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Prórroga en transmisiones por causa de muerte Impuesto IVTNU/ Plusvalía
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
HA.PL.100
Descripción

Obtener una ampliación, de seis meses a un año (a contar desde la fecha del fallecimiento), del plazo para presentar e ingresar la autoliquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana en caso de transmisiones mortis causa.

La mera solicitud de dicha prórroga implicará su concesión automática.

¿Quién lo puede solicitar?

La persona que adquiera el terreno o a cuyo favor se constituya o transmita el derecho real de que se trate.

Cuándo solicitarlo

Dentro del plazo de seis meses siguientes a la fecha de fallecimiento

Documentación a presentar

  • Documento de identidad de la persona obligada al pago y domicilio de comunicación
  • En caso de representante o persona autorizada:

- Escritura de poderes o autorización firmada por persona autorizante y autorizada.
- Documento de identidad de la persona obligada al pago y el documento de identidad de la persona representante o autorizada.

  • Certificado de defunción.
  • Documento acreditativo de la transmisión gravada (copia simple de la escritura de herencia, documento privado de aceptación de herencia, testamento o declaración de herederos, certificado del registro de actos de última voluntad, etc.).

Actuaciones a realizar por la persona solicitante

Solicitud, adjuntando la documentación señalada en el apartado “documentación a presentar”, formulada por una de estas vías:

  • Presencialmente en la Oficina de Gestión Tributaria, preferentemente con CITA PREVIA.
  • A través de la Sede Electrónica: Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica
Información Complementaria

La mera solicitud de dicha prórroga implicará su concesión automática.

Plazo de resolución y recursos
Silencio Administrativo: No procede
Plazo máximo de resolución: No aplica
Legislación
  • Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  • Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Oficinas de información
  • OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe MayoralTel.: 96.389.50.79 De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas, preferentemente con CITA. AVISO: DEL 1 AL 11 DE MARZO, LUNES A VIERNES DE 8:30 a 13:00; DEL 12 AL 15, DE 9:00 A 12:00; DÍA 18 CERRADA; DÍA 20, DE 9:00 A 13:00ayuntamientovalencia_gti@valencia.es
Oficinas para presentar
  • OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe MayoralTel.: 96.389.50.79 De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas, preferentemente con CITA. AVISO: DEL 1 AL 11 DE MARZO, LUNES A VIERNES DE 8:30 a 13:00; DEL 12 AL 15, DE 9:00 A 12:00; DÍA 18 CERRADA; DÍA 20, DE 9:00 A 13:00ayuntamientovalencia_gti@valencia.es
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