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Subvenciones a las comisiones falleras por los gastos en pirotecnia con motivo de las Fallas
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
CU.FC.95
Descripción

Este trámite permite a las comisiones falleras de València solicitar subvenciones para cubrir parte de los gastos en pirotecnia realizados durante las Fallas 2025. Se consideran gastos subvencionables las mascletàs, cremà, castillos, correfoc, cordà, despertà y cualquier otro relacionado con material pirotécnico.

Se subvencionarán hasta el 100% de los gastos justificados, con un máximo de 3.000 euros por comisión. Si las solicitudes superan el presupuesto disponible, el importe se repartirá proporcionalmente.


Para más información, se puede consultar la convocatoria completa en el apartado Información complementaria.

¿Quién lo puede solicitar?

Las comisiones de falla de la ciudad de València que cuenten con capacidad jurídica para ello.

Requisitos
  1. Estar integrada en la Junta Central Fallera y ser una entidad sin ánimo de lucro, tal y como se dispone en el artículo 2.1 del Reglamento Fallero.
  2. Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Valencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes .
  3. No encontrarse en alguna de las circunstancias prohibidas establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  4. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, en su caso, del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  5. No tener pendiente de justificar subvenciones anteriores concedidas por el Ayuntamiento de València.
Cuándo solicitarlo

El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de València.

Publicación en el BOP: Miércoles 7 de mayo de 2025 - Boletín Nº 85


Plazo de solicitud: del día 08/05/2025 hasta el 27/05/2025 ambos inclusive.
Documentación a presentar

Presentación en esta Sede Electrónica: Se completará el formulario después de pulsar el botón Iniciar trámite y se adjuntará la documentación que se indica. La presentación finalizará con la firma electrónica de la solicitud.


Documentación para todos los casos:
  • Declaración responsable:

    Documento disponible en el apartado Impresos.

  • Cuenta justificativa:

    Documento disponible en el apartado Impresos.

  • Facturas acreditativas del gasto realizado
  • Justificantes de pago
  • Si es el caso, documentación acreditativa de las medidas de difusión de la actividad:

    Aportarla en caso de marcar NO en el apartado correspondiente del formulario de solicitud.

Información Complementaria

CONVOCATORIA 2025


Selección de logos a incorporar en la publicidad de la difusión de concesión de subvenciones Concejalía de Fallas:

LOGOS CONCEJALÍA DE FALLAS

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
De conformidad con el apartado 5º del artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
6 meses.
Artículo 20.5 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de València y sus organismos públicos.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

963 525 478: extensions 5148 / 1282 / 1215

Legislación
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 11/04/2025, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a las comisiones falleras por los gastos en pirotecnia con motivo de las Fallas 2025
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Oficinas de información
  • SERVICIO DE FIESTAS Y TRADICIONESPlaza del Ayuntamiento, 1 - 2ª planta. Tel.: 96 208 51 68Fax: 96.352.86.70.secfiestas@valencia.es
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