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IBI - Bonificación por familia numerosa, en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
HA.BI.15
Descripción

Obtener los sujetos pasivos titulares de familia numerosa una bonificación en la cuota íntegra del Impuesto sobre Bienes Inmuebles respecto del inmueble gravado que constituya vivienda habitual familiar.
Los porcentajes de bonificación anual serán los siguientes, conforme a las categorías de familia numerosa establecidas por la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas:

CATEGORÍAS

GENERAL

ESPECIAL

60%

bonificación

90%

bonificación

¿Quién lo puede solicitar?

Titulares de inmuebles que tengan la condición de familia numerosa.

Requisitos
  • La persona solicitante debe estar empadronada en el municipio de València.
  • Todos los integrantes de la unidad familiar deben tener su residencia habitual en la vivienda respecto de la que se solicita la bonificación.
  • El titular del inmueble debe tener la condición de titular de familia numerosa.
  • Debe estarse al corriente en el pago de todos los tributos municipales. El incumplimiento posterior de dicha condición dará lugar a la pérdida de la bonificación.
Cuándo solicitarlo
  • Primera Solicitud del beneficio fiscal ante este Ayuntamiento: En cualquier momento anterior a la terminación del correspondiente período de duración de la bonificación y surtirá efectos desde el período impositivo siguiente a aquel en que se solicite.
  • Renovación del beneficio fiscal ya concedido: Hasta la finalización del período de interposición de recursos contra deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva a que se refiere el artículo 14.2.c/ del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales para ese ejercicio.
Documentación a presentar
Documentación para todos los casos:
  • Documento de identificación de la persona obligada al pago, excepto en el caso de presentación a través de la Sede Electrónica
  • En caso de representante o persona autorizada, la escritura de poderes o autorización firmada por persona autorizante y autorizada:

    excepto en el caso de personas obligadas a relacionarse con la Administración de forma electrónica.

  • En caso de representante o persona autorizada, documento de identidad de la persona obligada al pago y el documento de identidad y domicilio de comunicación de la persona representante o autorizada:

    excepto en el caso de personas obligadas a relacionarse con la Administración de forma electrónica.

  • Documento que identifique el inmueble para el que se solicita la bonificación y su referencia catastral
  • Título de familia numerosa o certificado acreditativo de solicitud de condición de familia numerosa (alta o renovación):

    debiendo aportar el título una vez concedido por la correspondiente Consellería.

  • En el supuesto que dos o más inmuebles constituyan la vivienda habitual familiar, debe acreditarse que constituyen una unidad física:

    por estar comunicados entre sí y, destinados única y exclusivamente, a vivienda de las personas integrantes de la unidad familiar ( En tal caso, el porcentaje de la bonificación a aplicar será la suma de los valores catastrales de ambas viviendas)

  • En caso de separación, divorcio o nulidad, sentencia judicial firme o convenio regulador
  • Nº de cuenta de entidad bancaria, en el supuesto de proceder la devolución del importe del Impuesto
Actuaciones a realizar por la persona solicitante

Solicitud, adjuntando la documentación señalada en el apartado “documentación a presentar”, formulada por una de estas vías:

  • Presencialmente en la Oficina de Gestión Tributaria (preferentemente con CITA PREVIA). Deberá firmar la correspondiente comparecencia y comunicación de la concesión de la bonificación. En caso de que la bonificación por familia numerosa no se apruebe en esos términos, la persona solicitante recibirá la correspondiente notificación.
  • Mediante instancia presentada en los Registros Municipales (preferentemente con CITA PREVIA). Impreso de solicitud que puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página.
  • A través de la Sede Electrónica. Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica, se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.
Información Complementaria
  • Se considera vivienda habitual familiar la unidad urbana de uso residencial destinada exclusivamente a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del sujeto pasivo y su familia.
  • Se presumirá que la vivienda habitual de la familia numerosa es aquella en la que figuran empadronadas las personas que la integran.
  • No se entienden incluidos en el concepto de vivienda habitual familiar los bienes inmuebles que no constituyan la vivienda propiamente dicha (plazas de garaje, trasteros, etc.)
  • La variación de domicilio que constituya la vivienda habitual familiar debe comunicarse a este Ayuntamiento mediante la presentación de nueva solicitud de beneficio fiscal.
  • La bonificación es incompatible con la de vivienda de protección oficial.
  • Concedido el beneficio, la bonificación será aplicable hasta la fecha de vigencia del título de familia numerosa que conste presentado.
  • Finalizada la vigencia del título, para la prórroga del beneficio otorgado deberá aportarse el título renovado o certificado que acredite haber solicitado su renovación. El plazo para la acreditación de la vigencia del título concluirá en la fecha de finalización del período de interposición de recursos contra deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva a que se refiere el artículo 14.2.c/ del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales para ese ejercicio.
  • La no presentación de la citada documentación en el plazo establecido implica la pérdida de dicho beneficio, sin perjuicio de la posibilidad de recuperarla para ejercicios sucesivos, siempre que se aporte la referida documentación.
  • En los supuestos en que alguna persona integrante de la unidad familiar que constituya familia numerosa, y que venga disfrutando de la bonificación, tuviera que residir temporalmente fuera del término municipal de València por necesidades laborales y otras circunstancias previstas en la legislación de protección a las familias numerosas, debidamente acreditadas, se mantendrá el derecho a la bonificación.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Reclamación Económico-Administrativa
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Artículo 136.4, in fine, del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
Hasta 6 meses.
Artículo 136.4, in fine, del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de otra persona, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

Si desea más información, puede llamar al teléfono de Atención de Gestión Tributaria Integral, 96.389.50.79, o enviar un correo electrónico a la dirección ayuntamientovalencia_gti@valencia.es

Legislación
  • Artículo 74.4. del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo de 2/2004, de 5 de marzo.
Dónde dirigirse

Usted puede realizar la gestión directamente en la Oficina de Gestión Tributaria Integral del Ayuntamiento de Valencia, preferentemente con CITA PREVIA.

Si desea más información, puede llamar al teléfono de Atención de Gestión Tributaria Integral, 96.389.50.79, o enviar un correo electrónico a ayuntamientovalencia_gti@valencia.es

Oficinas de información
  • OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe MayoralTel.: 96.389.50.79 De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas, preferentemente con CITA. AVISO: DEL 1 AL 11 DE MARZO, LUNES A VIERNES DE 8:30 a 13:00; DEL 12 AL 15, DE 9:00 A 12:00; DÍA 18 CERRADA; DÍA 20, DE 9:00 A 13:00ayuntamientovalencia_gti@valencia.es
Oficinas para presentar
  • OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe MayoralTel.: 96.389.50.79 De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas, preferentemente con CITA. AVISO: DEL 1 AL 11 DE MARZO, LUNES A VIERNES DE 8:30 a 13:00; DEL 12 AL 15, DE 9:00 A 12:00; DÍA 18 CERRADA; DÍA 20, DE 9:00 A 13:00ayuntamientovalencia_gti@valencia.es
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: de Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
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