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Reclamación económico-administrativa ante el Jurado Tributario Municipal
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
HA.PR.10
Descripción

Interposición de reclamaciones económico-administrativas contra los actos dictados en materia de gestión, liquidación, recaudación e inspección de tributos e ingresos de derecho público, que sean competencia del Ayuntamiento de València o de entidades de derecho público dependientes o vinculadas al mismo.

Son recurribles los siguientes actos:

  • Liquidaciones de tributos municipales (impuestos, tasas y contribuciones especiales) tanto si son provisionales como definitivas.
  • Resoluciones, expresas o presuntas, de una solicitud de rectificación de autoliquidación tributaria.
  • Actos que denieguen o reconozcan exenciones o bonificaciones tributarias.
  • Actos que impongan sanciones tributarias.
  • Actos dictados en el procedimiento de recaudación, tanto si tienen por objeto liquidaciones tributarias como cualesquiera otros ingresos de derecho público.
  • Actos que resuelvan los procedimientos de devolución de ingresos indebidos de naturaleza tributaria.
  • Actos que resuelvan procedimientos de rectificación de errores materiales, aritméticos o de hecho en materia de tributos locales.
  • Las resoluciones de los recursos de reposición que se hayan presentado en relación con las materias antes relacionadas.
  • Las actuaciones y omisiones derivadas de las relaciones entre el sustituto y el contribuyente.

No son recurribles los siguientes actos:

  • Los que den lugar a una reclamación en vía administrativa previa a la judicial, civil o laboral, o pongan fin a dicha vía.
  • Los actos de imposición de sanciones no tributarias (como por ejemplo las multas de tráfico).
  • Los dictados en virtud de una Ley que los excluya de la reclamación económico-administrativa.

¿Quién lo puede solicitar?

Estarán legitimados para promover las reclamaciones económico-administrativas:

1.- Los obligados tributarios.
2.- Los infractores tributarios.
3.- Los obligados al pago en los procedimientos de recaudación en vía de apremio.
4.- Cualquier otra persona cuyos intereses legítimos resulten afectados por el acto a la actuación tributaria.

Requisitos

La reclamación se realiza mediante un escrito no sujeto a modelo específico, si bien existe un modelo-tipo a disposición del público en las oficinas de atención al contribuyente, en la web municipal y en la Sede Electrónica Municipal. El escrito de interposición debe ir firmado por el reclamante de forma manual si se presenta la reclamación en formato papel, o con firma digital si se dispone de un certificado electrónico con dicha firma, que es necesario para poder operar en sede electrónica.

ENCABEZAMIENTO

  • Se debe comenzar señalando que es una reclamación económico-administrativa.
  • Órgano administrativo al que se dirige: es el que ha dictado el acto que es objeto de la reclamación económico-administrativa. Como excepción, en los casos de relaciones entre el sustituto y el contribuyente el escrito se dirigirá al Jurado Tributario.

Téngase en cuenta que no pueden simultanearse el recurso de reposición y la reclamación económico-administrativa

CONTENIDO

  • Identificación de la persona reclamante (nombre y apellidos o razón social y NIF), así como de la persona representante cuando no se comparezca en nombre propio, acompañando en este último caso original de la documentación que acredite la representación (escrito de otorgamiento de la representación, poder notarial...). Se recomienda también acompañar teléfono de contacto o dirección de correo electrónico.
  • Domicilio para recibir notificaciones. El posterior cambio de domicilio debe también comunicarse, pues son válidas las notificaciones dirigidas al antiguo, si no se comunica a la administración el cambio al nuevo.
  • Identificar el acto administrativo municipal que se impugna. Se recomienda adjuntar fotocopia de la notificación del acto impugnado para facilitar su identificación. En los casos de reclamaciones referidas a relaciones entre el sustituto y el contribuyente el escrito deberá identificar a la persona afectada y su domicilio y adjuntar antecedentes

ALEGACIONES

1.- Si la cuantía del acto impugnado es igual o superior a los 3.000 €, se tramitará por el procedimiento ordinario. En este caso, el escrito puede limitarse a solicitar que se tenga por interpuesta la reclamación, pero también puede incluir las alegaciones, proponiendo pruebas y aportando los documentos que se estimen convenientes, lo que reduce el tiempo de tramitación.
2.- Si la cuantía del acto impugnado es inferior a 3.000 €, se tramitará siguiendo el procedimiento abreviado. La ley obliga en este caso a FORMULAR ALEGACIONES en el escrito de interposición, y adjuntar las pruebas que estime pertinentes.

  • Muy importante: si se acompañan alegaciones y no se ha presentado previamente recurso de reposición, el propio órgano administrativo que dictó el acto podrá anular total o parcialmente el acto impugnado, sin perjuicio de que se trate de una reclamación económico-administrativa y que la resolución definitiva corresponda al Jurado Tributario.

Cuándo solicitarlo

Se interpondrá en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado.
Véase la Guía para la presentación de reclamaciones económico-administrativas.

Documentación a presentar

La reclamación se realiza mediante un escrito no sujeto a modelo específico, si bien existe un modelo-tipo a disposición del público en las oficinas de atención al contribuyente, en la web municipal y en la Sede Electrónica Municipal. El escrito de interposición debe ir firmado por el reclamante de forma manual si se presenta la reclamación en formato papel, o con firma digital si se dispone de un certificado electrónico con dicha firma, que es necesario para poder operar en sede electrónica.

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Reclamación económico-administrativa ante el Jurado Tributario Municipal procedimiento ordinario:
    • Notificación del acto impugnado
  • Reclamación económico-administrativa ante el Jurado Tributario Municipal procedimiento abreviado:
    • Notificación del acto impugnado
Información Complementaria

Sobre solicitud de suspensión del acto impugnado véase Guía para la presentación de reclamaciones económico-administrativas .

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso Extraordinario de revisión
Silencio Administrativo: Desestimatorio
La duración máxima procedimiento ordinario: 1 año y del procedimiento abreviado: 6 meses. Transcurrido el plazo sin que haya sido resuelta, podrá entenderse desestimada por silencio administrativo.
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Si dispone de certificado digital de la Generalitat Valenciana o DNI electrónico puede realizar el trámite en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, adjuntando aquellos documentos que se indiquen en este Catálogo de Trámites.

Legislación
  • Ley 58/2003, General Tributaria.
  • Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, modificada por Ley 57/2003 de modernización del Gobierno Local.
  • Reglamento Orgánico del Jurado Tributario del Ayuntamiento de València, que regula el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia (B.O.P. de Valencia nº 8 de 10 de enero de 2007, en cuanto a su redacción inicial, y B.O.P. de 22 de diciembre de 2012, que incorpora las modificaciones aprobadas por acuerdo plenario de 25 de mayo de 2012)
  • Real Decreto 520/2005, Reglamento General de Desarrollo de la Ley 58/2003, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.
Dónde dirigirse

Usted puede realizar la gestión directamente en cualquiera de las Oficinas de Gestión Tributaria Integral del Ayuntamiento de Valencia, preferentemente con CITA PREVIA.

Si desea más información, puede llamar al teléfono de Atención de Gestión Tributaria Integral, 96.389.50.79, o enviar un correo electrónico a ayuntamientovalencia_gti@valencia.es

Oficinas de información
  • JURADO TRIBUTARIO DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIAAntiga Senda de Senent, 8 - planta 5ªTel.: 96.352.54.78, ext. 7170 - 7171Fax: 96.389.50.19
Oficinas para presentar
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: de Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
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