ePrivacy and GPDR Cookie Consent by Cookie Consent
Ayudas para cheque escolar 2023/2024, para alumnado nacido en 2021 (de entre 2-3 años)
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
ED.AY.25
Descripción

El cheque escolar se destinará al abono de las cuotas correspondientes a:

  • La enseñanza del CURSO ESCOLAR 2023/2024, hasta un máximo de diez meses (de septiembre a junio), no teniendo esta consideración los gastos derivados de actividades realizadas fuera del periodo y horario escolar, actividades extraescolares, comedor, horarios especiales, libros, material escolar, matrículas y otros de análoga índole.
  • Las actividades educativas desarrolladas, en su caso, en las escuelas infantiles o centros educativos durante el mes de julio de 2024. El alumnado solicitante de la ayuda de cheque escolar para el curso 2023/2024 que haya resultado beneficiario de la ayuda de Bono infantil para el mismo curso, podrá ser beneficiario de la citada ayuda de cheque escolar exclusivamente para el mes de julio de 2024

¿Quién lo puede solicitar?

Menores escolarizados/as en Educación Infantil, que hayan nacido en 2021, de franja de edad entre 2 y 3 años.

Debido a la gratuidad de la enseñanza, se exceptúan los/las menores escolarizados/as en centros públicos o con concierto educativo pleno, o que ocupen un puesto escolar sostenido totalmente con fondos públicos. En concreto, no podrán ser personas beneficiarias de la ayuda de cheque escolar para el curso 2023/2024, el alumnado declarado beneficiario de la ayuda de Bono infantil, para el mismo curso, salvo para exclusivamente el mes de julio de 2024, previa solicitud.

Por el contrario, el alumnado solicitante de la ayuda de cheque escolar para el curso 2023/2024, y que no haya resultado beneficiario de la ayuda de Bono infantil para el mismo curso, podrá ser beneficiario de la citada ayuda de cheque escolar por el periodo desde septiembre de 2023 a julio de 2024.

Requisitos
  • Tanto el/la menor como la persona o personas progenitoras, o representantes legales, precisarán estar empadronadas en el municipio de Valencia desde el momento de formalizar la solicitud y hasta la finalización del curso escolar, salvo por motivos laborales o por casos de adopción nacional o internacional, debidamente acreditados y valorados por la Comisión Técnica de Trabajo.
  • Ninguna de las personas progenitoras deberá encontrarse incursa en cualesquiera de los supuestos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Padres, madres o representantes legales de menores deberán acreditar, mediante declaración responsable, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de València.
  • Padres, madres o representantes legales de menores beneficiarios de cheque escolar no podrán tener pendiente de justificar otra subvención anterior, siempre que el plazo establecido para su presentación haya finalizado.
  • La escuela infantil o centro en el que esté escolarizado el o la menor, deberá estar ubicado en el término municipal de València, haber obtenido la correspondiente autorización administrativa por parte de la Conselleria de Educación, y cumplir los requisitos contemplados en esta convocatoria.
  • No podrá ser beneficiario de estas ayudas el alumnado integrado en familias cuya renta anual supere determinados importes.
Cuándo solicitarlo

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.

Publicación en el BOP: Jueves 26 de octubre de 2023 - Boletín Nº 207


Plazo de solicitud: del día 27/10/2023 hasta el 15/11/2023 ambos inclusive.
Documentación a presentar

  • Si el trámite se realiza presencialmente, se cumplimentará y firmará el modelo normalizado de solicitud del apartado "Impresos" (que comprende el anexo 1 de Declaraciones Responsables y el anexo 2 de Autorizaciones), acompañado de la documentación que se indica.
  • Si el trámite se realiza en esta sede electrónica, se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica (entre la que se encuentra el modelo normalizado de solicitud del apartado "Impresos", que comprende el anexo 1 de Declaraciones Responsables y el anexo 2 de Autorizaciones).

Documentación para todos los casos:
  • Modelo normalizado de solicitud de ayuda de cheque escolar (que comprende la solicitud propiamente dicha, el Anexo 1 de Declaraciones Responsables y el Anexo 2 de Autorizaciones):

    Que puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página para rellenar y adjuntar. Si la solicitud se presenta en esta Sede Electrónica se adjuntará al trámite una vez se "inicie trámite" y rellene el formulario.

    - Debidamente cumplimentado y firmado por todas las personas mayores de 16 años que componen la unidad familiar (madres/padres o representantes legales y hermanos/as).

    - Cuando no exista vínculo matrimonial, la solicitud deberá estar firmada por las personas progenitoras que convivan con el/la alumno/a, entendiendo que hay convivencia si están empadronadas en el mismo domicilio.

    - En caso de separación, divorcio o cese de la convivencia, la solicitud se firmará por el padre o la madre que tuviese atribuida la guardia y custodia del menor.

    - Cuando la guardia y custodia sea compartida, ambos progenitores deberán firmar la solicitud.

    - En caso de solicitudes para varios/as hermanos/as se deberá formalizar un modelo normalizado de solicitud para cada uno/a de ellos o ellas, con número de registro de entrada distinto en cada caso. No será necesario presentar la documentación adjunta prevista en el presente punto para cada solicitud, siendo suficiente su aportación en una de ellas.

    - En caso de no autorizar, individualmente las personas solicitantes firmantes, la obtención directa de los datos a los que se refiere el ANEXO 2 AUTORIZACIONES, debe entender que existe obligación de aportar los documentos correspondientes en los términos exigidos en la norma reguladora del procedimiento.

  • DNI o NIE o pasaporte en vigor (solo personas extranjeras sin NIE) de personas progenitoras o representantes legales del/de la alumno/a que figuren en la solicitud
  • Páginas del libro de familia de las madres, padres, hijas e hijos y fallecimientos y/o certificados de nacimiento:

    En caso de no disponer de libro de familia se aportarán los certificados de nacimiento de las personas menores solicitantes. Si existen más hijos/as de los que ya constan en el libro de familia, se deberán aportar los certificados de nacimiento para justificar el número total.

  • SIP del/de la alumno/a para el que se solicita la ayuda
  • Acreditación de haber solicitado plaza escolar, expedida por el centro educativo
  • Caso de solicitar un centro de educación infantil ubicado fuera del término municipal de València, documentación justificativa de su elección:

    Según lo establecido en el punto 3, apartado f de la presente convocatoria.



    LA DOCUMENTACIÓN ADICIONAL NECESARIA SEGÚN EL CASO que se expone a continuación, se aportará exclusivamente por las personas solicitantes que no sean beneficiarias de la ayuda del bono infantil, para el curso 2023/2024



Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Documentación:
    • En su caso, título de familia numerosa en vigor expedido por la Administración correspondiente
    • En su caso, título de familia monoparental en vigor expedido por la Administración correspondiente
    • En caso de diversidad funcional, certificado oficial correspondiente de quienes tengan esta situación en la unidad familiar, expedido por la Administración correspondiente
    • En caso de persona en situación de dependencia, documentación acreditativa de dicha circunstancia emitida por el órgano competente
    • En caso de separación, divorcio, cese de convivencia o no convivencia, sentencia judicial y/o convenio regulador o doc. público de medidas sobre cuidado y educación de hijos/as:

      En caso de aportar mediante sede varios documentos como archivos separados, se podrá conitnuar aportando mediante "Documentación adicional", una vez iniciado el trámite.

    • En caso de proceso de separación o divorcio en trámite, certificado acreditativo del Juzgado
    • En caso de situaciones de violencia de género, sentencia condenatoria, orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima
    • En caso de situaciones de violencia de género, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género
    • En caso de situaciones de violencia de género, informe o cualquier otro título:

      informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida de la Administración Pública competente destinados a las víctimas de violencia de género, o por cualquier otro título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos.

    • En caso de que las víctimas de violencia de género sean menores de edad se podrá acreditar, además, por documentos sanitarios oficiales de comunicación a la Fiscalía o al órgano judicial
    • Caso de acogimiento familiar, resolución del órgano de la Generalitat que ejerza la tutela o asuma la guarda
    • En caso de situación legal de desempleo, informe de la vida laboral y certificado de ser demandante de empleo :

      En caso de aportar mediante sede varios documentos como archivos separados, se podrá conitnuar aportando mediante "Documentación adicional", una vez iniciado el trámite.

    • En caso de falta de autorización expresa a la consulta de datos de información obrante en la TGSS, certificado de estar al corriente de los pagos con el citado organismo
    • En caso de falta de autorización expresa a la consulta de información obrante en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, certificado AEAT de IRPF del ejercicio 2021:

      En tributación conjunta o individual de cada miembro de la unidad familiar mayores de 16 años.

      La consulta de información se refiere a los datos fiscales del impuesto sobre la renta.

    • En caso de no haber hecho declaración de la renta 2021, certificado negativo de no haber hecho declaración:

      Expedido al efecto por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

    • Caso de no identificación frente la AEAT, documentación que haga constar de la situación económica desfavorable de la unidad familiar:

      Documento facilitado por los servicios sociales u otro organismo acreditado, o resolución de ser persona destinataria de la renta valenciana de inclusión social.

    • Otra documentación complementaria, en su caso, a criterio del personal técnico municipal
Actuaciones a realizar por la persona solicitante
  • Las solicitudes, dirigidas a la Alcaldía del Excmo Ayuntamiento de València, se presentarán en los Registros del Ayuntamiento de València, mediante modelo normalizado para tal efecto, que será facilitado en la página web de Educación o que puede descargar en el apartado “Impresos” de esta misma página para rellenar y adjuntar.

La presentación en los Registros del Ayuntamiento de València podrá hacerse:

- De forma presencial.

- A través de su sede electrónica.

Ello, sin perjuicio de realizar el registro en cualquiera de los lugares señalados a tal efecto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Información Complementaria

Un extracto de esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP) y quedará expuesta en el Tablón de Edictos electrónico y en la web municipal. De conformidad con lo que prevé el artículo 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el texto completo de la convocatoria habrá de ser comunicado a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (enlace).

Los listados provisionales y definitivos se publicarán en el Tablón de Edictos Electrónico y en la web municipal.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Artículo 24.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puesto en relación con el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
6 meses
Artículo 21.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

Si la solicitud se realiza en nombre de otra persona, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

96.352.54.78 Ext. 2152, 2116, 2141, 2113

Legislación
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 13/10/2023, por el que se aprueba la convocatoria de ayudas para cheque escolar, para el alumnado de 2-3 años, curso 2023-2024
  • Bases de Ejecución del Presupuesto del Excelentísimo Ayuntamiento de València.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • En todo caso, los procedimientos regulados en la presente convocatoria se ajustarán a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oficinas de información
  • SERVICIO DE EDUCACIÓN. OFICINA ADMINISTRATIVAAmadeo de Saboya, 11. Patio B, planta bajaTel.: 9620821521-962082141-962082113De 8.30 a 14.30, de lunes a viernes educacionadm@valencia.es
Oficinas para presentar
  • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTOEdificio Casa Consistorial entrada por C/ Arquebisbe Mayoral, 1AcTel.: REGISTRO: 96.208.10.35Fax: 96.353.99.80 De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes. Cita previa: web municipal www.valencia.es o llamando al 010
  • OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA - TABACALERA C/ Amadeu de Savoia, 11. Nave Oeste. 46010 ValènciaTel.: 962082015, 962082016, 962082101, 962082102Fax: 96.389.50.14De 8:30 a 14.00 de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010oactabacalera@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'ABASTOSC/ Alberic, 18 Tel.: 96.352.54.78 Ext. 4509-4505Fax: 96.352.66.91De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmabastos@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL D'EXPOSICIÓCalle Guàrdia Civil, 19 Tel.: 962084327/ 962084328/ 962084331Fax: 96.360.17.36De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmexposicion@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLAPlaza Alfons el Magnànim, s/n (Chalet del Parterre) Tel.: 96.208.17.37 / 96.208.4174 / 96.208.4087/ 96.208.4159 Fax: 96.352.65.66De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010 jmciutatvella@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIXCalle Beato Nicolás Factor, 1 Tel.: 962084052/ 962084042/ 962084043De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpatraix@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL NORDPl. Poble, 4 CarpesaTel.: 96.301.30.55 96.301.31.11De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelnord@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE POBLES DEL SUDC/ Poetessa Leonor Perales, s/n (Castellar)Tel.: Registre: 963013023; Secretaría: 963013402 De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmpoblesdelsud@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE TRÀNSITSC/ Comte de Lumiares, 5 Tel.: 962084365/ 962084368Fax: 96.353.99.16De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmtransit@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DE RUSSAFAC/ Maties Perelló, 5Tel.: 962084218 / 962084245 / 962084246 / 962084247 / 962087379Fax: 96.352.65.22De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmruzafa@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DELS POBLES DE BENIMÀMET-BENIFERRIC/ Senda de Secanet, 43 bj Benimamet Tel.: de Registre: 963013436 i 963013446; Secretaria: 963013411 i 963013446De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010; AVISO: DEL 12 AL 20 DE MARZO DE 9:00 A 13:00, EL DÍA 18 PERMANECERÁ CERRADA jmpoblesdeloest@valencia.es
  • JUNTA MUNICIPAL DEL MARÍTIMC/ Barraca, 53Tel.: Información y Registro: 963014120 Obras: 963014008 / 963014210 Bonos EMT: 963014173 Actividades: 963014217De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes. Si desea solicitar cita previa puede hacerlo a través de la web municipal http://www.valencia.es o en el teléfono de información 010jmmaritim@valencia.es
  • ALCALDÍA-BENIFARAIGC/ Ferrer i Bigné, 47Tel.: 96.363.52.49Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-BENIMAMET-BENIFERRIPl. Dr. Ximeno, 1 Tel.: 96.348.67.47Registro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horasA partir de 24 de julio de 2018 y hasta una fecha que se indicará en cada Alcaldía, no se realizarán las funciones de Registro de entrada
  • ALCALDÍA-BORBOTÓPl. Moreral, 8Tel.: 96.390.17.47Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CARPESAPl. del poble, 4Tel.: 96.185.71.94Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas. A partir de 24 de julio de 2018 y hasta una fecha que se indicará en cada Alcaldía, no se realizarán las funciones de Registro de entrada
  • ALCALDÍA-CASAS DE BÁRCENACamí de les Cases de Bàrcena, 63, CP; 46131-ValènciaTel.: 96.185.42.05Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL PERELLONETCalle Marqués de Valterra, 35Tel.: 96.177.78.89Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-CASTELLAR-OLIVERALC/ Poetessa Leonor Perales s/nTel.: 96.344.76.47 Fax: 96.336.23.75 Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas. A partir de 24 de julio de 2018 y hasta una fecha que se indicará en cada Alcaldía, no se realizarán las funciones de Registro de entrada
  • ALCALDÍA-EL PALMARC/ Caudete, 15Tel.: 96.162.00.66Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-FORN D´ALCEDOCamí d'Alabau, 2Tel.: 96.376.09.36Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-LA TORREC/ Benidoleig, s/nTel.: 96.396.33.17Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-PINEDOCarrera del Riu, 263Tel.: 96.324.89.64Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-LA PUNTACamí del Canal 74 - Xalet de BartualTel.: 96 367 33 30 Fax: 96 367 33 30 Registro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
  • ALCALDÍA-EL SALERAv. dels Pinars, 1Tel.: 96.183.02.95Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-POBLE NOUCamí de Montcada, 205Tel.: 96.366.66.89Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
  • ALCALDÍA-MASSARROJOSC/ Cura Bau, 10-12Tel.: 96.139.41.49Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas.
Ir a inicio de página