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Exención del Impuesto IVTNU/Plusvalía: otros supuestos
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
HA.PL.70
Descripción

Declaración de exención en el Impuesto Incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana en los siguientes supuestos:

• Constitución y transmisión de derechos de servidumbre.

• Cuando la obligación de satisfacer el Impuesto recaiga sobre las siguientes personas o entidades:

- El Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales, a las que pertenezca el municipio, así como los organismos autónomos del Estado y las entidades de derecho público de análogo carácter de las comunidades autónomas y de dichas entidades locales.
- Las entidades locales integradas o en las que se integre el municipio de Valencia, así como sus entidades de derecho público de análogo carácter a los organismos autónomos del Estado.
- Las instituciones que tengan la calificación de benéficas o de benéfico-docentes.
- Las entidades gestoras de la Seguridad Social y las mutualidades de previsión social reguladas en la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados.
- Los titulares de concesiones administrativas revertibles respecto a los terrenos afectos a éstas.
- La Cruz Roja Española.
- Las personas o entidades a cuyo favor se haya reconocido la exención en tratados o convenios internacionales.
- Universidades Públicas.
- Telefónica.
- Establecido por Convenios Internacionales en vigor.
- Empresas afectadas por COVID.

¿Quién lo puede solicitar?

- En la constitución o transmisión del derecho de servidumbre, la persona física o jurídica o entidad del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria que constituya o transmita el derecho, cuando sea a titulo oneroso (excepto que el contribuyente sea una persona física no residente en España, en cuyo caso serà sujeto pasivo sustituto del mismo el adquirente) o, aquella a cuyo favor se constituya o transmita el derecho, si la transmisión es a título lucrativo

Las persones o entidades que se encuentren entre los supuestos de exención del Impuesto, relacionados en el apartado Descripción, cuando la obligación de satisfacer el Impuesto recaiga sobre las mismas.

Requisitos

Ser sujeto pasivo del impuesto y estar en uno de los supuestos previstos de exención.

Cuándo solicitarlo

- Transmisiones por actos inter vivos: en el plazo de 30 días hábiles a contar desde la fecha en la que se produzca la transmisión de la propiedad del terreno o la transmisión o constitución del derecho real de goce limitativo del dominio.

- Transmisiones por actos por causa de muerte: en el plazo de seis meses desde la fecha de fallecimiento, prorrogables hasta un año a solicitud de la parte interesada.

Documentación a presentar

AUTOLIQUIDACIÓN CUOTA 0 POR WEB

1. Puede realizar la autoliquidación usted mismo desde el siguiente enlace, sin necesidad de firma electrónica, señalando la opción exención al final de esta.

Manual de ayuda para la realización de la autoliquidación.

AUTOLIQUIDACIÓN DE TRIBUTOS Y PRECIOS PÚBLICOS

2. Cumplimente y presente el impreso específico del apartado Impresos en cualquier Registro u Oficina Presentadora, o si dispone de firma electrónica, rellene y presente el formulario pulsando el botón Iniciar trámite de esta página, o bien siguiendo el enlace que aparece al finalizar la autoliquidación, adjuntando en ambos casos la siguiente DOCUMENTACION IMPRESCINDIBLE:

En todos los casos:

  • Copia de la autoliquidación cuota 0 efectuada por la persona interesada.
  • Documento de identidad de la persona obligada al pago, y domicilio de comunicación.
  • En caso de representante o persona autorizada, la escritura de poderes o autorización
  • Documentación que fundamente la exención en caso de que no se desprenda del título de transmisión o adquisición.

Documentación a presentar en caso de transmisiones mortis-causa sin escritura pública de aceptación y adjudicación de herencia:

  • Documento privado que documente la transmisión.
  • Certificado de defunción.
  • Testamento o, en su defecto, declaración de herederos.
  • Certificado del Registro General de Actos de Últimas Voluntades.

ASISTENCIA EN LA AUTOLIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO IVTNU/PLUSVALÍA

Si prefiere solicitar asistencia en la autoliquidación en la Oficina de Gestión Tributaria Integral, consulte el siguiente enlace: ASISTENCIA EN LA AUTOLIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO IVTNU/PLUSVALÍA

Actuaciones a realizar por la persona solicitante

AUTOLIQUIDACIÓN CUOTA 0 POR WEB

  1. Puede realizar la autoliquidación cuota 0 usted mismo, desde el siguiente enlace, sin necesidad de certificado digital, señalando la opción Exención al final de la misma.

Manual de ayuda para la realización de la autoliquidación

AUTOLIQUIDACIÓN DE TRIBUTOS Y PRECIOS PÚBLICOS

  1. Debe presentar la autoliquidación cuota 0 adjuntando la DOCUMENTACIÓN IMPRESCINDIBLE del apartado Documentación a presentar de esta misma página, de una de las siguientes formas:

- Si dispone de firma electrónica puede presentar la declaración pinchando en el enlace que le aparecerá en pantalla una vez elaborada la autoliquidación, o bien pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, cumplimentando en ambos casos el formulario, y firmando la autoliquidación.

- Si no dispone de firma electrónica, puede cumplimentar el impreso específico del apartado Impresos de esta página y presentarlo a través de Registro u Oficina Presentadora.

ASISTENCIA EN LA AUTOLIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO IVTNU/PLUSVALÍA

Si prefiere solicitar asistencia en la autoliquidación en la Oficina de Gestión Tributaria Integral, consulte el siguiente enlace: ASISTENCIA EN LA AUTOLIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO IVTNU/PLUSVALÍA

Información Complementaria

La Administración municipal dentro del plazo legal de prescripción de cuatro años para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación, verificará y comprobará su autoliquidación, y si no la encuentra conforme, practicará liquidación definitiva, que notificará al obligado tributario, rectificando los elementos o datos mal aplicados y los errores aritméticos, calculará los intereses de demora e impondrá las sanciones procedentes en su caso. Asimismo practicará en la misma forma, liquidación de los hechos imponibles contenidos en el documento que no hubieren sido declarados por el sujeto pasivo

Plazo de resolución y recursos
Silencio Administrativo: No procede
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web

AUTOLIQUIDACIÓN CUOTA 0 POR WEB

  1. Puede realizar la autoliquidación cuota 0 usted mismo, desde el siguiente enlace, sin necesidad de certificado digital, marcando la opción Exención al final de la misma.

Manual de ayuda para la realización de la autoliquidación

AUTOLIQUIDACIÓN DE TRIBUTOS Y PRECIOS PÚBLICOS

  1. 2. Realizar la presentación de la autoliquidación cuota 0 online con firma electrónica

Puede iniciar la presentación online pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica/Sistemas de firma.

  • Tenga preparada la documentación que necesite adjuntar de acuerdo con el apartado Documentación a presentar
  • Cumplimente el formulario
  • Adjunte la documentación requerida
  • Presente y firme la presentación de la autoliquidación cuota 0 por exención

Podrá imprimir y guardar un acuse de presentación. Posteriormente en el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de sus instancias presentadas e igualmente podrá aportar documentación adicional o que le sea requerida.

Atención telefónica

De 8:30 a 14 h: 963895079, 962084849, 962084856, 962084840

Legislación

- Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobadas por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

- Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria. (LGT)

- Reglamento General de las Actuaciones y Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de Desarrollo de las Normas Comunes de los Procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio. (RGIAT).

Oficinas de información
  • OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe MayoralTel.: 96.389.50.79 De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas, preferentemente con CITA. ayuntamientovalencia_gti@valencia.es
  • SERVICIO DE INSPECCIÓN DE TRIBUTOS Y RENTASC/ de la Sangre nº 5 (1º y 6º piso)Tel.: 962084856, 962084849, 962084840Fax: 962084856, 962084849, 962084840De 8:30 a 14 h, de lunes a viernessinspecc@valencia.es
Oficinas para presentar
  • OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe MayoralTel.: 96.389.50.79 De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas, preferentemente con CITA. ayuntamientovalencia_gti@valencia.es
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BENIMAMET-BENIFERRIPl. Dr. Ximeno, 1 Tel.: 96.348.67.47Registro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horasA partir de 24 de julio de 2018 y hasta una fecha que se indicará en cada Alcaldía, no se realizarán las funciones de Registro de entrada
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CARPESAPl. del poble, 4Tel.: 96.185.71.94Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas. A partir de 24 de julio de 2018 y hasta una fecha que se indicará en cada Alcaldía, no se realizarán las funciones de Registro de entrada
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-CASTELLAR-OLIVERALC/ Poetessa Leonor Perales s/nTel.: 96.344.76.47 Fax: 96.336.23.75 Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas. A partir de 24 de julio de 2018 y hasta una fecha que se indicará en cada Alcaldía, no se realizarán las funciones de Registro de entrada
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOS (TRÁMITES PADRÓN)C/ Alberic, 18 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa, puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓ (TRÁMITES PADRÓN)Calle Guàrdia Civil, 19De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX (TRÁMITES PADRÓN)Calle Beato Nicolás Factor, 1De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITS (TRÁMITES PADRÓN)C/ Comte de Lumiares, 5 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa, puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFA (TRÁMITES PADRÓN)C/ Maties Perelló, 5De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIM (TRÁMITES PADRÓN)C/ Barraca, 53Tel.: 963014163 / 963014227De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa, puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
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