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Declaración responsable de obras en edificio protegido para implantación de actividad sujeta a comunicación de actividad inocua
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
LA.AC.95
Descripción

Recepción de declaraciones responsables de obras en edificios protegidos, siempre que tengan un alcance puntual y carentes de transcendencia patrimonial.

Se considerarán obras carentes de trascendencia patrimonial:

  • Las intervenciones en el interior de los inmuebles que NO afecten a ELEMENTOS PROTEGIDOS señalados en la ficha o por su nivel de protección, tales como: zaguán, escalera, fachada trasera en su caso… Y NO afecten a elementos con VALOR PATRIMONIAL interiores, tales como: puertas de acceso a las viviendas, revestimientos o carpinterías con valor patrimonial (suelos de mosaico, tallas, carpinterías, cerrajerías, pavimentos hidráulicos de interés…).
  • Las intervenciones que afecten a la envolvente exterior del edificio, SOLO cuando las fachadas y cubiertas no tengan alterados sus huecos ni sus elementos compositivos y decorativos originales, siempre que no afecten a su percepción exterior, y aquellas que se limiten a la conservación, reposición y mantenimiento de elementos existentes, sean reversibles y no comporten alteración de la situación anterior.

Asimismo, se considerarán carentes de trascendencia patrimonial las sustituciones de carpintería en huecos de fachadas protegidas, cuando los huecos afectados no estén alterados ni les falten elementos compositivos y decorativos originales y cumplan:

  • En huecos de plantas altas y hueco de acceso al edificio, cuando la sustitución de la carpintería sea por idénticas a las originales en todos los aspectos (composición, sistema de apertura, material y color).
  • Se valoraran previamente por los técnicos municipales los casos específicos en los que se deban restaurar los portalones de acceso al edificio no permitiéndose su sustitución. Las intervenciones que afecten a Bienes de Relevancia Local NO podrán tramitarse por declaraciones responsables de obras, deberán tramitarse siempre por Licencia de obras.

Otros supuestos:

  • Para casos específicos de actuaciones que tengan un alcance puntual y mínima transcendencia patrimonial se podrá tramitar por Declaración Responsable de Obras en Edificios Protegidos previo dictamen Favorable de la Comisión Municipal de Patrimonio (ejemplos: instalación de ascensor en hueco de escalera edificios de viviendas donde el zaguán tenga trascendencia patrimonial, modificaciones puntuales de fachada recayentes a patio de manzana, carpinterías en reformas de viviendas etc).
  • Quedan exceptuados de la tramitación por Declaración Responsable las intervenciones en fachada exterior recayente a vía pública donde se emplee andamio.
  • En cualquier caso se podrá tramitar el procedimiento de consultas previas urbanísticas y en materia de protección patrimonial dirigidas a la comisión municipal de patrimonio mediante procedimiento consulta a la Comisión Municipal de Patrimonio para cualquier tema patrimonial.
¿Quién lo puede solicitar?

Ciudadanía en general, que quiera ejecutar la obra.

Requisitos

No han de tener ninguna condición específica

Cuándo solicitarlo

Se debe aportar la documentación en sede electrónica, con carácter previo al inicio de la obra.
Personas físicas podrán presentar en las oficinas municipales

Documentación a presentar

Si la solicitud se presenta presencialmente: Instancia general que irá acompañada del Impreso de solicitud (que puede descargar en el apartado Impresos de esta misma página) y de la documentación que se indica.
Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica: Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Declaración responsable de obras en edificio protegido para implantación de actividad sujeta a comunicación de actividad inocua.:
    • Declaración responsable en edificio portegido para actividad inocua:

      ver apartado impresos

    • Copia DNI nueva persona titular
    • Escritura de Constitución de la Sociedad
    • Constitución de la comunidad de bienes
    • Justificante tasa e ICIO
    • Documentación técnica
    • Proyecto de actividad
    • Anexo patrimonial:

      Documento que podrá descargarse en el apartado impresos

    • Certificado Final de Obras (Visado si las obras llevan proyecto técnico) o Comunicación de finalización de las obras
    • Documento de comunicación Ambiental CAP:

      ver apartado Impresos

Tasas
Tasa de actuaciones urbanísticas:

Tasa de actuaciones urbanísticas:

Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia de obras.
Cuantía: La detallada a continuación, que se calculará en función del presupuesto de ejecución material de la obra :

a) Licencias de nueva planta, reformas y rehabilitaciones y, en general, las que no tengan epígrafe específico en este Anexo-Tarifas:

según Presupuesto de Ejecución de la Obra (PEM):

Presupuesto Tarifa / Euros

- Hasta 6.010,12 de euros.............................................. 112,25

- Mayor de 6.010,12 y hasta 30.050,61 euros .............. 202,00

- Mayor de 30.050,61 y hasta 60.101,21 euros ............ 598,57

- Mayor de 60.101,21 y hasta 150.253,03 euros ........... 1.305,75

- Mayor de 150.253,03 y hasta 300.506,05 euros ......... 2.992,60

- Mayor de 300.506,05 y hasta 601.012,10 euros ......... 6.359,28

- Mayor de 601.012,10 euros, se abonará 8.005,18 euros, más el importe resultante de multiplicar por 7,69 el exceso sobre 601.012,10 euros, considerando fracciones de 6.010,12 euros.

b) Licencias de obras menor, renovación, restauración, revocado y estucado de fachada: euros........................................... 112,25

c) Licencia de derribo: euros.............................................. 374,13

2. En los barrios de Velluters, Carmen, Seu-La Xerea y Mercat, y en las áreas de rehabilitación de Nazaret, Campanar y las que en el futuro se declaren se aplicará una reducción del 50 por ciento.

3. Se aplicará una reducción del 50 por ciento en las licencias de intervención en edificios catalogados.

4. Se aplicará una reducción del 90 por ciento de la cuota, o parte de cuota, correspondiente a las siguientes actuaciones en edificios destinados a viviendas:

A) Obras que los propietarios tengan que realizar como consecuencia de la declaración por el Excelentísimo Ayuntamiento de la situación legal de ruina, causada por patologías constructivas o estructurales constando así en la resolución de ruina, en los siguientes supuestos:

a) Edificios catalogados: obras de intervención y ejecución de medidas precautorias de seguridad.

b) Edificios no catalogados: obras de rehabilitación o demolición a elección de la propiedad, así como medidas precautorias de seguridad.

B) Obras que la propiedad tenga que ejecutar como consecuencia de inspecciones urbanísticas u órdenes de ejecución cuando en la inspección se compruebe que efectivamente el objeto de la misma es la valoración técnica de elementos del edificio afectados por patologías constructivas y estructurales.

C) Obras que pretendan ejecutar los propietarios de edificios o viviendas afectados por patologías constructivas y estructurales, consecuentes con la patología: reparación, conservación, rehabilitación parcial o integral, reforma, intervención en edificios catalogados y demolición.

5. En ningún caso será aplicable la reducción establecida en el apartado 2 a las obras de nueva planta ni a la reconstrucción de edificios catalogados en solares resultantes de la demolición de edificios afectados por patologías constructivas y estructurales. En estos supuestos la tasa se aplicará sin reducción alguna.

6. Las reducciones establecidas en los anteriores números 2, 3 y 4 no son acumulables. Sólo se podrá aplicar una de ellas.

7. La reducción prevista en el punto 4 sólo se aplicará sobre la cuota o parte de cuota correspondiente a las obras estrictamente enumeradas, no alcanzando a las obras que excediendo de aquéllas pudieran estar incluidas en la misma licencia o proyecto. Tampoco alcanzará a la parte de cuota correspondiente a las obras realizadas en elementos privativos de las viviendas o locales, salvo que éstas se deriven directamente de las especificadas en el punto 4 anterior.

8. Se aplicará una reducción del 90% en las cuotas correspondientes a obras de eliminación de barreras arquitectónicas o adaptación de vivienda a las necesidades derivadas de las personas discapacitadas que las habiten.

2.- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:

IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS:

Liquidar en el Gestor de Autoliquidaciones. Deberá de abonarse antes de presentar la documentación en sede electrónica.




Información Complementaria

La declaración responsable surte efectos desde su presentación. No obstante, si una vez comprobada formalmente la misma por la Administración, la documentación resultase insuficiente o inexacta, se requerirá al interesado para que la complete, con la advertencia que la obra no podrá ejecutarse hasta su subsanación.

Preguntas frecuentes sobre trámites y licencias en relación a su negocio hostelero y de ocio.

Plazo de resolución y recursos
Silencio Administrativo: No procede
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

  • Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
  • Rellene el formulario
  • Adjunte la documentación requerida
  • Presente y firme la solicitud

Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.

Atención telefónica

Se recomienda el mail consultaslicencias@valencia.es para cualquier consulta

Legislación
  • Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje aprobado por Decreto Legislativo 1/2021 de 18 de junio del Consell.
Dónde dirigirse

Para las personas jurídicas, personas físicas que representan a personas jurídicas, y profesionales es obligatoria la presentación a través de la sede electrónica, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
Para las personas físicas que quieran presentarlo de manera presencial, podrán presentarla presencialmente en cualquier de los Registros Municipales de Entrada, mediante cita previa.

Se recomienda el mail consultaslicencias@valencia.es para cualquier consulta

Oficinas para presentar
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: de Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
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