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Subvenciones por la organización de fiestas de carácter tradicional
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
CU.FC.70
Descripción

Ayuda económica para las asociaciones, federaciones y entidades sin ánimo de lucro y con acreditado arraigo histórico cultural organizadoras de fiestas de carácter tradicional en el período comprendido desde el 1 de enero hasta el 30 de octubre de 2025.


Selección de logos a incorporar en la publicidad de la difusión de concesión de subvenciones por Fiestas y Tradiciones:

LOGOS FIESTAS Y TRADICIONES (ENLACE)


PUBLICACIÓN LISTADOS PROVISIONALES, SUBSANACIÓN Y CONCESIÓN (Información e impresos en el apartado "Información Complementaria").


Para más información, se puede consultar la convocatoria completa en el apartado” Información complementaria de este trámite.

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán solicitar estas ayudas las asociaciones, federaciones y entidades sin ánimo de lucro que cuenten con capacidad jurídica para ello y que acrediten en sus estatutos que entre su objeto y fines se encuentra el fomento de actividades festivas de carácter tradicional y con arraigo histórico.

Las mencionadas asociaciones, federaciones o entidades habrán de estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Valencia en la fecha de publicación en el BOP del extracto de la convocatoria. El Servicio de Fiestas y Tradiciones comprobará de oficio el cumplimiento de este requisito.

No podrán recibir esta ayuda aquellas asociaciones, federaciones o entidades que formen parte de entidades festivas que hayan sido beneficiarias de cualesquiera otra ayuda para la organización de fiestas de carácter tradicional que haya convocado cualquier Concejalía del Ayuntamiento de Valencia en 2025. Asimismo, se deberá tener en cuenta lo señalado en el apartado 6.5.

Requisitos

A) No encontrarse en alguna de las circunstancias prohibidas establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

B) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social y, en su caso, del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

C) No tener pendiente de justificar subvenciones anteriores concedidas por el Ayuntamiento de València cuyo plazo de justificación hubiere acabado. La apreciación de esta prohibición se hará de manera automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.

D) Estar inscrita en el registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de València.

E) Asumir el compromiso de mantener el cumplimiento de las obligaciones anteriores durante el plazo inherente al reconocimiento del derecho o facultad conforme al artículo 69.1 LPACAP.

Cuándo solicitarlo

Veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de València.

Publicación extracto convocatoria BOP: Miércoles 8 de octubre de 2025 Boletín Nº 193


Plazo de solicitud: del día 09/10/2025 hasta el 28/10/2025 ambos inclusive.
Documentación a presentar

  • La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica. Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.
  • DOCUMENTO DE APODERAMIENTO: Autorización en caso de que la persona que ostenta la representación delegue en otra para la presentación de las instancias ante la Sede Electrónica del Ayuntamiento de València. Documento disponible en el apartado "Impresos" de esta misma página para descargar, rellenar y adjuntar en este trámite.


Documentación para todos los casos:
  • Estatutos de la Entidad solicitante
  • Memoria descriptiva de las actividades realizadas:

    Memoria descriptiva de la actividad desarrollada, que incluye de manera específica:

    - Nombre de la fiesta.

    - Justificación de la necesidad.

    - Número de personas y diversidad de público al que va dirigida la actividad.

    - Descripción de la actividad o actividades, indicando especialmente las reflejadas en los criterios de valoración.

    - Temporalización (fechas de ejecución).

    La memoria deberá incluir obligatoriamente todos aquellos aspectos que se desee que sean evaluados por la Comisión de valoración prevista en la convocatoria, conforme a los criterios de valoración tasados que se recogen en el apartado 10.3. La no inclusión o referencia explícita a alguno de los criterios señalados, con indicación expresa de las acciones desarrolladas que se deban someter a evaluación, implicará la no valoración y puntuación del mismo por parte de la Comisión de valoración.

  • Anexo. Declaración responsable y autorizaciones:

    Modelo normalizado. Disponible en el apartado impresos.

  • Anexo Cuenta justificativa:

    del apartado "Impresos" para descargar, rellenar y adjuntar a este trámite.

  • Facturas y justificantes de pago
  • Documentación medidas difusión de la actividad
  • Documentación gráfica o audiovisual acreditativa de la realización de la actividad (mínimo 5 documentos)
Información Complementaria
  • BASES CONVOCATORIA 2025 (enlace)
Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Apartado 5º del artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
6 meses.
Artículo 20.5 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de València y sus organismos públicos.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

963 525 478: extensiones 1286/1215/1282/5148/1080

Legislación
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 26/09/2025, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones por la organización de fiestas de carácter tradicional 2025.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Oficinas de información
  • SERVICIO DE FIESTAS Y TRADICIONESPlaza del Ayuntamiento, 1 - 2ª planta. Tel.: 96 208 51 68Fax: 96.352.86.70.secfiestas@valencia.es
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