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Ayudas para material escolar
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
ED.AY.35
Descripción

La concesión de ayudas económicas que financien la adquisición de material escolar e informático para alumnado escolarizado en los cursos correspondientes al segundo ciclo de educación infantil en colegios públicos y concertados en la ciudad de València durante el CURSO ESCOLAR 2023/2024

¿Quién lo puede solicitar?

Alumnado escolarizado en los cursos correspondientes al segundo ciclo de educación infantil en colegios públicos y concertados en la ciudad de València durante el curso escolar 2023/2024

Requisitos

a) Tanto el/la menor como la persona o personas progenitoras, o los representantes legales, precisarán estar empadronadas en el municipio de València desde el momento de formalizar la solicitud y hasta la finalización del curso escolar, salvo por motivos laborales o por casos de adopción nacional o internacional, debidamente acreditados y valorados por la Comisión Técnica de Trabajo.

b) Estar escolarizado/a, en el ejercicio de la convocatoria, en un curso del segundo ciclo de Educación Infantil y en un centro educativo ubicado de la ciudad de València, de titularidad pública o concertada en este nivel educativo. Podrá exceptuarse el requisito de la ubicación, en los casos del apartado 3b) de la convocatoria.

c) Ninguna de las personas progenitoras deberá encontrarse incursa en cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

d) No podrá ser beneficiario de estas ayudas el alumnado matriculado en los centros educativos referidos en el apartado b) anterior, e integrado en familias cuya renta anual supere determinados importes.

Cuándo solicitarlo

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de València.

Publicación extracto BOP: Miércoles 3 de enero de 2024 - Boletín Nº 2


Plazo de solicitud: del día 04/01/2024 hasta el 23/01/2024 ambos inclusive.
Documentación a presentar
Documentación para todos los casos:
  • Modelo normalizado de solicitud de ayuda de material escolar (que comprende la solicitud propiamente dicha, el Anexo 1 de Declaraciones Responsables y el Anexo 2 de Autorizaciones):

    que puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página para rellenar y adjuntar. Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica se adjuntará al trámite una vez se "inicie trámite" y rellene el formulario.

    - Debidamente cumplimentado y firmado por todas las personas mayores de 16 años que componen la unidad familiar (madres/padres o representantes legales y hermanos/as).

    - Cuando no exista vínculo matrimonial, la solicitud deberá estar firmada por las personas progenitoras que convivan con el/la alumno/a, entendiendo que hay convivencia si están empadronadas en el mismo domicilio. En caso de separación, divorcio o cese de la convivencia, la solicitud se firmará por el padre o la madre que tuviese atribuida la guardia y custodia del menor. Cuando la guardia y custodia sea compartida, ambos progenitores deberán firmar la solicitud.

    - En caso de solicitudes para varios/as hermanos/as se deberá formalizar un modelo normalizado de solicitud para cada uno/a de ellos o ellas, con número de registro de entrada distinto en cada caso. No será necesario presentar la documentación adjunta prevista en el presente punto para cada solicitud, siendo suficiente su aportación en una de ellas.

    - En caso de no autorizar, individualmente las personas solicitantes firmantes, la obtención directa de los datos a los que se refiere el ANEXO 2 AUTORIZACIONES, debe entender que existe obligación de aportar los documentos correspondientes en los términos exigidos en la norma reguladora del procedimiento.

  • DNI o NIE o pasaporte en vigor (solo personas extranjeras sin NIE) del padre y/o madre o los/las representantes legales del alumno/a que figuren en la solicitud
  • Páginas del libro de familia de las madres, padres, hijas e hijos y fallecimientos y/o certificados de nacimiento:

    en caso de no disponer de libro de familia se aportarán los certificados de nacimiento de las personas menores solicitantes. Si existen más hijos/as de los que ya constan en el libro de familia, se deberán aportar los certificados de nacimiento para justificar el número total.

  • Certificado del centro educativo donde conste la matriculación del/de la solicitante en uno de los cursos de segundo ciclo de Educación Infantil
  • NÚMERO CUENTA CORRIENTE DEL PADRE Y/O MADRE O REPRESENTANTES LEGALES DEL ALUMNO/A QUE FIGUREN EN LA SOLICITUD Y CERTIFICADO DE TITULARIDAD DE DICHA CUENTA, EXPEDIDO POR LA ENTIDAD BANCARIA:

    se consideran actualizados los certificados de titularidad fechados desde el mes de enero de 2023.

    Excepcionalmente, la cuenta corriente podrá ser la de los Centros Singulares (antiguos Centros CAES, Centros de Actuación Educativa Singular), declarados como tales por la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, cuando el alumnado solicitante esté escolarizado en uno de los mencionados centros. En estos casos, igualmente habrá de presentarse certificado de titularidad actualizado de dicha cuenta corriente, expedido por la entidad bancaria correspondiente, junto con el número NIF de cada Centro Singular.

    En caso de aportar mediante sede varios documentos como archivos separados, se podrá continuar aportando mediante "Documentación adicional", una vez iniciado el trámite.

  • Factura justificativa original o Certificado expedido, firmado y cuñado por el centro escolar o AMPA correspondiente:

    en la factura debe constar denominación del proveedor, su NIF, número de orden, fecha y concepto del gasto, incluido el IVA, y en el certificado constará el nombre completo del/de la alumno/a, el importe y el concepto del gasto. No se admitirá ticket de compra, salvo que se refiera a una factura simplificada.

  • Otra documentación complementaria, en su caso, a criterio del personal técnico municipal:

    en caso de aportar mediante sede varios documentos como archivos separados, se podrá continuar aportando mediante "Documentación adicional", una vez iniciado el trámite.

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Documentación:
    • En caso de separación, divorcio, cese convivencia o no convivencia, sentencia judicial y/o convenio regulador o documento público de medidas sobre cuidado de hijos y/o hijas o certificado Juzgado
    • En su caso, título de familia numerosa en vigor:

      expedido por la Administración correspondiente.

    • En su caso, título de familia monoparental en vigor:

      expedido por la Administración correspondiente.

    • En caso de diversidad funcional, certificado oficial correspondiente de quienes tengan esta situación en la unidad familiar, expedido por la Administración correspondiente
    • En caso de persona en situación de dependencia, documentación acreditativa de dicha circunstancia emitida por el órgano competente
    • En caso de situaciones de violencia de género, sentencia condenatoria, orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima
    • En caso de situaciones de violencia de género, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género
    • En caso de situaciones de violencia de género, informe o cualquier otro título:

      informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida de la Administración Pública competente destinados a las víctimas de violencia de género, o por cualquier otro título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos.

    • En caso de que las víctimas de violencia de género sean menores de edad se podrá acreditar, además, por documentos sanitarios oficiales de comunicación a la Fiscalía o al órgano judicial
    • Caso de acogimiento familiar, resolución del órgano de la Generalitat que ejerza la tutela o asuma la guarda
    • En caso de situación legal de desempleo, informe de la vida laboral y certificado de ser demandante de empleo
    • En caso de falta de autorización expresa a la consulta de información obrante en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, certificado AEAT de IRPF del ejercicio 2022:

      en tributación conjunta o individual de cada miembro de la unidad familiar mayores de 16 años.

      La consulta de información se refiere a los datos fiscales del impuesto sobre la renta.

    • En caso de falta de autorización expresa a la consulta de datos de información obrante en la TGSS, certificado de estar al corriente de los pagos con el citado organismo:

      la consulta de información se refiere a estar al corriente de los pagos con la TGSS.

    • En caso de no haber hecho declaración de la renta 2022, certificado negativo de no haber hecho declaración:

      expedido al efecto por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

    • En caso de personas cuya documentación no les identifica frente la AEAT, documentación que haga constar la situación económica desfavorable de la unidad familiar:

      mediante documento facilitado por los servicios sociales u otro organismo acreditado, o bien aportando la resolución de ser persona destinataria de la renta valenciana de inclusión social.

    • Caso de solicitar un centro de educación infantil ubicado fuera del término municipal de València, documentación justificativa de su elección:

      según lo establecido en el punto 3, apartado b) de la presente convocatoria.

Actuaciones a realizar por la persona solicitante
  • Presentación de la solicitud. Las solicitudes, dirigidas a la Alcaldía del Excmo Ayuntamiento de València, se presentarán en los Registros del Ayuntamiento de València, mediante modelo normalizado para tal efecto, que puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página o en la página web municipal de educación.

La presentación en los Registros del Ayuntamiento de València podrá hacerse:

- De forma PRESENCIAL. Si se presenta la solicitud presencialmente, puede pedir cita previa a través del 010 o a través de la página web del Ayuntamiento de València.

- A través de su sede electrónica.

Ello, sin perjuicio de realizar el registro en cualquiera de los lugares señalados a tal efecto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

  • Consulta de los listados provisionales de personas admitidas con documentación completa y excluidos por falta de documentación u otras causas, una vez que se publiquen en el Tablón de Edictos Electrónico y en la web municipal.
  • En su caso, subsanar las deficiencias o la falta de documentación o presentar alegaciones, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Tablón de Edictos Electrónico y en la web municipal.
  • Consulta de la resolución definititva de concesión en el Tablón de Edictos Electrónico y en la web municipal.
Información Complementaria

Un extracto de esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP) y quedará expuesta en el Tablón de Edictos electrónico y en la web municipal. De conformidad con lo que prevé el artículo 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el texto completo de la convocatoria habrá de ser comunicado a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Los listados provisionales y definitivos se publicarán en el Tablón de Edictos Electrónico y en la web municipal.

Pueden obtener información de la convocatoria 2023/2024 en la página web de educación.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Artículo 24.1 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puesto en relación con el artículo 25.5 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
6 meses.
Artículo 21.2 de la Ley 39/2015
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

Si la solicitud se realiza en nombre de otra persona, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

962082152-962082128-962084210-962082141-962082116-962082113

Legislación
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 11/12/2023, por el que se aprueba la convocatoria de ayudas para material escolar, curso 2023-2024
  • Bases de Ejecución del Presupuesto del Excelentísimo Ayuntamiento de València.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
  • En todo caso, los procedimientos regulados en la presente convocatoria se ajustarán a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oficinas de información
  • SERVICIO DE EDUCACIÓN. OFICINA ADMINISTRATIVAAmadeo de Saboya, 11. Patio B, planta bajaTel.: 9620821521-962082141-962082113De 8.30 a 14.30, de lunes a viernes educacionadm@valencia.es
Oficinas para presentar
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: de Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
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