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Subvenciones por la organización de festividades y actividades vinculadas a la cultura y el patrimonio festivos
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
CU.FC.125
Descripción

CONVOCATORIA 2023

Ayuda económica para las asociaciones, federaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro organizadoras de fiestas de carácter tradicional, singular o popular y para aquéllas que hayan llevado a cabo actividades culturales y artísticas que contribuyan a la conservación, recuperación, investigación, difusión, dinamización y expresión de aspectos de la cultura y el patrimonio festivos, en el período comprendido desde el 1 de enero hasta el 30 de octubre de 2023.

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NOTA IMPORTANTE: dado que en esta convocatoria no es posible conocer de antemano el importe de la subvención, debe considerarse que las facturas imputadas a la misma lo estarán al 100%. En el caso de imputar también otras subvenciones recibidas, debe hacerse constar esta circunstancia.

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EDICTO LISTADO PROVISIONAL SOLICITUDES ADMITIDAS, A SUBSANAR Y EXCLUIDAS SUBVENCIONES POR LA ORGANIZACIÓN DE FESTIVIDADES Y ACTIVIDADES VINCULADAS A LA CULTURA Y PATRIMONIO FESTIVOS 2023 (Publicación Tablón de Edictos: 15/11/2023).

PLAZO DE SUBSANACIÓN: DEL 16 DE NOVIEMBRE AL 29 DE NOVIEMBRE DE 2023. Se podrá aportar accediendo al expediente correspondiente a través de Carpeta Ciudadana o por el trámite Aportación de documentación a solicitudes/expedientes ya en trámite por el Ayuntamiento o su sector público local.

INSTRUCCIONES PARA RELLENAR EL IMPRESO NORMALIZADO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA CUENTA JUSTIFICATIVA SUBVENCIONES FALLAS – SERVICIO DE FIESTAS Y TRADICIONES

INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS CUENTA JUSTIFICATIVA

IMPRESOS:


¿Quién lo puede solicitar?

Podrán solicitar estas ayudas las asociaciones, federaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro que cuenten con capacidad jurídica para ello. El carácter cultural de las mismas tendrá que quedar debidamente acreditado en sus estatutos.

Las mencionadas asociaciones, federaciones o entidades habrán de estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Valencia en la fecha de publicación en el BOP del extracto de la convocatoria. El Servicio de Fiestas y Tradiciones comprobará de oficio el cumplimiento de este requisito.

No podrán recibir esta ayuda aquellas asociaciones, federaciones o entidades que formen parte de entidades festivas que hayan sido beneficiarias de cualquiera otra de las que haya convocado la concejalía competente en fiestas y tradiciones en 2023 y/o la Junta Central Fallera. Asimismo, se deberá tener en cuenta lo señalado en el apartado 6.5.

Requisitos

a) No encontrarse en alguna de las circunstancias prohibidas establecidas en el artículo 13 de la Ley general de subvenciones.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, en su caso, del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

c) No tener pendiente de justificar subvenciones anteriores concedidas por el Ayuntamiento de Valencia cuyo plazo de justificación hubiere acabado. la apreciación de esta prohibición se hará de manera automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.

d) Estar inscrito en el Registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de València.

e) Asumir el compromiso de mantener el cumplimiento de las obligaciones anteriores durante el plazo inherente al reconocimiento del derecho o facultad conforme al artículo 69.1 LPACAP.

Cuándo solicitarlo

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.

Publicación BOP: 19/10/2023


Plazo de solicitud: del día 20/10/2023 hasta el 08/11/2023 ambos inclusive.
Documentación a presentar

La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica. Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.

  • DOCUMENTO DE APODERAMIENTO (AUTORIZACIÓN DE LA PRESIDENCIA) para presentar la solicitud, únicamente si la persona que ocupa la presidencia delega en otra para la presentación de la misma (documento disponible en el apartado "Impresos" de esta misma página y en la web municipal). Solo en este caso se deberá aportar también, como Documentación adicional, el CIF de la entidad solicitante y el NIF de la persona que ocupa la presidencia (representante legal).


Documentación para todos los casos:
  • Estatutos de la Entidad solicitante
  • Memoria descriptiva del proyecto de actividades:

    Memoria descriptiva del proyecto de actividad, que deberá hacer referencia de forma específica a los criterios de valoración, según modelo normalizado que se encuentra en el apartado "Impresos" del trámite de la sede electrónica (para descargar, rellenar y adjuntar a este trámite).

  • Presupuesto:

    total y desglosado por conceptos.

  • Modelo normalizado de declaración responsable y autorizaciones:

    (Documento del apartado "Impresos" para descargar, rellenar y adjuntar a este trámite).

  • Cuenta justificativa con aportación de los justificantes de gasto:

    Documento disponible en el apartado impresos.

  • Documentación acreditativa de que se han adoptado las medidas de difusión del carácter público de la financiación de la actividad subvencionada
  • Documentación gráfica o audiovisual acreditativa de la realización de la actividad
Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
De conformidad con el apartado 5º del artículo 25 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
6 meses.
Artículo 20.5 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Valéncia y sus organismos públicos.
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

963 525 478: extensión 1341

Legislación
  • Acuerdo Junta de Gobierno Local de 06/10/2023, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones por la organización de festividades y actividades vinculadas a la cultura y el patrimonio festivos 2023
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Oficinas de información
  • SERVICIO DE FIESTAS Y TRADICIONESPlaza del Ayuntamiento, 1 - 2ª planta. Tel.: 96 208 51 71, 96 208 12 79Fax: 96.352.86.70.secfiestas@valencia.es
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