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Autorización manifestaciones festivas con artículos pirotécnicos a cargo de grupos CRE
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
CU.FC.105
Descripción

Solicitud autorización manifestaciones festivas con artículos pirotécnicos a cargo de grupos CRE, en las calles de la demarcación fallera.


  • Directrices para la autorización de actividades y ocupación del dominio público a las comisiones falleras con motivo de las Fallas 2024
  • Directrices generales de movilidad, autorización de instalaciones y ocupación del dominio público (Fallas 2024).
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 23/02/2024, por el que se aprueba la corrección de errores de las directrices generales de movilidad, autorización de instalaciones y ocupación del dominio público con motivo de las Fallas 2024
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 01/03/2024, por el que se aprueba la modificación de las directrices generales de movilidad, autorización de instalaciones y ocupación del dominio público con motivo de las Fallas 2024

¿Quién lo puede solicitar?

Comisiones de fallas de la ciudad de València, integradas en Junta Central Fallera que cuenten con capacidad jurídica.

Requisitos

Las personas participantes activas tienen que pertenecer a un grupo reconocido de expertos (grupo CRE).

Cuándo solicitarlo

30 días naturales (como mínimo) antes de la celebración de la manifestación festiva.

Documentación a presentar

La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica. Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.

  • DOCUMENTO DE APODERAMIENTO (AUTORIZACIÓN DE LA PRESIDENCIA) para presentar la solicitud, únicamente si la persona que ocupa la presidencia delega en otra para la presentación de la misma (anexo del apartado "Impresos" de esta misma página).

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Autorización manifestaciones festivas con artículos pirotécnicos a cargo de grupos CRE:
    • Documentación acreditativa de la personalidad jurídica del Grupo o Grupos de Consumidores Reconocidos como Expertos participantes. (CIF Grupos CRE)
    • Datos de les persones responsables de los Grupos y documentación justificativa de haber recibido la formación en el programa formativo establecido en el punto 4 de la ITC-18:

      (certificado de RGCRE de los Grupos participantes expedido per la Delegación del Gobierno).

    • Relación componentes del Grupo CRE y justificación documental de haber recibido una formación específica para la participación en la manifestación festiva de acuerdo con el punto 4 de la ITC 18:

      (certificados de Formación como CRE expedidos per la Conselleria de Governació para los participantes activos).

    • Programa detallado del acto, con indicación del espacio de celebración o de su recorrido, así como el horario de realización
    • Relación de los tipos de artificios de pirotecnia que se utilizarán, descripción de su funcionamiento, NEC per artificio y total:

      en el caso de artículos con marcado CE, indicación de las categorías y números de catalogación. Forma e instrucciones de utilización tradicional.

    • Propuesta de las medidas de seguridad y emergencia previstas tanto para los participantes como para los espectadores activos. (Riesgos, prevención, protección, indumentaria, etc.)
    • En el caso de que el grupo CRE no sea Grupo CRE Junta Central Fallera, seguro de responsabilidad civil, y un seguro de accidentes en caso de participación activa de CRE menores de edad
    • Utilización de tró de bac. Resolución de autorización del Ministerio de Industria, Energía y Turismo para fabricar, almacenar y transportar artículos pirotécnicos para su uso por grupos CRE:

      (Art. 21.5 del Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería).

    • Participación de menores de edad. Permiso escrito de padres, madres o tutores/as legales en caso de participación de CRE menores de edad cuando ésta sea activa, con utilización de artificios:

      la posesión de carné CRE por parte de los menores no les acredita para utilizar productos pirotécnicos no autorizados para su edad.

Información Complementaria

El Ayuntamiento ha de comunicar o solicitar la autorización preceptiva a la Subdelegación del Gobierno con una antelación mínima de 15 días hábiles. Esta comunicación o solicitud se realizará una vez se haya aportado por parte de la persona interesada toda la documentación requerida.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Artículo 24.1 paràgraf segon Llei 39/2015, d’1 d'octubre. Sentit desestimatori del silenci per ser facultats relatives al domini públic.
Plazo máximo de resolución: 3 meses
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

962085168

Centralita:
963525478

Legislación
  • Bando anual de Fallas.
  • Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería. ITC 18
  • Normativa complementaria y de desarrollo.
  • Directrices para la autorización de actividades y ocupación del dominio público a las comisiones falleras con motivo de las Fallas 2024
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 22/12/2023, por el que se aprueban las directrices generales de movilidad, autorización de instalaciones y ocupación del dominio público con motivo de las Fallas 2024
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 23/02/2024, por el que se aprueba la corrección de errores de las directrices generales de movilidad, autorización de instalaciones y ocupación del dominio público con motivo de las Fallas 2024
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 01/03/2024, por el que se aprueba la modificación de las directrices generales de movilidad, autorización de instalaciones y ocupación del dominio público con motivo de las Fallas 2024

Dónde dirigirse

Para más información o consultas:

autoritzacionsfalles@valencia.es

Oficinas de información
  • SERVICIO DE FIESTAS Y TRADICIONESPlaza del Ayuntamiento, 1 - 2ª planta. Tel.: 96 208 51 71, 96 208 12 79Fax: 96.352.86.70.secfiestas@valencia.es
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