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Ayudas para cheque escolar y para comedor escolar
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
ED.AY.80
Descripción

La ayuda de cheque escolar se destinará al abono de las cuotas correspondientes a:

- La enseñanza o actividades educativas del CURSO 2024/2025, hasta un máximo de once meses, por el periodo de septiembre de 2024 a julio de 2025, no teniendo esta consideración los gastos derivados de actividades realizadas fuera del periodo y horario escolar, actividades extraescolares, horarios especiales de cualquier tipo, libros, material escolar, matrículas y otros de análoga índole.

La ayuda de comedor escolar se destinará al abono de las cuotas correspondientes a:

- El comedor escolar del CURSO 2024/2025, hasta un máximo de once meses, por el periodo de septiembre de 2024 a julio de 2025

¿Quién lo puede solicitar?

Las ayudas se pueden solicitar para menores escolarizados/as en Educación Infantil, que hayan nacido a partir del día 1 de enero de 2019, de edades comprendidas entre los 0 y 6 años, o que esté previsto su nacimiento (nasciturus) con anterioridad al 31 de diciembre de 2024.

Se exceptúan los/las menores escolarizados/as en centros públicos o con concierto educativo pleno (salvo que tengan autorizadas plazas privadas no concertadas parar cursar el primer ciclo de educación infantil), o que ocupen un puesto escolar o utilicen un servicio de comedor sostenido totalmente con fondos públicos.

Las solicitudes se presentarán por las personas progenitoras o responsables legales del alumno o alumna, o representante debidamente autorizado.

Requisitos

- Tanto el/la menor como la persona o personas progenitoras, o las representantes legales, precisarán estar empadronadas en el municipio de Valencia desde el momento de formalizar la solicitud y hasta la finalización del curso escolar, salvo por motivos laborales o por casos de adopción nacional o internacional, debidamente acreditados y valorados por la Comisión Técnica de Trabajo.

- Ninguna de las personas progenitoras deberá encontrarse incursa en cualesquiera de los supuestos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Los padres/madres o representantes legales de los/las menores deberán acreditar, mediante declaración responsable, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Valencia.

- Los padres/madres o representantes legales de las personas menores beneficiarias de cheque escolar no podrán tener pendiente de justificar otra subvención anterior, siempre que el plazo establecido para su presentación haya finalizado.

- La escuela infantil o centro en el que esté escolarizado el o la menor, deberá estar ubicado en el término municipal de València, haber obtenido la correspondiente autorización administrativa por parte de la Conselleria de Educación, y cumplir los requisitos contemplados en esta convocatoria.

- No podrá ser beneficiario de estas ayudas el alumnado integrado en familias cuya renta anual supere determinados importes.

Cuándo solicitarlo

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.

Publicación BOP: Martes 9 de abril de 2024 - Boletín Nº 68


Plazo de solicitud: del día 10/04/2024 hasta el 29/04/2024 ambos inclusive.
Documentación a presentar

  • Si el trámite se realiza presencialmente, se cumplimentará y firmará el modelo normalizado de solicitud del apartado "Impresos" (que comprende el anexo 1 de Declaraciones Responsables y el anexo 2 de Autorizaciones), acompañado de la documentación que se indica.
  • Si el trámite se realiza en esta sede electrónica, se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica (entre la que se encuentra el modelo normalizado de solicitud del apartado "Impresos", que comprende el anexo 1 de Declaraciones Responsables y el anexo 2 de Autorizaciones, DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADO Y FIRMADO).

Documentación para todos los casos:
  • Modelo normalizado de solicitud de ayuda de cheque escolar y de comedor escolar (que comprende la solicitud propiamente dicha, el Anexo 1 de Declaraciones Responsables y el Anexo 2 de Autorizaciones):

    Se puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página. Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica, se adjuntará como documentación una vez se inicie trámite y se rellene el formulario.

    - El impreso deberá estar debidamente cumplimentado y firmado por todas las personas mayores de 16 años que componen la unidad familiar (madres/padres o representantes legales y hermanos/as).

    - Cuando no exista vínculo matrimonial, la solicitud deberá estar firmada por las personas progenitoras que convivan con el/la alumno/a, entendiendo que hay convivencia si están empadronadas en el mismo domicilio.

    - En caso de separación, divorcio o cese de la convivencia, la solicitud se firmará por el padre o la madre que tuviese atribuida la guardia y custodia del menor.

    - Cuando la guardia y custodia sea compartida, ambos progenitores deberán firmar la solicitud.

    - En caso de solicitudes para varios/as hermanos/as se deberán formalizar las mismas para cada uno/a de ellos o ellas, con número de registro de entrada distinto para cada solicitud. No será necesario presentar la documentación a aportar prevista en el presente punto para cada solicitud, siendo suficiente su aportación en una de ellas.

    - En caso de no autorizar, individualmente las personas solicitantes firmantes, la obtención directa de los datos a los que se refiere el ANEXO 2 AUTORIZACIONES, tienen la obligación de aportar los documentos correspondientes en los términos exigidos en la norma reguladora del procedimiento.

  • DNI o NIE o pasaporte en vigor (solo personas extranjeras sin NIE) de personas progenitoras o representantes legales del/de la alumno/a que figuren en la solicitud
  • Páginas del libro de familia de las madres, padres, hijas e hijos y fallecimientos y/o certificados de nacimiento:

    En caso de no disponer de libro de familia se aportarán los certificados de nacimiento de las personas menores solicitantes. Si existen más hijos/as de quienes ya constan en el libro de familia, se deberán aportar los certificados de nacimiento para justificar el número total.

  • SIP del/de la alumno/a para el que se solicita la ayuda
  • Acreditación de haber solicitado plaza escolar, expedida por el centro educativo:

    Debiendo constar la identificación y localización de dicho centro, así como el nombre y apellidos del/de la alumno/a en cuestión, y curso para el que solicita la plaza escolar.

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Ayudas para cheque escolar y para comedor escolar:
    • En su caso, título de familia numerosa en vigor expedido por la Administración correspondiente
    • En su caso, título de familia monoparental en vigor expedido por la Administración correspondiente
    • En caso de diversidad funcional, certificado oficial correspondiente de quienes tengan esta situación en la unidad familiar, expedido por la Administración correspondiente
    • En caso de persona en situación de dependencia, documentación acreditativa de dicha circunstancia emitida por el órgano competente
    • En caso de ser titulares de una medida de protección de acogimiento familiar, resolución vigente en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes
    • En su caso, resolución vigente en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ser personas beneficiarias de Renta Valenciana de Inclusión
    • En caso de separación, divorcio, cese de convivencia o no convivencia, sentencia judicial y/o convenio regulador o doc. público de medidas sobre cuidado y educación de hijos/as
    • En caso de proceso de separación o divorcio en trámite, certificado acreditativo del Juzgado
    • En caso de situaciones de violencia de género, sentencia condenatoria, orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima:

      Estos documentos acreditativos deben estar actualizados al periodo de los doce meses inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de presentación de la solicitud de la ayudas de cheque y de comedor escolar.

    • En caso de situaciones de violencia de género, informe:

      Se acreditará la situación por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. También podrán acreditarse las situaciones de violencia contra las mujeres mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida de la Administración Pública competente destinados a las víctimas de violencia de género.

      Estos documentos acreditativos deben estar actualizados al periodo de los doce meses inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de presentación de la solicitud de la ayudas de cheque y de comedor escolar.

    • En caso de que las víctimas de violencia de género sean menores de edad se podrá acreditar, además, por documentos sanitarios oficiales de comunicación a la Fiscalía o al órgano judicial:

      Estos documentos acreditativos deben estar actualizados al periodo de los doce meses inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de presentación de la solicitud de la ayudas de cheque y de comedor escolar.

    • Caso de situaciones de violencia de género, certificado acreditativo de Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y las Direcciones Territoriales de Igualdad y Políticas Inclusivas:

      Estos documentos acreditativos deben estar actualizados al periodo de los doce meses inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de presentación de la solicitud de la ayudas de cheque y de comedor escolar.

    • Caso de nasciturus, certificación por médico/a colegiado/a:

      Que acredite el embarazo en el momento de la presentación de la solicitud.

    • En caso de situación legal de desempleo, informe de la vida laboral y certificado de ser demandante de empleo :

      Ambos documentos actualizados a 2024

    • En caso de falta de autorización expresa a la consulta de información obrante en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, certificado AEAT de IRPF del ejercicio 2022:

      En tributación conjunta o individual de cada miembro de la unidad familiar mayores de 16 años.

      La consulta de información se refiere a los datos fiscales del impuesto sobre la renta.

    • En caso de falta de autorización expresa a la consulta de datos de información obrante en la TGSS, certificado de estar al corriente de los pagos con el citado organismo
    • En caso de no haber hecho declaración de la renta 2022, certificado negativo de no haber hecho declaración:

      Expedido al efecto por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

    • Caso de no identificación frente la AEAT, documentación que haga constar de la situación económica desfavorable de la unidad familiar:

      Mediante documento facilitado por los servicios sociales u otro organismos acreditado, o bien aportando la resolución de ser persona destinataria de la renta valenciana de inclusión social.

    • Caso de solicitar un centro de educación infantil ubicado fuera del término municipal de València, documentación justificativa de su elección:

      Según lo establecido en el punto 3, apartado f de la presente convocatoria.

Actuaciones a realizar por la persona solicitante

Las solicitudes se presentarán por parte de las personas progenitoras o responsables legales del alumno o alumna:

  • En la sede electrónica del Ayuntamiento de València, con carácter preferente.

En el caso de personas interesadas que no dispongan de los medios o conocimientos suficientes para poder trabajar con la administración electrónica, podrán presentar el modelo normalizado de solicitud y la correspondiente documentación, en el centro o escuela donde se encuentre matriculado o haya reservado plaza el alumno/a para quien se solicitan las ayudas, para que sea este centro o escuela, el que presente el citado modelo y la correspondiente documentación en su representación, siempre que acepten dicha representación.

  • De forma presencial en los registros del Ayuntamiento de València, sin perjuicio de realizar el registro en cualquiera de los lugares señalados a tal efecto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Información Complementaria

Los listados provisionales y definitivos se publicarán en el Tablón de Edictos Electrónico y en la web municipal.

Más información en la página web de educación.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Artículo 24.1 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puesto en relación con el artículo 25.5 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
6 meses
Artículo 21.2 de la Ley 39/2015
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

Si la solicitud se realiza en nombre de otra persona, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada (entre la que se encuentra el modelo normalizado de solicitud del apartado "Impresos", que comprende el anexo 1 de Declaraciones Responsables y el anexo 2 de Autorizaciones, DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADO Y FIRMADO). En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

96.352.54.78 Ext. 2152, 2116, 2141, 2113

Legislación
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 08/03/2024, por el que se aprueba la convocatoria de ayudas para cheque escolar y comedor escolar, curso 2024/2025
  • Bases de Ejecución del Presupuesto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
  • En todo caso, los procedimientos regulados en la presente convocatoria se ajustarán a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oficinas de información
  • SERVICIO DE EDUCACIÓN. OFICINA ADMINISTRATIVAAmadeo de Saboya, 11. Patio B, planta bajaTel.: 9620821521-962082141-962082113De 8.30 a 14.30, de lunes a viernes educacionadm@valencia.es
Oficinas para presentar
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
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