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Autorización a Comisiones Falleras para zona de actividades, zona de fuegos e instalación de carpa durante las Fallas
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
CU.FC.100
Descripción

Mediante este trámite, las comisiones de falla de la ciudad de València integradas en Junta Central Fallera, pueden solicitar autorización para ocupar la via pública, durante las festividades de Fallas, para zona de actividades, zona de fuegos e instalación de carpa.

  • Directrices para la autorización de actividades y ocupación del dominio público a las comisiones falleras con motivo de las Fallas 2025
  • Directrices generales de movilidad, autorización de instalaciones y ocupación del dominio público 2025
  • Emplazamientos autorizados de las Fallas 2024

"Se reapertura el procedimiento para la solicitud de autorizaciones de la ocupación del dominio público para las actividades, instalaciones y ocupación del dominio público durante Fallas 2025, durante 2 días hábiles a contar a partir del día siguiente de su publicación, a los únicos efectos de solicitud de autorización de la instalación de la carpa de las Comisiones falleras".

  • (07/02/2025) Directrices generales de movilidad, autorización de instalaciones y ocupación del dominio público con motivo de las Fallas 2025 (recoge la reapertura del procedimiento)
  • (05/03/2025) Diligencia aclaratoria del apartado 3 del punto uno de las directrices generales de movilidad, autorización de instalaciones y ocupación del dominio público para las Fallas 2025
Cuándo solicitarlo

En los plazos indicados por el Ayuntamiento de València.

Plazo de solicitud: del día 04/11/2024 hasta el 23/12/2024 ambos inclusive.


"Se reapertura el procedimiento, durante 2 días hábiles a contar a partir del día siguiente de su publicación, a los únicos efectos de solicitud de autorización de la instalación de la carpa de las comisiones falleras".

PLAZO EXTRAORDINARIO:


Plazo de solicitud: del día 11/02/2025 hasta el 12/02/2025 ambos inclusive.
Documentación a presentar

La solicitud se presenta en esta Sede Electrónica. Se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.

  • DOCUMENTO DE APODERAMIENTO (AUTORIZACIÓN DE LA PRESIDENCIA) para presentar la solicitud, únicamente si la persona que ocupa la presidencia delega en otra para la presentación de la misma (anexo del apartado "Impresos" de esta misma página).

Documentación adicional necesaria según el caso:
  • Autorización zona de actividades, zona de fuegos e instalación de carpa durante las Fallas:
    • DECLARACIÓN RESPONSABLE ACTIVIDADES FALLAS:

      Documento disponible en el apartado "Impresos" de esta misma página para descargar, rellenar y adjuntar en este trámite.

    • PLANO ACOTADO, ACTUALIZADO Y A ESCALA 1:200 SUSCRITO POR PERSONA TÉCNICA COMPETENTE:

      Tendrá que aportarse en los siguientes casos:

      ZONA DE FUEGOS

      - Otro emplazamiento.

      ZONA DE ACTIVIDADES

      - Otro emplazamiento.
      - Diferentes instalaciones en el mismo emplazamiento que aparece en Geoportal.

      INSTALACIÓN DE CARPA

      - Nueva carpa (primera vez que se instala).
      - El mismo emplazamiento pero diferente carpa o dimensiones que aparece en Geoportal.
      - Diferente emplazamiento.

      INSTALACIÓN PARADAS ALIMENTACIÓN Y/O MERCADOS AMBULANTES

      - Instala más o menos puestos y/o metros lineales respecto de los que aparecen en Geoportal.
      - Instala puestos y/o mercadillo en diferente emplazamiento con independencia del número y/o metros lineales respecto de los que aparecen en Geoportal.

      INSTALACIÓN PUESTO DE BUÑUELOS Y/O MASAS FRITAS

      Solo en el caso de que el puesto de buñuelos no aparezca grafiado en Geoportal o en el plano de la zona de actividades, zona de fuegos e instalación de carpa aportado para las Fallas 2023

      Incluirá todas las instalaciones que se pretendan realizar, tales como:

      - Monumentos y vallado
      - Zona de fuegos y zona de actividades
      - Carpa
      - Escenario, entarimado, etc.
      - Mercados ambulantes
      - Puestos de venta de alimentos
      - Puesto de buñuelos y/o masas fritas
      - Contenedores (almacenes), etc.
      - Accesibilidad de los medios de auxilio externo. (Ver documento adjunto)


    • PLANO DE SECCIÓN, EN TODOS LOS SUPUESTOS DE INSTALACIÓN DE CARPA
    • PROYECTO DE INSTALACIÓN, ACTIVIDAD DE LA CARPA Y PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS O PLAN DE AUTOPROTECCIÓN:

      Además del nuevo plano, y previo requerimiento del Servicio de Cultura Festiva, tendrá que aportarse en los siguientes casos:

      - Nueva carpa (primera vez que se instala).
      - El mismo emplazamiento pero diferente carpa o dimensiones que autorizó el Ayuntamiento para las Fallas pasadas.
      - Diferente emplazamiento.

    • DOCUMENTACIÓN SOBRE ATRACCIONES HINCHABLES:

      Cuando se instalen juegos infantiles o atracciones hinchables, con o sin la utilización de elementos mecánicos, deberá aportarse:

      • Documento acreditativo del fabricante del hinchable donde se especifique el número de serie del hinchable, su nombre o denominación y la acreditación fehaciente de su homologación y del cumplimiento de la normativa UNE: EN 14960/2007.
      • Declaración responsable de la empresa instaladora de la atracción certificando que la instalación se llevará a cabo con cumplimiento de todas las medidas de seguridad exigibles y bajo la supervisión de personal técnico cualificado.
      • Certificado anual de revisión de la atracción.

      Art. 92, Ordenanza de ocupación del dominio público.

      En caso de aportar mediante sede el documento acreditativo del fabricante del hinchable, la declaración responsable de la empresa instaladora de la atracción y el certificado anual de revisión de la atracción como archivos separados, se tendrá que hacer mediante "Documentación adicional", una vez iniciado el trámite.

    • DECLARACIÓN RESPONSABLE DE INSTALACIONES PROVISIONALES DE ESCASA COMPLEJIDAD TÉCNICA Y MEMORIA:

      Suscrita por técnico competente, en la que manifieste, bajo su responsabilidad, que las instalaciones son de escasa complejidad técnica y/o por sus características no requieren proyecto de instalación, y se acompañará de memoria con la descripción detallada y especificaciones técnicas de todos los elementos e instalaciones que se prevean utilizar y planos de los mismos y tendrá que aportarse en los siguientes casos:

      - Instalación de escenarios, entarimado, hinchables, etc.

      En caso de aportar mediante sede la declaración responsable y la memoria como archivos separados, se tendrá que hacer mediante "Documentación adicional", una vez iniciado el trámite.

    • CERTIFICADO FINAL DE LA INSTALACIÓN:

      Documento imprescindible para la puesta en funcionamiento de las instalaciones.

      Se deberá disponer en el lugar de la actividad y aportar a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de València, los certificados emitidos para incorporarlos al expediente administrativo que conste en el Servicio de Cultura Festiva, y en concreto en los siguientes casos:

      - Instalación de carpa, en todo caso, una vez concluido el montaje.
      Se acreditará que el montaje se ajusta al proyecto presentado y reúne todo lo que se necesita para garantizar la adecuada solidez, resistencia, estabilidad y flexión, así como el resto de condiciones técnicas exigibles en el Código Técnico de la Edificación. (Art. 91, Ordenanza de ocupación del dominio público).

      - Instalación de escenarios, entarimado, etc.
      Se acreditará que el montaje reúne todo lo que se necesita para garantizar la adecuada solidez, resistencia, estabilidad y flexión, así como el resto de condiciones técnicas exigibles en el Código Técnico de la Edificación. (Art. 91, Ordenanza de ocupación del dominio público).

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
Artículo 24.1 párrafo segundo Ley 39/2015, de 1 de octubre. Sentido desestimatorio del silencio por ser facultades relativas al dominio público
Plazo máximo de resolución: 3 meses
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

(Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona jurídica y NO se dispone de certificado digital de representante de la entidad, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.)

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

- Zona de actividades, zona de fuegos e instalación de carpa:
962085168 - 962081215 - 962081322 - 962081081

- Mercados ambulantes y paradas de alimentación:
962085168 - 962081215 - 962081322 - 962081081

- Centralita:
963525478

Legislación
  • Bando anual de Fallas.
  • Ley 14/2010 de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.
  • Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010.
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 31/10/2024, por el que se aprueban las directrices para la autorización de actividades y ocupación del dominio público a las comisiones falleras con motivo de las Fallas 2025.
  • Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 07/02/2025, por el que se aprueban las Directrices generales de movilidad, autorización de instalaciones y ocupación del dominio público con motivo de las Fallas 2025. Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 14/02/2025, por el que se aprueba la corrección de errores.
  • Diligencia aclaratoria del apartado 3 del punto uno de las directrices generales de movilidad, autorización de instalaciones y ocupación del dominio público para las Fallas 2025.
  • Normativa complementaria y de desarrollo.
Dónde dirigirse

Para más información o consultas:

autoritzacionsfalles@valencia.es

Oficinas de información
  • SERVICIO DE FIESTAS Y TRADICIONESPlaza del Ayuntamiento, 1 - 2ª planta. Tel.: 96 208 51 68Fax: 96.352.86.70.secfiestas@valencia.es
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