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Subvenciones para proyectos que promuevan la igualdad de las personas LGTBI
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
IG.AY.60
Descripción

Concesión de subvenciones a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, para desarrollar proyectos con el objetivo de promover la igualdad de las personas LGTBI.

En todo caso, el importe máximo a percibir será de 10.000,00€ por proyecto. Los proyectos se ordenarán por orden decreciente de puntuación hasta alcanzar el límite máximo del crédito presupuestario de 66.666,67€, de conformidad con las especificaciones descritas en la presente convocatoria.

No se subvencionarán los proyectos que obtengan menos de 50 puntos.

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán solicitar la subvención objeto de la presente convocatoria todas aquellas asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con implantación en València que en el momento de presentación de la misma cumplan con los requisitos establecidos.

NOVEDAD: El periodo de ejecución de los proyectos tendrá una duración de 12 meses, debiendo iniciarse tras la concesión y cobro de la subvención. El importe de la subvención concedida se abonará en dos momentos: En el momento de concesión de la subvención, en un pago a cuenta y anticipado del 75% de la subvención concedida, que supondrá entrega de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención con los requisitos establecidos en la vigente Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento. No se requerirá de la constitución de garantías, exonerándose a la beneficiaria de la obligación establecida en el artículo 16 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de València y sus organismos públicos. Una vez transcurrido el periodo de 12 meses desde la concesión y cobro del 75% de la subvención concedida, previa justificación por la beneficiaria de la realización del proyecto, se abonará el segundo pago del 25% de la subvención concedida.

En caso de que alguna asociación o entidad no justificase alguno de losrequisitos de la convocatoria, o no aceptara, o renunciara a lasubvención, y así lo hiciera antes del abono efectivo de la misma, seotorgará subvención a la asociación o entidad solicitante, o a lasasociaciones o entidades solicitantes siguientes por orden depuntuación, sin necesidad de hacer una nueva convocatoria.

Requisitos

1) Ser asociaciones, entidades, organizaciones, federaciones o agrupaciones de asociaciones y entidades, con implantación en la ciudad de València.

2) Carecer de fines lucrativos.

3) Estar legalmente constituidas y formalmente inscritas en el Registro público correspondiente a la fecha de publicación en el B.O.P. de esta Convocatoria.

4) Justificar y acreditar la figura de representante legal de la asociación y entidad y de la voluntad de la entidad o asociación de participar en la convocatoria.

5) Tener sede o delegación permanente en el municipio de València, dotada de personal contratado o voluntario, en la que se desarrolle de forma habitual la actividad de la asociación o entidad, con horario de apertura al público que tendrá (al menos) periodicidad semanal, disponiendo de una estructura organizativa suficiente que garantice el cumplimiento de sus fines sociales y de la propuesta objeto de subvención. En dicho horario se podrán realizar, por parte del personal del Servicio de Igualdad, visitas de seguimiento de los proyectos subvencionados durante su periodo de ejecución.

6) Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de València y la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y Hacienda Autonómica; como también con la Seguridad Social y con las obligaciones por reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento con anterioridad, si procede.

7) Haber justificado correctamente, con anterioridad a la finalización del plazo de subsanación de defectos de la presente convocatoria, cualquier subvención anteriormente otorgada por el Ayuntamiento de València, excepto en aquellos casos en que no haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.

8) En caso de concurrir a la convocatoria en agrupación de asociaciones y entidades, cada una de ellas deberá cumplir los requisitos anteriormente mencionados. Todas las asociaciones y entidades de la agrupación tendrán la consideración de beneficiarias y deberán nombrar una persona como representante o apoderada única con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que como beneficiaria correspondan a la agrupación y no podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción contemplado en los artículos 39 y 65 de la LGS.

9) Además de los requisitos expuestos en el presente precepto de convocatoria, las asociaciones y entidades que concurran a la obtención de la subvención deberán cumplir cualquier otro requisito previsto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y sus Organismos Públicos y en el Artículo 13 de la LGS.

Cuándo solicitarlo

El plazo para presentar la solicitud será de 1 mes a contar desde el día siguiente a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de València.

Publicación BOP: Jueves 14 de marzo de 2024 - Boletín Nº 53


Plazo de solicitud: del día 15/03/2024 hasta el 15/04/2024 ambos inclusive.
Documentación a presentar

La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica. Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.

Documentación para todos los casos:
  • Anexo 2. Proyecto:

    cumplimentando y adjuntando el modelo del Anexo 2 (del apartado "Impresos") de esta convocatoria. Se podrá solicitar financiación para un proyecto únicamente por cada asociación o entidad y será redactado en los términos que establece el punto sexto de esta convocatoria.

  • Anexo 3. Presupuesto:

    cumplimentando y adjuntando el modelo del Anexo 3 (del apartado "Impresos") de esta convocatoria, en los términos establecidos en el punto séptimo.

  • Memoria de actividades de la asociación o entidad solicitante:

    en la que constarán:

    - El organigrama de la asociación o entidad en el que se incluirá: domicilio de la sede, nombres y apellidos de aquellas personas que ocupan un cargo dentro de la Organización y, en su caso, secretaría/vocalía o delegación con competencias en Igualdad y Derechos LGTBI.

    - El nombre y contacto de la persona que actuará como representante de la organización ante el Ajuntament de València. Esta persona deberá estar disponible, en horario de oficina, telefónica y/o telemáticamente, para poder ser contactada por el personal de la sección de Inclusió i Convivència en relación al seguimiento del desarrollo del proyecto.

    - La memoria deberá incluir DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA EXPERIENCIA en proyectos de similares características, correspondiente a los últimos dos años (si no se tiene experiencia, se indicará específicamente esta circunstancia.

    En caso de aportar mediante sede estos documentos como archivos separados, se tendrá que hacer mediante "Documentación adicional", una vez iniciado el trámite.

  • Estatutos de la asociación o entidad:

    en los que se especifique la ausencia de fines lucrativos.

  • Inscripción en el Registro público de Asociaciones y Entidades:

    en el cual se encuentre inscrita la asociación o entidad beneficiaria de la subvención.

  • Documento de la asociación o entidad que acredite la representación legal, la existencia de sede en la ciudad de València y acreditación de la voluntad de participar en esta convocatoria:

    en caso de aportar mediante sede estos documentos como archivos separados, se tendrá que hacer mediante "Documentación adicional", una vez iniciado el trámite.

  • Anexo 1. Declaración responsable:

    de quien ostente la representación legal de la asociación o entidad solicitante, cumplimentando y adjuntando el modelo del Anexo 1 (del apartado "Impresos") de esta convocatoria.

  • En caso de agrupación de asociaciones y entidades, convenio:

    en el que se recoja el porcentaje de participación de cada asociación o entidad en el proyecto, los derechos y obligaciones de cada agente participante, el sistema de gestión del presupuesto y de resolución de conflictos, citando expresamente el régimen de responsabilidad por el proyecto. Asimismo, deberán aportar nombramiento de la persona representante o apoderada única y compromiso de no disolución de la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción contemplado en los artículos 39 y 65 de la LGS.

Actuaciones a realizar por la persona solicitante

1.- Realizar la solicitud si cumple con las condiciones establecidas en la Convocatoria
2.- Adjuntar la documentación requerida
3.- Comunicar el inicio de la actividad, rellenar el Anexo 4 y adjuntarlo a la instancia general del procedimiento 'Aportación de documentación a solicitudes/expedientes ya en trámite por el Ayuntamiento.' indicando el E 02230 2024 25
El Servicio de Igualdad y Políticas Inclusivas generará un expediente individual para cada uno de los proyectos.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Artículo 24.1 párrafo segundo Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo máximo de resolución: 3 meses
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

96 352 54 78, Extensión 77174

Legislación
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 01/03/2024, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a asociaciones y entidades para proyectos que promuevan la igualdad de las personas LGTBI en el municipio de València para el año 2024
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de Subvenciones.
Dónde dirigirse

OFICINA DE INFORMACIÓN:

SERVICIO DE IGUALDAD

Edificio Tabacalera. Calle Amadeo de Saboya, 11 - 46010 València

Tel.: 96 352 54 78, Extensión 77174

jserigualtat@valencia.es

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