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Apertura de actividad mediante declaración responsable de apertura con obras previas sujetas a licencia de obras
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
LA.AC.90
Descripción

Procedimiento para la apertura de una actividad sujeta a declaración responsable de apertura, regulada en la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, cuyas obras previas se tramiten por licencia de obras.

*Tipos de licencia de obras que se pueden tramitar en el Servicio de Actividades:

Licencia de obras de nueva planta: Para aquellas obras que impliquen la construcción de un edificio nuevo o ampliación de una parte no existente.

Licencia de intervención: Para aquellas obras que se realicen en edificios catalogados para preservar mejor sus características culturales, así determinadas expresamente en la ficha de catálogo.

Licencia de obras: Para aquellas obras de reforma o rehabilitación de inmuebles ya existentes, no recogidos en ninguno de los casos anteriores.

En este procedimiento la tramitación se divide en tres fases:

  • Fase previa: solicitud consulta de ubicación, en su caso.

Es preceptivo en aquellos establecimientos públicos que, de conformidad con la Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica o la normativa urbanística específica, tengan restringido su emplazamiento por la obligatoriedad de mantener una determinada distancia respecto a otras actividades del mismo tipo.

  • Fase de obras: se presentará instancia normalizada de licencia de obras, la que corresponda según el caso, acompañada de toda la documentación que se indica al reverso de la misma. Una vez revisada y comprobada la documentación, se iniciará la solicitud de los informes preceptivos para la concesión de la licencia de obras solicitada.

La solicitud de la licencia de obras no autoriza las obras, que no se podrán iniciar hasta la concesión de la misma mediante resolución expresa.

Ante la presentación de documentación incorrecta o incompleta se establecerá un periodo de subsanación de 10 días. En caso que no aporte la documentación requerida se le tendrá por desistido de su petición, procediendo al archivo del expediente.

  • Fase de apertura: una vez finalizadas las obras y las instalaciones, de conformidad con la licencia concedida, se deberá presentar instancia normalizada de declaración responsable de apertura, acompañada de toda la documentación indicada en el reverso de la misma (certificados finales de obra, auditoría acústica, plan de emergencia, certificado de seguro de responsabilidad civil, etc.)

Reseñar que si transcurrido 1 MES desde la presentación de la declaración responsable de apertura no se ha efectuado visita de comprobación al establecimiento por los servicios técnicos municipales para acreditar la adecuación de éste y de la actividad al proyecto presentado, o bien efectuada ésta se ha levantado acta de conformidad, la persona titular, bajo su exclusiva responsabilidad, podrá abrir el establecimiento, previa comunicación por escrito al Ayuntamiento.

Cuando la persona interesada junto con la instancia normalizada de declaración responsable de apertura y acompañada de todos los certificados mencionados anteriormente aporte certificado de un Organismo de Certificación Administrativa (OCA), por el que se acredite el cumplimiento de todos los requisitos técnicos y administrativos exigidos por la normativa en vigor, la apertura del establecimiento podrá realizarse de forma inmediata.

¿Quién lo puede solicitar?

-Personas físicas.

-Sujetos relacionados con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales con colegiación obligatoria, aquellos que representan a un obligado a relacionarse electrónicamente).

Requisitos

Solicitud de consulta de ubicación, cuando corresponda.

Es preceptivo en aquellos establecimientos públicos que, de conformidad con la Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica o la normativa urbanística específica, tengan restringido su emplazamiento por la obligatoriedad de mantener una determinada distancia respecto a otras actividades del mismo tipo, es decir, implantación de actividades con ambientación musical en todo el territorio y/o cuando se pretenda ubicar en alguna zona con restricciones (ZAS, Russafa, Velluters, Mercat…)

https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/LA.IN.00

Ver ficha “CONSULTA DE UBICACIÓN DE UNA ACTIVIDAD

Cuándo solicitarlo

El procedimiento se inicia con la presentación de la solicitud de licencia de obras. La presentación de la documentación no otorga el derecho a iniciar las obras.

Antes de la realización de las obras y de la implantación de la actividad:

• En la Sede Electrónica del Ayuntamiento.

Documentación a presentar

  • Impreso de solicitud que puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página, si la solicitud se realiza presencialmente, acompañado de la documentación que se indica.
  • Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.

a) Junto a la solicitud de licencia de obras de nueva planta (Documentación que acompañará a la Licencia de obras de nueva planta):

  • Licencia de Obras de Nueva Planta. Documento disponible en el apartado "Impresos" de esta misma página para descargar, rellenar y adjuntar en este trámite.
  • Certificado de compatibilidad urbanística. Certificado de la persona técnica competente redactora del proyecto en el que se manifieste expresamente la compatibilidad urbanística para la implantación de la actividad, de acuerdo con la normativa urbanística específica aplicable al emplazamiento donde se pretende instalar.
  • Justificante de pago de la tasa por actuaciones urbanísticas.
  • Proyecto básico de obras y actividad, 1 copia en papel y 1 en soporte digital (salvo que se presente por la Sede Electrónica), suscrito por persona facultativa competente en el que se contendrán los documentos que se especifican en el anexo II y III de la Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades.
  • En caso de ampliación, proyecto básico y de actividad que refleje la edificación existente y la ampliación que se pretende.
  • En el caso de actuaciones aisladas en suelo urbano, cuando se trate de actuaciones no incluidas en unidades de ejecución o en programas de actuación, escrituras originales de cesión gratuita, libre de cargas y gravámenes, del ámbito vial de servicio que corresponda en las que figure que las parcelas que se transmiten están inscritas en el Registro de la Propiedad, así como planos acotados de las mismas, sobre base cartográfica municipal (arts. 176 y 177 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana).
  • En los casos de edificación y urbanización simultáneas, compromiso de no utilizar la edificación hasta la conclusión de las obras de urbanización, incluyendo tal condición en las transmisiones de propiedad o uso del inmueble (Art. 178.1 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana.)
  • Certificado de fijación de líneas, emitido por el Servicio de Planeamiento.
  • Si las obras solicitadas en el emplazamiento señalado se encuentran incluidas en los ámbitos y entornos de BIC (Bien de Interés Cultural), deberá adjuntar a la solicitud de licencia la autorización de la conselleria competente en materia de cultura y proyecto autorizado.
  • En caso de encontrarse enclavada la parcela en Área de Vigilancia Arqueológica (AVA), deberá adjuntarse a la solicitud de licencia autorización de la conselleria competente en materia de cultura por las posibles afecciones a elementos arqueológicos.
  • Estudio o estudio básico de seguridad y salud (RD 1627/97, de 24-10-97, BOE nº 256 de 25-10-97) según proceda.
  • Formulario de pre-solicitud para la tramitación de servidumbres aeronáuticas, debidamente cumplimentado, firmado y registrado, de conformidad con el Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de Servidumbres Aeronáuticas (BOE núm. 69, de 21 de marzo de 1972), modificado por el Real Decreto 297/2013, de 26 de abril, (BOE núm. 118, de 17 de mayo de 2013), en el que establece el marco normativo en materia de servidumbres aeronáuticas. Este formulario deberá registrarse en la página oficial de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), del Ministerio de Fomento.
  • Proyecto de instalación para captación de energía solar para agua caliente sanitaria y para usos fotovoltaicos (1 copia en papel y 1 en soporte digital), conforme a la Ordenanza de Captación Solar para Usos Térmicos, y el CTE BBHE5.
  • Resumen no técnico de la documentación presentada para facilitar su comprensión a los efectos del trámite de información pública.
  • Documento comprensivo de los datos, que a juicio de la persona solicitante, gocen de confidencialidad de acuerdo con las disposiciones vigentes, indicando la norma con rango de ley que ampara dicha confidencialidad.
  • En caso de que vaya a producirse entrada y salida de vehículos, aparcamiento o carga y descarga de mercancías, se deberá indicar en los planos, al objeto de solicitar, en su caso, y ante el servicio municipal competente, el correspondiente vado.
  • En caso de existir normativa específica de aplicación, se añadirá a la anterior documentación cuantos anexos sean necesarios para justificar el cumplimiento de la misma. Los anexos irán firmados por persona técnica competente y visados, en su caso, por el colegio profesional correspondiente.

b) Junto a la solicitud de licencia de obras de intervención (Documentación que acompañará la licencia de intervención):

  • Licencia de Intervención. Documento disponible en el apartado "Impresos" de esta misma página para descargar, rellenar y adjuntar en este trámite.
  • Certificado de compatibilidad urbanística. Certificado de la persona técnica competente redactora del proyecto en el que se manifieste expresamente la compatibilidad urbanística para la implantación de la actividad, de acuerdo con la normativa urbanística específica aplicable al emplazamiento donde se pretende instalar.
  • Justificante de pago de la tasa por actuaciones urbanísticas.
  • Proyecto básico de obras y actividad, 1 copia en papel y 1 en soporte digital (salvo que se presente por la Sede Electrónica), suscrito por persona facultativa competente en el que se contendrán los documentos que se especifican en el anexo II y III de la Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades (documentos que deberán contemplar el citado proyecto básico):

1. Levantamiento de planos del estado actual, así como reportaje fotográfico en color, suficientes para documentar el bien patrimonial, concretamente:

1.a Memoria explicativa que refleje: el grado de protección de catálogo y el nivel máximo de intervención permitido, la ficha de catálogo, documentación fotográfica exhaustiva, estado de conservación y patologías incidentes y el grado de intervención necesario, integración arquitectónica de la propuesta junto con las edificaciones colindantes, materiales, colores y texturas de fachadas y cubiertas, adjuntando la siguiente documentación fotográfica:

a. Fotografías en color, tamaño 13x18 cm, o en formato digital:

- De frente de fachada con los edificios colindantes.

- De los elementos arquitectónicos protegidos: fachadas, cubiertas, escaleras, patios, interiores, etc.

b. Planos:

- Planos de integración de conjunto de fachadas del edificio junto con los colindantes, con referencias a las ordenanzas gráficas del planeamiento vigente, e indicación de todos los materiales, colores y texturas que componen la envolvente del edificio proyectado. Escala 1/50; y en edificios de gran tamaño, generales a 1/100 y parciales a 1/50.

- Planos a escalas adecuadas del edificio antes de la intervención, planos parciales de detalles arquitectónicos que se han de proteger, documento a color fotográfico exhaustivo, alcance de la intervención diferenciando las zonas afectadas por la misma.

  • En caso de ampliación, proyecto básico y de actividad que refleje la edificación existente y la ampliación que se pretende.
  • En el caso de actuaciones aisladas en suelo urbano, cuando se trate de actuaciones no incluidas en unidades de ejecución o en programas de actuación, escrituras originales de cesión gratuita, libre de cargas y gravámenes, del ámbito vial de servicio que corresponda en las que figure que las parcelas que se transmiten están inscritas en el Registro de la Propiedad, así como planos acotados de las mismas, sobre base cartográfica municipal (Arts. 176 y 177 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana).
  • En los casos de edificación y urbanización simultáneas, compromiso de no utilizar la edificación hasta la conclusión de las obras de urbanización, incluyendo tal condición en las transmisiones de propiedad o uso del inmueble (Art. 178.1 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana.)
  • Certificado de fijación de líneas, emitido por el Servicio de Planeamiento.
  • Si las obras solicitadas en el emplazamiento señalado se encuentran incluidas en los ámbitos y entornos de BIC (Bien de Interés Cultural), deberá adjuntar a la solicitud de licencia la autorización de la conselleria competente en materia de cultura y proyecto autorizado.
  • En caso de encontrarse enclavada la parcela en Área de Vigilancia Arqueológica (AVA), deberá adjuntarse a la solicitud de licencia autorización de la conselleria competente en materia de cultura por las posibles afecciones a elementos arqueológicos.
  • Estudio o estudio básico de seguridad y salud (RD 1627/97, de 24-10-97, BOE nº 256 de 25-10-97) según proceda.
  • Proyecto de instalación para captación de energía solar para agua caliente sanitaria y para usos fotovoltaicos (1 copia en papel y 1 en soporte digital), conforme a la Ordenanza de Captación Solar para Usos Térmicos, y el CTE BBHE5.
  • Resumen no técnico de la documentación presentada para facilitar su comprensión a los efectos del trámite de información pública.
  • Documento comprensivo de los datos, que a juicio de la persona solicitante, gocen de confidencialidad de acuerdo con las disposiciones vigentes, indicando la norma con rango de ley que ampara dicha confidencialidad.
  • En caso de que vaya a producirse entrada y salida de vehículos, aparcamiento o carga y descarga de mercancías, se deberá indicar en los planos, al objeto de solicitar, en su caso, y ante el servicio municipal competente, el correspondiente vado.
  • En caso de existir normativa específica de aplicación, se añadirá a la anterior documentación cuantos anexos sean necesarios para justificar el cumplimiento de la misma. Los anexos irán firmados por persona técnica competente y visados, en su caso, por el colegio profesional correspondiente.

c) Junto a la solicitud de licencia de obras (Documentación que acompañará la licencia de obras):

  • Licencia de Obras. Documento disponible en el apartado "Impresos" de esta misma página para descargar, rellenar y adjuntar en este trámite.
  • Certificado de compatibilidad urbanística. Certificado de la persona técnica competente redactora del proyecto en el que se manifieste expresamente la compatibilidad urbanística para la implantación de la actividad, de acuerdo con la normativa urbanística específica aplicable al emplazamiento donde se pretende instalar.
  • Justificante de pago de la tasa por actuaciones urbanísticas.
  • Proyecto básico de obras y actividad, 1 copia en papel y 1 en soporte digital (salvo que se presente por la Sede Electrónica), suscrito por persona facultativa competente en el que se contendrán los documentos que se especifican en el anexo II y III de la Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades.

a) Justificación del cumplimiento de la normativa urbanística aplicable.

b) Justificación del cumplimiento de la instrucción 2/83, aprobada por Orden de la Conselleria de Gobernación, de 7 de julio de 1983 (DOGV del 19-07-83) o norma que la sustituya, justificando el cumplimiento de normativa en materia de calidad ambiental y protección contra la contaminación.

c) Normativa sobre instalaciones en locales (CTE, REBT, RITE, RSEI, etc.)

d) Normativa en materia de accesibilidad.

e) Normativa sanitaria aplicable y, en especial, justificará el cumplimiento de la normativa legal, en su caso, sobre prevención y control de la legionelosis, especificando detalladamente en la memoria del proyecto la adopción de las medidas preventivas determinadas en esta normativa (R.D. 865/2003, de 4 de julio, y Decreto del Gobierno Valenciano 173/2000, de 5 de diciembre).

f) Estudio acústico donde se justificará el cumplimiento de la normativa contra la contaminación acústica vigente, conforme al artículo 36 de la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección Contra la Contaminación Acústica, o el correspondiente de la noma que lo sustituya; y artículos 40 y 41 de la vigente Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica.

  • Resumen no técnico de la documentación presentada para facilitar su comprensión a los efectos del trámite de información pública.
  • Documento comprensivo de los datos, que a juicio de la persona solicitante, gocen de confidencialidad de acuerdo con las disposiciones vigentes, indicando la norma con rango de ley que ampara dicha confidencialidad.
  • En caso de que vaya a producirse entrada y salida de vehículos, aparcamiento o carga y descarga de mercancías, se deberá indicar en los planos, al objeto de solicitar, en su caso, y ante el servicio municipal competente, el correspondiente vado.
  • En caso de existir normativa específica de aplicación, se añadirá a la anterior documentación cuantos anexos sean necesarios para justificar el cumplimiento de la misma. Los anexos irán firmados por persona técnica competente y visados, en su caso, por el colegio profesional correspondiente.

d) Junto a la solicitud de declaración responsable de apertura

  • Declaración responsable de apertura. Documento disponible en el apartado "Impresos" de esta misma página para descargar, rellenar y adjuntar en este trámite.
  • Certificado de la persona técnica directora de la ejecución del proyecto visado, en su caso, y acreditativo de que las obras y las instalaciones son conformes al proyecto presentado y a la licencia de obras concedida.
  • Copia del resguardo del ingreso del Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras (ICIO).
  • Certificado ajustado a lo establecido en el artículo 42.2 de la Ordenanza Municipal de Protección Contra la Contaminación Acústica, suscrito por técnico competente y visado por su correspondiente Colegio profesional, acreditativo de la eficacia de las medidas de prevención de ruidos y vibraciones, con indicación de los resultados de las mediciones in situ efectuadas. El certificado deberá ser realizado por Laboratorios acreditados de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el documento básico «DB-HR Protección frente al ruido» del Código Técnico de la Edificación y se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
  • Plan de Actuación ante Emergencias, redactado y firmado por persona técnica competente y suscrito por el titular o responsable del establecimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.2, apdo h) de la Ley 14/10 de Espectáculos Públicos, según normas de autoprotección en vigor.
  • Certificado acreditativo de la suscripción de contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil por los riesgos derivados de la explotación de la actividad. Se acreditará mediante el modelo de certificación del anexo I del Decreto 143/2015, de acuerdo con las condiciones y requisitos exigibles establecidos en los artículos 59 y 60 de dicho decreto.
  • Esquema técnico justificativo exigido en el Anexo IV.2 de la Ordenanza Reguladora de Obras de Edificación y Actividad.
  • En caso de que el proyecto/certificaciones no se presenten visados, declaración responsable normalizada de la identidad y habilitación profesional de la persona autora.

RESUMEN DOCUMENTACIÓN A APORTAR:

Documentación para todos los casos:
  • Copia del DNI de la persona declarante:

    salvo que aporte la documentación con su certificado electrónico.

    Copia del DNI de la persona declarante o de la persona firmante, si se trata de una sociedad.

  • Copia de la escritura de constitución:

    En caso de ser la persona declarante una sociedad, copia de la escritura de constitución de la misma y de los poderes de representación de quien firma la solicitud.

  • Copia del contrato constitutivo de la comunidad de bienes:

    En el caso de que las personas interesadas estuvieran constituidas en comunidad de bienes, copia del contrato constitutivo de dicha comunidad, suscribiendo la instancia la totalidad de la comunidad o quienes ostenten la representación de ésta, siempre que acredite dicha representación.

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Solicitud de licencia de obras de nueva planta:
    • Solicitud Licencia de obras de nueva planta
    • Certificado de compatibilidad urbanística
    • Justificante de pago de la tasa por actuaciones urbanísticas
    • Proyecto básico de obras y actividad (Obras de nueva Planta)
    • En caso de ampliación, proyecto básico y de actividad
    • En los casos de edificación y urbanización simultáneas compromiso no uso
    • Certificado de fijación de líneas
    • En obras incluidas en ámbitos y entornos de BIC, autorización de Conselleria
    • En Áreas de Vigilancia Arqueológica (AVA), autorización de Conselleria
    • Estudio o estudio básico de seguridad y salud
    • Formulario de pre-solicitud para la tramitación de servidumbres aeronáuticas (AESA)
    • Proyecto de instalación para captación de energía solar
    • Resumen no técnico de la documentación presentada
    • Documento comprensivo de los datos, que gocen de confidencialidad
    • Entrada y salida de vehículos, aparcamiento o carga y descarga
    • Normativa específica de aplicación
  • Solicitud de licencia de intervención:
    • Solicitud Licencia de Intervención
    • Certificado de compatibilidad urbanística
    • Justificante de pago de la tasa por actuaciones urbanísticas
    • Proyecto básico de obras y actividad (Intervención):

      ○      Levantamiento  de planos

      ○      1.a Memoria explicativa:

      a)       Fotografías en color.

      b)       Planos.

    • En caso de ampliación, proyecto básico y de actividad
    • En los casos de edificación y urbanización simultáneas compromiso no uso
    • Certificado de fijación de líneas
    • En obras incluidas en ámbitos y entornos de BIC, autorización de Conselleria
    • En Áreas de Vigilancia Arqueológica (AVA), autorización de Conselleria
    • Estudio o estudio básico de seguridad y salud
    • Proyecto de instalación para captación de energía solar
    • Resumen no técnico de la documentación presentada
    • Documento comprensivo de los datos, que gocen de confidencialidad
    • Entrada y salida de vehículos, aparcamiento o carga y descarga
    • Normativa específica de aplicación
  • Solicitud de licencia de obras:
    • Solicitud de licencia de obras
    • Certificado de compatibilidad urbanística
    • Justificante de pago de la tasa por actuaciones urbanísticas
    • Proyecto básico de obras y actividad (obras):

      a) Justificación del cumplimiento de la normativa urbanística aplicable.

      b) Justificación del  cumplimiento de la instrucción 2/83,  de  normativa en materia de calidad ambiental y protección contra la contaminación.

      c) Normativa sobre instalaciones en locales (CTE, REBT, RITE, RSEI, etc.)

      d) Normativa en materia de accesibilidad.

      e) Normativa sanitaria aplicable.

      f) Estudio acústico.

    • Resumen no técnico de la documentación presentada
    • Documento comprensivo de los datos, que gocen de confidencialidad
    • Entrada y salida de vehículos, aparcamiento o carga y descarga
    • Normativa específica de aplicación
  • Declaración responsable de apertura:
    • Declaración responsable de apertura
    • Certificado final de obras e instalaciones
    • Copia resguardo ingreso ICIO
    • Certificado acústico
    • Plan de emergencias
    • Certificado seguro responsabilidad civil
    • Esquema técnico justificativo IV.2.
    • Declaración responsable de las personas técnicas
Tasas
Tasa

1.- Tasa por prestación de servicios relativos a actuaciones urbanísticas

Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de declaración responsable de obras o de licencia de obras.

Cuantía: La detallada a continuación, que se calculará en función del presupuesto de ejecución material de la obra:

Tasas:


Hasta 6.010,12 €

140,90 €.

Mayor de 6.010,12 y hasta 30.050,61 €

253,54€.

Mayor de 30.050,61 y hasta 60.101,21 €

751,31 €.

Mayor de 60.101,21 y hasta 150.253,03 €

1.638,97 €

Mayor de 150.253,03 y hasta 300.506,05 €

3.756,28 €

Mayor de 300.506,05 y hasta 601.012,10 €

7.982,11 €

Mayor de 601.012,10 €

Se abonará 10.048,02 euros, más el importe resultante de multiplicar por 9,66 el exceso sobre 601.012,10 €, considerando fracciones de 6.010,12 €.


2.-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)

Cuantía: 3% del presupuesto de ejecución material de la obra.

Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la declaración responsable de obras correspondiente. En las licencias de obras se podrá efectuar el pago con carácter previo a la presentación de la solicitud de la licencia de obras, o en el plazo de un mes desde la concesión de la mencionada licencia.

Para exenciones, reducciones o bonificaciones sobre las cuantías señaladas: Estar a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal relativa a las Tasas por prestación de los servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas y a la Ordenanza-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, del Ayuntamiento de Valencia, en el apartado de Ordenanzas.

El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.


Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
Tasas por Prestación de los Servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas


Información Complementaria

Para determinar si la obra se tramita como Declaración Responsable o está sujeta a licencia, habrá que tener en cuenta los artículos 213 y 214 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana, así como los artículos 9 y 10 de la Ordenanza Reguladora de Obras de Edificación y Actividades del Ayuntamiento de Valencia.

Para determinar si la apertura va por declaración responsable o por autorización administrativa se estará a lo que se dispone en los art. 9 i 10 de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos y al decreto 143/2015, que la desarrolla.

Declaración responsable de apertura, para todas las actividades recogidas en la Ley 14/2010, de Espectáculos Públicos, excepto las reguladas en el art. 10.

Autorización administrativa, para las actividades reguladas en el art. 10 de la Ley 14/2010, de Espectáculos Públicos que suponen un incremento del riesgo, concretamente:

  • Establecimientos públicos de aforo superior a 500 personas.
  • Establecimientos con recinto o espacio calificado de riesgo alto (cocinas + 50 Kw).
  • Establecimientos con recinto o espacio con carga térmica global elevada.
  • Establecimientos que requieran de licencias excepcionales.

Ver ficha de procedimiento “APERTURA DE ESTABLECIMIENTO PÚBLICO (BAR, CAFETERÍA, RESTAURANTE…..) MEDIANTE DECLARACIÓN RESPONSABLE”.

Plazo máximo de resolución:

ARTÍCULO 221 DE LA LEY 5/2014, DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO Y PAISAJE DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.

“1.- Las licencias urbanísticas se resolverán en los plazos siguientes:

a) Las de parcelación o división de terrenos, en el plazo de 1 MES
b) Las licencias que comporten obras mayores de nueva construcción o reforma estructural de entidad equivalente a una nueva construcción o las de derribo, respecto a edificios no catalogados, en el plazo de 2 MESES.
c) Las de intervención, que serán cualesquiera que afecten a edificio catalogado o en trámite de catalogación, en el de 3 MESES.

2. Los ayuntamientos podrán otorgar licencias parciales que autoricen la realización de fases concretas del proyecto, a reserva de la subsanación o suplemento de este en aspectos menores y complementarios pendientes de autorización administrativa”

Preguntas frecuentes sobre trámites y licencias en relación a su negocio hostelero y de ocio.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Con las excepciones previstas en el artículo 223 de la Ley 5/2014 de ordenación del territorio, urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana.
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

  • Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
  • Rellene el formulario
  • Adjunte, en su caso, la documentación indicada
  • Presente y firme la solicitud

Podrá imprimir y guardar un justificante de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.

Atención telefónica

Teléfono del Ayuntamiento de València: 963525478

Cuestiones administrativas: 1773, 1862, 3123 y 3138.

Transmisiones de licencia y cambios de titularidad: 3125 y 3121.

Oficina Urbanística y Técnica: 3230 y 3235.

Jefatura de Servicio: 3122 y 3130.

También se pueden hacer consultas por correo electrónico: sactivid@valencia.es

Legislación
  • Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo i Paisaje de la Comunitat Valenciana.
  • Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.
  • Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010
Dónde dirigirse

Oficinas donde obtener información o realizar consultas:

  • SERVICIO DE ACTIVIDADES

Amadeu de Savoia, 11. Patio B, planta baja

Oficinas de presentación:

  • SERVICIO DE ACTIVIDADES

Amadeu de Savoia, 11. Patio B, planta baja

  • SEDE ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE VALÈNCIA
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