Subsanación de la solicitud de participación en la convocatoria de oposición, turno libre, por defectos de los y las aspirantes que figura en la lista de excluidos.
Según los casos:
- proceder al abono del 50% o 100% de la tasa no ingresada en su solicitud
o en su caso,
- aportar documentación justificativa de la bonificación indicada en esta. Así mismo, podrá sugerir o reclamar cualquier otra circunstancia pertinente que estime oportuna, aportando la documentación acreditativa, en relación con la solicitud de admisión relacionada en las bases de la convocatoria.
Las Bases de las convocatorias y toda la información relativa al proceso de selección (listas de admitidos, tribunales, etc.) pueden consultarse en la página web municipal / Trámites / Acceso a la Función Pública / Seguimiento de oposiciones: Elegir la categoría profesional correspondiente del subgrupo A2 (Turno libre)
Categorías profesionales: TÉCNICO MEDIO DE SERVICIOS SOCIALES.
En el caso de precisar realizar el PAGO DE LA TASA, antes de “iniciar el trámite”, deberá acceder a la aplicación SIGA de gestión de autoliquidaciones, tal como se explica en el apartado “Documentación a presentar”.
SE OMITE DE ESTE TRAMITE LA SIGUIENTE INCIDENCIA:
OMISIONES: Aquellas personas que iniciaron la tramitación sin finalizarla, y no aparecen en la relación de admitidas y excluidas, habiendo rellenado el formulario, aportando el anexo y la documentación justificativa, así como el pago de la tasa por derechos de examen, dentro del plazo de presentación de instancias para la participación en los citados procesos.
Personas aspirantes excluidas en los listados de la Convocatoria de empleo público (Subrupo A2): 1 plaza de Técnico/a Medio/a de Servicios Sociales
El plazo será de 10 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de las listas provisionales personal admitido y excluido en el en el Boletín Oficial de la Provincia. (BOP).
Publicación BOP: jueves 18 de diciembre de 2025 Boletín Nº 242
Plazo de solicitud: del día 19/12/2025 hasta el 05/01/2026 ambos inclusive.Según las causas de exclusión se dan dos supuestos de subsanación:
- 1) Supuesto de subsanación mediante el abono total o parcial la tasa:
Paso 1: Autoliquidación y pago de la tasa
Deberá acceder como primera actuación a través del siguiente enlace A7092. Subsanación Tasa por prestación de los Servicios Administrativos en pruebas y expedientes de Selección de Personal (Grupo A2) al programa SIGA de autoliquidaciones para abonar, según la subsanación que corresponda, el total o parcial la tasa. Para ello, deberá generar el importe de la tasa que corresponda hasta completar el total de la misma, mediante las opciones que el gestor permite, antes de Generar autoliquidación.
Le recomendamos que se guarde o imprima una copia de esta autoliquidación, o se apunte el código asignado como identificador o localizador de su pago para que, en caso de algún tipo de fallo técnico durante el pago, o porque desea continuar con su trámite en otro momento, pueda recuperar fácilmente el pago ya realizado. Realizado el pago telemático de dicha tasa, guarde el archivo del justificante de pago en su equipo.
Paso 2: Presentación de la solicitud de subsanación
Iniciar la solicitud de subsanación en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, y que deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
La presentación electrónica de la instancia requerirá el cumplimiento sucesivo de los siguientes pasos:
- La cumplimentación de la solicitud en línea.
- En su caso, documentación que subsane la justificación de la bonificación, o en su caso, justificante de la tasa o cualquier otra documentación que subsane el motivo de la exclusión o le sea requerida.
Cuando ya tenga completado los pasos anteriores (formulario del trámite, documentos aportados si son necesarios y el pago de la tasa) se activará el botón “presentar” para poder formalizar su solicitud ante el registro electrónico del Ayuntamiento de Valencia.
Seguidamente revise el contenido de su solicitud y si todo es correcto, marque la casilla "He leído la información adicional sobre protección de datos" (puede leer dicha información pulsando sobre enlace) e inicie el proceso de firma pulsando sobre el botón Firmar y presentar.
- 2) Supuesto de subsanación únicamente de documentación justificativa (sin necesidad de pago de tasa).
Iniciar la solicitud de subsanación en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, y que deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
La presentación electrónica de la instancia requerirá el cumplimiento sucesivo de los siguientes pasos:
- La cumplimentación de la solicitud en línea.
- En su caso, documentación que subsane la justificación de la bonificación, o en su caso, justificante de la tasa o cualquier otra documentación que subsane el motivo de la exclusión o le sea requerida.
Cuando ya tenga completado los pasos anteriores (formulario del trámite, documentos aportados si son necesarios y el pago de la tasa) se activará el botón “presentar” para poder formalizar su solicitud ante el registro electrónico del Ayuntamiento de Valencia.
Seguidamente revise el contenido de su solicitud y si todo es correcto, marque la casilla "He leído la información adicional sobre protección de datos" (puede leer dicha información pulsando sobre enlace) e inicie el proceso de firma pulsando sobre el botón Firmar y presentar.
- La documentación que subsane la justificación de la bonificación, o en su caso, cualquier otra documentación que subsane el motivo de la exclusión o le sea requerida:
En caso de aportar mediante sede varios documentos como archivos separados se tendrá que continuar aportando mediante “Documentación adicional”, una vez iniciado el trámite.
- Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Realizar la solicitud en línea con firma digital
Puede iniciar la solicitud de subsanación en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, y que deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.
La presentación electrónica de la instancia requerirá el cumplimiento sucesivo de los siguientes pasos:
- La cumplimentación del impreso en línea
- En su caso, documentación que subsane la justificación de la bonificación, o en su caso, justificante de la tasa o cualquier otra documentación que subsane el motivo de la exclusión o le sea requerida.
Cuando ya tenga completado los pasos anteriores (formulario del trámite, documentos aportados si son necesarios y el pago de la tasa) se activará el botón “presentar” para poder formalizar su solicitud ante el registro electrónico del Ayuntamiento de Valencia.
Seguidamente revise el contenido de su solicitud y si todo es correcto, marque la casilla He leído la información adicional sobre protección de datos (puede leer dicha información pulsando sobre enlace) e inicie el proceso de firma pulsando sobre el botón Firmar y presentar.
010; 96 352 54 78 Ext. 4814,4844, 4851, 4853, 5708, 5708, 4810, 4821 y 4854
- Bases específicas que regirán la convocatoria para proveer en propiedad 1 plaza de Técnico/a Medio/a de Servicios Sociales, por el turno libre.
- Bases generales que regirán los procesos selectives para el acceso a la función pública en el Ayuntamiento de València y modificaciones.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público.
- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma para la Función Pública, en lo que resulte vigente.
- Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el cual se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
- Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, con carácter supletorio.
- Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana.
- Decreto 3/2017, de 13 de enero del Consejo, por el cual aprueba el Reglamento de sección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la Función Pública Valenciana.
Donde obtener información y realizar consultas:
010
Web municipal y Tablón de edictos