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Subsanación solicitud de pruebas selectivas
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
PE.AF.135
Descripción

Este trámite permite subsanar la solicitud de participación en las pruebas selectivas para la constitución de las bolsas de trabajo de Maestro/a de Educación Física y Maestro/a de Pedagogía Terapéutica, para futuros nombramientos por mejora de ocupación e interinidad.

El personal aspirante excluido, según los casos, deberá proceder al abono del 50% o 100 % de la tasa no ingresada en su solicitud, o aportar documentación justificativa de la bonificación indicada en la misma.

Las Bases de las convocatorias y toda la información relativa al proceso de selección (listas de personas admitidas, tribunales, etc.) pueden consultarse en la página web municipal (Maestro/a de Educación Física o Maestro/a Pedagogía Terapéutica).


SE OMITE DE ESTE TRAMITE LA SIGUIENTE INCIDENCIA:

Aquellas personas que iniciaron la tramitación sin finalizarla, y no aparecen en la relación de admitidas y excluidas, habiendo rellenado el formulario, así como el pago de la tasa por derechos de examen, dentro del plazo de presentación de instancias para la participación en los citados procesos.

Para más información, consultar el procedimiento original de presentación de solicitudes (enlace).


¿Quién lo puede solicitar?

Personas aspirantes excluidas en los listados de las convocatorias de Maestro/a de Educación Física y Maestro/a de Pedagogía Terapéutica.

Requisitos

a) Para ser admitido a la presente convocatoria por el sistema de nombramiento interino, el personal aspirante tendrá que reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

  1. - Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
  2. - Poseer la nacionalidad española o, tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o la de cualquiera de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras en los términos en que ésta se halla definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea; ser cónyuge de los/las españoles/as y de las y los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho, o ser sus descendientes o los de su cónyuge menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
  3. - Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las funciones de los puestos de trabajo afectados.
  4. - No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
  5. - Hacer efectivo el pago de la tasa correspondiente.
  6. - No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, conforme se establece en los artículos 57 y siguientes de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio de 2021, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
  7. - Estar en posesión del título de Maestro/a de la especialidad que corresponda o equivalente (o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias), que a continuación se detalla, en todo caso la equivalencia tendrá que ser acreditada por la persona aspirante:

CATEGORIA

TITULACIÓN EXIGIDA

Maestro/a Educación Física

Maestro/a en Educación Física + Capacitación valenciano

Maestro/a Pedagogía Terapéutica

Maestro/a especialidad Pedagogía Terapéutica o equivalente + Capacitación valenciano

b) Para ser admitido a la presente convocatoria por el sistema de mejora de empleo, el personal aspirante tendrá que reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, además de los requisitos exigidos en el apartado anterior, ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Valencia.

Cuándo solicitarlo

El plazo será de 10 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de las listas provisionales personal admitido y excluido en el tablón de edictos y la página web municipal.

Publicaciones de Maestro/a Educació Física y de Maestro/a Pedagogía Terapéutica en el Tablón de edictos de 24/02/2025


Plazo de solicitud: del día 25/02/2025 hasta el 10/03/2025 ambos inclusive.
Documentación a presentar

La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica. Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.

Previamente tendrá que autoliquidar la tasa desde aquí.

El modelo de autoliquidación asociado a esta tasa es el A709 Subsanación Tasa por prestación de los Servicios Administrativos en pruebas y expedientes de Selección de Personal.
Puede simular la autoliquidación aquí.

Documentación para todos los casos:
  • En su caso, documentación justificativa de bonificación de la tasa:

    En caso de aportar mediante sede varios documentos como archivos separados se tendrá que continuar aportando mediante "Documentación adicional", una vez iniciado el trámite.

  • En su caso, justificante del pago de la tasa
Tasas
Derechos de examen

Tarifa per a l’accés al Grup A2, es del 100% per 41,41.- i del 50% es de 20,71.- Tarifa/Euros.
Derecho a bonificaciones según se contempla en el Art. 6 de la Ordenanza.
(Ultima modificación por acuerdo de fecha: 25.09.2015. Publicación BOP: 23.12.2015. Aplicable a partir de: 01.01.2016.)


Tasas por prestación de servicios administrativos en pruebas y expedientes de selección de personal

Información Complementaria

La firma de la instancia conlleva la declaración responsable del cumplimiento de todos los requisitos exigidos en la convocatoria, dentro del plazo de presentación de la misma. Así como, de mantenerlos hasta la incorporación efectiva.

En la base undécima, se establecen las pruebas selectivas y la fase de concurso.

Disponiendo para pruebas selectivas de un ejercicio único tipo cuestionario para ambos turnos. Y para el concurso se valorará según lo indicado en la “Fase de concurso para ambos turnos”, valorado por méritos profesionales, académicos y de cursos de formación.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Art. 24.1 y 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

  • En el caso de querer realizar el abono del 100% o del 50% de tasa, deberá realizar primero el pago electrónico mediante el enlace electrónico al Sistema de Información de Gestión de Autoliquidaciones, modelo A709.
  • Rellene el formulario
  • En su caso, aportar el justificante del abono de la tasa, o documentación señalada por la ordenanza que subsane la bonificación.
  • Presente y firme la solicitud

Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.

Legislación
  • Bases de la convocatoria constitución bolsa de Trabajo de Maestro/a de Educación Física y bases de Maestro de Pedagogía Terapéutica, para nombramientos provisionales por mejora de empleo de interinidad.
  • Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público.
  • Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma para la Función Pública, en lo cual resulto vigente.
  • Real decreto legislativo 781/86, de 18 de abril, por el cual se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
  • Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, con carácter supletorio.
  • Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana.
  • Decreto 3/2017, de 13 de enero del Consejo, por el cual aprueba el Reglamento de sección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la Función Pública Valenciana.



Dónde dirigirse

Donde obtener información y realizar consultas:

010

96352 54 78

Web municipal y Tablón de edictos

Oficinas de información
  • OFICINA DE INFORMACIÓN AL PÚBLICO - PL. AYUNTAMIENTO (Consultas por teléfono, buzón de consultas de la página web o correo electrónico)Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1ACTel.: 010/ 96.310.00.10Atención presencial: De lunes a viernes de 8:30 a 14.00 horas. informacion@valencia.es
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
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