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Comunicación del hecho imponible Impuesto IVTNU/ Plusvalía
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
HA.PL.35
Descripción

Comunicar al Ayuntamiento la realización del hecho imponible del Impuesto sobre el Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, no siendo sujeto pasivo de dicho impuesto.

¿Quién lo puede solicitar?

La comunicación es de obligado cumplimiento y debe realizarla:

  • En transmisiones dominio a título oneroso o mediante precio (compraventas, permutas, expropiaciones, extinciones de condominio, etc.): la persona adquirente o aquélla a cuyo favor se constituya el derecho real de que se trate.
  • En transmisiones a título lucrativo o gratuito, siempre que se hayan producido por acto o negocio jurídico inter vivos: la persona donante o aquélla que constituya o transmita el derecho real de que se trate.
No se debe confundir esta comunicación con la obligación que tienen los sujetos pasivos de ingresar y presentar la autoliquidación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana .
Cuándo solicitarlo

En los mismos plazos en los que el sujeto pasivo tiene la obligación de autoliquidar el impuesto. En concreto:

  • Si se trata de acto inter-vivos: En el plazo de treinta días hábiles a contar desde la fecha del otorgamiento de documento público.
  • Si se trata de acto por causa de muerte: en el plazo de seis meses a contar desde la fecha del fallecimiento.
Documentación a presentar

  • Documento de identificación de la persona obligada al pago, excepto en el caso de presentación a través de la Sede Electrónica
  • En caso de representante o persona autorizada, la escritura de poderes o autorización firmada por persona autorizante y autorizada:

excepto en el caso de personas obligadas a relacionarse con la Administración de forma electrónica.

  • En caso de representante o persona autorizada, documento de identidad de la persona obligada al pago y el documento de identidad y domicilio de comunicación de la persona representante o autorizada:

excepto en el caso de personas obligadas a relacionarse con la Administración de forma electrónica.

  • Documento acreditativo de la transmisión gravada (documento notarial, judicial o administrativo en que conste el hecho, acto o contrato que origina la imposición).

Actuaciones a realizar por la persona solicitante

Solicitud, adjuntando la documentación señalada en el apartado “documentación a presentar”, formulada a través de la Sede Electrónica: se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.

Excepcionalmente, se podrá realizar el trámite de forma presencial. Para ello, se podrá solicitar, preferentemente con CITA PREVIA

Información Complementaria

Inscripción en el Registro de la Propiedad

A efectos de la inscripción prevista en el artículo 254 de la Ley Hipotecaria, se deberá acreditar en el Registro de la Propiedad haber presentado ante el Ayuntamiento la autoliquidación o, en su caso, la declaración del impuesto, o la comunicación a que se refiere el presente trámite.

Plazo de resolución y recursos
Silencio Administrativo: No procede
Plazo máximo de resolución: No aplica
Hacer en web

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona física o, realizándose en nombre de una persona jurídica, NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Legislación
  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  • Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Oficinas de información
  • OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe MayoralTel.: 96.389.50.79 De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas, preferentemente con CITA. ayuntamientovalencia_gti@valencia.es
Oficinas para presentar
  • OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe MayoralTel.: 96.389.50.79 De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas, preferentemente con CITA. ayuntamientovalencia_gti@valencia.es
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