ePrivacy and GPDR Cookie Consent by Cookie Consent
Premios a las fallas grandes e infantiles de las comisiones falleras por su carácter innovador y experimental
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
CU.FC.85
Descripción

Convocatoria de la XXVI edición de los Premios a las fallas grandes e infantiles de las comisiones falleras por su carácter innovador y experimental con motivo de las Fallas de 2024

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán solicitar estas ayudas las comisiones de falla de la ciudad de València, en su condición de entidades sin ánimo de lucro e integradas en Junta Central Fallera, que cuenten con capacidad jurídica para ello. La acreditación de estos extremos se efectuará por medio de la declaración responsable.

Asimismo, dichas comisiones deberán estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de València a fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de participación. El Servicio de Fiestas y Tradiciones comprobará de oficio el cumplimiento de este requisito.

Requisitos

A) Estar integrada en la Junta Central Fallera y ser una entidad sin ánimo de lucro, tal y como se dispone en el artículo 2.1 del Reglamento fallero.

B) No encontrarse en alguna de las circunstancias prohibidas establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

C) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, en su caso, del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

D) No tener pendiente de justificar subvenciones anteriores concedidas por el Ayuntamiento de Valencia cuyo plazo de justificación hubiere acabado. La apreciación de esta prohibición se hará de manera automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.

Cuándo solicitarlo

Publicación del extracto en el BOP: Viernes 29 de diciembre de 2023 - Boletín Nº 249


Plazo de solicitud: del día 30/12/2023 hasta el 18/01/2024 ambos inclusive.
Documentación a presentar

La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica. Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica. En todo caso, esta documentación se deberá presentar preferiblemente en formato pdf y el tamaño de cada documento que se aporte no deberá exceder los 15 megas.

  • DOCUMENTO DE APODERAMIENTO (AUTORIZACIÓN DE LA PRESIDENCIA) para presentar la solicitud, únicamente si la persona que ocupa la presidencia delega en otra para la presentación de la misma (documento disponible en el apartado "Impresos" de esta misma página). Solo en este caso se deberá aportar también, como Documentación adicional, el CIF de la entidad solicitante y el NIF de la persona que ocupa la presidencia (representante legal).

Documentación para todos los casos:
  • Boceto de la falla (grande y/o infantil, según la categoría a que se presente)
  • Plano a escala del lugar del emplazamiento
  • Memoria descriptiva del proyecto:

    Con las condiciones técnicas para la construcción de la falla a tamaño real, materiales y presupuesto. Se pueden añadir todas las explicaciones gráficas que se consideren oportunas, con expresión de la autoría.

  • Modelo normalizado de declaración responsable y autorizaciones:

    Que puede descargar del apartado "Impresos" de este trámite, rellenar y adjuntar.

Información Complementaria

* PLAZO MÁXIMO DE RESOLUCIÓN: JUSTIFICACIÓN LEGAL

Artículo 20.5 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de València y sus Organismos públicos. El plazo máximo para resolver y notificar no podrá exceder de seis meses, excepto en el caso de convocatoria abierta y en este caso el plazo máximo para resolver y para presentar solicitudes en cada uno de los procedimientos será el que se especifique en la Convocatoria. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente Convocatoria, salvo que esta posponga sus efectos a una fecha posterior.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
De conformidad con el apartado 5º del artículo 25 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
6 meses.
Artículo 20.5 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y sus organismos públicos. * Ver información complementaria
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

963 525 478: extensiones 1097

Legislación
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 11/12/2023, por el que se aprueba la convocatoria de la XXVI edición de los premios a las fallas grandes e infantiles de las comisiones falleras por su carácter innovador y experimental con motivo de las Fallas 2024
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Dónde dirigirse

Presentación:

SEDE ELECTRÓNICA AYUNTAMIENTO DE VALÈNCIA

Oficinas de información
  • SERVICIO DE FIESTAS Y TRADICIONESPlaza del Ayuntamiento, 1 - 2ª planta. Tel.: 96 208 51 71, 96 208 12 79Fax: 96.352.86.70.secfiestas@valencia.es
Ir a inicio de página