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Comunicación de arrendamiento o cesión de la explotación de la actividad
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
LA.AI.40
Descripción

Si dispone de una licencia de apertura para una actividad sujeta a la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, deberá comunicar al Ayuntamiento cuando la explotación de la actividad se arriende o se ceda temporalmente a otra persona o entidad.

Esta comunicación permite informar del cambio en la persona que va a ejercer la actividad, manteniéndose la licencia de apertura existente.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona física o jurídica que vaya a ejercer una actividad sujeta a la Ley 14/2010 en régimen de arrendamiento o cesión temporal de la explotación de la actividad.

Cuándo solicitarlo

En el plazo máximo de un mes desde la formalización del contrato o negocio jurídico de arrendamiento o de cesión temporal de la actividad.

Documentación a presentar

Deberá aportar el modelo normalizado de comunicación, que se podrá descargar en el apartado impresos, debidamente cumplimentado por la persona interesada o su representante, junto con la siguiente documentación:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI), en el supuesto de que el modelo normalizado se presente por persona física sin utilizar medios electrónicos.
  • Documento acreditativo de la representación de persona física y DNI del representante, en el supuesto de que se actúe mediante representante y este no opto por la presentación mediante medios electrónicos.

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Arrendamiento o Cesión Temporal del Título Habilitante:
    • Impreso específico de arrendamiento o cesión de la explotación de la actividad
    • Título constitutivo de la persona jurídica y documento acreditativo de su representación:

      cuando el modelo normalizado se presente por persona jurídica.

    • Documento notarial o privado en cuya virtud se haya producido el arrendamiento de la explotación o la cesión temporal del título habilitante
Actuaciones a realizar por la persona solicitante

Presentar la comunicación acompañada de la documentación exigida para este trámite.

Plazo de resolución y recursos
Silencio Administrativo: No procede
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

  • Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
  • Rellene el formulario
  • Adjunte, en su caso, la documentación indicada
  • Presente y firme la solicitud

Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.

Legislación
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en concreto, el articulo 69.
  • Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.
  • Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.

Dónde dirigirse

La comunicación se deberá presentar por cualquier medio previsto en el articulo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre los que se incluye el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Valencia.

En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos:

a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Oficinas de información
  • SERVICIO DE ACTIVIDADESAmadeo de Saboya, 11. Patio B, planta bajaTel.: 963525478. Cuestiones administrativas exts. 1773 - 1862 y 3123 - 3138. Transmisiones de Licencia y Cambios de Titularidad ext. 3125 y 3121. Oficina Urbanística y Técnica ext. 3230 y 3235. Jefatura de Servicio 3122 y 3130.Con Cita previa sactivid@valencia.es
Oficinas para presentar
  • REGISTRO AUXILIAR DE ACTIVIDADESAmadeo de Saboya, 11. Patio B, planta bajaTel.: 96.352.54.78.
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