profesorado de música
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
PE.AF.140
Descripción

Convocatoria constitución de una bolsa de trabajo de profesorado de música, ESPECIALIDAD CANTO, para futuros nombramientos por MEJORA DE EMPLEO E INTERINIDAD. CONSERVATORIO MUNICIPAL JOSÉ ITURBI.

Las Bases de las convocatorias y toda la información relativa al proceso de selección (listas de admitidos, tribunales, etc.) pueden consultarse en la página web de Oposiciones / Bolsas de trabajo

¿Quién lo puede solicitar?

Persona física.

Requisitos

Para ser admitido/a a la presente convocatoria por el sistema de nombramiento interino, las y los aspirantes tendrán que reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

- Poseer la nacionalidad española o, tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o la de cualquiera de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras en los términos en que ésta se halla definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea; ser cónyuge de los/las españoles/as y de las y los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho, o ser sus descendientes o los de su cónyuge menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.

- Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las funciones de los puestos de trabajo afectados.

- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

- Estar en posesión del título de profesor/a superior música en la especialidad de canto, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, o de conformidad con lo dispuesto en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de València publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de València número 21 de 1 de febrero de 2022 “se consideran comprendidas en todas las titulaciones las que se declaren equivalentes por la administración educativa, así como las titulaciones actuales a las que hayan resultado homologadas”. En todo caso la equivalencia deberá ser acreditada por la persona aspirante.

Para ser admitido/a a la presente convocatoria por el sistema de mejora de empleo, las y los aspirantes tendrán que reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, además de los requisitos exigidos en el apartado anterior, ser funcionario/a de carrera del Ayuntamiento de Valencia.

CONSULTAR PÁGINA WEB.

Cuándo solicitarlo

El plazo será de 20 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de las bases en el tablón de edictos y la página web municipal.

Publicación en Tablón de edictos y web municipal: 18/10/20222


Plazo de solicitud: del día 19/10/2022 hasta el 16/11/2022 ambos inclusive.
Documentación a presentar

La solicitud se presenta en la sede Electrónica, con el pago electrónico.

  • En caso de no solicitar bonificación de la tasa se cumplimentará y firmará el formulario de solicitud.

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Solicita el 50% de bonificación de la tasa (familia numerosa general, diversidad funcional o demandantes de empleo):
    • Copia del libro de familia numerosa
    • Certificado oficial o tarjeta acreditativa de discapacidad
    • Copia de la última declaración del IRPF o certificación de Hacienda de no haberla presentado por no estar obligado/a:

      copia de la declaración anual de IRPF de aquella parte correspondiente a ingresos de la persona interesada del año anterior de que se trate.

      Aportar en caso de situación de desempleo.

    • Certificación expedida por los servicios públicos de empleo:

      que acredite los requisitos señalados en la Ordenanza.

      Aportar en caso de situación de desempleo.

  • Solicita el 100% de bonificación de la tasa (familia numerosa especial, familia numerosa general y div.funcional, familia numerosa general y demandante de empleo, div.funcional y demandante empleo):
    • Copia del libro de familia numerosa
    • Certificado oficial o tarjeta acreditativa de discapacidad
    • Copia de la última declaración del IRPF o certificación de Hacienda de no haberla presentado por no estar obligado/a:

      copia de la declaración anual de IRPF de aquella parte correspondiente a ingresos de la persona interesada del año anterior de que se trate.

      Aportar en caso de situación de desempleo.

    • Certificación expedida por los servicios públicos de empleo:

      que acredite los requisitos señalados en la Ordenanza.

      Aportar en caso de situación de desempleo.

Tasas
Tasa

Tarifa para el acceso al Grupo A1, se de 46,87.- Tarifa/Euros.

Derecho a bonificaciones según se contempla al Arte. 6 de la Ordenanza.


Tasas por prestación de servicios administrativos en pruebas y expedientes de selección de personal

Actuaciones a realizar por la persona solicitante

S’adreçaran a l'Alcaldia Presidència de l'Ajuntament de València i es presentaren per registre electrònic (www.valencia.es/sede electrònica), a aquest efecte és necessari estar registrat/a per a l'ús del sistema d'identificació i signatura electrònica de Cl@ve Signatura, o posseir un certificat digital de signatura electrònica, o DNIe, durant un termini de 20 dies hàbils a partir del següent al de la publicació de les bases en el tauler d'edictes i en la pàgina web municipal.

En la instància s'haurà d'assenyalar el torn pel qual s'opta, millora d'ocupació o d'interinitat.

La presentació electrònica de la instància requerirà el compliment successiu dels següents passos:

- L'emplenament i inscripció en línia.

- El pagament electrònic de la taxa corresponent, que ascendeix a 46,87 €.

- El registre electrònic de la sol·licitud.

La signatura de la instància comporta la declaració responsable del compliment de tots els requisits exigits en la convocatòria, dins del termini de presentació d'aquesta. Així com, de mantindre'ls fins a la incorporació efectiva.

Información Complementaria

Los méritos se valorarán según las bases.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Arte. 24.1 y 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

  • Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
  • Rellene el formulario
  • Adjunte, en su caso, la documentación indicada
  • Presente y firme la solicitud

Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.

Puede obtenerse más información en la página web de Oposiciones

Atención telefónica

010

96352 54 78

Legislación
  • Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público.
  • Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma para la Función Pública, en lo cual resulto vigente.
  • Real decreto legislativo 781/86, de 18 de abril, por el cual se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
  • Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, con carácter supletorio.
  • Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana.
  • Decreto 3/2017, de 13 de enero del Consejo, por el cual aprueba el Reglamento de sección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la Función Pública Valenciana.
  • Bases canto.
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