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Beca Vicente Blasco Ibáñez
Modalidad presencial Modalidad web sin certificado Modalidad web con certificado Modalidad telefónica
CU.AY.70
Descripción

Concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de una beca para potenciar la investigación sobre la figura de Vicente Blasco Ibáñez, su obra o su legado.

Esta beca tendrá una duración de seis meses, a contar desde el momento de la adjudicación. Se dotará con una cuantía de SEIS MIL EUROS (6.000 €).

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas mayores de edad que reúnan los requisitos previstos en la convocatoria.

Requisitos
  • Mayor de edad.
  • No incurrir en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de personas beneficiarias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de València.
  • Haber finalizado los estudios universitarios.
Cuándo solicitarlo

30 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto en el BOP.

Publicación en el BOP: Viernes 12 de abril de 2024 - Boletín Nº 71


Plazo de solicitud: del día 13/04/2024 hasta el 13/05/2024 ambos inclusive.
Documentación a presentar

  • Solicitud de participación (telemática): se cumplimentará y firmará el formulario después de pulsar el botón “Iniciar trámite” y se adjuntará la documentación que se indica.

SOLO en caso de actuar mediante representante, se deberá acompañar documento identificativo de la persona representada: DNI o pasaporte (personas españolas) o NIE (personas extranjeras).

Documentación para todos los casos:
  • En su caso, documento identificativo de la persona representada
  • Certificados en vigor de la AEAT y la TGSS o autorización / Declaración responsable:

    Certificados de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o una autorización para obtener los datos de manera telemática.

    Se admitirá la sustitución de este documento por una declaración responsable de la persona solicitante. Si fuera el caso, con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la beca se requerirá la presentación a la persona propuesta, en un plazo no superior a diez días, de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración.

  • Autorización para obtener informe del Servicio de Gestión de Emisiones y Recaudación / Declaración responsable:

    Informe acreditativo de no tener deudas con el Ayuntamiento.

    Se admitirá la sustitución de este documento por una declaración responsable de la persona solicitante. Si fuera el caso, con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la beca se requerirá la presentación a la persona propuesta, en un plazo no superior a diez días, de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración.

  • Proyecto-memoria de investigación:

    Un documento PDF con un “proyecto-memoria de investigación”, que se pretende inédito, que explique la novedad del estudio que se quiere realizar y justifique los recursos de cualquier clase que se prevé utilizar, en un máximo de 5.000 caracteres de texto, acompañado de las imágenes que se consideren convenientes, hasta un máximo de 10 MB de tamaño de archivo. Si el tema del proyecto prevé, además de un estudio, la elaboración complementaria de materiales digitales, se incluirá también una justificación razonada de la finalidad.

  • Curriculum vitae y trayectoria profesional:

    Vinculado al tema del proyecto presentado, con copia de cuantos documentos justifican los méritos alegados y con la posibilidad de incluir toda clase de referencias (artículos, publicaciones, etc.) que resalten la formación académica de la persona aspirante, en un documento PDF con un máximo de 10 MB de tamaño de archivo. En todo caso, tendrá que presentarse copia de los estudios universitarios cursados.

Plazo de resolución y recursos
Recursos que pueden interponerse:
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Silencio Administrativo: Desestimatorio
El artículo 24.1 de la Ley 39/2015, indica que el silencio será desestimatorio.
Plazo máximo de resolución: Hasta 6 meses
Hasta 6 meses
Máximo de seis meses, art. 25.4 LGS
Hacer en web

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Puede iniciar la solicitud en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página. Deberá identificarse y firmar electrónicamente de acuerdo con los requisitos señalados en Sede Electrónica / Sistemas de firma.

Al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy la persona interesada", y presentar la solicitud junto con los documentos necesarios para la realización del trámite.

Si la solicitud se realiza en nombre de una persona física, al iniciar el trámite en sede electrónica deberá utilizarse la opción "Soy representante mediante la presentación de apoderamiento" y presentar la solicitud junto con la documentación que acredite la representación y el resto de documentos necesarios para la realización del trámite.

  • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación indicada. En el apartado “Documentación adicional” podrá presentar tantos archivos/documentos como necesite.
  • Confirme los datos, firme y presente la solicitud.

En el apartado Carpeta Ciudadana de esta Sede podrá consultar y obtener copia de las instancias presentadas, así como aportar cualquier documentación adicional o la que, en su caso, le sea requerida.

Atención telefónica

963525478. Ext. 1938, 1184, 1187, 4066, 1192
Casa Museo Blasco Ibáñez: 963525478 ext. 2587

Legislación
  • Convocatoria de la Beca Vicente Blasco Ibáñez para el año 2024-2025
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común.
Oficinas de información
  • SERVICIO DE PATRIMONIO HISTÓRICO ARTÍSTICOPlaza Ayuntamiento nº.1, 1ª planta.Tel.: 963525478, Ext. 1192, 1938, 4066, 1754, 11879:00 A 14:00
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